PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
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PROPOSICIÓN | TURNO A COMISIÓN | RESOLUTIVOS DEL PROPONENTE | RESOLUTIVOS APROBADOS | TRÁMITE |
1 Punto de acuerdo por que se averigüe sobre la situación legal que guarda el predio denominado U.D.U. SA-18, ubicado en la reserva territorial Atlixcayotl-Quetzalcoatl, Puebla, y transferido por el gobierno estatal, por donación onerosa, a la empresa Inmobiliaria Hena, SA de CV, mediante escritura número 20,628, pasada ante la fe del Notario Número 31 de dicho Estado, así como diversos sucesos que constituyen graves violaciones a las garantías individuales de personas morales y físicas domiciliadas en la entidad. Suscribe: Liborio Arrazola Margarita (PRI) |
Fecha de presentación: 29-Abril-2011 |
PRIMERO.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo prescrito en el segundo párrafo del artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que nombre comisionados especiales para que averigüen sobre los sucesos a que refiere el presente documento, los cuales constituyen graves violaciones de las garantías individuales de personas morales y físicas domiciliadas en Puebla. SEGUNDO.- Se instruye a la Comisión de Derechos Humanos de esta Cámara para que constituya un grupo plural de trabajo con el propósito de investigar la situación legal que guarda el predio UDU SA-18, situado en la reserva territorial Atlixcayotl-Quetzalcóatl, Puebla, y transferido por el gobierno del estado por donación onerosa a la empresa Inmobiliaria Hena, SA de CV, mediante la escritura número 20628, pasada ante la fe del notario público 31 del estado. TERCERO.- La Comisión de Derechos Humanos establecerá los acuerdos necesarios para definir la integración plural y proporcional del grupo de trabajo y para determinar la presidencia de éste. CUARTO.- El grupo de trabajo deberá reportar bimestralmente sus actividades y alcances a la Comisión de Derechos Humanos y, por conducto de ésta, a la Junta de Coordinación Política; y estará vigente hasta que considere que el objeto de su creación ha concluido. QUINTO.- Los recursos necesarios para el desarrollo de las labores del grupo provendrán de los de la Comisión de Derechos Humanos. |
. | Desechada (art. 184, num 2)
con fecha -- Publicación en Gaceta: 29-Abril-2011 |