INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma los artículos 73, 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Orantes López Hernán de Jesús (PRI) |
Fecha de presentación: 16-Febrero-2012 |
Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes de carácter general para regular la integración y funcionamiento del Sistema Nacional de Fiscalización. Establecer que sin sujeción a los principios de posterioridad y anualidad, la entidad de fiscalización superior de la Federación podrá iniciar el proceso de fiscalización a partir del primer día hábil del año siguiente al cierre del ejercicio fiscal; asimismo, por lo que corresponde a los trabajos de planeación de las auditorías, la entidad de fiscalización superior de la Federación podrá realizar revisiones preliminares y solicitar información del ejercicio en curso. Modificar del 30 de abril, a más tardar el último día hábil del mes de febrero del año siguiente, la entrega de la Cuenta Pública, así como el Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados. Modificar del 20 de febrero del año siguiente al de su presentación, a más tardar el 31 de octubre del año en que sea entregada la Cuenta Pública, la entregar los informes individuales de auditoría a la Cámara de Diputados, conforme vayan concluyendo las mismas. | Aprobada
con fecha 25-Abril-2012 Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2012 |
2 Proyecto de decreto que expide la Ley de Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos mayores de 65 años, residentes en zonas indígenas, zonas rurales y zonas marginadas de la República Mexicana. Proponente: Orantes López Hernán de Jesús (PRI) |
Fecha de presentación: 8-Marzo-2012 |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer la pensión alimentaria como un derecho a favor de todos los adultos mayores de 65 años de edad, sin distingo de género, religión, color, origen étnico, orientación sexual e ideas políticas. Facultar a la Secretaría de Desarrollo Social, a través del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, en coordinación con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el Consejo Nacional de Población y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, para establecer las zonas indígenas, las zonas marginadas y las zonas rurales del país, estableciendo de esta forma el registro de las personas adultas mayores que habitan esos territorios. Establecer que el monto de la pensión alimentaria será el equivalente a las tres cuartas partes del salario mínimo mensual general vigente en el Distrito Federal, siendo proporcionada mes con mes. Prever que la Cámara de Diputados deberá aprobar en el proyecto de decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación el monto suficiente para hacer efectivo el derecho a la pensión alimentaria. Establecer que todos los servidores públicos involucrados en hacer llegar el derecho a la pensión alimentaria a sus destinatarios que no cumplan ello serán sancionados; separados del encargo e inhabilitados por el término de diez años para desempeñar cualquier cargo dentro de la Administración Pública Federal, local o municipal. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 6-Marzo-2012 |
3 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Adherente: Orantes López Hernán de Jesús (PRI) |
Fecha de presentación: 13-Marzo-2012 |
Prever que para los mexicanos residentes en el extranjero, el IFE procederá a la incorporación al padrón electoral, a su correspondiente listado nominal de electores residentes en el extranjero, y la expedición de la credencial para votar. Establecer que los listados nominales se formularán en países donde se hayan registrado los mexicanos residentes en el extranjero. Prever que el IFE determinará el procedimiento de las campañas para la actualización el registro del padrón así como la lista nominal de los mexicanos residentes en el extranjero. Establecer que las credenciales para votar que se expidan estarán a disposición en las oficinas o módulos dentro y fuera del territorio nacional, así como en las oficinas donde hayan sido solicitadas por mexicanos residentes en el extranjero. Considerar los requisitos que contendrá la credencial de elector para los mexicanos residentes en el extranjero. Considerar como requisito para el ejercicio del voto de los ciudadanos que residan en el extranjero solicitar por conducto de las oficinas instaladas por el IFE en el extranjero su inscripción en el listado nominal. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 14-Marzo-2012 |