INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código de Comercio y de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.


Proponente: Guajardo Villarreal Ildefonso (PRI)
Fecha de presentación: 9-Febrero-2012

Código de Comercio: Incluir las garantías mobiliarias de cada comerciante o sociedad en la base de datos nacional, de conformidad con las reglas de matriculación establecidas en el Reglamento del Registro Público de Comercio. Prever que los actos que deban inscribirse y que no se registren sólo producirán efectos jurídicos entre los que lo celebren; asimismo, los actos registrables que no hayan sido inscritos no existen y en consecuencia no afectan a terceros. Incluir la clasificación de las garantías mobiliarias, mismas que comprenderán la prenda sin transmisión de posesión así como la prenda en los créditos refaccionarios y de habilitación o avío, entre otros. Establecer que el consentimiento de los otorgantes de garantías mobiliarias comprende autorizar la inscripción de las mismas en el Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUG), así como su modificación, rectificación, transmisión, renovación, cancelación o algún aviso preventivo o anotación en relación con ellas o con sus bienes muebles. Prever un procedimiento judicial ágil y expedito, tanto para solicitar la cancelación de una garantía indebidamente inscrita, como para reclamar los daños y perjuicios causados con motivo de ella. Considerar que se registre en el RUG la transmisión de derechos de crédito efectuada con motivo de una operación de factoraje financiero. Incluir en el orden de embargo de bienes, los productos y materias primas agrícolas.
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito: Derogar la prohibición que establece que no se puede constituir prenda ordinaria u otra garantía sobre los bienes pignorados por medio de Prenda sin transmisión de posesión. Establecer que los bienes pignorados podrán identificarse de forma individual, por categorías de bienes o genéricamente. Derogar los requisitos que las partes deberán convenir, al celebrar el contrato de prenda sin transmisión de posesión. Derogar la prohibición que tienen los registradores de abstenerse de suspender o denegar la inscripción de garantías sobre bienes muebles, cuya identificación se realice en forma genérica y correspondan a la actividad preponderante del deudor. Establecer que los contratos de arrendamiento financiero deberán inscribirse en el RUG del Registro Público de Comercio, en el folio electrónico del arrendador y del arrendatario, a fin de que surta efectos contra tercero.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2011
2   Proyecto de decreto que reforma los artículos 73, 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Guajardo Villarreal Ildefonso (PRI)
Fecha de presentación: 16-Febrero-2012

Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes de carácter general para regular la integración y funcionamiento del Sistema Nacional de Fiscalización. Establecer que sin sujeción a los principios de posterioridad y anualidad, la entidad de fiscalización superior de la Federación podrá iniciar el proceso de fiscalización a partir del primer día hábil del año siguiente al cierre del ejercicio fiscal; asimismo, por lo que corresponde a los trabajos de planeación de las auditorías, la entidad de fiscalización superior de la Federación podrá realizar revisiones preliminares y solicitar información del ejercicio en curso. Modificar del 30 de abril, a más tardar el último día hábil del mes de febrero del año siguiente, la entrega de la Cuenta Pública, así como el Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados. Modificar del 20 de febrero del año siguiente al de su presentación, a más tardar el 31 de octubre del año en que sea entregada la Cuenta Pública, la entregar los informes individuales de auditoría a la Cámara de Diputados, conforme vayan concluyendo las mismas. Aprobada
con fecha 25-Abril-2012



Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2012
3   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Adherente: Guajardo Villarreal Ildefonso (PRI)
Fecha de presentación: 13-Marzo-2012

Prever que para los mexicanos residentes en el extranjero, el IFE procederá a la incorporación al padrón electoral, a su correspondiente listado nominal de electores residentes en el extranjero, y la expedición de la credencial para votar. Establecer que los listados nominales se formularán en países donde se hayan registrado los mexicanos residentes en el extranjero. Prever que el IFE determinará el procedimiento de las campañas para la actualización el registro del padrón así como la lista nominal de los mexicanos residentes en el extranjero. Establecer que las credenciales para votar que se expidan estarán a disposición en las oficinas o módulos dentro y fuera del territorio nacional, así como en las oficinas donde hayan sido solicitadas por mexicanos residentes en el extranjero. Considerar los requisitos que contendrá la credencial de elector para los mexicanos residentes en el extranjero. Considerar como requisito para el ejercicio del voto de los ciudadanos que residan en el extranjero solicitar por conducto de las oficinas instaladas por el IFE en el extranjero su inscripción en el listado nominal. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 14-Marzo-2012