DICTAMENES APROBADOS EN LA LXI LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que reforma y adiciona los artículos 73, 74, 79, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Abril-2012
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
25-Abril-2012

Facultar al Congreso para expedir leyes de carácter general para regular la integración y funcionamiento del Sistema Nacional de Fiscalización. Facultar a la Cámara de Diputados para verificar el cumplimiento de las metas contenidas en los programas, así como evaluar las políticas públicas. La Cuenta Pública del ejercicio fiscal correspondiente deberá ser presentada a la Cámara de Diputados a más tardar el último día hábil del mes de febrero del año siguiente. Cambiar la denominación de Informe del Resultado por Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior. La Cámara concluirá la revisión de la Cuenta Pública a más tardar el 15 de noviembre del año de su presentación. La entidad de fiscalización Superior de la Federación podrá realizar evaluaciones preliminares a través de los informes trimestrales que el Ejecutivo Federal entregue al Congreso de la Unión y solicitar información del ejercicio en curso, pudiendo emitir recomendaciones y sugerencias de carácter preventivo.
La entidad de fiscalización tendrá la obligación de entregar los informes individuales de auditoría a la Cámara de Diputados conforme vayan concluyendo los mismos y el Informe General Ejecutivo del Resultado a más tardar el 31 de octubre del año en que sea entregada la Cuenta Pública. Los informes de auditoría que las entidades estatales de fiscalización deban entregar en las fechas que dispongan sus leyes, tendrán carácter público. Los informes de auditoría que la entidad de fiscalización del Distrito Federal deba entregar en la fecha que disponga la ley de la materia, tendrá carácter público.
1. Iniciativas consideradas en el presente dictamen:

a) Iniciativa suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, el 2 de febrero de 2012.

b) Iniciativa suscrita por los diputados Francisco José Rojas Gutiérrez, José Ramón Martel López, César Augusto Santiago Ramírez, Carlos Flores Rico, Oscar Guillermo Levín Coppel e integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, el 16 de febrero de 2012.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 248 votos en pro y 3 en contra.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2012. Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.