MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, que se devuelve para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 29-Abril-2011

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 2-Mayo-2011 Llevar a cabo capacitación para el combate de incendios forestales de conformidad con lo que se establezca en los Convenios de Coordinación que para el efecto se firmen con la Federación y los Municipios. Asimismo, la autorización de aprovechamiento de los recursos forestales maderables deberá acompañarse de los documentos debidamente certificados por el Registro Agrario Nacional que acredite la propiedad social.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 27-Marzo-2012


1. Iniciativa presentada por el Sen. Cesar Raúl Ojeda Zubieta (PRD) el 4 de abril de 2006. (LXI Legislatura)

2. Iniciativa enviada por el H. Congreso del Estado de Chihuahua el 14 de mayo de 2008. (LXI Legislatura)

3. Iniciativa presentada por los Sens. Jorge Legorreta Ordorica, Francisco Agundis Arias, Arturo Escobar y Vega, Ludivina Menchaca Castellanos, Manuel Velasco Coello y Javier Orosco Gómez (PVEM) el 25 de septiembre de 2008.

3. Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de diciembre de 2009. (LXI Legislatura)

4. Dictamen a discusión presentado el 15 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 75 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida el 2 de febrero de 2010. (LXI Legislatura)

6. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 26 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 364 votos y 1 abstención. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

7. Minuta recibida el 27 de abril de 2010. (LXI Legislatura)

8. Dictamen de Primera Lectura presentado el 27 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

9. Dictamen a Discusión presentado el 28 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 76 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

10. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 27 de Marzo de 2012. Aprobado en votación económica en su conjunto.

11. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

12. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de abril de 2012. Se turnó a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; de Desarrollo Rural; de Recursos Hidráulicos; de Reforma Agraria; de Estudios Legislativos; y de Estudios Legislativos, Segunda.
2  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 8-Diciembre-2011

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 8-Diciembre-2011 Establecer como facultad de la Federación, la elaboración del Atlas Nacional de Riesgo y el Atlas Nacional de Vulnerabilidad ante el cambio climático; así como la elaboración y publicación de los estudios de diagnóstico y proyección del cambio climático y el Programa Especial de cambio climático.
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con la participación y aprobación de la Comisión intersecretarial de Cambio Climático, elaborará y publicará el Programa Especial de Cambio Climático, al que se dará seguimiento continuo y evaluación periódica de conformidad con lo establecido en las disposiciones legales en la materia.
Para efecto de coordinar las acciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal relativas a la formulación e instrumentación de la Política Nacional de Cambio Climático en materia de mitigación, adaptación y reducción de la vulnerabilidad a los efectos del cambio climático y el cumplimiento de los compromisos suscritos por México en la Convención Marco en la materia, su Protocolo y los demás instrumentos, el Ejecutivo Federal contará con la Comisión Intersecretarial de cambio climático que tendrá el carácter de permanente y será presidida por el Poder Ejecutivo.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 25-Abril-2012


1. Iniciativas (2) suscritas por la Dip. Ninfa Salinas Sada (PVEM) el 13 de abril de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado el 27 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 364 votos en pro y 2 en contra. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura)

3. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2010. (LXI Legislatura)

4. Dictamen de Primera Lectura presentado el 01 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

5. Dictamen a Discusión presentado el 06 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 70 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura)

6.. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 25 de abril de 2012. aprobado en votación económica.

7. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de octubre de 2012 (LXII).

9. Se turnó a las comisiones unidas de Fomento Económico y de Estudios Legislativos.
3  Proyecto de decreto que reforma los artículos 94 y 113, fracción VI, de la Ley General de Población, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Establecer que los tres órdenes de gobierno serán auxiliares de la Secretaría de Gobernación para adoptar el uso de la Clave Única de Registro de Población como fuente de información para la realización de trámites oficiales, procurando evitar solicitar a las personas documentos adicionales para la obtención de datos de identidad que no requieran elementos de identificación física.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 10-Abril-2012


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Martha Laguette Lardizábal (PRI), el 20 de octubre de 2005. (LIX)

b) Iniciativa presentada por la Dip. Blanca Eppen Canales (PAN), el 10 de noviembre de 2005. (LIX)

c) Iniciativa presentada por la Dip. Irma Figueroa Romero (PRD), el 11 de enero de 2006. (LIX)

d) Iniciativa presentada por la Dip. Ruth T. Hernández Martínez (PAN), el 2 de febrero de 2006. (LIX)

e) Iniciativa Presentada por la Dip. Marisol Urrea Camarena (PAN), el 7 de marzo de 2006 (LIX)

f) Iniciativa presentada por la Dip. Marisol Vargas Bárcena (PAN), el 24 de mayo 2006. (LIX)

g) Inicitiva presentada por el Dip. Tomás Gloria Requena (PRI), el 17 de abril de 2007. (LX)

h) Iniciativa presentada por el Dip. Gerardo Vargas Landeros (PRI), el 26 de abril de 2007. (LX)

i) Iniciativa presentada por la Dip. Maricela Contreras Julián. (PRD), el 29 de noviembre de 2007. (LX)

j) Iniciativa presentada por la Dip. Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez (PRI), el 30 de abril de 2008. (LX)

k) Iniciativa presentada por el Dip. Manuel Portilla Diéguez (PVEM), el 7 de octubre de 2008. (LX)

l) Inicitiva presentada por el Dip. Humberto Dávila Esquivel (PAN), el 11 de diciembre de 2008. (LX)

m) Inicitiva presentada por el Dip. Alejandro Chanona Burguete (MC), el 24 de febrero de 2009. (LX)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 21 de abril de 2010. Aprobado por 297 votos en pro y 1 abstención.

3. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de abril de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Población y Desarrollo; y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 8 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 72 votos en pro.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2012. (LXI)

8. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 10 de Abril de 2012. Aprobado en votación económica en su conjunto.

9. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de abril de 2012. Se turnó a las Comisiones Unidas de Población y Desarrollo; y de Estudios Legislativos, Primera.
4  Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 19-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 19-Abril-2012 Establecer un programa que otorgue seguridad y apoye la subsistencia a la familia de los pescadores inscritos en el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura que pierdan la vida en la práctica de la actividad pesquera en el país, de tal forma que se creará el Seguro de Pesca y Acuacultura para beneficio de las familias de dichos pescadores que pierdan la vida en la práctica de la actividad pesquera en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Este seguro se integrará con las aportaciones económicas que realicen los pescadores interesados inscritos en el Registro y operará en términos del Reglamento respectivo.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 1-Diciembre-2015


1. Iniciativa suscrita por los diputados Felipe Cervera Hernández y Jorge Carlos Ramírez Marín y el Sen. Renán Cleominio Zoreda Novelo (PRI), a nombre de diversos legisladores, el 08 de junio de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado el 13 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 251 votos en pro, 1 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

5. Dictamen a Discusión presentado el 17 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 74 votos.

6. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

7. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputados el 19 de abril de 2012.

8. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 01 de diciembre de 2015, aprobado en votación económica.

9. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de diciembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Primera.
5  Proyecto de decreto que adiciona un párrafo sexto al artículo 36 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Establecer que los conductores de vehículos de autotransporte federal, deberán portar la constancia de aptitud psicofísica vigente de conformidad con la normatividad reglamentaria en la materia.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 3-Septiembre-2013


1. Iniciativa suscrita por el Dip. Adolfo Rojo Montoya (PAN) el 15 de Diciembre de 2010.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 27 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 360 votos en pro, 9 en contra y 4 abstenciones.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2011.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos.

6. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2012.

8. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 03 de Septiembre de 2013 en votación económica.

9. Se devuelve a la Cámara de senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.
6  Proyecto de decreto que reforma el artículo 62 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 30-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 30-Abril-2012 Establecer que el co-procesamiento de residuos para la generación de energía, que se utilice en los procesos de producción industrial, deberá estar sujeto a las condiciones dispuestas en el Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y en las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes, en las cuales se determinarán los parámetros ambientales que favorezcan la eficiencia y eficacia de dicho proceso, así como prevenir o reducir la liberación al ambiente de sustancias contaminantes, en especial las que sean tóxicas.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 30-Abril-2013


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa suscrita por diputados de diversos Grupos Parlamentarios el 30 de octubre de 2008. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de febrero de 2009. (LX Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 19 de febrero de 2009. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 297 votos.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LX Legislatura)

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de febrero de 2009. (LX Legislatura)

6. Dictamen de Primera Lectura presentado el 24 de Abril de 2012. (LXI Legislatura). Dictamen a discusión presentado el 26 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 85 votos.

7. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados en la sesión del 30 de abril de 2012.

9. Se devuelve a la Cámara de senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de septiembre de 2013, se turnó a las Comsiiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos.

11. Acuerdo aprobado en la Cámara de Senadores el 14 de noviembre de 2013, por el que se aprueba el desechamiento de la Cámara de Diputados.

12. Se dio por concluido