MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DEFENSA NACIONAL
MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 10-DEC-09

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 10-DEC-09 Redefinir los rangos en virtud de los cuales se concede a los militares que pasan a situación de retiro, el ascenso al grado inmediato para la realización del cálculo del beneficio económico correspondiente.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


1. Iniciativa presentada por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón (PRI) a nombre propio y de los Sens. Fernando Castro Trenti, Jorge Mendoza Garza y Renán Cleominio Zoreda Novelo (PRI) y del Dip. Adolfo Mota Hernandez (PRI) el 05 de agosto de 2009. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 08 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados del 10 de diciembre de 2009, turnada a la comisión de Defensa Nacional.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 370 votos en pro, 2 en contra y 3 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
2  Proyecto de decreto por el que se adiciona el capítulo IV Bis, al Título Octavo del Libro Segundo del Código de Justicia Militar, adicionando los artículos 275 Bis y 275 Ter.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 07-SEP-10

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 07-SEP-10 Crear un capítulo denominado ¿Traición a las Fuerzas Armadas Mexicanas¿ de tal forma que se sancionara a los elementos de las Fuerzas Armadas Mexicanas que se incorporen a la delincuencia organizada; así como a los elementos que con el empleo de bienes y recursos puestos a su cargo o mando para cumplir las misiones que tienen encomendadas, favorezcan a cualquier miembro de la delincuencia organizada o asociación delictuosa; les proporcionen apoyo aprovechándose del cargo conferido; que propicien que elementos que cuenten con preparación militar se pongan a su servicio, o los recluten para tal fin.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


1. Iniciativa presentada por Ejecutivo Federal el 23 de abril de 2009. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 28 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 63 votos y 20 en contra. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

3. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 7 de septiembre, 2010. Se turno a la comisión de Defensa Nacional.

4. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 6 de octubre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 358 votos en pro, 8 en contra y 4 abstenciones.

5. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

6. Publicado en el D.O.F. el 16 de noviembre de 2011.
3  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 14-APR-11

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 14-APR-11 Establecer que el personal militar en activo de las Fuerzas Armadas, sea reclasificado de personal de ¿servicio¿ a personal de ¿arma¿. Facultar al Secretario de la Defensa Nacional para disponer la reclasificación en sus distintas modalidades, valorando las cualidades y la especialización del personal requerido, que por urgencia de una situación de emergencia no cuente con el tiempo suficiente para agotar el proceso de selección por concurso, para el caso de que la reclasificación sea por concurso en el que el interesado haya satisfecho los requisitos establecidos en la convocatoria respectiva, se concederá siempre que exista vacante, y la nueva patente o nombramiento deberá expedirse con la fecha en que se verifique la reclasificación. En cualquiera de los casos de reclasificación, deberá cancelarse la patente o nombramiento anterior. Se precisa que en una Promoción Especial se puede conferir el ascenso tanto a los subtenientes egresados de las Instituciones Educativas Militares o Cursos de Formación de Oficiales, como aquéllos que hayan obtenido su grado por haber aprobado satisfactoriamente el cuarto año en las carreras que imparten las escuelas Militar de Ingenieros y Médico Militar.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en la Cámara de Senadores el 18 de noviembre de 2010.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 12 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 86 votos en pro.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de abril de 2011.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 352 votos en pro, 16 en contra y 6 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 1 de junio de 2011.
4  Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 12, fracción VII, 31, fracción III, 108, fracción II, 135 y 214; y se adicionan un párrafo tercero al artículo 19, uno segundo al 40, recorriéndose el subsiguiente en su orden, y uno segundo a la fracción I del artículo 102 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 01-FEB-12

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 01-FEB-12 Facultar al ISSSFAM para aprobar y expedir su ¿Estatuto Orgánico¿.
La afiliación de los hijos menores del personal militar se podrá realizar con la sola presentación de la copia certificada del acta de nacimiento del hijo de que se trate o por mandamiento judicial.
Otorgar una pensión vitalicia a la viuda de los soldados caídos en acción de armas, la cual no será menor a 10 mil pesos mensuales. Asimismo, los familiares del militar fallecido en actos del servicio, tendrán acceso a la prestación del crédito a la vivienda como una excepción a la regla que establece cuando menos diez años de permanencia en el servicio activo.
Establece que la instancia competente para dirimir los conflictos que surjan sobre la aplicación de la Ley, serán los Tribunales Locales de acuerdo con la naturaleza de la causa.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Sebastián Calderón Centeno (PAN) el 22 de septiembre de 2009.

b) Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal, a la Comisión Permanente el 22 de junio de 2011.

2. Dictamen a discusión presentadoen la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 74 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2012. Se turnó a la Comisión de Defensa Nacional.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 16 de febrero de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 321 votos en pro, 1 en contra y 7 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 3 de abril de 2012.
5  Proyecto de decreto que reforma los artículos 81 Bis de la Ley Orgánica de la Armada de México y 175 Bis de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 01-FEB-12

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 01-FEB-12 Establecer que la licencia por edad límite es la que se concede a los miltares o a los miembros de la Armada de México con veinte, o más años de servicios efectivos que estén próximos a ser colocados en situación de retiro por edad límite. Esta licencia será concedida por una sola ocasión, con goce de las percepciones que esté recibiendo el militar sin interrumpir su tiempo de servicios, en los términos y condiciones que establezca el Reglamento correspondiente.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Sebastián Calderón Centeno (PAN) el 8 de febrero de 2011.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 74 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso aA) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2012. Se turnó a la Comisión de Defensa Nacional.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 16 de febrero de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 303 votos en pro, 3 en contra y 7 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 3 de abril de 2012.
6  Proyecto de decreto que adiciona las fracciones XXV, XXVI y XXVII al artículo 18 y un artículo 138 Bis a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.








Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 27-MAR-12

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 27-MAR-12 Adicionar en las prestaciones otorgadas por la Ley, becas de manutención, escolar y especial, facultando al Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas para otorgar a las hijas y hijos de los militares dichas becas.
Los recursos para el otorgamiento de las becas, serán proporcionados con cargo a los presupuestos que anualmente se autoricen a las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa suscrita por la Dip. Esthela Damián Peralta (PRD) a nombre propio y de diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios, el 13 de diciembre de 2010.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 16 de febrero de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 266 votos en pro, 23 en contra y 15 abstenciones.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de febrero de 2012.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de Marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 75 votos.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 27 de marzo de 2012.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 24 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 359 votos
en pro, 9 en contra y 4 abstenciones.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Decreto publicado en el D.O.F. el 5 de junio de 2012.