INICIATIVAS PRESENTADAS EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
HACIENDA Y CRéDITO PúBLICO |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1
Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos. Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo) |
Fecha de presentación: 10-Septiembre-2009 |
En materia de Servicios Migratorios: - Eliminar el cobro de derechos por la revalidación anual de la característica migratoria de estudiante. - Derogar el derecho por la reposición de la forma migratoria de no inmigrante y el cobro del nuevo derecho por la prestación de servicios relativos a la verificación del cumplimiento de las disposiciones en materia migratoria a cargo de las empresas de transporte responsables de las embarcaciones marítimas turísticas comerciales que arriben a los puertos. En materia de servicios prestados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores: - Modificar las cuotas a pagar por las bolsas de futuros y opciones, bolsas de valores, cámaras de compensación, contrapartes centrales e instituciones para el depósito de valores. - Efectuar precisiones para algunos intermediarios de los mercados de valores y de instrumentos financieros derivados. - Modificar las cuotas a pagar por las bolsas de futuros y opciones, bolsas de valores, cámaras de compensación, contrapartes centrales e instituciones para el depósito de valores. - Establecer una disposición de carácter anual aplicable al cálculo para la determinación de las cuotas por concepto de los servicios de inspección y vigilancia que presta la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a las instituciones de crédito, banca de desarrollo, casas de bolsa y sociedades de inversión En materia de Energía: - Incluir dentro de las facultades de la Comisión Reguladora de Energía la regulación del transporte y distribución de bioenergéticos; de los productos que se obtengan de la refinación del petróleo y de los petroquímicos básicos. - Incluir distintos rangos para el pago del derecho por supervisión de los permisos en materia de energía eléctrica con cuotas diferentes para cada uno de ellos. Asimismo, el cobro por la supervisión de la operación y mantenimiento de las actividades de transporte y distribución por medio de ductos de los productos que se obtengan de la refinación del petróleo y de los petroquímicos básicos, así como de los sistemas de almacenamiento que se encuentren directamente vinculados a éstos. - Establecer los derechos relacionados con el análisis y expedición de permisos para la producción, almacenamiento, transporte y comercialización de bioenergéticos, mediante el cobro de una cuota, aplicable también a las solicitudes de autorización de prórroga, transferencia y modificación de los términos y condiciones originales de dichos permisos. Otros: - Incluir una nueva Sección Cuarta denominada "Sanidad Acuícola" al Capítulo VII del Título I de dicha Ley. - Incluir el pago de los derechos relativos a la expedición del certificado internacional de calidad de semilla y del certificado internacional de calidad, para semilla finalmente no certificada. Por la expedición de permisos que de acuerdo a las atribuciones de cada una de las secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, se deben efectuar con el fin de regular, prevenir, evitar o reducir los posibles riesgos que esta actividad pudiera ocasionar a la salud humana o al medio ambiente. Por licencias sanitarias tiene como propósito mantener un estricto control sobre los múltiples actores que intervienen en la producción y comercialización de los productos relacionados con el tabaco, y Incluir el cobro de derechos por el uso, goce o aprovechamiento de puertos nacionales cuando las embarcaciones arriben a puertos nacionales o a terminales de uso público fuera de puerto habilitado. - Exentar del pago de derechos por las obras de protección de fenómenos naturales efectuados en las playas, en la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar o cualquier otro depósito de aguas marítimas. Así como el derecho por la presentación del aviso de uso de permiso en la constitución de sociedades y asociaciones. Derogar el derecho por la presentación del aviso de uso de permiso en la constitución de sociedades y asociaciones. |
Aprobada
con fecha 20-Octubre-2009 Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2009 |
2
Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales. Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo) |
Fecha de presentación: 10-Septiembre-2009 |
Modificar diversas disposiciones a efecto de establecer en materia de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR): -Un nuevo esquema para realizar el cálculo para el pago del ISR, que corresponda por dividendos o utilidades de las personas morales que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas. -Los supuestos conforme a los cuales serán autorizados como deducibles de impuestos, los donativos que reciban los organismos internacionales de los que México sea miembro de pleno derecho, así como precisar que los contribuyentes podrán considerar como comprobantes fiscales, los originales de los estados de cuenta donde se consigne el pago mediante cheques, traspasos de cuenta en instituciones de crédito o casas de bolsa, tarjeta de crédito, debito, de servicio o monedero electrónico. -El procedimiento para calcular los ingresos gravables de las sociedades de inversión y para obtener la ganancia por la enajenación de acciones de la cartera accionaria de dichas sociedades. -Un nuevo método para calcular los intereses reales gravables devengados a favor de los contribuyentes, a través de las instituciones del sistema financiero. -Un nuevo régimen de consolidación fiscal, el cual tendrá como principales objetivos instaurar un límite de 5 años al diferimiento del pago del ISR, cuando los contribuyentes gocen de este beneficio fiscal, definir el esquema de pago del mismo y su procedimiento. -Una nuevo procedimiento para realizar la deducción de créditos hipotecarios, así como la mecánica para otorgar el estímulo fiscal a los gastos e inversiones en investigación y desarrollo de tecnología. En materia de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE): -Que estarán exentas del pago del IDE, las personas físicas y morales que efectúen depósitos en efectivo en sus cuentas hasta por un acumulado mensual de 15, 000 pesos. -Que para realizar el cálculo del impuesto anteriormente referido, se deberá aplicar una tasa del 3% -Que la exención a dicho impuesto por depósitos en efectivo en cuentas propias abiertas en virtud de créditos adquiridos con alguna institución del sistema financiero, no se aplicará a las personas morales o físicas que realicen actividades empresariales y profesionales. - El procedimiento para el cobro del IDE pendiente de recaudar. -Incluir a las Sociedades Financieras Comunitarias y a los Organismos de Integración Financiera Rural como recaudadores del IDE. En materia de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) se propone: -Que las personas contempladas en el artículo 15 fracción X, inciso b) segundo párrafo de este ordenamiento, sólo podrán beneficiarse de la exención al pago de dicho impuesto, cuando estén inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes. -Eliminar lo relativo a que los comprobantes fiscales deberán ser impresos en establecimientos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria. Asimismo, en materia del Código Fiscal de la Federación se propone: -Redefinir el procedimiento para que las autoridades fiscales realicen la actualización de cantidades, así como precisar que también será considerado como domicilio fiscal para las personas morales, el de su representante legal. -Estipular que el aviso de cambio de domicilio no surtirá efectos en tanto no se acredite materialmente el nuevo domicilio. -Establecer el procedimiento para realizar el cálculo de las unidades de inversión, así como instituir el uso de comprobantes fiscales digitales, los cuales serán emitidos a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, definiendo la operación de este tipo de comprobantes, así como los nuevos lineamientos y efectos que deberán tener los comprobantes fiscales impresos. -Tipificar como delitos fiscales, la falsificación y reproducción de los comprobantes fiscales, la comercialización de éstos y de igual forma, darles efectos fiscales a comprobantes apócrifos. |
Aprobada
con fecha 20-Octubre-2009 Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2009 |
3
Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo) |
Fecha de presentación: 10-Septiembre-2009 |
Implementar una cuota adicional para el pago del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (ISR), a los importadores y fabricantes de bebidas alcohólicas cuando la graduación sea mayor a 20° Gay lussac, así como para los importadores y fabricantes de cigarros cuyo contenido de tabaco labrado sea inferior a 1 gramo. Establecer que en este último caso, los contribuyentes podrán optar por aplicar una cuota de $0.100 por cigarro por la totalidad de los cigarros enajenados o importados, la cual sólo podrá aplicarse por un periodo de 5 años. Definir los supuestos conforme a los cuales se podrá aplicar una tasa del 30% a los juegos con apuestas y sorteos realizados en territorio nacional, así como los casos en los que procederá el pago del ISR por los servicios que se proporcionen a través de una o más redes de telecomunicaciones. Asimismo, instaurar el procedimiento que habrá de seguirse para la aplicación de dichas cuotas y tasas propuestas. | Aprobada
con fecha 20-Octubre-2009 Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2009 |
4
Proyecto de Ley de Ingresos de la Federación, para el Ejercicio Fiscal de 2010. Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo) |
Fecha de presentación: 10-Septiembre-2009 |
Crear un ordenamiento con el objeto de establecer los ingresos que percibirá la Federación de los conceptos y en las cantidades estimadas durante el ejercicio fiscal de 2010, por un total de 1 billón 709 mil 248.2 millones de pesos. Autorizar al Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores, en los términos de la Ley General de Deuda Pública y para el financiamiento del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010, por un monto de endeudamiento neto interno hasta por 340 mil millones de pesos. Autorizar al Ejecutivo Federal para contratar y ejercer en el exterior créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores, para el financiamiento del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010, así como para canjear o refinanciar obligaciones del sector público federal, a efecto de obtener un monto de endeudamiento neto externo de 8 mil millones de dólares de Estados Unidos de América. | Aprobada
con fecha 20-Octubre-2009 Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2009 |
5
Proyecto de decreto que deroga el artículo 14-B de la Ley Federal de Derechos. Proponente: García Granados Miguel Ángel (PRI) |
Fecha de presentación: 23-Septiembre-2009 |
Derogar lo relativo a la prestación de servicios relativos a la verificación del cumplimiento de las disposiciones en materia migratoria, así como al pago de derechos que deben realizar las empresas de transporte responsables de las embarcaciones marítimas turísticas comerciales que arriben a los puertos del país por cada persona a bordo. | Aprobada
con fecha 20-Octubre-2009 Publicación en Gaceta: 23-Septiembre-2009 |
6
Proyecto de decreto que reforma el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal. Proponente: Yglesias Arreola José Antonio (PRI) |
Fecha de presentación: 20-Octubre-2009 |
Explicitar en la infraestructura básica educativa, los tipos de educación básica y media superior en el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal. | Aprobada
con fecha 4-Noviembre-2010 Publicación en Gaceta: 20-Octubre-2009 |
7
Proyecto de decreto para adicionar la fracción XVI al artículo cuarto de las disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta, contenidas en el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta; del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, y del Impuesto al Valor Agregado; del Código Fiscal de la Federación y del decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en unidades de inversión; y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril de 1995. Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS) |
Fecha de presentación: 3-Diciembre-2009 |
Establecer en las disposiciones transitorias del Decreto que los contribuyentes que durante los ejercicios fiscales 2008 y 2009 hubieran sido beneficiados con el estímulo fiscal previsto en el artículo 226 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, podrán aplicar lo dispuesto en el citado artículo vigente a partir del 1 de enero de 2010. | Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2009 Publicación en Gaceta: 3-Diciembre-2009 |
8
Proyecto de Decreto que establece las características de cuatro monedas de oro. Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo) |
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2009 |
Establecer las características de cuatro monedas de oro de conformidad con el artículo 2o.-Bis de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. | Aprobada
con fecha 23-Febrero-2010 Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2009 |
9
Proyecto de Decreto que establece las características de una moneda de oro y dos de plata, conmemorativas del ¿Bicentenario del Inicio del Movimiento de Independencia Nacional¿ y dos monedas de Plata Conmemorativas al ¿Centenario del Inicio de la Revolución Mexicana. Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo) |
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2009 |
Establecerlas características de: -Una moneda de oro, conmemorativa del bicentenario del inicio del movimiento de Independencia Nacional; -Dos monedas de plata conmemorativas del bicentenario del inicio del movimiento de Independencia Nacional y; -Dos monedas de plata conmemorativas del centenario del inicio de la Revolución Mexicana De conformidad con el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. |
Aprobada
con fecha 23-Febrero-2010 Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2009 |
10
Proyecto de Decreto que establece las características de cinco monedas de plata relativas al complejo arquitectónico de ¿Chichén Itzá¿. Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo) |
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2009 |
Establecer las características de cinco monedas de plata pura, de conformidad con el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. | Aprobada
con fecha 23-Febrero-2010 Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2009 |
11
Proyecto de decreto que reforma el Artículo Cuarto, fracción VI, segundo párrafo, incisos b), c), d) y e), del ¿Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto a los Depósitos en Efectivo y del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y del Decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en unidades de inversión; y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril de 1995¿, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 2009. Proponente: Gil Zuarth Roberto (PAN) |
Fecha de presentación: 2-Febrero-2010 |
Sustituir el símbolo de % por la frase ¿por ciento¿ (sic). | Aprobada
con fecha 11-Febrero-2010 Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010 |
12
Proyecto de decreto que reforma el artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Proponente: Di Costanzo Armenta Mario Alberto (PT) |
Fecha de presentación: 9-Febrero-2010 |
Modificar el monto diario de ingresos de 9 a 52 veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, para exentar del pago del impuesto sobre la renta, las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte. | Aprobada
con fecha 6-Abril-2011 Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2010 |
13
Proyecto de decreto que reforma el artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Proponente: Pérez de Alva Blanco Roberto (NUEVA ALIANZA) |
Fecha de presentación: 11-Febrero-2010 |
Eliminar el monto máximo de salarios mínimos para exentar del pago del Impuesto Sobre la Renta, en lo referente a pensiones. | Aprobada
con fecha 6-Abril-2011 Publicación en Gaceta: 11-Febrero-2010 |
14
Proyecto de decreto que expide la Ley del Fondo Nacional para el Combate Contra el Secuestro. Proponente: Pérez-Alonso González Rodrigo (PVEM) |
Fecha de presentación: 21-Abril-2010 |
Crear el Fondo Nacional para el Combate Contra el Secuestro, mismo que se constituye como un Fideicomiso Público Mixto, no sectorizado, donde el fideicomitente será el gobierno federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el fideicomisario será el propio fondo y el fiduciario será Nacional Financiera, SNC, con el objeto de apoyar a las víctimas del delito de secuestro mediante incentivos económicos destinados a los particulares que proporcionen información útil y fidedigna para la solución de los mismos. Asimismo, participará coordinadamente con las autoridades para la erradicación del delito de secuestro. Integrar el Fondo Nacional con las aportaciones que efectúe el gobierno federal, a través del Presupuesto de Egresos en cada ejercicio fiscal; las aportaciones de los gobiernos estatales y Municipales; las aportaciones que obtenga de los particulares; los productos de sus operaciones y de la inversión de fondos, y los demás recursos que se generen por cualquier otro concepto. Establecer que el Fondo Nacional estará a cargo de un Comité Técnico del Fondo Nacional del Secuestro, integrado por representantes de la sociedad civil. | Aprobada
con fecha 7-Octubre-2010 Publicación en Gaceta: 21-Abril-2010 |
15
Proyecto de decreto que reforma el artículo 152 bis a la Ley Aduanera. Proponente: Diputados integrantes del PRI (PRI) |
Fecha de presentación: 29-Abril-2010 |
Establecer que cuando con motivo del reconocimiento aduanero, segundo reconocimiento, verificación de mercancías en transporte o visita domiciliaria, sea necesaria la toma de muestras de las mercancías a fin de identificar su composición cualitativa o cuantitativa, uso, proceso de obtención o características físicas, y no proceda el embargo precautorio, se realizará dicha toma de acuerdo con el procedimiento que al efecto prevé el reglamento, correspondiendo a la autoridad aduanera realizar el análisis y dictamen conducentes, en un plazo no mayor de un mes, a partir del levantamiento del acta de muestreo respectiva. Establecer que cuando se proceda a la determinación de contribuciones omitidas, cuotas compensatorias y, en su caso, a la imposición de sanciones, respecto a mercancías de difícil identificación, se notificarán al interesado, mediante escrito o acta circunstanciada, los hechos u omisiones que dieron lugar a la determinación y sanción consecuentes, dentro del plazo de cuatro meses siguientes al momento en que la autoridad aduanera reciba el dictamen. | Aprobada
con fecha 6-Abril-2011 Publicación en Gaceta: 29-Abril-2010 |
16
Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Proponente: Saro Boardman Ernesto (Senadores) |
Fecha de presentación: 29-Abril-2010 |
Incrementar la tasa del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios a los cigarros, puros, tabacos labrados y tabacos labrados a mano. Adicionalmente, se pagará una cuota de $0.40 por cigarro enajenado o importado. | Aprobada
con fecha 19-Octubre-2010 Publicación en Gaceta: 30-Abril-2010 |
17
Proyecto de decreto que establece las características de una moneda de cuño corriente conmemorativa al 20mo. Aniversario de la entrega del Premio Nobel a Octavio Paz. Proponente: López Rabadán Kenia (PAN) |
Fecha de presentación: 7-Septiembre-2010 |
Establecer las características de una moneda de cuño corriente conmemorativa al 20mo. Aniversario de la entrega del Premio Nobel a Octavio Paz. | Aprobada
con fecha 3-Noviembre-2010 Publicación en Gaceta: 7-Septiembre-2010 |
18
Proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011. Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo) |
Fecha de presentación: 9-Septiembre-2010 |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer los ingresos que percibirá la Federación de los conceptos y en las cantidades estimadas durante el ejercicio fiscal 2011, estimando una recaudación federal participable por un 1 billón 849 mil 36.3 millones de pesos. Autorizar al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores, en los términos de la Ley General de Deuda Pública y para el financiamiento del PEF para el Ejercicio Fiscal de 2011, por un monto de endeudamiento neto interno hasta por 340 mil millones de pesos; así como para contratar y ejercer en el exterior créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores, para el financiamiento del PEF para el Ejercicio Fiscal 2011, así como para canjear o refinanciar obligaciones del sector público federal, a efecto de obtener un monto de endeudamiento neto externo de 5 mil millones de dólares de los Estados Unidos de América. Autorizar al Distrito Federal la contratación y ejercicio de créditos, empréstitos y otras formas de crédito público para un endeudamiento neto de 4 mil millones de pesos para el financiamiento de obras contempladas en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2011. Destinar 74 mil 307.6 millones de pesos de los recursos que genere el derecho sobre hidrocarburos para el fondo de estabilización, para financiar programas y proyectos de inversión aprobados en el PEF. | Aprobada
con fecha 19-Octubre-2010 Publicación en Gaceta: 9-Septiembre-2010 |
19
Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos. Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo) |
Fecha de presentación: 9-Septiembre-2010 |
Implementar medidas que incidan en la apertura de empresas, rápida resolución en materia de permisos y concesiones, crecimiento en el empleo, mejora en la actividad registral, obtención de crédito, protección de inversiones, pago de impuestos, comercio transfronterizo, cumplimiento de contratos, entre otras. Suprimir el pago de los siguientes derechos: Los relativos al otorgamiento de permisos emitidos por la SEGOB, para visitar el territorio insular de jurisdicción federal; por la expedición del permiso individual para pesca deportivo-recreativa; los relacionados con la filmación, videograbación y tomas fotográficas con fines comerciales; por la inspección previa al inicio de operaciones de estaciones de radiodifusión sonora y de televisión; por la expedición, revalidación y modificación de la constancia de peritos en telecomunicaciones, por la expedición de la constancia del registro de radioclubes y su revalidación; por la actualización técnica y nombramiento de Delegado Honorario de la Capitanía de Puerto en la marina turística; diversos derechos a favor de la marina mercante mexicana; por el ejercicio profesional en términos de los tratados internacionales suscritos por el Ejecutivo Federal; por la expedición de constancias de certificados de estudios y de duplicados de estudios parciales de educación militar; para obtener el permiso sanitario de importación de dispositivos médicos para uso personal; el derecho relativo al servicio a cargo de la SHCP, de estudio y trámite de solicitudes de personas físicas y morales mexicanas; para invertir en empresas mexicanas utilizando el sistema de intercambio de deuda pública por capital; por la reposición de la constancia de nacionalidad mexicana y cartas de naturalización; diversos derechos a cargo de PEMEX; el derecho de sanidad agropecuaria por el certificado fitosanitario o zoosanitario de liberación al medio ambiente de organismos manipulados mediante la aplicación de ingeniería genética; por la evaluación y resolución de la solicitud de ampliación de términos y plazos establecidos en la autorización de impacto ambiental; por la expedición de la autorización de Agente Naviero Consignatario de Buques en pesca comercial y recreo; los relativos a los servicios de laboratorio que proporciona la Secretaría de Salud; diversos derechos relacionados con servicios registrales. Reducir el pago del derecho por la acreditación de la capacidad técnica para ejercer la actividad de agente de seguros o fianzas. Establecer en materia de servicios migratorios la modalidad de ¿Visitante Persona de Negocios¿. Prever una cuota fija para el pago del derecho a cargo de las Sociedades de Inversión por concepto de la inspección y vigilancia que proporciona la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Suprimir el cobro de las cuotas por concepto de inspección y vigilancia respecto del Fondo de la Vivienda Militar. Modificar la denominación ¿Sanidad Fitozoosanitaria¿ en lugar de ¿Sanidad Fitopecuaria¿, así como el término ¿transferencia¿ por ¿sustitución¿ cuando se trate de concesiones de pesca de carácter comercial. Exentar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que no cubra diversos derechos por servicios relativos a certificaciones de las ayudas a la navegación aérea; entre otros. | Aprobada
con fecha 19-Octubre-2010 Publicación en Gaceta: 9-Septiembre-2010 |
20
Proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 226 Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Proponente: Rojo e Incháustegui María (Senadores) |
Fecha de presentación: 21-Septiembre-2010 |
Otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes del impuesto sobre la renta, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente al monto que aporten a proyectos de inversión en la producción teatral nacional, contra el impuesto sobre la renta o el impuesto al activo que tengan a su cargo en el ejercicio en el que se determine el crédito. Este crédito fiscal no será acumulable para efectos del impuesto sobre la renta. En ningún caso, el estímulo podrá exceder del 10% del impuesto sobre la renta a su cargo en el ejercicio inmediato anterior al de su aplicación. Establecer que el monto total del estímulo a distribuir entre los aspirantes del beneficio, no excederá de 50 millones de pesos por cada ejercicio fiscal ni de 2 millones de pesos por cada contribuyente y proyecto de inversión en la producción cinematográfica nacional. Crear un Comité Interinstitucional que estará formado por un representante del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, uno de la Compañía Nacional de Teatro y uno de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien presidirá el Comité y tendrá voto de calidad. | Aprobada
con fecha 19-Octubre-2010 Publicación en Gaceta: 21-Septiembre-2010 |
21
Proyecto de decreto que establece las características de una Moneda de Oro Conmemorativa del ¿Bicentenario del Inicio del Movimiento de Independencia Nacional¿. Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo) |
Fecha de presentación: 28-Septiembre-2010 |
Indicar las características de una Moneda de Oro Conmemorativa del ¿Bicentenario del Inicio del Movimiento de Independencia Nacional¿. | Aprobada
con fecha 24-Marzo-2011 Publicación en Gaceta: 28-Septiembre-2010 |
22
Proyecto de decreto que establece las características de la Octava Moneda de Plata Conmemorativa del ¿Quinto Centenario del Encuentro de dos Mundos¿. Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo) |
Fecha de presentación: 28-Septiembre-2010 |
Indicar las características de la Octava Moneda de Plata Conmemorativa del ¿Quinto Centenario del Encuentro de dos Mundos¿. | Aprobada
con fecha 24-Marzo-2011 Publicación en Gaceta: 28-Septiembre-2010 |
23
Proyecto de decreto que establece las características de Veinticuatro Monedas Bimetálicas Conmemorativas de la ¿Herencia Numismática de México¿. Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo) |
Fecha de presentación: 28-Septiembre-2010 |
Indicar las características de Veinticuatro Monedas Bimetálicas Conmemorativas de la ¿Herencia Numismática de México¿. | Aprobada
con fecha 24-Marzo-2011 Publicación en Gaceta: 28-Septiembre-2010 |
24
Proyecto de decreto que reforma los artículos 2° y 3° de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Proponente: Diputados integrantes del PVEM (PVEM) |
Fecha de presentación: 14-Octubre-2010 |
Gravar con el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, las bebidas energizantes 100% e incluir su definición. | Aprobada
con fecha 19-Octubre-2010 Publicación en Gaceta: 14-Octubre-2010 |
25
Proyecto de decreto que reforma el artículo 152 de la Ley Aduanera. Proponente: Ramírez Rangel Jesús (PAN) |
Fecha de presentación: 13-Diciembre-2010 |
Establecer que para la toma de muestras de las mercancías para identificar su composición cualitativa, uso, proceso de obtención o características físicas, se realizará de acuerdo con el procedimiento que prevé el reglamento y corresponderá a la autoridad aduanera emitir el análisis y dictamen conducentes. Cuando se proceda a la determinación de contribuciones omitidas, cuotas compensatorias y, en su caso, a la imposición de sanciones, respecto a mercancías de difícil identificación, se notificará al interesado, los hechos u omisiones, dentro del plazo de 6 meses a partir del momento en que la autoridad aduanera levante el acta de muestreo. Para el caso de mercancías que no sean de difícil identificación, la autoridad aduanera dará a conocer mediante escrito o acta circunstanciada, los hechos u omisiones que impliquen la omisión de contribuciones, cuotas compensatorias y, en su caso, la imposición de sanciones. Señalar en el acta que el interesado cuenta con un plazo de diez días hábiles, para ofrecer las pruebas y formular los alegatos que a su derecho convenga. | Aprobada
con fecha 6-Abril-2011 Publicación en Gaceta: 9-Diciembre-2010 |
26
Proyecto de decreto por el que se reforma el Artículo Segundo, fracción III, de las disposiciones transitorias de la Ley de Coordinación Fiscal. Proponente: Bailey Elizondo Eduardo Alonso (PRI) |
Fecha de presentación: 10-Agosto-2011 |
Prolongar el periodo de vigencia hasta el año 2018 de la disposición que establece la distribución de las cuotas federales aplicables a la venta final de gasolina y diesel, previstas en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para que no quede derogada a partir del día 1 de enero de 2012. | Aprobada
con fecha 20-Octubre-2011 Publicación en Gaceta: 15-Agosto-2011 |
27
Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación. Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo) |
Fecha de presentación: 13-Septiembre-2011 |
Transferir, la facultad del Banco de México para publicar y calcular el Índice Nacional de Precios al Consumidor, al Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Ampliar de dos a cuatro años los certificados de firma avanzada, con posibilidad de renovación. Prever que los medios de pago como los cheques certificados o de caja y la transferencia electrónica de fondos a favor de la Tesorería de la Federación, serán aplicables a los productos y aprovechamientos. Los medios de pago como los cheques certificados o de caja y la transferencia electrónica de fondos a favor de la Tesorería de la Federación, serán aplicables a los productos y aprovechamientos. Explicitar una regla de redondeo para la obtención de la tasa de recargos por mora. Eliminar al cheque nominativo y certificados especiales como medios de pago de las devoluciones. Simplificar las normas y requisitos aplicables a los comprobantes fiscales y compilarlos en el Código Fiscal de la Federación. Suprimir los datos del nombre, denominación o razón social y domicilio fiscal de los contribuyentes que expiden comprobantes fiscales digitales. Tratándose de comprobantes que amparen mercancías en transporte se simplifica la regulación de la documentación que debe exhibirse al transportar mercancías por territorio nacional. La presentación extemporánea del dictamen y su información relativa, no surtirá efectos fiscales. Establecer el procedimiento sancionatorio que el Servicio de Administración Tributaria deberá llevar a cabo cuando el contador público registrado no aplique las normas o procedimientos de auditoría. Actualizar el monto de las multas y cantidades en moneda nacional establecidas en la Ley Aduanera Eliminar las sanciones que se imponen a los proveedores de los dispositivos de seguridad que no proporcionan la información relativa a las operaciones con sus clientes al SAT. Derogar la infracción establecida por no presentar el reporte de contabilidad en el que se informe sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales a su cargo en el ejercicio fiscal al que corresponda el dictamen. Adecuar diversas disposiciones relativas a las facultades de comprobación de la autoridad fiscal, infracciones, multas y delitos, así como al procedimiento administrativo de ejecución. Establecer un plazo de prescripción de la acción penal de ocho años para aquellos delitos fiscales que se persiguen por querella, por declaratoria y por declaratoria de perjuicio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; asimismo, un plazo de tres años para otros delitos previstos en el Código que, por las características de las conductas que tipifican, no están vinculados con el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales o porque conocen del delito en el momento en que éste se comete. |
Aprobada
con fecha 20-Octubre-2011 Publicación en Gaceta: 13-Septiembre-2011 |
28
Proyecto de decreto que reforma, adiciona, deroga y abroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2007. Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo) |
Fecha de presentación: 13-Septiembre-2011 |
Se propone que la derogación a que se refiere el tercer párrafo de la fracción III del artículo Segundo de las disposiciones transitorias de la Ley de Coordinación Fiscal, relativa a la distribución de las cuotas federales aplicables a la venta final de gasolinas y diesel, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2007, surta sus efectos el 1 de enero de 2013 y no el 1 de enero de 2012 y por lo tanto se mantenga la fórmula de participación vigente conforme al artículo 4o.-A de la Ley de Coordinación Fiscal. | Aprobada
con fecha 20-Octubre-2011 Publicación en Gaceta: 13-Septiembre-2011 |
29
Decreto por el que se integra un Fondo Especial de recursos económicos, por diez mil millones de pesos, para atender los daños ocasionados por las contingencias climatológicas de sequía en los estados de Sonora, Baja California, Baja California Sur, Aguascalientes, Tamaulipas, Coahuila, Chihuahua, Sinaloa, Durango, Nuevo León, Zacatecas, San Luis Potosí, Querétaro y parte de Guanajuato; por las heladas en los estados de Tlaxcala, Puebla, Estado de México e Hidalgo y por inundaciones en el estado de Tabasco. Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS) |
Fecha de presentación: 8-Noviembre-2011 |
Integrar un Fondo Especial de Recursos Económicos, por diez mil millones de pesos, para atender los daños ocasionados por las contingencias climáticas de sequía en varios estados de la República. | Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2011 Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2011 |