MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

FUNCIóN PúBLICA
MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Acceso a la Información y Protección de datos personales.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 29-APR-10

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 29-APR-10 Prever obligaciones por sector, de manera que se permita generar la obligación concreta de publicar información de interés en relación con materias particulares. Asimismo, la ¿transparencia focalizada¿ para publicar en los sitios de internet respectivos, la información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas. Se plantea, en relación a la inexistencia de información, que el Comité de Información y el IFAI, cuenten con facultades para instruir a que se genere un documento cuando ello se encuentre entre las obligaciones sustantivas del sujeto obligado, siempre que esto sea materialmente posible. Incluir un procedimiento denominado ¿prueba de interés público¿ para determinar la procedencia de hacer pública información sobre particulares, cuando se presuma que ésta contribuye de manera trascendente a la transparencia gubernamental y a la rendición de cuentas. Incorpora la prohibición para los sujetos obligados de invocar los secretos fiscal, bancario y fiduciario, cuando en éstos se encuentren involucrados recursos públicos federales. Amplía las facultades de verificación y regulación del IFAI, a efecto de propiciar una mejor calidad de la información que se proporciona al gobernado. Asimismo se incluye como atribución del IFAI, la de elaborar un programa que establezca las políticas en materia de transparencia para la Administración Pública Federal.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Alfonso Sánchez Anaya (PRD) el 5 de febrero de 2009.

2. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Sens. Jesús Murillo Karam y Pedro Joaquín Coldwell (PRI) el 19 de noviembre de 2009.

3. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite aprobado el 28 de abril de 2010 por 88 votos.

4. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados del 29 de abril de 2010, se turno a las comisiones unidas de Gobernación, Función Pública y de Justicia.

6. Comunicación de la presidencia de la Mesa Directiva presentada en la sesión del 17 de marzo de 2011 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha, por la cual informa la modificación de turno para dictamen a las comisiones unidas Gobernación, Función Pública, Justicia y de Hacienda y Crédito Público.

7. Comunicación de la presidencia de la Mesa Directiva publicada en la Gaceta Parlamentaria del 6 de junio, 2011, por la cual informa la modificación de turno para dictamen a las comisiones unidas Gobernación, Función Pública y Justicia.
2  Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria de los Artículos 75 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se adiciona el Código Penal Federal.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 10-NOV-11

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 10-NOV-11 Emitir una ley cuyo objeto será regular las remuneraciones que perciben los servidores públicos de los poderes de la Unión y todos los demás entes públicos federales incluidos aquellos dotados de autonomía constitucional.
Establecer que se entiende por ¿servidor público de la Federación¿, y por ¿remuneración¿ para los efectos de esta ley.
Indicar que ningún servidor público recibirá remuneración o retribución por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión mayor a la establecida para el Presidente de la República en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Cualquier persona podrá formular denuncia ante la instancia interna de control o disciplina de lo entes definidos por la Ley, respecto de las conductas de los servidores públicos que sean consideradas contrarias a las disposiciones contenidas en la misma. Si la denuncia se refiera a alguno de los servidores públicos definidos en el artículo 110 de la Constitución, podrá presentarse también ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para efecto de iniciar el procedimiento del juicio político.
Establecer que además de las responsabilidades administrativas y políticas, incurre en el delito de remuneración ilícita, el servidor público que apruebe o refrende el pago, suscriba el comprobante, de una remuneración, no autorizada; así como quien reciba un pago indebido señalado en el artículo 5 de esta ley.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Pablo Gómez Álvarez (PRD) el 13 de abril de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 04 de Noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a Discusión presentado el 08 de noviembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 95 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Comunicación de la presidencia de la Mesa Directiva presentada en la sesión del 24 de noviembre, 2011 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha, por la cual informa sobre la modificación de turno a la minuta, se turna para dictamen a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público, de la Función Pública y de Justicia, con opinión de la comisión de Presupuesto y Cuenta Publica.