PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
PROPOSICIÓN | TURNO A COMISIÓN | RESOLUTIVOS DEL PROPONENTE | RESOLUTIVOS APROBADOS | TRÁMITE |
1 Punto de Acuerdo para que en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2010, se consideren mayores recursos para el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas. Suscribe: García Corpus Teófilo Manuel (PRI) |
Fecha de presentación: 1-Octubre-2009 |
ÚNICO.- Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, así como al secretario de Hacienda y Crédito Público, a que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010 programe en las erogaciones para el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas, precisamente al Programa de Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas (PIBAI) de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), un incremento de 10 por ciento de recursos en relación con el presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2009. | Primero. Con fundamento en los artículos 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 18 y 42, fracción VIII, incisos b) y c), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y derivado de que los puntos de acuerdo descritos en el numeral I de los antecedentes del presente acuerdo, fueron revisados, analizados y discutidos en la dictaminación del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2010 se tienen por atendidas todas las proposiciones con puntos de acuerdo en comento. Segundo. Las proposiciones con puntos de acuerdo descritas en el numeral II de los antecedentes de este acuerdo, carecen de materia, toda vez que no se presentaron en tiempo para su estudio, análisis y valoración para ser consideradas en el proyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2010. |
Atendida
con fecha 9-Marzo-2010 Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2009 |
2 Punto de Acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo Federal, informe a esta Soberanía sobre las acciones realizadas o en proceso de ejecución para armonizar las políticas, programas y normas reglamentarias de la Administración Pública Federal con la ¿Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas¿ y exhortar a las Comisiones Ordinarias del H. Congreso de la Unión, den prioridad de dictamen a las iniciativas y minutas en materia de derechos y desarrollo indígenas, y en estas tareas, consideren el compromiso del estado mexicano con la mencionada declaración. Proponente: García Corpus Teófilo Manuel (PRI) |
Fecha de presentación: 20-Octubre-2009 |
PRIMERO.- Solicitar al Poder Ejecutivo que informe a la Cámara de Diputados sobre las acciones realizadas o en proceso de ejecución para armonizar las políticas, los programas y las normas reglamentarias de la administración pública federal con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. SEGUNDO.- Exhortar a las comisiones ordinarias del Congreso de la Unión a conferir prioridad de dictamen a las iniciativas y a las minutas en materia de derechos y desarrollo indígenas, y a considerar en esas tareas el compromiso del Estado mexicano con la mencionada declaración. |
PRIMERO.- Solicitar al Poder Ejecutivo que informe a esta Cámara de Diputados sobre las acciones realizadas o en proceso de ejecución para armonizar las políticas, programas y normas reglamentarias de la Administración Pública Federal con la "Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de Pueblos Indígenas"; SEGUNDO.- Exhortar a las comisiones ordinarias del honorable Congreso de la Unión para que concedan prioridad de dictamen a las iniciativas y minutas en materia de derechos y desarrollo indígenas y, en esas tareas, consideren el compromiso del Estado mexicano con la mencionada Declaración. TERCERO.- Exhortar, en los mismos términos, a los congresos locales para que armonicen la legislación de su respectiva entidad, con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y, en primera instancia, legislen para identificar y reconocer, con precisión, a las comunidades que sean sujetas de aplicación de los derechos que consagra el artículo 2o. constitucional. |
Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2009 Publicación en Gaceta: 15-Octubre-2009 |
3 Punto de Acuerdo para que en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2010, se adicione un Ramo General ¿39 Pueblos y Comunidades Indígenas¿. Suscribe: García Corpus Teófilo Manuel (PRI) |
Fecha de presentación: 5-Noviembre-2009 |
PRIMERO. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Cámara de Diputados, a que, en el dictamen del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010 se adicione el ramo general 39, "Pueblos y comunidades indígenas". SEGUNDO. Por ello, se debe modificar la fracción VII del artículo 3 del proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010, en los siguientes términos: VII. Los recursos para el desarrollo integral de la población indígena, en los términos del artículo 2, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se agruparán en un ramo general que se adiciona, bajo la denominación: 39, "Pueblos y comunidades indígenas". El monto global de los recursos se establece en el Apartado C del anexo 1 y en el anexo 7, y se desglosa por ramos administrativos ejecutores. TERCERO. Se adiciona al Capítulo II del decreto un artículo 4 Bis, en los siguientes términos: Artículo 4 Bis. El gasto programable previsto para el ramo general 39, "Pueblos y comunidades indígenas", se sujeta a las siguientes reglas: I. La administración del ramo estará a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (la secretaría). II. El ejercicio de los recursos por las dependencias y entidades de los ramos administrativos señalados en el anexo 7, se realizará previa evaluación que realicen conjuntamente la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) y las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Asuntos Indígenas, de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. La evaluación tiene como finalidad la de verificar que los objetivos y acciones de los programas, se correspondan y materialicen el mandato del artículo 2o., Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. III. Para los efectos de la fracción II, la secretaría requerirá de las dependencias y entidades la información relativa a los diagnósticos sobre la población indígena a atender, de su ubicación geográfica y de las modalidades que adquirirán sus programas para garantizar el acceso de la población a sus beneficios. La información será remitida con oportunidad a las instancias que realizaran la evaluación, para que emitan sus opiniones y recomendaciones. IV. Con base en la evaluación, la secretaría indicará a las dependencias y entidades los ajustes a realizar en los programas y en los casos de que no se cumpla con lo dispuesto en la fracción II, podrá realizar las reasignaciones presupuestales hacia los ramos administrativos y programas que lo requieran y comprueben su cumplimiento. V. En las normas y reglas de operación de los programas se seguirá el principio de que la responsabilidad de comprobar la elegibilidad de los beneficiarios y la elaboración de expedientes técnicos y financieros, son por cuenta de la dependencia o entidad responsable del programa. En el caso de los programas que consideran aportaciones de los beneficiarios y en atención a la situación económica de la población indígena se procurará eliminar o reducir al mínimo estas aportaciones. En general se deberá procurar la flexibilidad de las normas y reglas de operación de los programas, para que se adapten a la cultura, condiciones socioeconómicas y formas de organización de los pueblos y comunidades indígenas; de tal forma que faciliten el acceso a su beneficio. VI. La secretaría, con información de la distribución de la población indígena en las entidades federativas proporcionada por la CDI y de la proporción que guarden en relación con el total del país, realizará preasignaciones a las entidades federativas. En esta distribución sólo se considerarán dos terceras partes de los recursos autorizados a los programas para atención a los pueblos y comunidades indígenas. La tercera parte restante se distribuirá conforme a criterios de mayor urgencia de atención, ya sea por incidencia de pobreza o a situaciones de afectación por desastre naturales. VII. Los beneficios de los programas del ramo, en los términos del último párrafo del artículo 2o. constitucional, pueden beneficiar a toda comunidad equiparable a los pueblos y comunidades indígenas, siempre y cuando no perjudiquen a los beneficiarios originales. Tercero. Se insertara en el decreto el anexo 7.1, en el que se dará apertura como líneas de acción que dirijan los programas, a las fracciones I a IX del artículo 2o., Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el que se detallarán los ramos administrativos ejecutores, los programas de cada uno de ellos y sus respectivos montos, para quedar de la siguiente manera: (VEÁSE GACETA PARLAMENTARIA) |
Primero. Con fundamento en los artículos 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 18 y 42, fracción VIII, incisos b) y c), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y derivado de que los puntos de acuerdo descritos en el numeral I de los antecedentes del presente acuerdo, fueron revisados, analizados y discutidos en la dictaminación del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2010 se tienen por atendidas todas las proposiciones con puntos de acuerdo en comento. Segundo. Las proposiciones con puntos de acuerdo descritas en el numeral II de los antecedentes de este acuerdo, carecen de materia, toda vez que no se presentaron en tiempo para su estudio, análisis y valoración para ser consideradas en el proyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2010. |
Atendida
con fecha 9-Marzo-2010 Publicación en Gaceta: 5-Noviembre-2009 |
4 Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, para que se tomen las medidas necesarias para que el censo de población y vivienda 2010 se lleve a cabo, al menos, en los mismos términos que el pasado censo de 2000. Proponente: García Corpus Teófilo Manuel (PRI) |
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2009 |
ÚNICO.- Se exhorta al Presidente de la República a emitir, en congruencia con las declaraciones que ha hecho sobre los tratos de su gobierno con la población indígena, las instrucciones correspondientes a efecto de que se tomen las medidas necesarias para que el censo de población y vivienda 2010 se lleve a cabo, al menos, en los mismos términos que el pasado censo del 2000. | ÚNICO. - Se solicita al Instituto Nacional de Estadística y Geografía que el censo de población que se lleva a cabo en este año 2010 contenga el mayor número de elementos similares a los que se recabaron en 2000, en función de la disponibilidad presupuestal aprobada por esta Cámara de Diputados, y de esta manera contar con la información suficiente que nos proporcione los datos que se requieren. | Aprobada
con fecha 7-Diciembre-2010 Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2009 |