MINUTAS PRESENTADAS EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
GOBERNACIóN |
MINUTA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
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Proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el inciso a) del artículo 18 de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 08-DEC-09 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
Publicación en Gaceta: 08-DEC-09 | Establecer que el día 15 de septiembre de cada año, además de conmemorarse el ¿Grito de Independencia¿, deberá instituirse como el ¿Día Internacional de la Democracia¿, debiéndose izar a toda asta la Bandera Nacional. | Desechada con fecha -- 1. Iniciativa presentada por el Sen. Ángel Juan Alonso Díaz Caneja (PAN) a nombre propio y del Sen. Ricardo Torres Origel (PAN) el 13 de noviembre de 2008. (LX Legislatura) 2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 26 de noviembre de 2009. 3. Dictamen a discusión presentado el 03 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos y 2 abstenciones. 4. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 5. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados del 8 de diciembre de 2009, se turnó a la comisión de Gobernación. 6. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 1 de marzo de 2011. Aprobados los puntos de acuerdo. 7. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del articulo 72 de la CPEUM. 8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 31 de marzo de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos. |
2
Proyecto de Decreto que reforma el artículo 6o. y el segundo Párrafo del artículo 20 bis de la Ley de Expropiación. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 10-DEC-09 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
Publicación en Gaceta: 10-DEC-09 | Sustituir el término ¿recurso¿ por el de ¿procedimiento¿, a fin de dar una interpretación más exacta a la forma en que habrá de procederse cuando se cuestione la titularidad del bien o derecho expropiado. Establecer que la declaratoria que realice el jefe de gobierno del Distrito Federal, sobre la expropiación, ocupación temporal, total o parcial, o la simple limitación de los derechos de dominio, deberá realizarse mediante decreto publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y notificar personalmente a los interesados. Asimismo, precisar que en el caso de ignorarse el domicilio de éstos, surtirá efectos de notificación personal una segunda publicación del Decreto en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. | Aprobada con fecha -- 1. Iniciativa presentada por el Sen. Ricardo Francisco García Cervantes (PAN) el 10 de septiembre de 2009. 2. Dictamen a discusión presentado el 08 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 95 votos y 1 abstención. 3. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2009. 5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 355 votos en pro, 15 en contra y 4 abstenciones. 6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM. 7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Gobernación; y de Estudios Legislativos, Segunda. 8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 71 votos en pro. 9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 10. Publicado en el D.O.F. el 27 de enero de 2012. |
3
Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 04-MAR-10 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
Publicación en Gaceta: 04-MAR-10 | Incorporar a las disposiciones generales, los principios que deberán regir las acciones de protección civil. Actualizar las definiciones de Protección Civil, Prevención, Auxilio, Recuperación, Agentes Destructivos, Fenómeno Geológico, Fenómeno Químico-Tecnológico, Emergencia, y Damnificado. Incorporar las figuras de Fenómeno Social, Secretaría de Gobernación, Comisión Nacional de Protección Civil, Junta de Titulares, Unidades internas, Atlas Nacional de Riesgo, Aportación, Brote epidémico, Endemia, Epidemia, Pandemia y Programas internos. Incluir en el Presupuesto de Egresos de la Federación, el Programa de Atención a Contingencias Climatológicas, asignando su coordinación a la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (SAGARPA). Crear la Comisión Nacional de Protección Civil, como un organismo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, en los términos de su Reglamento Interior, con atribuciones específicas para resolver sobre las materias que se señalan en la ley y demás disposiciones relativas, la cual contará con autonomía técnica y de gestión. Establecer que el Centro Nacional de Prevención de Desastres, funcionará como área de apoyo de la Comisión Nacional con objeto de promover la aplicación de las tecnologías para la prevención y mitigación de desastres, impartir la capacitación profesional y técnica sobre la materia, así como apoyar las medidas de preparación y autoprotección de la población ante la contingencia de un desastre. Facultar al titular del Ejecutivo Federal, para que a través de la Comisión Nacional, pueda convocar, a los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a los invitados que considere pertinente, cuando se presenten situaciones extremas de emergencia, desastre o cuando la probabilidad de afectación por un fenómeno perturbador sea muy alta. |
Desechada con fecha -- 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por senadores de diversos Grupos Parlamentarios el 9 de septiembre de 2008. (LX) 2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 2 de marzo de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos. 3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM. 4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 4 de marzo de 2010. 5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 15 de Diciembre de 2011. Aprobado en votación económica en su conjunto. 6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM. 7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 9 de febrero de 2012. Se turnó a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos. |
4
Proyecto de decreto por el que se reforma los artículos 40, 41, 42 y 43, adiciona un tercer párrafo al artículo 40 y deroga la fracción II del artículo 41 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 07-SEP-10 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
Publicación en Gaceta: 07-SEP-10 | Establecer que la Condecoración de la Orden Mexicana del Águila Azteca se otorgará, principalmente, durante las visitas de Estado u oficiales que se programen entre los países de la comunidad internacional, cuando se acuerden intercambios de condecoraciones entre los jefes de Estado, jefes de gobierno o primeros ministros. Así mismo, la Condecoración de mérito se tramitará ante la Secretaría de Relaciones Exteriores por conducto de un Consejo presidido por el Secretario de Relaciones Exteriores, teniendo como vocales a los Subsecretarios competentes por razón geográfica o por materia y como Secretario del Consejo, al Director General que establezca el Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores. | Aprobada con fecha -- 1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 11 de octubre de 2007. (LX Legislatura) 2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 22 de abril de 2010. 3. Dictamen a discusión presentado el 28 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos y 2 abstenciones. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 4. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 7 de septiembre, 2010. Se turno a la comisión de Gobernación. 5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 23 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 314 votos en pro. 6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 7. Publicado en el D.O.F. el 1 de junio de 2011. |
5
Proyecto de decreto por el que se reforman diversas Leyes Federales con el objeto de actualizar todos aquellos artículos que hacen referencia a las Secretarías de Estado cuya denominación fue modificada y al Gobierno del Distrito Federal en lo conducente; así como eliminar la mención de los departamentos administrativos que ya no tienen vigencia. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 07-SEP-10 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
Publicación en Gaceta: 07-SEP-10 | Actualizar todos aquellos artículos de diversas Leyes Federal, que hacen referencia a las Secretarías de Estado cuya denominación fue modificada y al Gobierno del Distrito Federal en lo conducente, así como eliminar la mención de los departamentos administrativos que ya no tienen vigencia. | Aprobada con fecha -- 1. Iniciativa presentada por el Sen. Jorge Andrés Ocejo Moreno (PAN) el 17 de septiembre de 2008. 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos en pro. 3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM. 4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 7 de septiembre de 2010. 5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 356 votos en pro y 3 abstenciones. 6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM. 7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 21 de febrero de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 83 votos en pro. 8. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 9. Publicado en el D.O.F. el 9 de abril de 2012. |
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Proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo al inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 07-SEP-10 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
Publicación en Gaceta: 07-SEP-10 | Incluir como fecha en que la Bandera Nacional deberá izarse, el 11 de septiembre, Aniversario de la victoria sobre el ejército español en Tampico en 1829. | Aprobada con fecha -- 1. Iniciativa presentada por el Dip. Morelos Canseco Gómez (PRI), a nombre propio y de los Sens. Amira Gricelda Gómez Tueme y Melquiades Morales Flores y del Dip. José Francisco Rábago Castillo (PRI), el 18 de agosto de 2010. 2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 2 de septiembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos. 3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM. 4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 7 de septiembre de 2010. 5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 23 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 327 votos en pro y 3 abstenciones. 6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 7. Publicado en el D.O.F. el 17 de junio de 2011. |
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Proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 25-NOV-10 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
Publicación en Gaceta: 25-NOV-10 | Establecer que una misma persona puede recibir dos o más premios distintos; pero sólo una vez el premio correspondiente a uno de los campos de los conceptos instituidos, o a un solo concepto si éste no se divide en campos, a excepción del Premio Nacional de la Cerámica, el cual podrá otorgarse a una misma persona las veces que lo amerite, considerando su desempeño, virtud, actuación y trayectoria. La premiación para los principales actores del ámbito deportivo, tales como deportistas profesionales; deportistas no profesionales y deportistas paralímpicos, incorporando además a los entrenadores y al juez- árbitro. Se establece otorgar el premio por actuación y trayectoria destacada en el Deporte Mexicano, y por el fomento, la protección y el impulso de la práctica de los deportes. Integra al Consejo de Premiación a los presidentes de las Comisiones de Juventud y Deporte de ambas cámaras del Congreso de la Unión, otorgando con ello certidumbre en cuanto a la representación del poder legislativo en la conformación del Consejo. | Aprobada con fecha -- 1. Iniciativas consideradas en el dictamen: a) Iniciativa suscrita por los Sens. Luis Máximo García Zalvidea (PRD), Javier Orozco Gómez (PVEM) y Rafael Alejandro Moreno Cárdenas (PRI), el 21 de julio de 2010. b) Iniciativa presentada por el Dip. José Francisco Javier Landero Gutiérrez (PAN), a nombre de los diputados integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte, el 28 de septiembre de 2010. 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 23 de noviembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 75 votos. 3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM. 4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de noviembre de 2010. 5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 10 de noviembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 346 votos en pro y 1 abstención. 6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 7. Publicado en el D.O.F. el 14 de diciembre de 2011. |
8
Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Archivos, remitida para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional. Proponente: Minutas devueltas (Senadores) Fecha de presentación: 29-MAR-11 Cámara de Origen: Cámara de Diputados |
Publicación en Gaceta: 29-MAR-11 | Establecer las disposiciones que permitan la organización y conservación de los archivos en posesión de los Poderes de la Unión, los organismos constitucionales autónomos y los organismos con autonomía legal, así como establecer los mecanismos de coordinación y de concertación entre la Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios para la conservación del patrimonio documental de la Nación, así como para fomentar el resguardo, difusión y acceso de archivos privados de relevancia histórica, social, técnica, científica o cultural. | Aprobada con fecha -- 1. Iniciativas considerads en el dictamen: a) Iniciativa presentada por el Dip. César Camacho Quiroz (PRI) el 14 de septiembre de 2006. (LX) b) Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Madrazo Limón (PAN), a nombre propio y de la Dip. Ruth Zavaleta Salgado (PRD), el 14 de noviembre de 2006. (LX) 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 31 de marzo de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 241 votos en pro, 55 en contra y 1 abstención. (LX) 3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM. (LX) 4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 2 de abril de 2009. (LX) 5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos en pro. 6. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM. 7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 29 de marzo de 2011. 8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 8 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 310 votos en pro. 9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 10. Publicado en el D.O.F. el 23 de enero de 2012. |
9
Proyecto de decreto que expide la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, que devuelve para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional. Proponente: Minutas devueltas (Senadores) Fecha de presentación: 06-SEP-11 Cámara de Origen: Cámara de Diputados |
Publicación en Gaceta: 06-SEP-11 | Establecer las bases para la planeación, formulación, implementación y evaluación de políticas públicas en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, y la articulación, coordinación y ejecución de programas, proyectos y acciones con el fin de combatir las causas y factores que confluyen en la comisión de delitos. Cuenta con 34 artículos divididos en siete capítulos y tres transitorios. | Aprobada con fecha -- 1. Iniciativas consideradas en el dictamen: a) Iniciativa presentada por el Dip. Víctor Humberto Benítez Treviño (PRI) el 8 de octubre de 2009. b) Iniciativa presentada por la Dip. Alma Carolina Viggiano Austria (PRI) el 10 de diciembre de 2009. 2. Dictamen de primera lectura con dispensa de segunda presentado en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 378 votos, 18 en contra y 1 abstención. 3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM. 4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2010. 5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos en pro. 6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM. 7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 6 de septiembre de 2011. 8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 8 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 291 votos en pro, 4 en contra y 1 abstención. 9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 10. Publicado en el D.O.F. el 24 de enero de 2012. |
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Proyecto de decreto que reforma los artículos 2, 49, 211, 214, 228, 229, 295, 342, 345, 347, 350 y 354 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 06-SEP-11 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
Publicación en Gaceta: 06-SEP-11 | Especificar que En ningún caso podrán difundirse con motivo de las campañas de información, obras públicas, logros ni compromisos de gobierno, asimismo que no se podrá contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, a título oneroso o gratuito propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales. Indicar que el monto de los recursos de precampaña que ejerzan los precandidatos dentro de los topes señalados, no serán computados como parte de la suma que cada partido puede obtener anualmente de los recursos provenientes de las fuentes señaladas en los incisos a), b) y d) del párrafo 4 del artículo 78 de este Código. Incluir que no se considerarán dentro de los topes de campaña los gastos que realicen los partidos los efectuados con motivo de la realización de sus procesos de selección interna y precampañas. Indicar las sanciones a que se harán acreedores quienes contravengan estas disposicones. |
Pendiente 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Pablo Gómez Álvarez (PRD) el 18 de marzo de 2010. (LXI Legislatura) 2. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Alejandro Zapata Perogordo (PAN) el 14 de abril de 2011. (LXI Legislatura) 3. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Arturo Núñez Jiménez (PRD) el 26 de abril de 2011. (LXI Legislatura) 4. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 29 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 68 votos en pro, 5 en contra y 1 abstención. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 5. Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva presentada en la sesión del 27 de septiembre de 2011 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha por la cual comunica el cambio de turno de la iniciativa para dictamen a la comsión de Gobernación con opinión de la comisión de Radio, Televisión y Cinematografía. |
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Proyecto de decreto, que deroga la Fracción III Bis del Artículo 6 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, para los efectos de la Fracción D del artículo 72 Constitucional. Proponente: Minutas devueltas (Senadores) Fecha de presentación: 01-DEC-11 Cámara de Origen: Cámara de Diputados |
Publicación en Gaceta: 01-DEC-11 | PRIMERO.- Estas Comisiones Unidas consideran que no es de aprobarse la Minuta con proyecto de decreto por el que se deroga la fracción III Bis del artículo 6 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles por los argumentos ya expresados en el apartado de CONSIDERANDOS de este dictamen. SEGUNDO.- De conformidad con lo previsto en la fracción d) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, devuélvase a la Cámara de Diputados. |
Pendiente 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Jorge Godoy Cárdenas (Convergencia) el 17 de abril de 2008. (LX Legislatura) 2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 12 de febrero de 2009. (LX Legislatura) 3. Dictamen a Discusión presentado el 05 de marzo de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 287 votos y 3 abstenciones. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura) 4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de marzo de 2009. (LX Legislatura) 5. Dictamen de Primera Lectura presentado el 22 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura) 6. Dictamen a Discusión presentado el 24 de noviembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 83 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura) |
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Proyecto de decreto que expide la Ley General de Protección Civil, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional. Proponente: Minutas devueltas (Senadores) Fecha de presentación: 22-MAR-12 Cámara de Origen: Cámara de Diputados |
Publicación en Gaceta: 20-MAR-12 | Establecer las bases de coordinación entre los tres órdenes de gobierno en materia de protección civil. Los sectores privado y social participarán en la consecución de los objetivos de esta Ley, en los términos y condiciones que la misma establece. Los tres niveles de gobierno tratarán en todo momento que los programas y estrategias dirigidas al fortalecimiento de los instrumentos de organización y funcionamiento de las instituciones de protección civil se sustenten en un enfoque de Gestión Integral del Riesgo. Señala que las políticas públicas en materia de protección civil, se ceñirán al Plan Nacional de Desarrollo y al Programa Nacional de Protección Civil. El objetivo general del Sistema Nacional de Protección Civil es el de proteger a la persona y a la sociedad y su entorno ante la eventualidad de los riesgos y peligros que representan los agentes perturbadores y la vulnerabilidad en el corto, mediano o largo plazo, provocada por fenómenos naturales o antropogénicos, a través de la Gestión Integral de Riesgos y el fomento de la capacidad de adaptación, auxilio y restablecimiento en la población. | Aprobada con fecha -- Proceso Legislativo: 1. Iniciativa presentada por el Dip. Fernando Morales Martínez, y suscrita por diputados de diversos grupos parlamentarios, el 9 de marzo de 2010. 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 8 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 285 votos en pro y 4 abstenciones. 3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM. 4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Protección Civil y de Estudios Legislativos. 5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 15 de marzo de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 83 votos en pro. 6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM. 7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de marzo de 2012. 8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 19 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 318 votos en pro y 3 abstenciones. 9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 10. Decreto publicado en el D.O.F. el 6 de junio de 2012. |
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Proyecto de decreto que reforma el artículo 9 de la Ley Reglamentaria de la Fracción V del artículo 76 de la Constitución General de la República. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 24-APR-12 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
Publicación en Gaceta: 24-APR-12 | Establecer que solo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de los comicios, y tener 30 años cumplidos el día de la elección, o menos, si así lo establece la Constitución Política de la Entidad Federativa. | Pendiente Proceso Legislativo: 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores, por el Sen. Ricardo Monreal Ávila (PT) el 8 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura) 2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 17 de abril de 2012. (LXI Legislatura) 3. Dictamen a discusión presentado el 19 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 76 votos. 4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputados del 24 de abril de 2012. |
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Proyecto de decreto que por el que se adicionan dos párrafos al inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. Proponente: Minutas (Senadores) Fecha de presentación: 30-APR-12 Cámara de Origen: Cámara de Senadores |
Publicación en Gaceta: 30-APR-12 | Izar a toda asta la Bandera Nacional el 13 de septiembre, en conmemoración del "Congreso de Anáhuac de 1813, Primer Constituyente de la Nación Mexicana¿, así como el 6 de noviembre en ¿Conmemoración de la promulgación del Acta Solemne de la Declaratoria de Independencia de la América Septentrional por el Primer Congreso de Anáhuac, sancionada en el Palacio de Chilpancingo, en 1813¿. | Aprobada con fecha -- Proceso Legislativo: 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Julio César Aguirre Méndez (PRD), Valentín Guzmán Soto (PRD), Jesús Garibay García (PRD), José Luis Máximo García Zalvidea (PRD) y Antelmo Alvarado García (PRI), el 13 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura) 2. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por Congreso Local del Estado de Guerrero el 27 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura) 3. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 26 de Abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos en pro y 2 abstenciones. 4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados en la sesión del 30 de abril de 2012. 6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 14 de marzo de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 426 votos a favor. (LXII Legislatura) 7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM. 8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de marzo de 2013, se turnó a las Comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda. 9. Aprobada en la Cámara de Senadores en votación nominal por 105 votos a favor, 0 en contra. 10. Se remitió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2013. |