INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que expide la Ley de Coordinación sobre el Patrimonio Cultural Inmaterial.


Suscribe: De Esesarte Pesqueira Manuel Esteban (PRI)
Fecha de presentación: 2-Febrero-2012

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de que la Federación, las entidades federativas y los municipios deberán proveer en su legislación el reconocimiento del carácter pluricultural y heterogéneo de la sociedad mexicana; el de su diversidad cultural como expresión de originalidad, innovación y creatividad de sus comunidades o grupos culturales; asimismo, que la igualdad positiva y el respeto a toda cultura o expresión cultural es de interés público, eliminar toda forma discriminatoria o que reconozca diferencias valorativas o de privilegio entre sus diversas comunidades culturales o bien de preeminencia de una cultura sobre otra. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2011
2   Proyecto de decreto que reforma los artículos 73, 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: De Esesarte Pesqueira Manuel Esteban (PRI)
Fecha de presentación: 16-Febrero-2012

Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes de carácter general para regular la integración y funcionamiento del Sistema Nacional de Fiscalización. Establecer que sin sujeción a los principios de posterioridad y anualidad, la entidad de fiscalización superior de la Federación podrá iniciar el proceso de fiscalización a partir del primer día hábil del año siguiente al cierre del ejercicio fiscal; asimismo, por lo que corresponde a los trabajos de planeación de las auditorías, la entidad de fiscalización superior de la Federación podrá realizar revisiones preliminares y solicitar información del ejercicio en curso. Modificar del 30 de abril, a más tardar el último día hábil del mes de febrero del año siguiente, la entrega de la Cuenta Pública, así como el Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados. Modificar del 20 de febrero del año siguiente al de su presentación, a más tardar el 31 de octubre del año en que sea entregada la Cuenta Pública, la entregar los informes individuales de auditoría a la Cámara de Diputados, conforme vayan concluyendo las mismas. Aprobada
con fecha 25-Abril-2012



Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2012
3   Proyecto de decreto que reforma el artículo 41 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y expide la Ley Federal de la Pirotecnia.


Adherente: De Esesarte Pesqueira Manuel Esteban (PRI)
Fecha de presentación: 1-Marzo-2012

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular la actividad artesanal e industrial de la pirotecnia, en lo correspondiente a la fabricación, producción, almacenamiento, transportación, comercialización, capacitación, protección civil, exportación, importación, sanciones administrativas y penales. Facultar a la Secretaría de Gobernación, con apoyo de la Dirección General de Protección Civil, para expedir las Normas Oficiales Mexicanas en materia de protección civil para las zonas donde se fabriquen y comercialicen artificios pirotécnicos. Establecer la clasificación de Artesanías Pirotécnicas y Sustancias Químicas. Crear el Instituto Nacional de la Pirotecnia que será un organismo público descentralizado de la Secretaría de la Defensa Nacional con personalidad jurídica y patrimonio propios, con el objeto de formular, controlar y vigilar en colaboración con la Secretaría de la Defensa Nacional las actividades para la fabricación y comercialización de pirotecnia; coordinar permanentemente la capacitación y tecnologías en materia de pirotecnia en las entidades federativas; y generar medidas de prevención y seguridad en colaboración con la Dirección General de Protección Civil en lugares donde se fabrique y comercialice pirotecnia. Derogar la regulación de la Pirotecnia en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 28-Febrero-2012