MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 24 Bis a la Ley del Desarrollo Rural Sustentable, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 7-Septiembre-2010

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 7-Septiembre-2010 Establecer que se podrán integrar a los consejos nacional, estatal, distrital y municipal para el desarrollo rural sustentable, comités consultivos alimentarios, la creación de los comités se realizará dentro de los estatutos orgánicos de cada Consejo, así como precisar sus facultades y forma de integración.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 26-Octubre-2010


1. Iniciativa presentada por el Dip. Martín Oscar González Morán (PAN) el 25 de noviembre de 2008. (LX)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 2 de marzo de 2010.

3. Dictamen a discusión presentado el 16 de marzo de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 372 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida el 18 de marzo de 2010.

5. Dictamen de Primera Lectura presentado el 22 de abril de 2010.

6. Dictamen a discusión presentado el 28 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos en pro y 4 en contra. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 7 de septiembre, 2010. Se turno a la comisión de Desarrollo Rural.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 26 de octubre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 267 votos en pro y 7 en contra.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 9 de diciembre de 2010.
2  Proyecto de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes Orgánica, y de Ascensos de la Armada de México, remitida para los efectos de la fracción E) del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 7-Septiembre-2010

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 7-Septiembre-2010 Garantizar que en la integración y los ascensos de la Armada de México se aplicará la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 7-Diciembre-2010


1. Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Ernesto Navarro López (PRD) a nombre propio y de la Dip. Claudia Lilia Cruz Santiago (PRD), el 11 de julio de 2007. (LX)

2. Proyecto de decreto a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 10 de febrero de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 351 votos en pro y 4 abstenciones.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 12 de febrero de 2009 y turnada a las Comisiones Unidas de Marina; y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2010. Aprobado por 91 votos en pro y 1 abstención.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 7 de septiembre de 2010. Se turnó a la Comisión de Marina.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 7 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 318 votos en pro.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 26 de enero de 2011.
3  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Planeación, remitida para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 7-Septiembre-2010

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 7-Septiembre-2010 Incorporar el principio de la perspectiva de género, como principio rector de la planeación en México, así como en la coordinación entre el Plan Nacional de Desarrollo y los programas que de él se desprenden. Facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para promover la incorporación de indicadores que faciliten el diagnóstico del impacto de estos programas en mujeres y hombres.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 27-Abril-2011


1. Iniciativa presentada por la Dip. Concepción González Molina (PRI) el 22 de abril de 2003. (LVIII)

2. Iniciativa presentada por la Dip. Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI) el 18 de noviembre de 2003. (LIX)

3. Dictamen de Primera Lectura presentado el 6 de Abril de 2006. (LIX)

4. Dictamen a discusión presentado el 18 de abril de 2006. Proyecto de decreto aprobado por 370 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX)

5. Minuta recibida el 20 de abril de 2006. (LIX)

6. Dictamen a discusión presentado el 29 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 7 de septiembre de 2010.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 27 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 308 votos en pro.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 20 de junio de 2011.
4  Proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción para quedar como III, recorriéndose la actual III a la IV y se reforma el último párrafo del artículo 6 y; se reforma el artículo 13, de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, remitida para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 7-Septiembre-2010

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 7-Septiembre-2010 Incluir dentro de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, al Presidente del Consejo Consultivo, un integrante de origen indígena y al Director General de la Comisión éste ultimo sólo con derecho a voz.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 3-Marzo-2011


1. Iniciativa suscrita por los Diputados Elda Gómez Lugo y Wenceslao Herrera Coyac (PRI) el 30 de abril de 2008. (LX)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 5 de marzo de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 277 votos. (LX)

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM. (LX)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 9 de marzo de 2009. (LX)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 88 votos.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 7 de septiembre de 2010.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 3 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 3359 votos en pro, 30 en contra y 3 abstenciones.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 23 de junio de 2011.
5  Proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, relativo al Régimen Fiscal de Petróleos Mexicanos, para los efectos de lo dispuesto por la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 28-Octubre-2010

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 28-Octubre-2010 Derogar el derecho por la recepción, estudio y trámite de cada notificación de concentración a que se refiere la Ley Federal de Competencia Económica, en beneficio de los solicitantes de dichos servicios; asimismo, los derechos por los permisos para visitar territorios insulares de jurisdicción federal cuando tengan dichas finalidades, dejando sin efecto los trámites que éstos implican, asi como el derecho por la expedición del permiso individual para efectuar la pesca deportivo-recreativa. Impulsar la difusión de las Áreas Naturales Protegidas ubicadas en territorio nacional mediante la derogación de los derechos relativos a la filmación, videograbación y tomas fotográficas con fines comerciales realizadas dentro de dichas áreas. Deroga el derecho por la inspección previa al inicio de operaciones de estaciones de radiodifusión sonora y de televisión, así como de servicios que se proporcionen por subportadoras de radiodifusión sonora y de televisión, asimismo, los derechos por la expedición, revalidación y modificación de la constancia de peritos en telecomunicaciones, así como por la expedición de la constancia del registro de radioclubes y su revalidación. Se derogan diversos derechos relacionados con la actualización técnica y nombramiento para ejercer como Delegado Honorario de la Capitanía de Puerto en la marina turística. Establece una reducción en el pago del derecho por la acreditación de la capacidad técnica para ejercer la actividad de agente de seguros o fianzas, cuando se solicite la presentación de una sola prueba del examen correspondiente. También se deroga el derecho para obtener el permiso sanitario de importación de dispositivos médicos para uso personal, con el objeto de facilitar la obtención de materias primas y productos terminados de equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, materiales quirúrgicos, de curación o productos higiénicos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Octubre-2010


1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en la Cámara de Diputados, el 9 de septiembre de 2010.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 19 de octubre de 2010. Proyecto de Decreto aprobado por 403 votos en pro, 32 en contra y 6 abstenciones.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 21 de octubre de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público; de Energía; y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen de primera lectura con dispensa de segunda lectura presentado en la Cámara de Senadores el 26 de octubre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 65 votos en pro y 1 abstención.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de octubre de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía.

8. Dictamen de primera lectura con dispensa de segunda presentado en la Cámara de Diputados el 28 de octubre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 302 votos en pro, 24 en contra y 2 abstenciones.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 18 de noviembre de 2010.
6  Proyecto de decreto, que reforma los artículos 6 y 134 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 64 y 84 de la Ley del Seguro Social, para los efectos de la fracción E) del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 25-Noviembre-2010

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 25-Noviembre-2010 Cambiar los términos "defecto físico o psíquico" y "defectos físicos o enfermedad psíquica" por los de "discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales¿, ya que los primeros son discriminatorios.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 15-Febrero-2011


1. Iniciativa suscrita por el Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (NA) el 24 de noviembre de 2009.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 28 de septiembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 310 votos y 1 abstención.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de septiembre de 2010.

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de segunda presentado en la Cámara de Senadores el 23 de noviembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 72 votos en pro.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de noviembre de 2010.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 15 de febrero de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 397 votos en pro y 1 abstención.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 27 de mayo de 2011.
7  Proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo Vigésimo Quinto Transitorio de la Ley del Seguro Social, para los efectos de la fracción E) del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 7-Diciembre-2010

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 7-Diciembre-2010 Establecer que será quince veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, el límite superior de las cuantías de las pensiones de aquellos asegurados inscritos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta ley, así como de sus beneficiarios, que, al cumplirse los supuestos legales o el siniestro respectivo para el disfrute de cualquiera de las pensiones, opten por acogerse a los beneficios de la ley que se deroga. Sin embargo, las comisiones dictaminadoras consideran sustituir lo referente a los ¿límites superiores a las pensiones¿ por ¿límites superiores de salario de cotización¿, en razón de que lo primero es incorrecto toda vez que la Ley del Seguro Social no establece límites superiores a las cuantías de las pensiones, sino hace referencia a los límites de los salarios base de cotización, que a su vez, son base para determinar las cuantías de las prestaciones en dinero, en este caso, las pensiones de invalidez, cesantía y vejez.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 29-Abril-2011


1. Iniciativa presentada por el Dip. Avelino Méndez Rangel (PRD), a nombre propio y del Dip. Francisco Hernández Juárez (PRD), el 4 de agosto de 2010. (LXI Legislatura)

2. Iniciativa suscrita por el Dip. Carlos Torres Piña (PRD) el 11 de agosto de 2010. (LXI Legislatura)

3. Dictamen de Primera Lectura presentado el 7 de octubre de 2010. (LXI Legislatura)

4. Dictamen a discusión presentado el 12 de octubre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 354 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)
5. Minuta recibida el 14 de octubre de 2010. (LXI Legislatura)

6. Dictamen de Primera Lectura presentado el 30 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura)

7. Dictamen a discusión presentado el 2 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 7 de diciembre de 2010.

9. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 371 votos en pro.

10. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.
8  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, remitida para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 14-Diciembre-2010

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 14-Diciembre-2010 Incluir a las delegaciones del Distrito Federal, en el funcionamiento de los programas y objetivos que contempla la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, con las estructuras previstas para los municipios para que participen en la toma de decisiones en los procesos productivos agropecuarios, formen parte del Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, tengan acceso al Sistema Nacional de Financiamiento Rural, a las políticas de comercialización, capacitación y asistencia técnica, entre otros.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada por el Dip. Avelino Méndez Rangel (PRD) el 21 de abril de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 23 de septiembre de 2010. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 05 de octubre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 351 votos y 2 abstenciones. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida el 07 de octubre de 2010. (LXI Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentado el 09 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
9  Proyecto de decreto que reforma los artículos 3, fracción III; 10; 11, fracción III; 14 y 26, de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, remitida para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 14-Diciembre-2010

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 14-Diciembre-2010 Precisar la definición de externalidades. Establecer que las externalidades sean calculadas para todas las fuentes de electricidad. Explicitar que para que las metas de participación de las energías renovables aumenten gradualmente, deberán basarse en el potencial técnico-económico existente, así como establecer la responsabilidad administrativa a los servidores públicos que por negligencia o causa inexcusable no establezcan, actualicen o reporten semestralmente dichas metas. Facultar a las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Salud a emitir su opinión sobre el cálculo de contraprestaciones mínimas y máximas que pagarán los suministradores a los generadores que utilicen energías renovables. Establecer que la Secretaría de Energía, actualice y publique cada año las metas de participación de las energías renovables en la generación de electricidad. Establecer que las externalidades ambientales, sociales y de salud, sean consideradas en las estimaciones de costos que lleva a cabo CFE en su planeación energética.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 15-Diciembre-2010


1. Iniciativa presentada por el Dip. Juan José Guerra Abud (PVEM) el 24 de noviembre de 2009.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentado en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 265 votos y 7 en contra.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2009.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 9 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos en pro, 8 en contra y 1 abstención.

6. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2010.

8. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda presentado en la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 278 votos en pro, 12 en contra y 1 abstención.

9. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicado en el D.O.F. el 1 de junio de 2011.