PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

PROPOSICIÓN TURNO A COMISIÓN RESOLUTIVOS DEL PROPONENTE RESOLUTIVOS APROBADOS TRÁMITE
1   Punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión otorgue el premio nacional bicentenario a los ciudadanos mexicanos que se hayan distinguido en la responsabilidad cívica y la proyección de valores más altos de sentido histórico nacional.


Proponente: Arce Paniagua Óscar Martín (PAN)
Fecha de presentación: 26-Mayo-2010

PRIMERO.- La Cámara de Diputados propone el premio nacional Centenario-Bicentenario con el propósito de celebrar y premiar a ciudadanos mexicanos que se hayan distinguido en el desempeño de tareas relacionadas con la difusión de la cultura mexicana, promovido en sentido de mexicanidad o apoyado causas sociales reconocidas por su urgencia. Asimismo, se valora el sentido de responsabilidad comunitaria y de proyección de valores más altos de sentido histórico nacional, en las siguientes categorías:
Compromiso social
Presencia internacional
Presencia cultural
Investigación y academia

SEGUNDO.- REQUISITOS:
Que sean mexicanos por nacimiento o naturalización y que tengan residencia legal en el país.
Para participar en este premio es indispensable que los candidatos sean propuestos por instituciones de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, de universidades e instituciones de educación superior, de institutos y centros de investigación, academias, asociaciones culturales y científicas, de colegios y asociaciones de profesionistas y confederaciones, así como de organizaciones de artesanos o de cultura popular, con residencia legal en el país.
Que cuenten con la correspondiente propuesta emitida en el presente año por alguna de las instituciones antes citadas.
Así como documentos o materiales de cualquier tipo que demuestren el valor de la candidatura.

TERCERO.- BASES
Primera. Para ser candidato al Premio Nacional Bicentenario, se requiere ser mexicano por nacimiento o naturalización y haber contribuido en alguna de las categorías señaladas, con trabajos docentes, de investigación, de divulgación o con su obra creativa, al enriquecimiento del acervo cultural del país, al progreso de la ciencia, de la proyección de nuestro país y según sea el campo, con una presencia internacional, ámbitos que deben estar documentados y verificables, al servicio de las mejores causas nacionales.
Segunda. Los méritos y obra considerada que acrediten el merecimiento del Premio Nacional Bicentenario, deberán ser la expresión de una trayectoria consistente y no de hechos y productos aislados; por lo que no será necesario que las aportaciones y actos que acrediten el merecimiento del premio se hayan realizado durante el presente año.
Tercera. Solamente las personas físicas podrán ser beneficiarias de Premio Nacional Bicentenario.

CUARTO. El premio consistirá en una medalla de oro y una cantidad en efectivo por $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N) para cada uno de los cuatro campos y con el que se entregará un diploma firmado por el diputado Presidente de la Mesa Directiva y los integrantes de la Junta de Coordinación Política, de la LXI Legislatura, de la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

QUINTO. El Consejo de Premiación, con base en el dictamen de los jurados, podrá designar ganadores en cada uno de los cinco campos, en los términos que establece la Ley.

SEXTO. El acuerdo final sobre el otorgamiento del premio, se publicará en los diarios nacionales de mayor circulación, con la información precisa sobre el lugar y la fecha en la que habrá de entregarse el premio.

SEPTIMO. Los dictámenes de las candidaturas, por parte del jurado, serán por mayoría de votos y deberán entregarse al Consejo de Premiación, en la segunda sesión ordinaria del mes de septiembre del 2010.

OCTAVO. Las candidaturas únicamente podrán ser presentadas en los tiempos señalados en la presente convocatoria. Dichas candidaturas deberán enviarse al secretario de la Comisión del Congreso y en ellas se expresarán los merecimientos, anexando copia del acta de nacimiento o de la carta de naturalización, curriculum vitae, semblanza, los materiales y los documentos que se estimen pertinentes para acreditar su trayectoria, así como la carta de anuencia del candidato propuesto para recibir el premio.

NOVENO. El jurado tendrá la facultad de declarar nulo el premio cuando así lo considere conveniente. Asimismo, los jurados no podrán revocar sus propias resoluciones una vez emitidas, ni estas podrán ser recurridas.
Décima. Los casos no previstos en esta convocatoria, serán resueltos en definitiva por el Consejo de Premiación.
. Desechada (art. 184, num 2)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 3-Junio-2010
2   Punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a hacer exenciones en la franja norte del país, sobre las medidas de control para el depósito de dólares en efectivo ante las instituciones financieras mexicanas.


Suscribe: Arce Paniagua Óscar Martín (PAN)
Fecha de presentación: 23-Junio-2010

PRIMERO.- Se exhorta al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que en el ámbito de sus facultades, se hagan exenciones, a las personas físicas y morales previamente registradas ante las autoridades hacendarias, dentro de la franja norte del país, sobre las medidas de control para el depósito de dólares en efectivo ante las instituciones financieras mexicanas.

SEGUNDO.- Se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público rendir un informe detallado sobre los efectos que las medidas adoptadas causen a las personas físicas y morales que realizan operaciones con el público en general y que están registradas ante el Servicio de Administración Tributaria.
. Pendiente


Publicación en Gaceta: --