MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 25 y 277 de la Ley del Seguro Social (fracción D, artículo 72 constitucional).


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 8-Febrero-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 8-Febrero-2011 PRIMERO.- Se desecha la Minuta con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona los artículos 25 y 277 E de la Ley del Seguro Social por lo que debe ser devuelta a la Cámara de Diputados con las observaciones correspondientes.

SEGUNDO.- Se ordena su descargo del registro parlamentario correspondiente.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada por el Dip. Agustín Miguel Alonso Raya (PRD) el 10 de marzo de 2005. (LIX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 25 de abril de 2006. (LIX Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 26 de abril de 2006. Proyecto de decreto aprobado por 337 votos y 2 abstenciones. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2006. (LIX Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado el 13 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 68 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2  Proyecto de Decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 8-Febrero-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 8-Febrero-2011 Señalar que para el caso de varamiento de mamíferos marinos, se procederá siempre a lo determinado en el ¿Protocolo de atención para varamiento de mamíferos marinos¿.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 18-Octubre-2011


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Arturo Escobar y Vega (PVEM) el 26 de abril de 2007. (LX)

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Ludivina Menchaca Castellanos el 25 de septiembre de 2008. (LX)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 88 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 8 de febrero de 2011. Se turnó a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 18 de octubre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 348 votos en pro.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 16 de noviembre de 2011.
3  Proyecto de Decreto que reforma el artículo 40 de la Ley General de Vida Silvestre.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 8-Febrero-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 8-Febrero-2011 Incluir el requisito de información biológica de la o las especies sujetas a plan de manejo, que deben cumplir los predios para su registro como UMA¿s (Unidades para la Conservación, Manejo y Aprovechamiento Sustentable).
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 29-Abril-2011


1. Iniciativa presentada por el Sen Francisco Herrera León (PRI) el 22 de septiembre de 2009. (LXI Legislatura)

2. Dictamen presentado el 13 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 94 votos.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 8 de febrero de 2011.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 381 votos en pro y 5 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 7 de junio de 2011.
4  Proyecto de Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial y el artículo 232 de la Ley Federal del Derecho de Autor.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 8-Febrero-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 8-Febrero-2011 Establecer que en los procedimientos de declaración administrativa previstos en la Ley de la Propiedad Industrial, las resoluciones de trámite y definitivas dictadas dentro de los mismos, así como todas aquellas dictadas en procedimientos seguidos en rebeldía podrán ser notificadas a las partes por estrados en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y mediante publicación en la Gaceta, cuando no haya sido posible realizarla en el domicilio. Asimismo, se permitirá que el personal comisionado a las visitas de inspección podrá, durante el desarrollo de las diligencias, tomar fotografías o video filmaciones o recabar cualquier otro instrumento considerado admisible como prueba en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y del Código Federal de Procedimientos Civiles. Las fotografías que se tomen, los videos que se filmen y los demás instrumentos recabados, podrán ser utilizados por el Instituto como elementos con pleno valor probatorio. Incluir dentro de las infracciones administrativas, el impedir el acceso al personal comisionado para practicar visitas de inspección, así como no proporcionar información, sin causa justificada, y datos al Instituto cuando los requiera.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 8-Noviembre-2011


1. Iniciativa presentada por el Sen. Rogelio Humberto Rueda Sánchez (PRI) el 11 de agosto de 2010.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 68 votos, 19 en contra y 1 abstención.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 8 de febrero de 2011.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 8 de noviembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 333 votos en pro, 2 en contra y 2 abstenciones.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 8 de noviembre de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 58 votos en pro y 10 en contra.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 27 de enero de 2012.
5  Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, del Código Penal Federal, del Código Fiscal de la Federación, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 10-Febrero-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 10-Febrero-2011 Transformar la naturaleza jurídica de la COFECO para convertirla en un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios. Se prevé en los artículos transitorios que la sustitución con el nuevo mecanismo de designación se realice anualmente, respetando el orden en el que los actuales comisionados fueron designados. La duración del encargo de los comisionados se propone reducirlo a un ciclo de 5 años que pueda ser prorrogable hasta por otro período igual. Se fortalecen los requisitos para ser Comisionado y Secretario Ejecutivo, proponiendo para ello realizar una mayor especificación en la Ley Federal de Competencia Económica de los requisitos para el cargo, a saber: introducir un período de experiencia de 5 años en áreas técnicas o profesionales vinculadas a las tareas y a las funciones que desarrollarán como comisionados y/o Secretario Ejecutivo; delimitar los perfiles profesionales a las áreas de derecho, economía, contaduría y/o ciencias económico administrativas vinculadas; incluir la prohibición, durante el año previo a su nombramiento, de haber sido Secretario de Estado, Procurador General de la República, senador, diputado federal o local, gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno del Distrito Federal y, finalmente, para garantizar su imparcialidad respecto de agentes económicos determinados, se impone un período de un año en el que no deberá haber ocupado un cargo directivo o gerencial en alguno de los agentes económicos que tenga investigación en curso en la Comisión. Se propone modificar el método de nombramiento del Presidente de la Comisión, pasando de una designación directa del Ejecutivo que actualmente prevé la legislación a la elección por los propios comisionados con un mínimo de 4 votos.

Eliminar la figura de la suspensión como medida cautelar, teniendo a la vista que el incremento sustancial de las sanciones económicas previstas en la minuta, constituye un incentivo suficiente para no realizar prácticas anticompetitivas de manera deliberada. Suprimir la participación en las visitas de verificación de especialistas que no sean servidores públicos, para evitar supuestos controvertibles legal y constitucionalmente, que pudieran viciar el procedimiento y haciendo probable la declaración de su nulidad. Precisar y regular el uso de la fuerza pública durante las visitas de verificación, en abono de la seguridad jurídica de los investigados, asimismo que la base de cálculo de las sanciones se refiera a los ingresos acumulables de la persona física o moral responsable, para determinar justamente que se refieran a la empresa o persona física responsable, en la hipótesis de que uno u otro sea integrante de un agente económico que tenga otras empresas no vinculadas al sector productivo o al mercado dónde se dio la práctica anticompetitiva, atendiendo así a la proporcionalidad de las multas a las que se refiere el artículo 22 constitucional y a los criterios de imposición de multas contenidos en el artículo 36 vigente de la Ley Federal de Competencia Económica. Suprimir la querella de la Comisión Federal de Competencia como requisito de procedibilidad, para evitar la discrecionalidad de su presentación en estos delitos que se establecen dentro del Título Delitos contra la economía pública, Capítulo Delitos contra el consumo y la riqueza nacionales por lo que notoriamente se refieren a delitos que agravian directamente el interés público y que en consecuencia deben ser perseguidos de oficio. Consecuentemente al suprimir la querella es necesario y congruente suprimir la posibilidad de petición de sobreseimiento de los procesos seguidos por estos delitos, en los casos en los que la Comisión otorgue el perdón.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 14-Abril-2011


1. Iniciativas consideradas en el Dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Mónica Arriola (NA) el 30 de abril de 2009. (LX)

b) Iniciativa presentada por el Dip. Jorge Salúm del Palacio (PAN) el 19 de agosto de 2009. (LX)

c) Iniciativa presentada por diputados del PT el 22 de febrero de 2007. (LX)

d) Iniciativa presentada por el Dip. Raúl Cervantes Andrade (PRI) el 20 de febrero de 2007. (LX)

e) Iniciativa presentada por el Dip. Juan Guerra Ochoa (PRD) el 12 de diciembre de 2007.

f) Iniciativa presentada por la Dip. Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez y suscrita por diputados del PAN el 15 de abril de 2009. (LX)

g) Iniciativa presentada por el Dip. Alejandro Sánchez Camacho (PRD) el 12 de abril de 2007. (LX)

h) Iniciativa presentada por el Dip, Vidal Llerenas Morales y suscrita por diputados del PRD el 13 de abril de 2010.

i) Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 6 de abril de 2010.

j) Iniciativa presentada por los diputados Jorge López Portillo Basave (PRI), Indira Vizcaíno Silva (PRD) y Jorge Kahwagi Macari (NA) el 23 de marzo de 2010.

k) Iniciativa presentada por el Dip. Rubén Moreira Valdez y suscrita por diputados del PRI el 2 de marzo de 2010.

2. Dictamen de Primera Lectura con Dispensa de Segunda presentado en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 329 votos en pro y 59 en contra.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial; y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 9 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 72 votos en pro.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 10 de febrero de 2011. Se turnó a la Comisión de Economía.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 14 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 327 votos en pro y 9 abstenciones.

9. Se devolvió a la Cámara de Senaodres para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 14 de abril de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial; y de Estudios Legislativos, Segunda.

11. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 91 votos en pro.

12. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Publicado en el D.O.F. el 10 de mayo de 2011.
6  Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 10-Febrero-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 10-Febrero-2011 Regular las Empresas Unipersonales de carácter mercantil, por ello, una Sociedad unipersonal será aquella de responsabilidad limitada o anónima, en cuyo capital participa un solo socio. A estas sociedades integradas por un solo socio, les serán aplicables las disposiciones que regulan a la Sociedad de Responsabilidad Limitada, salvo por lo que se refiere al régimen de convocatoria y celebración de las asambleas de socios; en este caso, las decisiones del socio deberán constar por escrito y ser firmadas y registradas en el libro de actas.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 6-Diciembre-2011


1. Iniciativa suscrita por los Sens. Juan Bueno Torio, Rubén Camarillo Ortega y Ramón Muñoz Gutiérrez (PAN) el 26 de marzo de 2009. (LX Legislatura)

2. Iniciativa suscrita por los Sens. Jorge Andrés Ocejo Moreno y Juan Bueno Torio (PAN) el 3 de diciembre de 2009. (LXI Legislatura)

3. Dictamen de Primera Lectura con Dispensa de Segunda presentado el 8 de febrero de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 102 votos.

4. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 10 de febrero de 2011.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 6 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 307 votos en pro, 14 en contra y 5 abstenciones.

7. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial; y de Estudios Legislativos, Segunda.

9. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos en pro.

10. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.
7  Proyecto de decreto que reforma los artículos 25, 26, 27, 28 y 31 de la Ley Agraria.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 17-Febrero-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 17-Febrero-2011 Establecer que los informes del Comisariado Ejidal y del Consejo de Vigilancia, así como la elección y remoción de sus integrantes, sea tratado en Asamblea de Formalidades Especiales.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 26-Abril-2011


1. Iniciativa suscrita por los Sens. Eduardo Tomás Nava Bolaños (PAN), Francisco Herrera León (PRI), Arturo Herviz Reyes (PRD), Alfredo Rodríguez y Pacheco (PAN) y Julio César Aguirre Méndez (PRD), el 25 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado el 15 de febrero de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos y 1 abstención.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 17 de febrero de 2011. Se turnó a la Comisión de Salud.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2011. Aprobados los puntos de acuerdo.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del articulo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Reforma Agraria; y de Estudios Legislativos, Primera.
8  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 22-Febrero-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011 Incluir la palabra ¿prisión¿, con el fin de establecer y determinar de forma específica e indubitable que la pena será de dos años a seis años de prisión. Regular el plazo que podrá considerar el Juez para la determinación de la medida postpenitenciaria, para lo cual, de que sea hasta por los cinco años posteriores a la liberación del sentenciado.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 24-Febrero-2011


1. Iniciativa suscrita por los Sens. Alejandro González Alcocer (PAN), Jesús Murillo Karam (PRI) y Tomás Torres Mercado (PRD) el 15 de febrero de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con Dispensa de Segunda presentado en la Cámara de Senadores el 17 de febrero de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 99 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de febrero de 2011.

5. Se autorizó la discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados el 24 de febrero de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 350 votos en pro, 4 en contra y 5 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 27 de febrero de 2011.
9  Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y la fracción I del artículo 44 de la Ley de Puertos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 22-Febrero-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011 Definir al Pilotaje o practicaje como la actividad eminentemente intelectual que realiza de forma directa y sin intermediarios una persona física de nacionalidad mexicana por nacimiento, llamado práctico o piloto de puerto, consistente en realizar maniobras con las embarcaciones, a fin de preservar la vida humana, el medio ambiente marino, la seguridad de las embarcaciones y de las instalaciones portuarias en las zonas de pilotaje. Se establece que el servicio público de pilotaje se prestará en forma continua, permanente, uniforme, regular y por turnos durante todo el año, las veinticuatro horas del día. Dotar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la facultad de expedir los certificados de competencia que acreditan la aptitud del piloto de puerto para prestar el servicio profesional de pilotaje.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 24-Abril-2013


1. Iniciativa presentada por el Sen. Marco Tulio Munive Temoltzin (PAN) el 27 de abril de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 15 de febrero de 2011.

3. Dictamen a discusión presentado el 17 de febrero de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 86 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Los integrantes de la presidencia de la Mesa Directiva en su reunión de trabajo del 15 de marzo de 2011, acordarón ratificar el turno para que las comisiones unidas de Marina y Transportes, emita el dictamen respectivo.

5. Minuta recibida el 22 de febrero de 2011. (LXI Legislatura)

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 24 de abril de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 434 votos a favor.

7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para efectos del apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2013, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes, de Marina y de Estudios Legislativos.

9. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos.

10. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2014.
10  Proyecto de decreto que expide la Ley de Migración y reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Población, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de las Leyes: Federal contra la Delincuencia Organizada; De la Policía Federal; De Asociaciones Religiosas y Culto Público; De Inversión Extranjera; y General de Turismo.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 3-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 3-Marzo-2011 Regular lo relativo al ingreso y salida de mexicanos y extranjeros al territorio de los Estados Unidos Mexicanos y el tránsito y la estancia de los extranjeros en el mismo, en un marco de respeto, protección y salvaguarda de los derechos humanos, de contribución al desarrollo nacional, así como de preservación de la soberanía y de la seguridad nacionales. Define al Instituto Nacional de Migración como el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, que tiene por objeto la ejecución, control y supervisión de los actos realizados por las autoridades migratorias en territorio nacional, así como la instrumentación de políticas en la materia, con base en los lineamientos que expida la misma Secretaría. Establece la certificación de los servidores públicos del Instituto, la cual deberá realizar el Centro de Evaluación y Control de Confianza, con el que se obligará a sus colaboradores a cursar y aprobar programas de formación, capacitación y profesionalización para su ingreso y permanencia, debiendo actuar invariablemente bajo los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos de los migrantes. Tipifica el delito de tráfico de indocumentados y se incluye como agravante el inducir, procurar, facilitar u obligar a niñas, niños y adolescentes o a quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, bajo la disposición de que el delito habrá de perseguirse de oficio. Incorpora como conducta delictiva el hecho de que cualquier servidor público auxilie, encubra o induzca a cualquier persona a violar las disposiciones contenidas en la Ley, con el objeto de obtener directa o indirectamente un lucro en dinero o en especie.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 29-Abril-2011


1. Iniciativa suscrita por los Sens. Humberto Andrade Quezada, Rubén Camarillo Ortega, Rafael Díaz Ochoa y Martha Sosa Govea (PAN), Jesús Garibay García, Rosalinda López Hernández y Rubén Velázquez López (PRD) Francisco Herrera León, Carlos Jiménez Macías y Antelmo Alvarado García (PRI), el 09 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 17 de febrero de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a Discusión presentado el 24 de febrero de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 86 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 3 de marzo de 2011.

5. Comunicación de la presidencia de la Mesa Directiva presentada en la sesión del 17 de marzo de 2011 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha, por la cual informa la modificación de turno a las comisiones uinidas de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios y de Justicia para dictamen y para opinión a las comisiones de Gobernación, Relaciones Exteriores y de Presupuesto y Cuenta Publica.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 432 votos en pro.

7. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicado en el D.O.F. el 25 de mayo de 2011.
11  Proyecto de Decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, para los efectos de la fracción D del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 8-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 8-Marzo-2011 ÚNICO.- Se desecha la Minuta Proyecto de Decreto que reforma y adiciona los artículos 7°, 13, 20, 41, 55, 69 y 70 de la Ley General de Educación en relación con la educación especial.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 3-Septiembre-2013


1. Iniciativa presentada por el Dip. Marco Antonio Gama Basarte (PAN), el 29 de septiembre de 2004. (LIX Legislatura)

2. Iniciativa presentada por el Dip. Francisco Fraile García (PAN), el 20 de noviembre de 2007. (LX Legislatura)

3. Iniciativa presentada por el Dip. Jorge Quintero Bello (PAN), el 25 de octubre de 2007. (LX Legislatura)

4. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado el 30 de abril de 2008. Proyecto de decreto aprobado por 355 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LX Legislatura)

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de mayo de 2008. (LX Legislatura)

6. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado el 01 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 03 de Septiembre de 2013 en votación económica.

9. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.
12  Proyecto de Decreto, que reforma la fracción III del artículo 112, las fracciones II y VIII del artículo 115, el artículo 307 y se adiciona una fracción IX al artículo 115 de la Ley General de Salud, para los efectos de la fracción D del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 8-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 8-Marzo-2011 ÚNICO.- Se desecha Minuta proyecto de decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 112, el artículo 307 y se adiciona una fracción IX al artículo 115 de la Ley General de Salud, de fecha 9 de octubre de 2008.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 19-Diciembre-2012


1. Iniciativa suscrita por el Dip. Carlos Alberto Puente Salas (PVEM) el 30 de abril de 2008. (LX Legislatura)

2. Iniciativa suscrita por la Dip. Maricela Contreras Julián (PRD) y el Dip. Éctor Jaime Ramírez Barba (PRD) el 4 de junio de 2008. (LX Legislatura)

3. Dictamen de Primera Lectura presentado el 30 de septiembre de 2008. (LX Legislatura)

4. Dictamen a discusión presentado el 07 de octubre de 2008. Proyecto de decreto aprobado por 298 votos. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LX Legislatura)

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de octubre de 2008. (LX Legislatura)

6. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado el 01 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. . Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 19 de diciembre de 2012 en votación económica.

8. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.
13  Proyecto de Decreto, que reforma el artículo 99 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para los efectos de la fracción D del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 8-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 8-Marzo-2011 ÚNICO.- Por los argumentos expuestos en el apartado de ¿CONSIDERACIONES¿, se desecha la Minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 99 de la Ley General de Cultura Física Deporte.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 2-Abril-2013


1. Iniciativa presentada por el Dip. José Luis Aguilera Rico (Convergencia) el 8 de febrero de 2007. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 25 de abril de 2007. (LX Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 26 de abril de 2007. Proyecto de decreto aprobado por 336 votos y 4 abstenciones. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LX Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 04 de septiembre de 2007. (LX Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado el 01 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

6. Con motivo de las reformas al artiícuo 39, numeral 2 de la LOCGEUM, durante la LXII Legislatura y en sesión ordinaria del 30 de octubre de 2012, se returno la iniciativa a la Comisión de Deporte para dictamen.

7. Minuta en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 02 de Abril de 2013 en votación económica.

8. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.
14  Proyecto de Decreto, por el que se adiciona la fracción XIII y se recorre la actual a una XIV del Artículo 14 de la Ley General de Educación.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 8-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 8-Marzo-2011 Establecer que corresponderá a las autoridades educativas federales y locales, de manera concurrente, la atribución de certificar la infraestructura física educativa con base en los lineamientos que al efecto se emitan.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 1-Marzo-2012


1. Iniciativa suscrita por los Sens. Irma Martínez Manríquez, Fermín Trujillo Fuentes (NA) y Gerardo Montenegro Ibarra (PRI), el 3 de marzo de 2009. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 01 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen presentado el 03 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 6 de marzo de 2012. Se turnó a las Comisiones Unidas de Educación; y de Estudios Legislativos, Primera.
15  Proyecto de Decreto, por el que se reforma la fracción XVII al artículo 7 de la Ley General de Educación.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 8-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 8-Marzo-2011 Incluir entre los fines de la educación a los conceptos y principios de la educación y seguridad vial.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 1-Marzo-2012


1. Iniciativa suscrita por Senadores de diversos Grupos Parlamentarios, el 19 de marzo de 2009. (LX Legislatura)

2. Iniciativa presentada por el Sen. Pablo Rodríguez Lomelí el 3 de junio de 2009. (LX Legislatura)

3. Dictamen de Primera Lectura presentado el 01 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

4. Dictamen presentado el 03 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

6. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 6 de marzo de 2012. Se turnó a las Comisiones Unidas de Educación; de Estudios Legislativos, Primera; y de Estudios Legislativos, Segunda.
16  Proyecto de Decreto, por el que se adicionan dos párrafos a la fracción II del artículo 59 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 8-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 8-Marzo-2011 Establecer que la contratación del servicio portuario de remolque será opcional para los cruceros turísticos, siempre y cuando cuenten con los dispositivos tecnológicos para realizar maniobras seguras dentro de los límites del puerto. Asimismo que la autoridad establecerá los lineamientos normativos para garantizar la responsabilidad civil, administrativa legal o de cualquier tipo, cuando los cruceros opten por realizar sus propias maniobras.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 1-Marzo-2012


1. Iniciativa presentada por la Sen. Margarita Villaescusa Rojo (PRI) el 30 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 01 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen presentado el 03 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos, 1 en contra y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Comunicación de la presidencia de la Mesa Directiva presentada en la sesión del 31 de marzo, 2011 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha por la cual informa la modificación de turno para que la comisión de Marina dictamine y la comisión de Transportes emita su opinión

5. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

6. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 6 de marzo de 2012. Se turnó a las Comisiones Unidas de Comunicaciones; y de Estudios Legislativos, Primera.

7. Acuerdo aprobado en la Cámara de Senadores el 14 de noviembre de 2013, por el que se aprueba el desechamiento de la Cámara de Diputados.

8. Se dio por concluido
17  Proyecto de decreto que que modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos remitida para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 10-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 10-Marzo-2011 Cambiar el término individuo por el de persona e incorpora el derecho a gozar de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en todos los tratados internacionales que haya ratificado México, así como de las garantías para su protección. Por otra parte incorpora la interpretación conforme a la Constitución y a los tratados internacionales en la aplicación de las normas de derechos humanos, así como el Principio Pro Persona y se establece que la prohibición de toda discriminación por motivo de las preferencias sea de manera explícita la referente a preferencias sexuales de las personas. Establecer que el respeto a los derechos humanos deberá contemplarse en la educación que imparta el Estado; Y se señala que en el caso de persecución, por motivos de orden político, toda persona tendrá derecho de solicitar asilo y por causas de carácter humanitario se recibirá refugio. Asimismo se permite armonizar las disposiciones constitucionales con el espíritu de incorporación de los derechos humanos y se establece la prohibición para autorizar la celebración de Tratados o Convenios que alteren los derechos humanos reconocidos por la Constitución y en todos los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. Instituir que la organización del sistema penitenciario deberá estar basada en el respeto a los derechos humanos. Se añade además de la suspensión de garantías, el supuesto de restricción de las mismas, y además se enfatiza que lo que se restringe o suspende es el ejercicio de los derechos, así como las garantías. Se modifica el término ¿se convocará sin demora al Congreso para que las acuerde¿ por el de ¿se convocará de inmediato al Congreso para que las acuerde¿.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 23-Marzo-2011


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Eduardo Sergio De la Torre Jaramillo (Alternativa) el 21 de noviembre de 2006. (LX)

b) Iniciativa presentada por la Dip. Gloria Lavara Mejía (PVEM) el 7 de diciembre de 2006. (LX)

c) Iniciativa presentada por el Dip. Édgar Mauricio Duck Núñez (PAN) el 21 de diciembre de 2006. (LX)

d) Iniciativa presentada por el Dip. César Horacio Duarte Jáquez (PRI) a nombre propio y de la Dip. Elizabeth Morales García (PRI), el 08 de febrero de 2007. (LX)

e) Iniciativa presentada por el Dip. Pablo Leopoldo Arreola Ortega (PT) a nombre del Grupo Parlamentario del PT, 27 de febrero de 2007. (LX)

f) Iniciativa presentada por el Dip. Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (PRI) el 29 de marzo de 2007. (LX)

g) Iniciativa presentada por la Dip. Dora Alicia Martínez Valero (PAN) el 25 de abril de 2007. (LX)

h) Iniciativa presentada por la Dip. Alliet Mariana Bautista Bravo (PRD) el 25 de abril de 2007. (LX)

i) Iniciativa presentada por la Dip. Maricela Contreras Julián (PRD) a nombre del Dip. Gerardo Villanueva Albarrán (PRD) el 11 de julio de 2007. (LX)

j) Iniciativa presentada por el Dip. Gerardo Villanueva Albarrán (PRD) 25 de julio de 2007. (LX)

k) Iniciativa presentada por el Dip. José Gildardo Guerrero Torres (PAN) el 6 de septiembre de 2007. (LX)

l) Iniciativa presentada por el Dip. Francisco Fraile García (PAN) el 11 de octubre de 2007. (LX)

m) Iniciativa presentada por la Dip. Aurora Cervantes Rodríguez (PRD) el 16 de octubre de 2007. (LX)

n) Iniciativa presentada por el Dip. Juan Manuel San Martín Hernández (PRD) el 16 de octubre de 2007. (LX)

ñ) Iniciativa presentada por la Dip. Holly Matus Toledo (PRD) el 8 de noviembre de 2007. (LX)

o) Iniciativa presentada por el Dip. Obdulio Ávila Mayo (PAN) el 29 de noviembre de 2007. (LX)

p) Iniciativa presentada por el Dip. Juan Enrique Barrios Rodríguez (PAN) el 4 de diciembre de 2007. (LX)

q) Iniciativa presentada por la Dip. Patricia Obdulia de Jesús Castillo Romero (Convergencia) el 13 de diciembre de 2007. (LX)

r) Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Madrazo Limón (PAN) el 13 de diciembre de 2007. (LX)

s) Iniciativa presenta por el Dip. Pablo Leopoldo Arreola Ortega (PT) el 20 de enero de 2008. (LX)

t) Iniciativa presentada por el Dip. Adolfo Mota Hernández (PRI) el 16 de enero de 2008. (LX)

u) Iniciativa presentada por la Dip. Rosa Elva Soriano Sánchez (PRD) el 5 de febrero de 2008. (LX)

v) Iniciativa presentada por el Dip. Leonardo Magallón Arceo (PAN) el 30 de abril de 2008. (LX)

w) Iniciativa presentada por el Dip. Irene Aragón Castillo (PRD) el 30 de abril de 2008. (LX)

x) Iniciativa presentada por la Dip. Ruth Zavaleta Salgado (PRD) el 14 de mayo de 2008. (LX)

y) Cuatro iniciativas presentadas por diputados de los Grupos Parlamentarios del PRD, PRI, PT, de Convergencia, Alternativa y Nueva Alianza, el 24 de abril de 2008. (LX)

z) Iniciativa presentada por legisladores de diversos Grupos Parlamentarios el 24 de abril de 2008. (LX)

aa) Iniciativa presentada por la Dip. Adriana Díaz Contreras (PRD) el 11 de junio de 2008. (LX)

ab) Iniciativa presentada por la Dip. Beatriz Collado Lara (PAN) el 27 de agosto de 2008. (LX)

ac) Iniciativa presentada por el Dip. Alejandro Chanona Burguete (Convergencia) el 30 de julio de 2008. (LX)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 287 votos en pro y 1 en contra. (LX)

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2009. (LX)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 8 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos en pro, 1 en contra y 2 abstenciones.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 13 de abril de 2010, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Derechos Humanos.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 361 votos en pro.

9. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 1 de febrero de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; y de Estudios Legislativos, con opinión de la Comisión de Reforma del Estado.

11. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 8 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 106 votos en pro. Se aprobó acuerdo proponiendo a la Cámara de Diputados turnar a las legislaturas de los estados las modificaciones aprobadas por ambas Cámaras.

12. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 y del artículo 135 de la CPEUM.

13. Minuta que incluye acuerdo recibida en la Cámara de Diputados el 10 de marzo de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Derechos Humanos.

14. Proyecto de Acuerdo de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Derechos Humanos, aprobando turnar a las legislaturas de los estados las modificaciones aprobadas por las dos Cámaras, a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 23 de marzo de 2011.

15. Acuerdo aprobado por 310 votos en pro y 3 abstenciones.

16. Se remitió el Acuerdo a la Cámara de Senadores.

17. Acuerdo recibido en la Cámara de Senadores el 24 de marzo de 2011.

18. Se remitió el Proyecto de decreto aprobado por ambas Cámaras del Congreso de la Unión a las legislaturas de los estados para los efectos del artículo 135 de la CPEUM.

19. Declaratoria de aprobación del decreto realizada en la Comisión Permanente el 4 de mayo de 2011.

20. Se remitió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

21. Publicado en el D.O.F. el 10 de junio de 2011.
18  Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para los efectos de lo dispuesto por la fracción D del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 24-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 24-Marzo-2011 PRIMERO.- Se desecha la Minuta objeto del presente dictamen, de conformidad con las consideraciones vertidas en el mismo.

SEGUNDO.- Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de los dispuesto en el inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 20-Marzo-2013


1. Iniciativa presentada por el Dip. Jorge A. Kahwagi Macari (PVEM) el 22 de marzo de 2006. (LIX Legislatura)

2. Iniciativa presentada por la Dip. María Angélica Díaz del Campo (PRD) el 22 de marzo de 2006. (LIX Legislatura)

3. Dictamen de primera lectura presentado el 25 de abril de 2006. (LIX Legislatura)

4. Dictamen a Discusión presentado el 25 de abril de 2006. Proyecto de decreto aprobado por 364 votos y 5 abstenciones. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX Legislatura)

5. Minuta recibida el 26 de abril de 2006. (LIX Legislatura)

6. Dictamen de Primera Lectura presentado el 17 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

7. Dictamen a Discusión presentado el 22 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
19  Proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 107 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para los efectos de lo dispuesto por la fracción D del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 29-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 29-Marzo-2011 PRIMERO.- Se da por concluido el procedimiento legislativo de la Minuta con Proyecto de Decreto por el que adiciona un párrafo al artículo 107 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, remitida el día 26 de abril de 2006, en términos de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

SEGUNDO.- Archívese el proyecto de decreto mencionado en el presente dictamen como formal y materialmente concluido.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada por el Dip. Moisés Jiménez Sánchez (PRI) el 31 de marzo de 2005. (LIX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 25 de abril de 2006. (LIX Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 26 de abril de 2006. Proyecto de decreto aprobado por 333 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2006. (LIX Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado el 24 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos y 1 en contra. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
20  Proyecto de decreto que reforma el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, para los efectos de lo dispuesto por la fracción D del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 29-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 29-Marzo-2011 PRIMERO.- No es de aprobarse la Minuta con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, recibida por la Cámara de Senadores en la sesión del 21 de febrero de 2006.

SEGUNDO.- Devuélvase a la Cámara de Diputados para los efectos de lo dispuesto en el inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 1-Marzo-2012


1. Iniciativa presentada por el Dip. Jorge Leonel Sandoval Figueroa (PRI), el 11 de enero de 2006. (LIX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 14 de febrero de 2006. (LIX Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 16 de febrero de 2006. Proyecto de decreto aprobado por 335 votos y 4 abstenciones. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 21 de febrero de 2006. (LIX Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado el 24 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos y 1 en contra. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

9. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.
21  Proyecto de decreto que reforma el artículo 103 de la Ley General de Salud.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 29-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 29-Marzo-2011 Corregir la palabra ¿pariente¿ por ¿paciente¿.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 1-Marzo-2012


1. Iniciativa presentada por el Sen. Manuel Velasco Coello el 01 de febrero de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 17 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 22 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 6 de marzo de 2012. Se turnó a las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
22  Proyecto de decreto que reforma la fracción VI del artículo 185 de la Ley Agraria.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 29-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 29-Marzo-2011 Corregir la palabra ¿aveniencia¿ por el de ¿avenencia¿. Establecer que el convenio que se suscribe en cuando las partes llegan a un acuerdo durante la audiencia, deberá contener los acuerdos tomados y los lineamientos generales para ejecutarlo; así como las sanciones en caso de incumplimiento.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 4-Octubre-2011


1. Iniciativa presentada por el Sen. Mario López Valdez (PRI) el 21 de mayo de 2008. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 17 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 22 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 04 de Octubre de 2011. Aprobados los puntos de acuerdo.

5. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del articulo 72 de la CPEUM.

6. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de octubre de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; de Desarrollo Rural; de Recursos Hidráulicos; de Reforma Agraria; y de Estudios Legislativos, Segunda.
23  Proyecto de decreto que expide la Ley de Firma Electrónica Avanzada.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 29-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 29-Marzo-2011 Regular el uso de la firma electrónica avanzada y la expedición de certificados digitales a personas físicas, los servicios relacionados con la misma, así como su homologación con aquéllas reguladas en otros ordenamientos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 24-Noviembre-2011


1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en la Cámara de Senadores el 9 de diciembre de 2010.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de marzo de 2011.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 24 de noviembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 308 votos en pro y 3 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 11 de enero de 2012.
24  Proyecto de decreto que reforma el artículo 48 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 29-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 29-Marzo-2011 Incluir dentro de las obligaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos el entregar sus pruebas a la autoridad a la cual dirigió una Recomendación o a algún particular, sólo en los casos en que el quejoso o sus familiares en línea ascendente o descendente en cualquier grado o colaterales hasta el segundo grado, ofrezcan como medio de convicción en un procedimiento jurisdiccional las pruebas o constancias que integraron la queja ventilada ante la propia Comisión Nacional.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 8-Noviembre-2011


1. Iniciativa presentada por el Sen. Sergio Álvarez Mata (PAN) el 13 de abril de 2010.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de marzo de 2011.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 8 de noviembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 335 votos en pro, 1 en contra y 4 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 14 de diciembre de 2011.
25  Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Archivos, remitida para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 29-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 29-Marzo-2011 Establecer las disposiciones que permitan la organización y conservación de los archivos en posesión de los Poderes de la Unión, los organismos constitucionales autónomos y los organismos con autonomía legal, así como establecer los mecanismos de coordinación y de concertación entre la Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios para la conservación del patrimonio documental de la Nación, así como para fomentar el resguardo, difusión y acceso de archivos privados de relevancia histórica, social, técnica, científica o cultural.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 8-Diciembre-2011


1. Iniciativas considerads en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. César Camacho Quiroz (PRI) el 14 de septiembre de 2006. (LX)

b) Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Madrazo Limón (PAN), a nombre propio y de la Dip. Ruth Zavaleta Salgado (PRD), el 14 de noviembre de 2006. (LX)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 31 de marzo de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 241 votos en pro, 55 en contra y 1 abstención. (LX)

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM. (LX)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 2 de abril de 2009. (LX)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos en pro.

6. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de marzo de 2011.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 8 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 310 votos en pro.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 23 de enero de 2012.
26  Proyecto de decreto que adiciona una fracción VII, recorriéndose la actual para ser la VIII, al artículo 100 de la Ley General de Salud, remitida para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 29-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 29-Marzo-2011 Incluir dentro de las responsabilidades de las instituciones de atención a la salud el proporcionar atención médica a la persona que sea sujeta a estudios de investigación que sufra algún daño, si estuviere relacionado directamente con esta, sin perjuicio de la indemnización que legalmente corresponda.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 10-Noviembre-2011


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Diputados por los Dips. Éctor Jaime Ramírez Barba, Margarita Arenas Guzmán, Martín Malagón Ríos, Efraín Arizmendi Uribe, Antonio Muñoz Serrano y Adriana Rebeca Vieyra Olivares (PAN) el 8 de agosto de 2007. (LX)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 23 de octubre de 2008. Proyecto de decreto aprobado por 305 votos.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM. (LX)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de octubre de 2008. (LX)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 91 votos.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de marzo de 2011.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 10 de noviembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 346 votos en pro y 1 abstención.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 14 de diciembre de 2011.
27  Proyecto de decreto que reforma el inciso a) de la fracción I del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 31-Marzo-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 31-Marzo-2011 Establecer que sean sujetos de asistencia social las niñas, niños y adolescentes afectados por el alcoholismo y fármaco dependencia.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 19-Diciembre-2012


1. Iniciativa suscrita por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón (PRI) el 30 de septiembre de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 24 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 29 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 19 de diciembre de 2012 en votación económica.

5. Devuélvase a la Cámara de Senadores.

6. Minuta recibida en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria del 20 de diciembre de 2012, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social y Estudios Legislativos Primera.
28  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, remitida para los efectos de la fracción e) del artículo 72 Constitucional. (robo de hidrocarburos)


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 5-Abril-2011 Sancionar a la persona que sustraiga, enajene, suministre de manera ilícita petróleo crudo o hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados, asimismo este delito será calificado como grave.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 20-Septiembre-2011


1. Iniciativa presentada por el Sen. Alejandro González Alcocer (PAN) el 18 de agosto de 2010. (LXI Legislatura)

2. Iniciativa suscrita por los Sens. Tomás Torres Mercado y Pablo Gómez Álvaez (PRD) el 19 de octubre de 2010. (LXI Legislatura)

3. Iniciativa presentada por el Sen. Tomás Torres Mercado (PRD) el 26 de octubre de 2010. (LXI Legislatura)

4. Dictamen de Primera Lectura presentado el 7 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado el 9 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

6. Minuta recibida el 14 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

7. Declaratoria de Publicidad el 1 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

8. Dictamen a discusión presentado el 03 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 386 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

9. Minuta recibida el 08 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

10. Dictamen de Primera Lectura presentado el 29 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

11. Dictamen a discusión presentado el 31 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 93 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

12. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 5 de abril de 2011. Se turnó a la Comisión de Justicia.

13. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 20 de septiembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 319 votos en pro y 4 abstenciones.

14. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

15. Publicado en el D.O.F. el 24 de octubre de 2011.
29  Proyecto de decreto que reforma los Párrafos Sexto y Séptimo del artículo 4o. y adiciona la fracción XXIX-P al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remitida para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 5-Abril-2011 Establece como obligación de Estado velar y cumplir con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de niñas, niños, adolescentes, velando en todo momento por el interés superior de los mismos y cumpliendo con los tratados internacionales de la materia, de los que México sea parte.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Abril-2011


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Arceli Arredondo García (PAN), el 22 de octubre de 2002. (LVIII)

b) Iniciativa presentada por la Dip. Blanca Ameli Gámaz Gutiérrez (PAN), el 22 de abril de 2004. (LIX)

c) Iniciativa presentada por el Dip. Homero Ríos Murrieta (PAN), el 21 de septiembre de 2004. (LIX)

d) Iniciativa presentada por el Dip. Quintín Vázquez García (PRI), el 1o de marzo de 2005. (LIX)

e) Iniciativa presentada por la Dip. Evelia Sandoval Urbán (PRI), el 6 de abril de 2006. (LIX)

f) Iniciativa presentada por el Dip. Eduardo Sergio de la Torre Jaramillo (Alternativa), el 21 de noviembre de 2006. (LX)

g) Iniciativa presentada por la Dip. Aleida Alavez Ruíz (PRD), el 12 de abril de 2007. (LX)

h) Iniciativa presentada por la Dip. Patricia Castillo Romero (Convergencia), el 13 de diciembre de 2007. (LX)

i) Iniciativa presentada por la Dip. Mónica Arriola Gordillo (Nueva Alianza), el 3 de abril de 2008. (LX)

j) Iniciativa presentada por diputados de diversos grupos parlamentarios, el 24 de abril de 2008. (LX)

k) Iniciativa presentada por la Dip. Irene Aragón Castillo (PRD), el 30 de abril de 2008. (LX)

l) Iniciativa presentada por la Dip. Martha Hilda González Calderón (PRI), el 30 de abril de 2008. (LX)

m) Iniciativa presentada por el Dip. Fidel Antuña Batista (PAN), el 30 de abril de 2009. (LX)

n) Iniciativa presentada por la Dip. Claudia Lilia Cruz Santiago (PRD), el 22 de julio de 2009. (LX)

ñ) Iniciativa presentada por la Dip. María de Jesús Aguirre Maldonado (PRI), el 13 de octubre de 2009.

o) Iniciativa presentada por la Dip. Yolanda de la Torre Valdez (PRI), el 9 de febrero de 2010.

p) Iniciativa presentada por la Dip. Augusta Valentina Díaz de Rivera (PAN), el 22 de abril de 2010.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 12 de octubre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 393 votos en pro.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 12 de octubre de 2010.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 31 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos en pro y 1 en contra.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 5 de abril de 2011.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 388 votos en pro y 2 abstenciones.

9. Pasó a las legislaturas de los estados para sus efectos constitucionales.

10. Declaratoria de aprobación del decreto realizada en la Comisión Permanente el 24 de agosto de 2011.

11. Se remitió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

12. Publicado en el D.O.F. el 12 de octubre de 2011.
30  Proyecto de decreto que expide la Ley Federal Anticorrupción en contrataciones públicas.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 7-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 7-Abril-2011 Establecer las responsabilidades y sanciones que deban imponerse a las personas físicas y morales, de nacionalidad mexicana y extranjeras, por las conductas irregulares previstas en esta Ley, en que incurran con motivo de su participación en las contrataciones públicas de carácter federal, así como aquéllas que deban imponerse a las personas físicas y morales de nacionalidad mexicana por las conductas irregulares previstas en esta Ley en que incurran en transacciones comerciales internacionales.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 13-Marzo-2012


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 3 de marzo de 2011.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 5 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos y 5 en contra.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 7 de abril de 2011.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 13 de marzo de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 335 votos en pro, 13 en contra y 4 abstenciones.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de marzo de 2012. Se turnó a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos en pro.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Decreto publicado en el D.O.F. el 11 de junio de 2012.
31  Proyecto de decreto que adiciona un Tercer Párrafo al artículo 1424 del Código de Comercio.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 7-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 7-Abril-2011 Establecer que cuando residente en el extranjero se hubiese sujetado expresamente al arbitraje e intentara un litigio individual o colectivo, el juez remitirá a las partes al arbitraje. Si el juez negase el reconocimiento del laudo arbitral en los quedarán a salvo los derechos de la parte actora para promover la acción procedente.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Abril-2011


1. Iniciativa presentada por el Sen. Francisco Arroyo Vieyra (PRI) el 08 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 31 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 05 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 381 votos en pro, 2 en contra y 4 abstenciones.

5. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

6. Publicado en el D.O.F. el 6 de junio de 2011.
32  Proyecto de decreto que reforma los artículos 65 y 66; y adiciona una fracción III, recorriéndose en su orden las demás fracciones, al artículo 65 de la Ley General de Salud, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 12-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 12-Abril-2011 Establecer que las autoridades sanitarias, educativas y laborales, en sus respectivos ámbitos de competencia, apoyarán y fomentarán actividades que promuevan una alimentación correcta que favorezca un desarrollo sano del núcleo familiar y la obligatoriedad de practicar 30 minutos diarios de ejercicio físico de manera continua o fraccionada, para prevenir padecimientos de sobrepeso y obesidad. Las autoridades sanitarias procurarán que los alimentos proporcionados en las escuelas tengan un mayor aporte nutrimental, evitando los alimentos altos en grasas y azúcares simples.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada por la Dip. María Cristina Díaz Salazar (PRI) el 26 de noviembre de 2009. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primer Lectura presentado el 6 de abril de 2010. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a Discusión presentado el 13 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 372 votos en pro y 1 abstención, pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de abril de 2010. (LXI Legislatura)

5. Dictamen a Discusión presentado los días 05 y 07 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos en pro, 9 en contra y 2 abstenciones. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)
33  Proyecto de decreto que reforma los artículos 7 y 30; y se adiciona el título séptimo ¿Otras Disposiciones¿ con un artículo 34, a la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 12-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 12-Abril-2011 Establecer que el Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, incluirá al menos, estrategias, objetivos, acciones y metas, mismas que deberán ser ejecutadas por los gobiernos federal, estatales y municipales. Incluir una estrategia de sustitución de lámparas energéticamente ineficientes por lámparas con mayor eficiencia energética. Incrementar la sanción a las personas que incluyan en los aparatos o equipos que requieran del suministro de energía para su funcionamiento, información falsa o incompleta que implique engaño al consumidor o constituya una práctica que pueda inducir a error, a un rango de cien a diez mil veces el salario mínimo. Prohibir la importación, distribución y comercialización de lámparas que no cumplan con los requisitos mínimos de eficiencia energética e imponer la misma sanción arriba señalada a quien lo contravenga.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada por la Dip. Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (PAN) el 1 de diciembre de 2009. (LXI Legislatura)

2. Iniciativa suscrita por las Dips. Ninfa Clara Salinas Sada (PVEM) y Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (PAN), el 8 de abril de 2010. (LXI Legislatura)

3. Declaratoria de Publicidad el 08 de febrero de 2011. (LXI Legislatura)

4. Dictamen a Discusión presentado el 15 de febrero de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 407 votos y 2 abstenciones, pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de febrero de 2011. (LXI Legislatura)

6. Dictamen a Discusión presentado el 07 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 66 votos. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.(LXI Legislatura)
34  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 14-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 14-Abril-2011 Establecer que el personal militar en activo de las Fuerzas Armadas, sea reclasificado de personal de ¿servicio¿ a personal de ¿arma¿. Facultar al Secretario de la Defensa Nacional para disponer la reclasificación en sus distintas modalidades, valorando las cualidades y la especialización del personal requerido, que por urgencia de una situación de emergencia no cuente con el tiempo suficiente para agotar el proceso de selección por concurso, para el caso de que la reclasificación sea por concurso en el que el interesado haya satisfecho los requisitos establecidos en la convocatoria respectiva, se concederá siempre que exista vacante, y la nueva patente o nombramiento deberá expedirse con la fecha en que se verifique la reclasificación. En cualquiera de los casos de reclasificación, deberá cancelarse la patente o nombramiento anterior. Se precisa que en una Promoción Especial se puede conferir el ascenso tanto a los subtenientes egresados de las Instituciones Educativas Militares o Cursos de Formación de Oficiales, como aquéllos que hayan obtenido su grado por haber aprobado satisfactoriamente el cuarto año en las carreras que imparten las escuelas Militar de Ingenieros y Médico Militar.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Abril-2011


1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en la Cámara de Senadores el 18 de noviembre de 2010.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 12 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 86 votos en pro.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de abril de 2011.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 352 votos en pro, 16 en contra y 6 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 1 de junio de 2011.
35  Proyecto de decreto que reforma los artículos 1, fracción IV; 8, fracción XXI; 10; 13; 14, fracciones V y VI; 21; 33; 41; 42 y 46 y se adicionan un artículo 10 Bis; una fracción VII al artículo 14; y los párrafos segundo, tercero y cuarto al artículo 31, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 14-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 14-Abril-2011 Proteger a denunciantes y personas que aporten información relacionada con el posible incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos. Se establecen los requisitos mínimos que deberán contener las denuncias o quejas que se presenten ante las unidades correspondientes. Integrar como obligaciones a cumplir por parte de los servidores públicos el abstenerse de inhibir por sí o por interpósita persona, utilizando cualquier medio, a los posibles quejosos o denunciantes, así como a cualquier persona que pudiere aportar información en los procedimientos establecidos en esta Ley, con el fin de evitar la formulación o presentación de denuncias o realizar, con motivo de ello, cualquier acto u omisión que redunde en perjuicio de los intereses de las personas antes mencionadas. Autoriza la presentación en forma anónima de las quejas o denuncias deberán contener datos o indicios que permitan advertir la presunta responsabilidad del servidor público. Mandata a la Secretaría para establecer entre las normas y procedimientos para que las quejas o denuncias del público sean atendidas y resueltas con eficiencia, entre otros aspectos los referidos a procedimientos y plazos aplicables, instancias de captación, la forma en que se deberá comunicar a los denunciantes o informantes las disposiciones de protección y estímulos; el funcionamiento y operación del sistema de recepción y seguimiento de quejas y denuncias y mecanismos para su difusión. Agrava las sanciones derivadas de faltas administrativas imponiendo en el caso de inhabilitación, por actos que impliquen beneficio o lucro, de uno hasta diez años, si el monto no excede a doscientas veces el salario mínimo general mensual vigente en el DF, y de diez a veinte años si excede de dicho límite. La iniciativa desaparece la referencia actual que señala que este último plazo de inhabilitación también será aplicable por conductas graves de los servidores públicos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 27-Febrero-2014


1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal a la Cámara de Senadores el 03 de marzo de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senaores el 12 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 27 de febrero de 2014. Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados del proyecto de decreto por 345 votos a favor, 37 en contra y 14 abstenciones. (LXII Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.
36  Proyecto de decreto que reforma el artículo 1411 del Código de Comercio.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 14-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 15-Abril-2011 Establecer que presentado el avalúo y notificadas las partes para que ocurran al juzgado a imponerse de aquel, se anunciará en la forma legal la venta de los bienes, por tres veces, dentro de tres días, si fuesen muebles, y dentro de nueve si fuesen raíces, en un periódico de circulación amplia de la Entidad Federativa donde se ventile el juicio, rematándose en seguida en pública almoneda y al mejor postor conforme a derecho.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 20-Septiembre-2011


1. Iniciativa presentada por el Sen. Juan Bueno Torio (PAN) el 10 de febrero de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 7 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a Discusión presentado el 12 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 87 votos.

4. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de abril de 2011. Se turnó a la Comisión de Economía.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 20 de septiembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 370 votos en pro y 2 abstenciones.

7. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicado en el D.O.F. el 19 de octubre de 2011.
37  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley Federal de Protección al Consumidor.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 14-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 15-Abril-2011 Incluir dentro de las atribuciones de la PROFECO el promover la coordinación entre las autoridades federales, estatales y municipales que corresponda, a fin de asegurar la protección efectiva al consumidor en contra de la información o publicidad engañosa o abusiva. Asimismo, esta deberá emitir lineamientos para el análisis y verificación de la información o publicidad a fin de evitar que se induzca a error o confusión al consumidor, deberá considerar el contexto temporal en que se difunde, el momento en que se transmite respecto de otros contenidos difundidos en el mismo medio y las circunstancias económicas o especiales del mercado.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 6-Octubre-2011


1. Iniciativa presentada por el Sen. Rubén Camarillo Ortega el 7 de septiembre de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 12 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de abril de 2011.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 6 de octubre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 361 votos en pro y 2 abstenciones.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de octubre de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas deComercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 15 de noviembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos en pro.

9. Pasó al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 15 de diciembre de 2011.
38  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 14-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 15-Abril-2011 Establece que las solicitudes de afiliación y/o renuncia de los Abastecedores, por sí o por conducto de las Organizaciones, deberán presentarse ante el Registro a más tardar el 31 de agosto, previo al inicio del Ciclo Azucarero. En su caso las Organizaciones deberán presentar ante el Registro, mediante escrito, el aviso de no movimientos en su padrón. Si alguna Organización Local no proporciona esta información dentro del plazo concedido, el Registro de oficio procederá a requerir su entrega, concediéndole al efecto un plazo no mayor de cinco días hábiles. Si la Organización Local de que se trate no cumple en tiempo con el requerimiento, el Registro informará a la Secretaría, para los efectos de que ésta promueva la imposición de una multa, ésta no libera a la organización de la obligación de proporcionar la información que se indica. Asimismo, los Ingenios tendrán la obligación de entregar al Comité y al Registro a más tardar el día 31 de julio de cada año y sin necesidad de requerimiento previo, la relación de la totalidad de sus Abastecedores de Caña de azúcar. En caso de que el Ingenio no proporcione esta información dentro del plazo establecido, el Registro directamente o a solicitud de cualquiera de las Organizaciones Locales de Abastecedores, procederá a requerir su entrega, concediéndole al efecto un plazo no mayor de cinco días hábiles. Si el Ingenio no cumple en tiempo con el requerimiento, el Registro informará a la Secretaría, para los efectos de que ésta promueva la imposición de una multa, ésta no libera al Ingenio de la obligación de proporcionar la información que se indica.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 4-Octubre-2011


1. Iniciativa presentada por el Sen. Juan Bueno Torio (PAN) el 20 de enero de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 5 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a Discusión presentado el 13 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Mediante oficio LXI/ST-PMD/0011/11 remitido a las SSP la presidencia de la Mesa Directiva informa que en reunión celebrada el 7 de septiembre de 2011, sus integrantes acordarón ratificar el turno de la iniciativa para dictamen a la comisión de Agricultura.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 04 de octubre de 2011. Aprobados los puntos de acuerdo.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del articulo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de octubre de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería y de Estudios Legislativos.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 87 votos en pro.

9. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.
39  Proyecto de decreto que adiciona una fracción V al artículo 90 de la Ley General de Salud.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 14-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 15-Abril-2011 Establecer que la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas en el respectivo ámbito de su competencia, propongan, promuevan y en su caso establezcan la inclusión de la perspectiva de género aplicada al campo de la salud, en la formación, actualización y capacitación del personal de salud, poniendo especial atención en la detección y atención de las mujeres en situación de violencia.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 1-Marzo-2012


1. Iniciativa presentada por el Sen. Héctor Pérez Plazola (PAN) el 30 de abril de 2009. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 5 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a Discusión presentado el 12 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 6 de marzo de 2012. Se turnó a las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
40  Proyecto de decreto que reforma los artículos 9o. Y 14 de la Ley General de Educación, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 14-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 15-Abril-2011 Establecer que además de atender y promover los diversos servicios, tipos y modalidades educativos, el Estado asumirá el compromiso de apoyar el desarrollo tecnológico y la innovación, así como de impulsar su debida divulgación. Incluir dentro de las atribuciones concurrentes de las autoridades educativas federal y locales, el promover la investigación y el desarrollo de la ciencia y la tecnología, fomenten su enseñanza y divulgación.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 6-Octubre-2011


1. Iniciativa del Dip. Reyes S. Tamez Guerra (NA) el 8 de diciembre de 2009. (LXI Legislatura)

2. Iniciativa suscrita por los Dips. María de Lourdes Reynoso Femat y Alejandro Bahena Flores (PAN) el 2 de marzo de 2010. (LXI Legislatura)

3. Dictamen de Primera Lectura presentado el 21 de octubre de 2010. (LXI Legislatura)

4. Dictamen a Discusión presentado 09 de noviembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 278 votos y 3 abstenciones. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida el 11 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura)

6. Dictamen a Discusión presentado el 12 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de abril de 2011. Se turnó a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 6 de octubre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 337 votos en pro y 2 abstenciones.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 16 de noviembre de 2011.
41  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 14-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 15-Abril-2011 Adoptar al interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa un esquema similar al de los órganos jurisdiccionales auxiliares del Poder Judicial de la Federación, creando salas auxiliares del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Que el Tribunal se integre por la Sala Superior, las salas regionales y la Junta de Gobierno y Administración. Fijar legalmente la finalidad de estas salas, dejando al Reglamento Interior la determinación del número y sedes de las salas auxiliares

Incluir entre las facultades del Pleno de la Sala Superior la determinación, en sesión privada, de aquellos asuntos en los que las salas regionales o especializadas sean auxiliadas por los nuevos órganos jurisdiccionales, atendiendo, las cargas de trabajo de las salas regionales.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 27-Abril-2011


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Sens. Rogelio Humberto Rueda Sánchez, Tomás Torres Mercado y José Isabel Trejo Reyes (PRI) el 5 de abril de 2011.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 14 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de abril de 2011.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 27 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 280 votos en pro y 1 en contra.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el D.O.F. el 3 de junio de 2011.
42  Proyecto de decreto, que adiciona un párrafo tercero al artículo 4o., recorriéndose en el orden los subsecuentes y un segundo párrafo a la fracción XX del artículo 27 ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, devuelta para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 26-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2011 Establece como obligación del Estado, garantizar el acceso a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El desarrollo rural integral, tendrá como finalidad que el Estado garantice el abasto suficiente y oportuno de los alimentos básicos que la ley establezca.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 29-Abril-2011


1. Iniciativa suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2010.

2. Dictamen de Primer Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 356 votos en pro y 2 abstenciones.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 7 de septiembre de 2010.

5. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 14 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos en pro.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2011.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 404 votos en pro y 4 abstenciones.

9. Pasó a las legislaturas de los estados para sus efectos constitucionales.

10. Declaratoria de aprobación del decreto realizada en la Comisión Permanente el 17 de agosto de 2011.

11. Se turnó al Diario Oficial de la Federación.

12. Publicado en el D.O.F. el 13 de octubre de 2011.
43  Proyecto de decreto que expide la Ley General de la Economía Social y Solidaria, reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 27-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 27-Abril-2011 Establecer mecanismos para facilitar la organización y la expansión de la Actividad Económica del Sector Social de la Economía y la responsabilidad del fomento e impulso por parte del Estado y definir las reglas de organización, promoción, fomento y fortalecimiento del Sector Social de la Economía, como un sistema eficaz que contribuya al desarrollo social y económico del país, a la generación de fuentes de trabajo digno, al fortalecimiento de la democracia, a la equitativa distribución del ingreso y a la mayor generación de patrimonio social. El Sector Social de la Economía estará integrado por los siguientes formas de organización social: Ejidos; Comunidades; Organizaciones de trabajadores; Sociedades Cooperativas; Empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores; y En general, de todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios. Se crea el Instituto Nacional de la Economía Social como un organismo administrativo desconcentrado adscrito a la Secretaría de Economía, el cual contará con autonomía técnica, operativa y de gestión en los términos establecidos en esta Ley. Tendrá como objeto definir e instrumentar políticas públicas de fomento al sector social de la economía, con el fin de fortalecer y consolidar al sector como uno de los pilares de desarrollo económico del país, a través de la participación, capacitación, investigación, difusión y apoyo a proyectos productivos del sector.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 23-Noviembre-2011


1. Iniciativa presentada por el Sen. René Arce (PRD) el 14 de septiembre de 2010.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 83 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 27 de abril de 2011.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 23 de noviembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 238 votos en pro, 22 en contra y 10 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Oficio con observaciones del Ejecutivo Federal recibido en la Comisión Permanente el 4 de enero de 2012. Se remitió a la Cámara de Senadores.

8. Se remitió a la Cámara de Senadores

9. Dictamen a discusión presentado el 27 de marzo de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 86 votos.

10. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

11. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de marzo de 2012.

12. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 285 votos en pro, 7 en contra y 3 abstenciones.

13. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

14. Publicado en el D.O.F. el 23 de mayo de 2012.
44  Proyecto de decreto que establece las características de una Moneda Bimetálica, con valor nominal de 20 pesos conmemorativa del Septuagésimo quinto Aniversario de la Fundación del Instituto Politécnico Nacional.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 27-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 27-Abril-2011 Emitir una moneda bimetálica, con valor nominal de 20 pesos, conmemorativa al septuagésimo quinto aniversario de la fundación del Instituto Politécnico Nacional. La cual tendrá una forma circular, con un diámetro de 32.0 mm. 75% de cobre y 25% de níquel.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa suscrita por los Sens. Rubén Fernando Velázquez López, José Luis García Zalvidea, Armando Contreras Castillo y Francisco Javier Castellón Fonseca (PRD) el 08 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 26 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 95 votos y 3 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)
45  Proyecto de decreto que adiciona y reforma diversos artículos de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 27-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 27-Abril-2011 Establece que las instituciones de seguros deberán presentar ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas y la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, por trimestre y de forma acumulada, el número de reclamaciones presentadas y las no procedentes por operación, ramo o seguro por cada entidad federativa y por aseguradora. Asimismo, para que el público usuario pueda tener acceso a la información y contar con los elementos necesarios para optar por la mejor opción en el mercado, propone que las dos Comisiones Nacionales y las instituciones de seguros publicarán en la página principal de su respectivo portal electrónico de internet. Asimismo, que las instituciones de seguros, sociedades mutualistas de seguros y demás personas que en los términos de la Ley, estén sujetas a la inspección y vigilancia de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, deberán rendir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público así como a la propia Comisión, en la forma y términos que al efecto establezcan, los informes, pruebas que sobre su organización, operaciones, contabilidad, inversiones, patrimonio, números de reclamaciones presentadas y las no procedentes les soliciten para fines de regulación, supervisión, control, inspección, vigilancia, estadística, y demás funciones que conforme a esta Ley u otras disposiciones legales y administrativas les corresponda ejercer. Por otra parte se establece multa de 1000 a 8000 días de salario, a las instituciones de seguros que no presenten o la hagan de manera extemporánea, así como la falta de publicación en su página de internet del número de reclamaciones y las no procedentes.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa suscrita por el Sen. Francisco Arroyo Vieyra (PRI), Arturo Núñez Jiménez (PRD) y Ricardo García Cervantes (PAN), el 24 de febrero de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 14 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a Discusión presentado el 27 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)
46  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 27-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 27-Abril-2011 Establecer que los agentes del Ministerio Público adscritos a las instituciones de procuración de justicia e instituciones policiales, puedan portar armas de fuego en el ejercicio de su función e incrementar su protección y eficiencia. La Secretaría de Seguridad Pública será el conducto para solicitar a la Secretaría de la Defensa Nacional la expedición de licencia colectiva. Las reformas a los tres ordenamientos se implementan con la finalidad de que se permita a los agentes del Ministerio Público adscritos a las instituciones de procuración de justicia e instituciones policiales, contar con el permiso de portación de arma de fuego, para el ejercicio de sus funciones, cumpliendo con los parámetros normativos vigentes de ingreso y permanencia en el cargo.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 29-Abril-2013


1. Iniciativa suscrita por los Sens. Eugenio Guadalupe Govea Arcos y Luis Maldonado Venegas (MC) el 28 de abril de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 12 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a Discusión presentado el 26 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 74 votos, 20 en contra y 3 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 29 de Abril de 2013 en votación económica.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del articulo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de septiembre de 2013, se turnó a las Comsiiones Unidas de Seguridad Pública y de Estudios Legislativos Primera.
47  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Reforma Política).


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 28-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 28-Abril-2011 Establecer como derecho de los ciudadanos presentar leyes, en los términos y con los requisitos que señalen la Constitución y la Ley del Congreso, como sujetos constitucionalmente legitimados para iniciar leyes o decretos ante el Congreso de la Unión. Plantear la consulta popular como mecanismo de participación e intervención de los ciudadanos en la toma de las decisiones relacionadas con temas relevantes, exceptuando temas como: electoral, los ingresos y gastos del Estado, la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de las fuerzas armadas.
Crear la figura de candidaturas independientes, para todos los cargos de elección popular, tanto federales como locales.
Establecer que el día de la apertura de cada periodo ordinario de sesiones el Presidente de la República pueda presentar hasta dos iniciativas para trámite preferente o bien hasta dos que hubiere presentado en periodos anteriores y estén pendientes de dictamen.
El Ejecutivo Federal puede observar, dentro de un plazo improrrogable, el Presupuesto de Egresos de la Federación aprobado por la Cámara de Diputados. Asimismo, en caso de iniciar el ejercicio fiscal sin que se haya aprobado y promulgado la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos, mantendrá vigencia el del año inmediato anterior. En el caso del Presupuesto, únicamente respecto de los gastos obligatorios que señale la Ley.
Fijar un orden de prelación para evitar la ausencia del Presidente de la República, comenzando con el Secretario de Gobernación, en caso de falta absoluta de éste, sería el Secretario de Hacienda y Crédito Público quien asumiría provisionalmente la Presidencia y, a su falta, el Secretario de Relaciones Exteriores.
Facultar al Senado de la República para ratificar aquellos nombramientos designados por el Ejecutivo Federal, de los órganos colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 4-Noviembre-2011


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Rafael Melgoza Radillo (PRD) el 13 de octubre de 2005. (LIX)

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Minerva Hernández Ramos (PRD) el 10 de octubre de 2006. (LX)

c) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Gabino Cué Monteagudo (CONV) el 22 de noviembre de 2007. (LX)

d) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Sens. Tomás Torres Mercado (PRD), Rosalinda López Hernández (PRD) y Ramón Galindo Noriega (PAN), el 11 de marzo de 2008. (LX)

e) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Congreso del Estado de Tlaxcala el 14 de mayo de 2008. (LX)

f) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Beatriz Zavala Peniche (PAN) el 9 de julio de 2008. (LX)

g) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Lázara Nelly González Aguilar (PAN) el 4 de noviembre de 2008. (LX)

h) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Luis Albertp Coppola Joffroy (PRD) a nombre propio y de diversos diputados de su Grupo Parlamentario, el 24 de febrero de 2008. (LX)

i) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Congreso del Estado de Michoacán el 17 de marzo de 2009. (LX)

j) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Martha Leticia Sosa Govea (PAN) el 29 de octubre de 2009.

k) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Silvano Aureoles Conejo (PRD) el 19 de noviembre de 2009.

l) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 15 de diciembre de 2009.

m) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Arturo Núñez Jiménez (PRD), a nombre de legisladores de los Grupos Parlamentarios del PRD, del PT y de Convergencia, el 18 de febrero de 2010.

n) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI), a nombre del Grupo Parlamentario del PRI, el 23 de febrero de 2010.

ñ) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Tomás Torres Mercado (PRD) el 25 de febrero de 2010.

o) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Arturo Escobar y Vega (PVEM), a nombre del Grupo Parlamentario del PVEM, el 4 de marzo de 2010.

p) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Claudia Sofía Corichi García (PRD) el 22 de abril de 2010.

q) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Luis Maldonado Venegas (CONV) el 9 de junio de 2010.

r) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Sergio Álvarez Mata (PAN) el 21 de septiembre de 2010.

t) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Sens. Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI) y Raúl Mejía González (PRI), el 11 de noviembre de 2010.

u) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Raúl José Mejía González (PRI) el 2 de diciembre de 2010.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 94 votos en pro, 5 en contra y 8 abstenciones.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2011.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 4 de noviembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 418 votos en pro, 15 en contra y 2 abstenciones.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 8 de noviembre de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Reforma del Estado y de Estudios Legislativos.

8. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 95 votos en pro.

9. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM, junto con un Acuerdo aprobado donde el Senado manifiesta su aprobación de enviarse lo aprobado por ambas Cámaras a las legislaturas estatales.

10. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2012.

11. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 19 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 279 votos en pro, 19 en contra y 3 abstenciones.

12. En votación económica la Asamblea aprobó Acuerdo de la Comisión de Puntos Constitucionales.

13. Pasó a las legislaturas de los estados para sus efectos constitucionales.

14. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2012.

11. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 19 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 279 votos en pro, 19 en contra y 3 abstenciones.

12. En votación económica la Asamblea aprobó Acuerdo de la Comisión de Puntos Constitucionales.

13. Pasó a las legislaturas de los estados para sus efectos constitucionales.

14. Declaratoria de aprobación del decreto realizada en la Comisión Permanente el 18 de julio de 2012.

15. Se remitió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

16. Publicado en el D.O.F. el 9 de agosto de 2012.
48  Proyecto de decreto que expide la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. (Lavado de dinero)


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 29-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 2-Mayo-2011 Establecer medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita, a través de una coordinación interinstitucional, que tenga como fines: establecer los elementos para investigar y perseguir los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, los relacionados con estos últimos, las estructuras financieras de las organizaciones delictivas y evitar el uso de los recursos para su financiamiento, y proteger el sistema financiero y la economía nacional.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Abril-2012


1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en la Cámara de Senadores el 25 de agosto de 2010.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 27 de abril de 2011.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 342 votos en pro, 3 en contra y 7 abstenciones.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta Recibida en la Cámara de Senadores el 02 de octubre de 2012, se turnó a las comisiones unidas de Justicia, de Gobernación y de Estudios Legislativos Segunda, y para opinión a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

8. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria del 11 de octubre de 2012 en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 111 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.

9. Se remitió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
49  Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, que se devuelve para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 29-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 2-Mayo-2011 Llevar a cabo capacitación para el combate de incendios forestales de conformidad con lo que se establezca en los Convenios de Coordinación que para el efecto se firmen con la Federación y los Municipios. Asimismo, la autorización de aprovechamiento de los recursos forestales maderables deberá acompañarse de los documentos debidamente certificados por el Registro Agrario Nacional que acredite la propiedad social.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 27-Marzo-2012


1. Iniciativa presentada por el Sen. Cesar Raúl Ojeda Zubieta (PRD) el 4 de abril de 2006. (LXI Legislatura)

2. Iniciativa enviada por el H. Congreso del Estado de Chihuahua el 14 de mayo de 2008. (LXI Legislatura)

3. Iniciativa presentada por los Sens. Jorge Legorreta Ordorica, Francisco Agundis Arias, Arturo Escobar y Vega, Ludivina Menchaca Castellanos, Manuel Velasco Coello y Javier Orosco Gómez (PVEM) el 25 de septiembre de 2008.

3. Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de diciembre de 2009. (LXI Legislatura)

4. Dictamen a discusión presentado el 15 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 75 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida el 2 de febrero de 2010. (LXI Legislatura)

6. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 26 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 364 votos y 1 abstención. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

7. Minuta recibida el 27 de abril de 2010. (LXI Legislatura)

8. Dictamen de Primera Lectura presentado el 27 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

9. Dictamen a Discusión presentado el 28 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 76 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

10. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 27 de Marzo de 2012. Aprobado en votación económica en su conjunto.

11. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

12. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de abril de 2012. Se turnó a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; de Desarrollo Rural; de Recursos Hidráulicos; de Reforma Agraria; de Estudios Legislativos; y de Estudios Legislativos, Segunda.
50  Proyecto de decreto que expide la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 29-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 2-Mayo-2011 Establecer la concurrencia entre la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, así como la participación de los sectores privado y social, en materia de prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integran infantil, garantizando el acceso de niñas y niños a dichos servicios en condiciones de igualdad, calidad, calidez, seguridad y protección adecuadas, que promuevan el ejercicio pleno de sus derechos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 14-Septiembre-2011


1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 26 de agosto de 2009 en la Cámara de Senadores. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 28 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2011. Se turnó a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

5. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 14 de septiembre de 2011. Proyecto de dereto aprobado por 372 votos en pro y 2 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 24 de octubre de 2011.
51  Proyecto de Decreto, que reforma el Segundo Párrafo del artículo 212 de la Ley General de Salud, para los efectos de la fracción D del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 6-Diciembre-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 8-Marzo-2011 ÚNICO.- Se aprueba en sus términos el acuerdo de la Minuta proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 212 de la Ley General de Salud. Devuelto por Cámara de Diputados para los efectos de la fracción d) del artículo 72 Constitucional, de fecha 17 de abril de 2009.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 15-Diciembre-2011


1. Iniciativa del Congreso del Estado de Tabasco recibida el 12 de noviembre de 2007. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 27 de marzo de 2008. (LX Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 01 de abril de 2008. Proyecto de decreto aprobado por 340 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LX Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de abril de 2008. (LX Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado el 01 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

6. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 15 de Diciembre de 2011. Aprobados los puntos de acuerdo.

7. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.