PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

PROPOSICIÓN TURNO A COMISIÓN RESOLUTIVOS DEL PROPONENTE RESOLUTIVOS APROBADOS TRÁMITE
1   Punto de acuerdo por el se exhorta al titular de la CNDH, para que atienda e investigue las violaciones a los derechos humanos y garantías individuales de los habitantes del estado de Sonora y proceda jurídicamente en contra de los funcionarios del Gobierno Federal y del Gobierno Estatal que no promueven, respetan, protegen y garantizan el derecho de libre tránsito de dichos habitantes.


Suscribe: Franco Hernández Luz Mireya (PRI)
Fecha de presentación: 22-Marzo-2012

PRIMERO.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita a la Comisión de Derechos Humanos investigue los hechos que constituyen violaciones graves a los derechos humanos y sus garantías en el estado de Sonora, consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano forma parte.

SEGUNDO.- Se exhorte al gobierno federal a través de las dependencias federales: Secretaría de Comunicaciones y Transportes; Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos; Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, SNC.; Registro Público Vehicular; así como al gobierno del estado de Sonora a través de las dependencias estatales: la Secretaría de Seguridad Pública; y la Procuraduría General de Justicia del Estado de Sonora; toda vez que están cancelando el derecho de libre tránsito, consagrado en el artículo 11 constitucional, en la carretera federal México 15 Nogales ¿ Estación, al obligar al pago de peaje o en su caso tramitar un chip electrónico en Repuve para transitar por dicho tramo carretero; al no existir carretera libre federal alterna, con esta acción el gobierno federal y el gobierno estatal, están cancelando y violando los derechos humanos y garantías de los sonorenses establecidos en los artículos 1o., 6o., 8o., 9o., 16 y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en tratados internacionales; de igual manera, al obligar a los residentes a realizar un trámite para obtener un chip electrónico; además de cancelar y/o condicionar el derecho al libre tránsito, que contempla la Ley del Registro Público Vehicular como sujetos obligados.

TERCERO.- Que se cancelen los centros de operación del Repuve, ubicados en Navojoa y Ciudad Obregón, Sonora, dado que su funcionamiento es ilegal y están obligando a los ciudadanos a realizar trámites que la Ley del Registro Público Vehicular, ¿no les obliga¿, ni el artículo 11 constitucional; además se obliga a entregar documentación con información personal que nada tiene que ver con el derecho humano del libre tránsito.

CUARTO.- Que Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos se desista o, en su caso, se otorgue el perdón o se exonere por parte de la autoridad judicial de la demanda de los campesinos del ejido Bacabachi, Navojoa, Sonora, Rosario García Borbón, Rosario Almada Borbón, Narcizo Buitimea Teol, Abelardo Yevismea Yocupicio y Miguel Ángel Peña Leyva, quienes han sido sentenciados a 3 meses de prisión o pago de 10 mil pesos por el hecho de manifestarse contra el acto de autoridad del gobierno federal y estatal al cerrar la brecha ejidal Tarisoroba, misma que fue abierta por acuerdo ejidal, con ello se violenta lo que establecen los artículos 9o. Y 27 constitucional.
Además, que se investigue, sancione y repare las violaciones de los derechos humanos cometidas a los vecinos de los ejidos de Bacabachi y Fundición; así como los habitantes de los municipios de Navojoa, Cajeme, Huatabampo, Hermosillo y municipios vecinos y que son colindantes o que su tránsito obligado es por la carretera México 15, Estación Don-Nogales.

QUINTO.- La Cámara de Diputados autoriza a la Auditoría Superior de la Federación a practicar una auditoría al Fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas Responsable de la administración de la carretera cuatro carriles Estación Don-Nogales, con el objeto de determinar la fuente y uso de fondos, que demuestren el no retorno de esos recursos para su mantenimiento y modernización. Por ello el 28 de febrero de 2011, nuevamente se exhortó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
PRIMERO.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con pleno respeto a sus atribuciones, concluya las investigaciones de los hechos que integran la queja CNDH/5/2011/2442/Q, radicada en la Quinta Visitaduría de ese organismo nacional.
Lo anterior, con el propósito de verificar si se han cometido violaciones graves a los derechos humanos y sus garantías por los hechos narrados en el presente dictamen, mismos que se encuentran consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano forma parte. Y de ser necesario, que el citado organismo solicite a las autoridades competentes que se investigue, sancione y repare las violaciones de los derechos humanos cometidas a los vecinos de los ejidos de Bacabachi y Fundición; así como los habitantes de los municipios de Navojoa, Cajeme, Huatabampo, Hermosillo y municipios vecinos y que son colindantes o que su tránsito obligado es por la carretera México 15, Estación Don-Nogales.

SEGUNDO.- Se exhorta al gobierno federal a través de las dependencias federales: Secretaría de Comunicaciones y Transportes; Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos; Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, SNC; Registro Público Vehicular; así como al gobierno del estado de Sonora a través de las dependencias estatales: la Secretaría de Seguridad Pública; y la Procuraduría General de Justicia del Estado de Sonora; para que en ejercicio de sus facultades, verifiquen si se encuentra limitado u obstruido el derecho de libre tránsito, consagrado en el artículo 11 constitucional, en la carretera federal México 15 Nogales - Estación.
Y de ser el caso, se repare el daño ocasionado a los habitantes afectados de los municipios de Navojoa, Cajeme, Huatabampo, Hermosillo y demás municipios vecinos y colindantes o cuyo tránsito es obligado por recorrer la carretera México 15, Estación Don-Nogales, Sonora. Asimismo, en caso de estimarlo procedente, tramitar un chip electrónico por parte de la autoridad competente para efecto de que los habitantes de los citados municipios, puedan transitar por dicho tramo carretero para efecto de evitar las violaciones a los derechos consagrados en los artículos lo., 6o., 8o., 9o., 11, 16 y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás tratados internacionales.

TERCERO.- Se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transporte determine con estricto apego a la ley correspondiente, si los centros de operación del Registro Público de Vehículos, ubicados en Navojoa y Ciudad Obregón, Sonora, funcionan de manera legal en consideración a los requisitos que para tal efecto contempla el artículo 11 constitucional y la Ley del Registro Público Vehicular.

CUARTO.- Se exhorta a Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte, con pleno respeto a sus atribuciones y de estimarlo procedente, manifieste ante la autoridad competente el desistimiento o perdón del procedimiento judicial iniciado en contra de los campesinos del ejido Bacabachi, Navojoa, Sonora, Rosario García Borbón, Rosario Almada Borbón, Narcizo Buitimea Teol, Abelardo Yevismea Yocupicio y Miguel Ángel Peña Leyva, con el propósito de respetar lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente los artículos 9o. Y 27 constitucionales.

QUINTO.- La Cámara de Diputados autoriza a la Auditoría Superior de la Federación para que practique una auditoría al Fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas responsable de la administración de la carretera cuatro carriles Estación Don-Nogales, con el objeto de determinar la fuente y uso de fondos, así como la aplicación de los referidos recursos para su mantenimiento y modernización.
Aprobada
con fecha 25-Abril-2012



Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2012