INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, de la Ley Federal de Extinción de Dominio, del Código Federal de Procedimientos Penales y del Código Penal Federal; y expide la Ley Federal para la Atención y Protección a Víctimas y Ofendidos por el Delito.


Adherente: Velázquez y Llorente Julián Francisco (PAN)
Fecha de presentación: 9-Marzo-2011

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de garantizar los derechos establecidos por el artículo 20, Apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo a los derechos de las víctimas y ofendidos, así como regular las medidas de atención y protección a favor de las víctimas que han sufrido la comisión de un delito. Las medidas de atención y protección serán realizadas en los distintos ámbitos de competencia, por conducto de la Procuraduría General de la República y de los Tribunales; así como por las demás autoridades federales que en razón de sus atribuciones deban contribuir directa o indirectamente.
Ley de Amparo: Otorgar el derecho a la víctima o el ofendido de promover juicio de amparo contra lo actos o resoluciones del Ministerio Público o de la autoridad judicial que violen los derechos establecidos por el artículo 20, Apartado C, constitucional, relativos a los derechos de la víctima o del ofendido durante el proceso penal.
Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público: Incluir en la ley la regulación, administración y destino de los bienes objeto de la acción de extinción de dominio.
Ley Federal de Extinción de Dominio: Derogar el Fondo establecido y destinado a brindar apoyo económico a las Víctimas y Ofendidos por el Delito, para que sólo exista el Fondo creado por la nueva Ley Federal de Atención y Protección a las Víctimas y Ofendidos por el Delito.
Código Federal de Procedimientos Penales: Incluir en las etapas del procedimiento penal, que la declaración de la persona menor de edad tiene preferencia en el orden de desahogo de las pruebas que obran en la causa penal; así como que en las audiencias en que participen menores de edad se videograbarán, previa certificación del Secretario de Acuerdos correspondiente, y los medios de almacenamiento quedarán bajo resguardo del responsable de la Agencia del Ministerio Público y posteriormente del Juez.
Código Penal Federal: Incluir como delito a quien simule un acto jurídico, un acto o escrito judicial, su victimización o altere elementos de prueba y los presente en juicio, en el procedimiento que corresponda para dirimir un conflicto, controversia o reclamación, o realice cualquier otro acto tendiente a inducir a error a la autoridad judicial o administrativa, con el fin de obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley, imponiéndole una sanción de seis meses a seis años de prisión y de cincuenta a doscientos cincuenta días multa. El delito se perseguirá de oficio.
Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
2   Proyecto de decreto que reforma el artículo 15 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.


Adherente: Velázquez y Llorente Julián Francisco (PAN)
Fecha de presentación: 9-Marzo-2011

Incorporar en los presupuestos de egresos de las entidades federativas y del Distrito Federal, la asignación de recursos para el cumplimiento de la política local en materia de igualdad. Crear un organismo encargado de diseñar, vigilar y evaluar la aplicación de los mecanismos institucionales de promoción y procuración de la igualdad, que deberán ser aplicados en las instancias administrativas de las entidades federativas, así como, vigilar el cumplimiento de los compromisos del gobierno estatal o del Distrito Federal relacionados con la materia. Aprobada
con fecha 11-Octubre-2011



Publicación en Gaceta: 8-Marzo-2011
3   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.


Adherente: Velázquez y Llorente Julián Francisco (PAN)
Fecha de presentación: 10-Marzo-2011

Considerar como materia de salubridad general, la Atención Preventiva Integrada a la Salud, consistente en realizar todas las acciones de promoción y protección de la salud de acuerdo con la edad, sexo y factores de riesgo de las personas en una sola consulta, realizadas por una misma persona y en el mismo consultorio o módulo. Facultar a la Coordinación del Sistema Nacional de Salud para promover que todos los mexicanos reciban y participen en la Atención Preventiva Integrada a la Salud. Implementar grupos entre la población para brindar la Atención Preventiva Integrada a la Salud. Aprobada
con fecha 9-Febrero-2012



Publicación en Gaceta: 10-Marzo-2011
4   Proyecto de decreto que reforma los artículos 4°, 21 y 171 de la Ley Federal de Sanidad Animal.


Adherente: Velázquez y Llorente Julián Francisco (PAN)
Fecha de presentación: 10-Marzo-2011

Definir los conceptos de Animal Doméstico y Animal Silvestre. Establecer que los animales deberán contar con un refugio en el cual puedan llevar a cabo sus necesidades así como tener un adecuado desarrollo de acuerdo a sus dimensiones y necesidades particulares. Sancionar a quien mediante cualquier acto u omisión produzca lesiones de cualquier tipo o la muerte de los animales domésticos con los montos de 50 a 150 días de salario mínimo general vigente (SMGV), cuando se infiere cualquier lesión; de 151 a 500 días de SMGV, cuando se cause la muerte y si se trata de animales utilizados en espectáculos públicos, la multa a imponer será mayor a 501 días de SMGV. Estas sanciones se aplicarán independientemente de la responsabilidad que incurran los infractores en las materias civil, penal, laboral o administrativa. Desechada
con fecha 1-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 24-Febrero-2011
5   Proyecto de decreto que adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud.


Adherente: Velázquez y Llorente Julián Francisco (PAN)
Fecha de presentación: 10-Marzo-2011

Precisar la normatividad relativa a la donación y los trasplantes de órganos. Establecer los principios éticos que deben observarse en cuestión de donación y trasplantes, así como los derechos fundamentales que deben protegerse y garantizarse; las responsabilidades y atribuciones con que habrán de contar los establecimientos de salud y los profesionales que realicen trasplantes; las condiciones para favorecer el consentimiento a la donación de órganos en vida, particularmente en muerte y el procedimiento para la obtención de órganos de donantes fallecidos y las condiciones para la intervención del Ministerio Público; asimismo, establecer disposiciones concernientes a proteger la salud de los donantes vivos y a insistir en la necesidad de fomentar los donantes fallecidos; la asignación, distribución y trazabilidad de los órganos y tejidos de donantes fallecidos contemplando los principios de equidad, transparencia y eficacia; el costo para reconocer la existencia de gastos vinculados a la intervención quirúrgica, extracción, implante y atención postoperatoria tanto del receptor como del dador vivo. Aprobada
con fecha 28-Abril-2011



Publicación en Gaceta: 10-Marzo-2011
6   Proyecto de decreto que reforma los artículos 23 y 39 de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia.


Suscribe: Velázquez y Llorente Julián Francisco (PAN)
Fecha de presentación: 17-Marzo-2011

Establecer que cuando le sea negado al usuario un crédito o servicio en razón de una información no actualizada, tenga la posibilidad de desvirtuar esa información exhibiendo los títulos de crédito y comprobantes con los que se acredite que ya cumplió con el pago de su deuda. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
7   Proyecto de decreto que reforma el artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Velázquez y Llorente Julián Francisco (PAN)
Fecha de presentación: 24-Marzo-2011

Prohibir a los estados y los municipios a contraer deuda pública salvo que se destine a operaciones de refinanciamiento y reestructura, y excluyendo cualesquier destino a gasto corriente, inclusive los que contraigan organismos descentralizados estatales o municipales, empresas de participación estatal o municipal mayoritarias y fideicomisos públicos paraestatales o paramunicipales, para lo cual, se requerirá la aprobación calificada de las respectivas legislaturas y ayuntamientos para afectar como fuente de pago o garantía cualesquiera de sus ingresos y derechos, presentes o futuros, en el entendido de que no podrán enajenar, gravar o afectar dichos ingresos o derechos en operaciones financieras sin que medie una operación constitutiva de deuda pública. Definir el concepto de deuda pública. Crear un registro público con criterios homologados y comunes de acuerdo con los estándares internacionales vigentes, a cargo de los estados, y en el cual se registrarán todas las operaciones de deuda pública, el destino de los recursos provenientes de dichas operaciones, así como la transmisión, gravamen o afectación de sus ingresos y derechos que sirvan como fuente de pago o garantía que contraigan los estados y los municipios; dicho registro se creará dentro de los 60 días del inicio de vigencia del decreto. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011
8   Proyecto de decreto que reforma los artículos 212 de la Ley General de Salud y 67 de la Ley Federal de Radio y Televisión.


Adherente: Velázquez y Llorente Julián Francisco (PAN)
Fecha de presentación: 24-Marzo-2011

Incluir contraetiquetas en alimentos y bebidas no alcohólicas. Los establecimientos de comida rápida o ¿fast food¿ deberán poner a la vista del público, tanto en sus mostradores, empaques, complementos y servilletas la información nutrimental de los productos, así como la leyenda que señale ¿el abuso de este producto puede causar sobrepeso, principal causa de diabetes tipo A y enfermedades cardiovasculares¿. Establecer que la propaganda comercial que se transmita por la radio y la televisión, en el caso de la publicidad de alimentos y bebidas no deberá aprovecharse de la credibilidad e inexperiencia de los niños ni deformar los contenidos a través de la promoción de regalos y juguetes. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 3-Marzo-2011
9   Proyecto de decreto que reforma el artículo 307 de la Ley General de Salud.


Adherente: Velázquez y Llorente Julián Francisco (PAN)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Prohibir todo tipo de promociones y/o regalos en alimentos con alto contenido de energéticos, bebidas azucaradas, refrescos y aguas carbonatadas. Facultar a la Secretaría de Salud para establecer a qué tipo de alimentos les será aplicable dicha prohibición, con base en los contenidos energéticos y calóricos de cada uno. Desechada
con fecha 1-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011
10   Proyecto de decreto que deroga el Título Décimo Primero de la Ley General de Salud y expide la Ley General contra las Adicciones.


Adherente: Velázquez y Llorente Julián Francisco (PAN)
Fecha de presentación: 13-Abril-2011

Derogar el título undécimo denominado ¿Programas contra las adicciones¿, de la Ley General de Salud. Crear un ordenamiento con el objeto de garantizar una política integral y sistemática de protección a la salud de la población en materia de consumo de sustancias psicoactivas y de otras prácticas de riesgo adictivo; promover la regulación y control de la distribución y expendio de bebidas alcohólicas a través de un registro de habilitaciones específicas para su venta; impulsar estrategias de capacitación a nivel socio-familiar tendientes a la promoción de vínculos saludables que permitan a los niños, niñas y adolescentes, y a la población en general, el desarrollo de habilidades para la vida. Apoyar la formación de docentes y líderes juveniles, en programas de preparación de formadores, como protagonistas en el campo preventivo del consumo de sustancias psicoactivas y de otras prácticas de riesgo adictivo. Crear el Consejo Nacional Contra las Adiciones el cual, apoyará las acciones de los sectores público, social y privado tendientes a la prevención y combate de los problemas de salud pública causados por las adicciones, así como proponer y evaluar el Programa Nacional de Atención Integral contra las adicciones. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 7-Abril-2011
11   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y expide la Ley General de la Calidad del Aire y la Protección a la Atmósfera.


Suscribe: Velázquez y Llorente Julián Francisco (PAN)
Fecha de presentación: 28-Abril-2011

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente: Facultar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para modificar, actualizar y vigilar el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas, así como para alentar el desarrollo de tecnologías limpias y líneas de investigación que tengan por objeto perfeccionar el estado del conocimiento científico y tecnológico y para fortalecer la colaboración de la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, con instituciones académicas y organismos, nacionales o internacionales, a fin de lograr una calidad del aire satisfactoria.

Ley General de la Calidad del Aire y la Protección a la Atmósfera: Crear un ordenamiento con el objeto de garantizar el derecho de toda persona a la protección a la salud y a un medio ambiente adecuado, para su desarrollo y bienestar, en materia de preservación de la calidad del aire y de protección a la atmósfera estableciendo las bases de coordinación y colaboración entre la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, así como de la concertación para la participación de los sectores social y privado. Establecer las bases para la restauración, preservación y mejoramiento de la calidad del aire; la protección de la atmósfera de los gases de efecto invernadero y las sustancias agotadoras de la capa de ozono; el aprovechamiento sustentable de la atmósfera de forma tal que sea compatible con el desarrollo de las actividades humanas y productivas; la distribución de competencias entre la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la atmósfera de los efectos de los gases de efecto invernadero y las sustancias agotadoras de la capa de ozono; la celebración de convenios de coordinación y colaboración entre la Federación y los estados, el Distrito Federal y los municipios para realizar acciones en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la atmósfera de los gases de efecto invernadero y las sustancias agotadoras de la capa de ozono; la promoción y garantía de la participación corresponsable de todos los sectores sociales en las acciones tendientes a restaurar, preservar y mejorar la calidad del aire; así como a proteger a la atmósfera de los gases de efecto invernadero y de las sustancias agotadoras de la capa de ozono, de conformidad con las disposiciones de esta ley; el fortalecimiento de la investigación y desarrollo científico, así como la innovación tecnológica, para prevenir y controlar la contaminación atmosférica y proteger a la atmósfera; y el establecimiento de las medidas de control y de seguridad para garantizar el cumplimiento y la aplicación de la ley.
Ley del Impuesto Sobre la Renta: Otorgar el derecho a los contribuyentes del impuesto sobre la renta para deducir el 100% de las inversiones en maquinaria y equipo que reduzcan las emisiones contaminantes o de gases de efecto invernadero a la atmósfera o que sustituyan el uso de sustancias agotadoras de la capa de ozono; asimismo, otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes consistente en aplicar un crédito fiscal cuando los mismos se dediquen preponderantemente al mantenimiento y reparación de la maquinaria y equipo que reduzcan las emisiones contaminantes o de gases de efecto invernadero a la atmósfera; inviertan en la conservación del uso de suelo silvícola; inviertan en investigaciones que tengan por objeto determinar el comportamiento de los contaminantes criterio, gases de efecto invernadero y sustancias agotadoras de la capa de ozono, así como otros contaminantes; e inviertan en maquinaria y equipo que fomenten las fuentes renovables de energía.
Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2011