PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

PROPOSICIÓN TURNO A COMISIÓN RESOLUTIVOS DEL PROPONENTE RESOLUTIVOS APROBADOS TRÁMITE
1   Punto de acuerdo para solicitar al titular del Poder Ejecutivo Federal decrete el 27 de julio como el Día Nacional de la Paz y de No a la Violencia.


Suscribe: Pérez-Alonso González Rodrigo (PVEM)
Fecha de presentación: 6-Julio-2011

ÚNICO.- Se propone al titular del Poder Ejecutivo Federal, decrete el 27 de junio como el Día Nacional de la Paz y de No a la Violencia. ÚNICO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal a decretar el 27 de junio como el Día Nacional de la Paz y de No a la Violencia. Aprobada
con fecha --



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2   Punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Energía, a la Procuraduría Federal del Consumidor y a la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía a que emitan reglas y lineamientos claros en relación con la información sobre consumo de energía de equipos y aparatos eléctricos.


Proponente: Pérez-Alonso González Rodrigo (PVEM)
Fecha de presentación: 13-Julio-2011

ÚNICO.- Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Energía, a la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de Energía y a la Procuraduría Federal del Consumidor para que en el ámbito de las atribuciones que les confieren la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, emitan a la brevedad lineamientos claros para que los fabricantes, importadores, distribuidores y comercializadores de equipos y aparatos que requieran del suministro de energía para su funcionamiento estén en posibilidad de cumplir con la obligación de incluir de forma clara y visible información sobre su consumo energético, establecida en el artículo 23 de la mencionada Ley, y que se establezca una prórroga para estar en posibilidad de cumplir con dicha disposición.
Lo anterior, en virtud de que los ordenamientos mencionados en el párrafo anterior no detallan la información sobre consumo energético que deberá incluirse en los equipos y aparatos referidos, ni la forma en la que ésta se deberá incluir, tal como lo ordena el artículo 24 de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, y la fecha de entrada en vigor de la mencionada disposición inicia el próximo 11 de septiembre del 2011.
PRIMERO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Energía, a la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de Energía y a la Procuraduría Federal del Consumidor para que, en el ámbito de las atribuciones que les confieren la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, tengan a bien emitir a la brevedad, lineamientos claros para que los fabricantes, importadores, distribuidores y comercializadores de equipos y aparatos que requieran del suministro de energía para su funcionamiento, estén en posibilidad de cumplir con la obligación de incluir de forma clara y visible la información sobre su consumo energético, en cumplimiento al artículo 23 de la mencionada Ley.

SEGUNDO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, exhorta al Titular del Ejecutivo Federal a efecto de que, a la brevedad, tenga a bien reformar el Reglamento de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, a fin de establecer claramente las obligaciones de los fabricantes, importadores, distribuidores y comercializadores de equipos y aparatos que requieran del suministro de energía para su funcionamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la ley en comento.
Aprobada
con fecha 27-Julio-2011



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