MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

TRABAJO Y PREVISIóN SOCIAL
MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto que expide la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores.








Proponente: Mobarak López Reyna Alicia (Senadores)

Fecha de presentación: 03-SEP-09

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 03-SEP-09 Reglamentar el artículo 4 constitucional, para promover y regular la instrumentación de esquemas de ayuda alimentaria en beneficio de los trabajadores, con el propósito de mejorar su estado nutricional, así como de prevenir l6 artículos. El Título Primero ulo Segundo se refiere a las modalidades bajo las cuales podrá otorgarse la ayuda alimentaria, el Título Tercero integra las disposiciones en materia de evaluación, seguimiento y vigilancia; y el Título Cuarto establece las sanciones para el caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en dicha Ley. Contempla el otorgamiento de diversos beneficios de índole fiscal.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


1. Iniciativa presentada por los Sens. María de los Ángeles Moreno Uriegas, Carlos Aceves del Olmo, José Eduardo Calzada Rovirosa, Ricardo Pacheco Rodríguez, Heladio Ramíre3z López y Fernando Eutimio Ortega Bernés (PRI) el 13 de noviembre de 2007.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2009. Aprobado. (LX)

3. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 3 de septiembre de 2009.

5. Dictamen de primera lectura con dispensa de segunda presentado en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2010. Aprobado por 344 votos en pro, 2 en contra y 12 abstenciones.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social; de Hacienda y Crédito Público; de Salud; y de Estudios Legislativos.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 7 de octubre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 17 de enero de 2011.
2  Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 25 y 277 de la Ley del Seguro Social (fracción D, artículo 72 constitucional).








Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 08-FEB-11

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 08-FEB-11 PRIMERO.- Se desecha la Minuta con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona los artículos 25 y 277 E de la Ley del Seguro Social por lo que debe ser devuelta a la Cámara de Diputados con las observaciones correspondientes.

SEGUNDO.- Se ordena su descargo del registro parlamentario correspondiente.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada por el Dip. Agustín Miguel Alonso Raya (PRD) el 10 de marzo de 2005. (LIX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 25 de abril de 2006. (LIX Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 26 de abril de 2006. Proyecto de decreto aprobado por 337 votos y 2 abstenciones. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2006. (LIX Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado el 13 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 68 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
3  Proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 107 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para los efectos de lo dispuesto por la fracción D del artículo 72 Constitucional.








Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 29-MAR-11

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 29-MAR-11 PRIMERO.- Se da por concluido el procedimiento legislativo de la Minuta con Proyecto de Decreto por el que adiciona un párrafo al artículo 107 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, remitida el día 26 de abril de 2006, en términos de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

SEGUNDO.- Archívese el proyecto de decreto mencionado en el presente dictamen como formal y materialmente concluido.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada por el Dip. Moisés Jiménez Sánchez (PRI) el 31 de marzo de 2005. (LIX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 25 de abril de 2006. (LIX Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 26 de abril de 2006. Proyecto de decreto aprobado por 333 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2006. (LIX Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado el 24 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos y 1 en contra. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4  Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.








Proponente: Minutas devueltas (Senadores)

Fecha de presentación: 28-MAR-12

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 28-MAR-12 Otorgar a los pensionados el derecho a obtener préstamos con cargo a su pensión, otorgados por las entidades financieras a que se refiere la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros. Señala que la Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán emitir reglas de carácter general para prever la forma y términos en que las Entidades Financieras deberán comunicar al Consejo Técnico del Instituto y a las aseguradoras y administradoras de fondos para el retiro con las que celebren los convenios, las condiciones generales del crédito, incluyendo el Costo Anual Total aplicable a los préstamos mencionados, con objeto de que éstos, de forma clara, precisa y trasparente los hagan del conocimiento de los pensionados, para fines de comparación en la elección de la Entidad Financiera a la que solicitarán el préstamo.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha --


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Alberto Emiliano Cinta Martínez (PVEM) el 7 de abril de 2011.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Janet Graciela González Tostado (PRI) el 28 de octubre de 2010.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 272 votos en pro, 4 en contra y 3 abstenciones.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de octubre de 2011.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 28 de marzo de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 86 votos en pro y 2 abstenciones.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de marzo de 2012.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 17 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 3280 votos en pro, 18 en contra y 4 abstenciones.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Decreto publicado en el D.O.F. el 28 de mayo de 2012.