MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DESARROLLO RURAL
MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto que reforma el artículo 33 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 15-DEC-09

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 15-DEC-09 Establecer que en caso de que en la política nacional de investigación para el desarrollo rural sustentable se requiera emitir dictámenes o resoluciones arbitrales se tomará en cuenta las recomendaciones del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


1. Iniciativa presentada por el Sen. Francisco Herrera León (PRI) el 17 de febrero de 2009. (LX)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 08 de diciembre de 2009.

3. Dictamen a discusión presentado el 10 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta presentada en la sesión Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2009, turnada a la comisión de Desarrollo Rural.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 28 de septiembre de 2010. Proyecto de Decreto aprobado por 360 votos en pro.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del art. 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de septiembre de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural; y de Estudios Legislativos, Segunda.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 3 de noviembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 71 votos en pro y 1 abstención.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 9 de diciembre de 2010.
2  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.








Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 15-DEC-09

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 15-DEC-09 Incorporar el concepto de difusión entendiéndose como la promoción nacional a través de los medios de información masiva escritos y electrónicos, libros, folletos y cualquier otro material idóneo que permita dar a conocer los diversos programas y beneficios económicos que se deriven de la aplicación del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable. Asimismo, la Comisión Intersecretarial será la encargada de difundir dicho Programa.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


1. Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Ernesto Navarro López (PRD) el 26 de abril de 2007. (LX)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 6 de noviembre de 2007. Proyecto de decreto aprobado por 370 votos. (LX)

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 8 de noviembre de 2007. (LX)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 11 de diciembre de 2009 y turnada a la Comisión de Desarrollo Rural.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 28 de septiembre de 2010. Proyecto de Decreto aprobado por 357 votos en pro y 2 abstenciones.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 27 de enero de 2011.
3  Proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 16 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 15-DEC-09

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 15-DEC-09 Establecer que el Ejecutivo Federal garantizará que las previsiones presupuestales anuales para el fomento a las actividades económicas del desarrollo rural del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable sean crecientes en términos reales al año inmediato anterior, en congruencia con la disponibilidad de recursos a partir de los ingresos que autorice el Congreso al Gobierno Federal.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


1. Iniciativa presentada por el Sen. Antonio Mejía Haro (PRD) el 18 de septiembre de 2007. (LX Legislatura)

2. Dictamen de primera lectura presentado el 8 de diciembre de 2009.

3. Dictamen a discusión presentado el 10 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta presentada en la sesión Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2009, turnada a la comisión de Desarrollo Rural.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 14 de octubre de 2010. Proyecto de Decreto aprobado por 300 votos en pro y 2 abstenciones.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de octubre de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; de Desarrollo Rural; de Recursos Hidráulicos; de Reforma Agraria; y de Estudios Legislativos, Segunda.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 3 de marzo de 2011. Aprobado por 48 votos en pro y 42 en contra.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Observaciones remitidas por el Ejecutivo a la Cámara de Senadores el 29 de marzo de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; de Desarrollo Rural; de Recursos Hidráulicos; de Reforma Agraria; y de Estudios Legislativos, Segunda.
4  Proyecto de Decreto que adiciona un artículo 115 Bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 15-DEC-09

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 15-DEC-09 Crear un padrón de comercializadores confiables, el cual habrá de registrar a las personas que se dediquen exclusivamente a la compra de productos agrícolas, ganaderos, pesqueros y sus derivados. Que dicho padrón estará a cargo del Gobierno Federal, en coordinación con las entidades federativas, las organizaciones de productores y los comités de los sistemas producto, el cual deberá ser actualizado anualmente, publicado en el Diario Oficial de la Federación y estar disponible para consulta pública en la página Web de la dependencia que corresponda.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


1. Iniciativa presentada por el Sen. Antonio Mejía Haro (PRD) el 29 de marzo de 2007. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 08 de diciembre de 2009.

3. Dictamen a discusión presentado el 10 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta presentada en la sesión Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2009, turnada a la comisión de Desarrollo Rural.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 5 de octubre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 363 votos en pro.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e del art. 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 7 de octubre de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; de Desarrollo Rural; de Recursos Hidráulicos; de Reforma Agraria; y de Estudios Legislativos, Segunda.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 9 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 65 votos en pro, 48 en contra y 1 abstención.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 28 de enero de 2011.
5  Proyecto de Decreto que reforma la fracción I del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 15-DEC-09

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 15-DEC-09 Incluir dentro de los objetivos de las políticas, acciones y programas dirigidos al sector rural que implementen con carácter de prioritarios el Gobierno Federal, Estatal y Municipal, que se favorezca el bienestar social y económico de los productores, de sus comunidades, de los trabajadores del campo, así como de los agentes de la sociedad rural con la participación de organizaciones o asociaciones, sobre todo de indígenas y de mujeres del campo.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


1. Iniciativa presentada por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón (PRI) el 9 de marzo de 2009. (LX)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 8 de diciembre de 2009.

3. Dictamen a discusión presentado el 10 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta presentada en la sesión Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2009, turnada a la comisión de Desarrollo Rural.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 5 de octubre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 353 votos en pro y 1 abstención.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e del art. 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 7 de octubre de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural; y de Estudios Legislativos, Primera.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 3 de noviembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos en pro, 3 en contra y 3 abstenciones.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 9 de diciembre de 2010.
6  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para los efectos de la fracción D) del artículo 72 Constitucional.








Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 07-SEP-10

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 07-SEP-10 ÚNICO.- Se desecha la Minuta Proyecto de Decreto que reforma y adiciona los artículos 3, 116, 121, 143, 182, 183 y 185 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable por las razones y motivos expuestos en las Consideraciones del presente documento.
Estado Actual:
Desechada

con fecha --


1. Iniciativa presentada por el Dip. Miguel Ángel Peña Sánchez (PRD) el 30 de abril de 2009. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 2 de marzo de 2009. (LX Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 09 de marzo de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 359 votos en pro, 2 en contra y 3 abstenciones. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de marzo de 2010.

5. Dictamen en sentido negativo presentado el 27 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos y 1 en contra. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

6. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 7 de septiembre, 2010. Se turno a la comisión de Desarrollo Rural.

7. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 14 de octubre de 2010. Aprobados los puntos de acuerdo.

8. Archívense los expedientes como asuntos concluidos.
7  Proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para los efectos de la fracción D) del artículo 72 Constitucional.








Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 07-SEP-10

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 07-SEP-10 ÚNICO.- Se desecha la Minuta Proyecto de Decreto que reforma el artículo 14 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
Estado Actual:
Desechada

con fecha --


1. Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Ernesto Navarro López (PRD) el 9 de octubre de 2007. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 4 de noviembre de 2008. (LX Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 19 de marzo de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 291 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LX Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de marzo de 2009. (LX Legislatura)

5. Dictamen en sentido negativo presentado el 27 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos y 1 en contra. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

6. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 7 de septiembre, 2010. Se turno a la comisión de Desarrollo Rural.

7. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 14 de octubre de 2010. Aprobados los puntos de acuerdo.

8. Archívense los expedientes como asuntos concluidos.
8  Proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 24 Bis a la Ley del Desarrollo Rural Sustentable, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.








Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 07-SEP-10

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 07-SEP-10 Establecer que se podrán integrar a los consejos nacional, estatal, distrital y municipal para el desarrollo rural sustentable, comités consultivos alimentarios, la creación de los comités se realizará dentro de los estatutos orgánicos de cada Consejo, así como precisar sus facultades y forma de integración.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


1. Iniciativa presentada por el Dip. Martín Oscar González Morán (PAN) el 25 de noviembre de 2008. (LX)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 2 de marzo de 2010.

3. Dictamen a discusión presentado el 16 de marzo de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 372 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida el 18 de marzo de 2010.

5. Dictamen de Primera Lectura presentado el 22 de abril de 2010.

6. Dictamen a discusión presentado el 28 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos en pro y 4 en contra. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 7 de septiembre, 2010. Se turno a la comisión de Desarrollo Rural.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 26 de octubre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 267 votos en pro y 7 en contra.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 9 de diciembre de 2010.
9  Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 190 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 23-SEP-10

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 23-SEP-10 Señalar con claridad, que es de aplicarse la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y no la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal que ha sido abrogada por la primera.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. José Ranulfo Luis Tuxpan Vázquez (PRD), el 22 de abril de 2010.

2. Dictamen a discusión presentado el 21 de septiembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de septiembre de 2010.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 15 de febrero de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 389 votos en pro.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 26 de mayo de 2010.
10  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, remitida para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.








Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 14-DEC-10

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 14-DEC-10 Incluir a las delegaciones del Distrito Federal, en el funcionamiento de los programas y objetivos que contempla la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, con las estructuras previstas para los municipios para que participen en la toma de decisiones en los procesos productivos agropecuarios, formen parte del Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, tengan acceso al Sistema Nacional de Financiamiento Rural, a las políticas de comercialización, capacitación y asistencia técnica, entre otros.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada por el Dip. Avelino Méndez Rangel (PRD) el 21 de abril de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 23 de septiembre de 2010. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 05 de octubre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 351 votos y 2 abstenciones. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida el 07 de octubre de 2010. (LXI Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentado el 09 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
11  Proyecto de decreto que adiciona el párrafo cuarto al artículo 25 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.








Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 11-OCT-11

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 11-OCT-11 Obligar a los representantes de las organizaciones sociales y privadas de carácter económico y social del sector rural que integran las consejos estatales, distritales y municipales a estar debidamente acreditados en los términos de la normatividad aplicable.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


1. Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Ernesto Navarro López (PRD) el 13 de junio de 2007. (LX)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 370 votos.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 1 de febrero de 2011.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 6 de octubre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 11 de octubre de 2011.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 6 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 263 votos en pro y 4 abstenciones.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 12 de enero de 2012.
12  Proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al Artículo 32 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para los efectos de la Fracción D del artículo 72 Constitucional.








Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 06-DEC-11

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 06-DEC-11 ARTÍCULO ÚNICO.- Se desecha la Minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona el último párrafo del artículo 32 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, cuyo espíritu ya está regulado en los artículos 4, 5 fracción I, 8, 14, 31 fracción VIII, 32 segundo párrafo y en diversos artículos de la misma Ley, que establece la coordinación y participación de los tres niveles de gobierno para el fomento de la productividad agropecuaria en las unidades de producción, el empleo y el abasto oportuno de alimentos.
Estado Actual:
Desechada

con fecha --


1. Iniciativa presentada por el Dip. Francisco Amadeo Espinosa Ramos (PT) el 09 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 08 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a Discusión presentado el 14 de septiembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 346 votos en pro y 1 abstención. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura presentado el 29 de Noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

6. Dictamen a Discusión presentado el 01 de Diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 67 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura)

7. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 11 de Abril de 2012. Aprobado en votación económica en su conjunto.

8. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.
13  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional.








Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 01-FEB-12

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 01-FEB-12 PRIMERO.- Se da por concluido el procedimiento legislativo de la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

SEGUNDO.- Archívese el proyecto de decreto mencionado en el presente dictamen como concluido.
Estado Actual:
Desechada

con fecha --


1. Iniciativa presentada por la Dip. María del Carmen Izaguirre Francos (PRI) el 17 de marzo de 2011. (LXI)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 27 de septiembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 330 votos.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM. (LXI)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de septiembre de 2011. (LXI)

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 14 de Diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 70 votos.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso D) del artículo 72 de la CPEUM. (LXI)

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2012. (LXI)

8. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 12 de Abril de 2012. Aprobado en votación económica.

9. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.
14  Proyecto de decreto que adiciona una fracción XII al artículo 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 24-APR-12

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 24-APR-12 Considerar la miel de abeja como producto básico y estratégico, con las salvedades, adiciones y modalidades que determine año con año o de manera extraordinaria, la Comisión Intersecretarial, con la participación del Consejo Mexicano y los Comités de los Sistemas-Producto correspondientes.
Estado Actual:
Desechada

con fecha --


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores, por los Sens. Dante Delgado, Luis Walton Aburto, Francisco Alcibíades García Lizardi, Ericel Gómez Nucamendi y Eugenio Govea Arcos (MC) el 20 de marzo de 2012. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 17 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 19 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputados del 24 de abril de 2012.

6. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 29 de Abril de 2013 en votación económica.

7.Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de septiembre de 2013, se turnó a las Comsiiones Unidas de Desarrollo Rural y de Estudios Legislativos.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de septiembre de 2013, se turnó a las Comsiiones Unidas de Desarrollo Rural y de Estudios Legislativos.