MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto que reforma las fracciones I y III del artículo 61 de la Ley General de Salud.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Llevar a cabo la atención de la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio; así como la detección temprana y en su caso tratamiento del VIH/SIDA y otras ITS en mujeres embarazadas a fin de evitar la trasmisión perinatal.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 5-Marzo-2013


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores Guillermo Tamborrel Suárez, Felipe González González, Alfredo Rodríguez y Pacheco, José Antonio Badía San Martín, Martha Leticia Sosa Govea, Minerva Hernández Ramos, Beatriz Zavala Peniche, Juan Bueno Torio y Héctor Pérez Plazola el 01 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 01 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 08 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 77 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 05 de marzo de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 427 votos a favor. (LXII Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de marzo de 2013, se turnó a las Comisiones unidas de Salud y Estudios Legislativos.

Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 02 de diciembre de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos a favor.

9. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
2  Proyecto de decreto que reforma el artículo 148 y adiciona el 148 Bis y una fracción VI al 155 de la Ley Agraria.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Establecer que el Registro Agrario Nacional operará de manera eficaz, oportuna, expedita y transparente, en su reglamento se regularán los procedimientos y requisitos para realizar cualquiera de los trámites de conformidad con la Ley.
El Reglamento Interno del Registro Agrario Nacional establecerá las normas de organización y funcionamiento, necesarias para garantizar que el ejercicio de sus facultades se realice de manera pronta, expedita y transparente. Asimismo delegará a sus representaciones en los estados las facultades necesarias, a fin de cumplimentar lo anterior.
Facultar al Registro Agrario Nacional para tramitar de manera expedita todas las solicitudes que le sean planteadas y, en todo caso emitirá una respuesta en un plazo que no exceda de sesenta días naturales, contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 10-Abril-2012


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Martha Leticia Sosa Govea el 14 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 06 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 08 de Diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 78 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de abril de 2012. Se turnó a las Comisiones Unidas de Reforma Agraria; y de Estudios Legislativos, Primera.
3  Proyecto de decreto que reforma el artículo 181 de la Ley Agraria.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Establecer que presentada la demanda o realizada la comparecencia, el tribunal del conocimiento la examinará y si advierte que es notoriamente improcedente, la desechará de plano.
En caso de haber irregularidades en la demanda o se hubiese omitido alguno de los requisitos previstos legalmente, el tribunal prevendrá al actor para que lo subsane dentro del término de ocho días y si transcurrido este plazo no manifestara nada el promovente o la prevención no fuera desahogada en los términos requeridos, también se desechará.
En todos los casos la resolución que se dicte, deberá ser fundada y motivada.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 10-Abril-2012


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Integrantes de la Comisión de Reforma Agraria, Senadores: Eduardo Tomás Nava Bolaños, Francisco Herrera León, Arturo Herviz Reyes, Alfredo Rodríguez y Pacheco y Julio César Aguirre Mendez el 14 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 06 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 08 de Diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 76 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

7. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de abril de 2012. Se turnó a las Comisiones Unidas de Reforma Agraria; y de Estudios Legislativos, Primera.
4  Proyecto de decreto que reforma el artículo 242 de la Ley del Seguro Social.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Establecer que todos los sujetos que voluntariamente se incorporen al seguro de salud para la familia, incluidos los familiares y cualquier familiar adicional pagarán anualmente la cuota establecida correspondiente, clasificándose por el grupo de edad a que pertenezcan. El Consejo Técnico podrá determinar anualmente el importe de las cuotas a aplicar, previa realización de los análisis y estudios actuariales pertinentes, sin detrimento del principio de solidaridad social.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 4-Diciembre-2013


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores Rogelio Humberto Rueda Sánchez, María de los Ángeles Moreno Uriegas y Raúl José Mejía González (PRI), el 08 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 01 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 08 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por
60 votos en pro y 21 en contra. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 01 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 04 de diciembre de 2013. Aprobado en lo general y en lo particular por 352 votos a favor, 73 en contra y 5 abstenciones. (LXII Legislatura)

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de enero de 2014.
5  Proyecto de decreto que reforma el artículo 112 de la Ley de Migración.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 La Comisión Nacional de Derechos Humanos y los Comités Estatales del Sistema Nacional de Seguimiento y Vigilancia de la Aplicación de la Convención de los Derechos Humanos de la Niñez, coadyuvarán en la garantía y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes extranjeros.
Corresponderá al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, coordinar y coadyuvar con los Sistemas Estatales DIF y del Distrito Federal que corresponda, el eficaz retorno de la niña, niño o adolescente migrante nacional no acompañado con sus familiares adultos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 21-Marzo-2013


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Alejandro Moreno Cárdenas (PRI) el 20 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 06 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 08 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 69 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida el 01 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 21 de marzo de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 434 votos a favor.(LXII Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de abril de 2013, se turnó a las Comisiones unidas de Población y Desarrollo y de Estudios Legislativos, Primera.

8. Aprobada en la Cámara de Senadores en votación nominal por 86 votos a favor, 0 en contra.

9. Se remitió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 04 de junio de 2013.
6  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios asegurará la inclusión de los educandos en el sistema educativo nacional, en un marco de respeto, igualdad y equidad. Asimismo, promoverán y fomentarán el respeto a los grupos vulnerables para contribuir en su proceso de desarrollo e integración social.
Las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias desarrollarán programas de asesoría y apoyo a los maestros que atiendan alumnos con discapacidad.
La formación y capacitación de maestros de educación especial promoverá el trato digno a las personas con discapacidad por parte de los educadores; asimismo, desarrollará las habilidades necesarias para sensibilizar al resto de la comunidad educativa sobre esta condición y las aptitudes para comunicarse en Lenguaje de Señas Mexicana, en el Sistema de Escritura Braille, o cualquier otro sistema que garantice el adecuado aprovechamiento de los educandos.
Quienes presten servicios educativos en el marco del sistema educativo nacional atenderán las disposiciones en materia de accesibilidad señaladas en la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, y en las demás normas aplicables.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Abril-2013


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Silvano Aureoles Conejo, José Luis Máximo García Zalvidea, Rubén Fernando Velázquez López, Antonio Mejía Haro y Lázaro Mazón Alonso (PRD), el 13 de noviembre de 2008. (LXI Legislatura)

2. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Adolfo Toledo Infanzón (PRI) el 12 de mayo de 2010. (LXI Legislatura)

3. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora María del Socorro García Quiroz (PRI) el 05 de octubre de 2010. (LXI Legislatura)

4. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Guillermo Tamborrel Suárez (PAN) el 13 de julio de 2011. (LXI Legislatura)

5. En la Cámara de Senadores, el Senador Rubén Camarillo Ortega, Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores, Organizaciones no Gubernamentales, remitió las Recomendaciones No Vinculatorias al Senado de la República de Organizaciones de la Sociedad Civil de y para Personas con Discapacidad, tituladas: Propuestas de reformas legislativas para armonizar la Ley Federal del Trabajo con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y Propuestas de Reformas Legislativas para Armonizar la Ley General de Educación con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el 08 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

6. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Adolfo Toledo Infanzón (PRI) el 10 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

7. Dictamen de Primera Lectura presentado el 06 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

8. Dictamen a discusión presentado el 14 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 72 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 01 de febrero de 2012.

10. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 382 votos a favor. (LXII Legislatura)

11. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

12. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de septiembre de 2013, se turnó a las Comisiones Unidas de Educación y Estudios Legislativos Segunda.

13. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 09 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 105 votos a favor. (LXII Legislatura)

14. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la CPEUM.
7  Proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 199 de la Ley General de Salud.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Establecer la obligación de los Gobiernos de las Entidades Federativas para ejercer la verificación y control de los establecimientos que expendan o suministren al público alimentos y bebidas no alcohólicas, respecto de la publicidad del contenido calórico y nutricional de los platillos y bebidas en los menús que ofrecen al público.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 27-Marzo-2012


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Antonio Mejía Haro (PRD) el 08 de febrero de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 06 de Diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 14 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 74 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 27 de Marzo de 2012. Aprobado en votación económica en su conjunto.

5. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

6. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de abril de 2012. Se turnó a las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
8  Proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de la Ley General de Salud.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Permitir que la atención médica pueda proporcionarse a la población apoyada en medios electrónicos, acorde a la normatividad secundaria emitida por la Secretaría de Salud.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 17-Abril-2012


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Lázaro Mazón Alonso (PRD) el 1 de marzo de 2011.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 76 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2012.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 17 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 318 votos en pro y 2 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Decreto publicado en el D.O.F. el 28 de mayo de 2012.
9  Proyecto de decreto que reforma los artículos 72 y 73 de la Ley General de Salud.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Establecer que se entendera por salud mental, el estado de bienestar que una persona experimenta como resultado de su buen funcionamiento en los aspectos cognoscitivos, afectivos y conductuales y, en última instancia el despliegue optimo de sus potencialidades individuales para la convivencia, el trabajo y la recreación. Asimismo, la prevención y atención de los trastornos mentales y del comportamiento, deberá brindarse con un enfoque comunitario, de reinserción psicosocial y con estricto respeto a los derechos humanos de los usuarios de estos servicios, en los sectores público, privado y social.
Establece que la Secretaría de Salud, las instituciones de salud y los gobiernos de las entidades federativas, en coordinación con las autoridades competentes en cada materia, fomentarán y apoyarán: la implementación estratégica y gradual de servicios de salud mental ambulatorios e interdisciplinarios, en establecimientos de la red del Sistema Nacional de Salud, que permita abatir la brecha de atención; las acciones y campañas de prevención y detección de trastornos mentales y del comportamiento en áreas educativas, en coordinación con las instancias e instituciones correspondientes; la investigación multidisciplinaria materia de salud mental; la participación de observadores externos para vigilar el pleno respeto de los derechos humanos de las personas con trastornos mentales y del comportamiento, que son atendidas en los establecimiento de la red del Sistema Nacional de Salud; la coordinación de un Sistema Nacional de Información y Vigilancia, con el objeto de identificar los principales trastornos mentales y del comportamiento que afectan a la población; la coordinación y promoción con instancias de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de dispositivos laborales que garanticen el trabajo semi y protegido, y la capacitación para personas con trastornos mentales y del comportamiento; así como la coordinación y promoción con instancias de desarrollo y asistencia social, de dispositivos sociales vinculados a la salud mental como programas que garanticen residencias asistidas y subsidiadas.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las senadoras Margarita Villaescusa Rojo, Norma Esparza Herrera, Carmen Guadalupe Fonz Sáenz, María del Socorro García Quiroz, Rosario Green Macías, Amira Gricelda Gómez Tueme y María Elena Orantes López (PRI) el 17 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 08 de Diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 14 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 71 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)
10  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Modificar los términos de ¿invalidez¿ y ¿minusválidos¿ por el de ¿discapacitados¿ o ¿personas con discapacidad¿. Inserta como materia de Salubridad General a la prevención de la discapacidad; rehabilitación y habilitación de las personas con discapacidad.
Modificar en la Ley el término de ¿Secretaría de Comercio y Fomento Industrial¿ por el de ¿Secretaría Economía¿.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Juan Fernando Perdomo Bueno (CONV) el 28 de julio de 2010. (LXI Legislatura)

2. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores Guillermo Tamborrel Suarez y Ernesto Saro Boardman (PAN), el 10 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen de Primera Lectura presentado el 08 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

4. Dictamen a discusión presentado el 14 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 74 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)
11  Proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 185 de la Ley General de Salud.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Incluir a los jóvenes y grupos de riesgo, como parte de la educación que se imparte sobre los efectos del consumo de alcohol en la salud y en las relaciones sociales.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores Ludivina Menchaca Castellanos (PVEM), María del Socorro García Quiroz (PRI), Guillermo Tamborrel Suárez (PAN) y Javier Orozco Gómez (PVEM) el 08 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 06 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 14 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 71 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)
12  Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 12, fracción VII, 31, fracción III, 108, fracción II, 135 y 214; y se adicionan un párrafo tercero al artículo 19, uno segundo al 40, recorriéndose el subsiguiente en su orden, y uno segundo a la fracción I del artículo 102 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Facultar al ISSSFAM para aprobar y expedir su ¿Estatuto Orgánico¿.
La afiliación de los hijos menores del personal militar se podrá realizar con la sola presentación de la copia certificada del acta de nacimiento del hijo de que se trate o por mandamiento judicial.
Otorgar una pensión vitalicia a la viuda de los soldados caídos en acción de armas, la cual no será menor a 10 mil pesos mensuales. Asimismo, los familiares del militar fallecido en actos del servicio, tendrán acceso a la prestación del crédito a la vivienda como una excepción a la regla que establece cuando menos diez años de permanencia en el servicio activo.
Establece que la instancia competente para dirimir los conflictos que surjan sobre la aplicación de la Ley, serán los Tribunales Locales de acuerdo con la naturaleza de la causa.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 16-Febrero-2012


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Sebastián Calderón Centeno (PAN) el 22 de septiembre de 2009.

b) Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal, a la Comisión Permanente el 22 de junio de 2011.

2. Dictamen a discusión presentadoen la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 74 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2012. Se turnó a la Comisión de Defensa Nacional.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 16 de febrero de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 321 votos en pro, 1 en contra y 7 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 3 de abril de 2012.
13  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aeropuertos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Resolver aspectos incorrectamente regulados o no previstos, que dan pauta a que exista gran discrecionalidad por parte de la autoridad, situación que inhibe la inversión en dicho sector, para ello se crean en la ley, medios que estimulen la competencia, la oferta aeroportuaria, el impulso del desarrollo de los prestadores de servicios en igualdad de condiciones, la aplicación de alternativas para solucionar problemas relacionados con dicho sector y para que las tarifas por la prestación de dicho servicio, sean más accesibles para los usuarios.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 19-Diciembre-2012


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Fernando Castro Trenti (PRI) el 28 de octubre de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 13 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 14 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 78 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Dictamen aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 19 de diciembre de 2012 por 432 votos a favor. (LXII)

5. Se devuleve a la Cámara de senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

6. Minuta recibida en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria del 20 de diciembre de 2012, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Estudios Legislativos Segunda.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de Diciembre de 2012, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y de Transportes y de Legislativos, Segunda
14  Proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 12 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Obligar a los proveedores de bienes o servicios a entregar al consumidor factura, recibo o comprobante, en el que consten los datos específicos de la compraventa, servicio prestado u operación realizada, sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación fiscal.
El proveedor deberá exhibir en un lugar visible, así como en su publicidad impresa, el monto de las comisiones aplicables a cada forma de pago, en caso de que éstas existan. Asimismo, se establecerá en el comprobante de venta correspondiente, en el caso de existir, el monto de la comisión cargado en el precio.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 3-Septiembre-2013


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Raúl Mejía González (PRI) el 04 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 13 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 14 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 78 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida el 01 de febrero de 2012. (LXI)

5. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 03 de Septiembre de 2013 en votación económica.

6. Se devuelve a la Cámara de senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de septiembre de 2013, se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos Segunda.
15  Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Obligar a los proveedores a coadyuvar con las autoridades competentes para salvaguardar los derechos de la infancia, adultos mayores, personas con discapacidad e indígenas; y para que publiquen, a través de cualquier medio, los productos y servicios que con motivo de sus verificaciones sean detectados como riesgosos o en incumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 1-Octubre-2013


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Alejandro Moreno Cárdenas (PRI) el 15 de febrero de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 72 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura).

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 01 de octubre de 2013. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 417 votos a favor.(LXII Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de octubre de 2013, se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos, Segunda.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 87 votos a favor. (LXII Legislatura)

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
16  Proyecto de decreto que reforma los artículos 46, 76 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Derogar las facultades del Senado de la República de autorizar mediante decreto aprobado por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, los convenios amistosos que sobre sus respectivos límites celebren las entidades federativas y de resolver de manera definitiva los conflictos sobre límites territoriales de las entidades federativas que así lo soliciten, mediante decreto aprobado por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes.
Asimismo, eliminar excepción de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación conozca en controversia constitucional del conflicto de límites territoriales entre los Estados miembros de la Federación.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 25-Abril-2012


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Ramiro Hernández García (PRI) el 28 de abril de 2008.

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Humberto Andrade Quezada (PAN) el 19 de octubre de 2010.

c) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores José González Morfín, Santiago Creel Miranda, y Humberto Aguilar Coronado del (PAN); Manlio Fabio Beltrones Rivera y Melquíades Morales Flores del (PRI); Carlos Navarrete Ruiz del (PRD); Arturo Escobar y Vega del Partido (PVEM); Dante Alfonso Delgado Rannauro del Partido (CONV); y Ricardo Monreal Ávila del (PT); y como integrantes de la Junta de Coordinación Política el 24 de marzo de 2011.

d) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Héctor Pérez Plazola (PAN) el 12 de abril de 2011.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos en pro y 3 en contra.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2012.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 323 votos en pro y 2 abstenciones.

6. Pasó a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

7. Declaratoria de aprobación del decreto realizada en la Comisión Permanente el 22 de agosto de 2012.

8. Se remitió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicado en el D.O.F. el 15 de octubre de 2012.
17  Proyecto de decreto por el que se reforman los párrafos primero y último del artículo 25, así como el primero y el tercero del Apartado A del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Incluir a la competitividad entre los principios constitucionales que rigen el desarrollo económico de la Nación, definiéndola como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo.
Implementar una política nacional para el desarrollo industrial, que incluya vertientes sectoriales y regionales.
Anexar a la competitividad en el esquema de planeación del desarrollo previsto en el artículo 26 de la Constitución Política.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 13-Diciembre-2012


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Eloy Cantú Segovia, a nombre propio y de los senadores del Grupo Parlamentario del PRI el 22 de febrero de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 14 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 15 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 87 votos en pro Y 2 en contra. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Dictamen aprobado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria del 13 de diciembre de 2012 por 432 votos y 6 abstenciones.(LXII Legislatura)

5. Se turnó a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

6. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los estados en sesión de la Comisión Permanente del 15 de mayo de 2013.

7. Se Remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 05 de junio de 2013.
18  Proyecto de decreto que reforma los artículos 81 Bis de la Ley Orgánica de la Armada de México y 175 Bis de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Establecer que la licencia por edad límite es la que se concede a los miltares o a los miembros de la Armada de México con veinte, o más años de servicios efectivos que estén próximos a ser colocados en situación de retiro por edad límite. Esta licencia será concedida por una sola ocasión, con goce de las percepciones que esté recibiendo el militar sin interrumpir su tiempo de servicios, en los términos y condiciones que establezca el Reglamento correspondiente.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 16-Febrero-2012


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Sebastián Calderón Centeno (PAN) el 8 de febrero de 2011.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 74 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso aA) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2012. Se turnó a la Comisión de Defensa Nacional.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 16 de febrero de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 303 votos en pro, 3 en contra y 7 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 3 de abril de 2012.
19  Proyecto de decreto que reforma las fracciones IX y X y adiciona la XI al artículo 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 1-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 1-Febrero-2012 Fortalecer el marco jurídico de protección a los derechos de los consumidores y fomentar la creación de grupos u organizaciones que promocionen y defiendan estos derechos.
Establecer la libertad de constituir grupos u otras organizaciones de consumidores sin contravenir las disposiciones de esta ley, que sean garantes de los derechos del consumidor.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 26-Septiembre-2013


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Luis Walton Aburto (MC) el 14 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 72 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2012 (LXI Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 26 de septiembre de 2013. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 396 votos a favor. (LXII Legislatura)

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 05 de noviembre de 2013
20  Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga, diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y adiciona el artículo 8o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 7-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 7-Febrero-2012 Integrar a las disposiciones de la Ley la observancia de los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, invocados para la defensa y promoción de los derechos humanos.
Facultar a la CNDH para investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo Federal, alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, el Gobernador de un Estado, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal o las legislaturas de las entidades federativas.
Establecer que todo servidor público tendrá como obligaciones, las de responder las recomendaciones que les presente la institución a la que legalmente le competa la vigilancia y defensa de los derechos humanos, y en el supuesto de que se decida no aceptar o no cumplir las recomendaciones, deberá hacer pública su negativa, fundándola y motivándola en términos de lo dispuesto por el Apartado B, del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por el artículo 46 la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; Atender los llamados de la Cámara de Senadores o en sus recesos de la Comisión Permanente, a comparecer ante dichos órganos legislativos, a efecto de que expliquen el motivo de su negativa a aceptar o cumplir las recomendaciones de la institución a la que legalmente le competa la vigilancia y defensa de los derechos humanos, en términos del Apartado B, del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y abstenerse de incurrir en la reiteración de las conductas que hayan sido materia de una recomendación previa emitida por la institución a la que legalmente le competa la vigilancia y defensa de los derechos humanos, que no haya sido aceptada o cumplida.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 27-Abril-2012


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Alfonso Elías Serrano (PRI) el 29 de marzo de 2011.

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Renán Cleominio Zoreda Novelo (PRI) el 24 de noviembre de 2011.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 1 de febrero de 2012. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 80 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 7 de febrero de 2012.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 27 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 292 votos en pro, 7 en contra y 3 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Decreto publicado en el D.O.F. el 15 de junio de 2012.
21  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, y el Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 9-Febrero-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2012 Incorporan a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos diferentes conceptos y criterios ausentes en la legislación vigente. Regular los procedimientos de declaratorias y su expedición; las disposiciones sobre monumentos y zonas arqueológicos también serán aplicables a los buques, naves o cualquier otro medio de transporte acuático o parte de éstos localizados en las zonas marinas de los Estados Unidos Mexicanos, así como sus cargamentos y demás contenidos, que hayan estado bajo el agua, parcial o totalmente, de forma periódica o continua, al menos durante cien años. Faculta al Instituto Nacional de Antropología e Historia para emitir los planes de manejo de las zonas de monumentos arqueológicos abiertas a la visita pública y bajo su custodia, los que deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación; éstos contemplarán cuando menos los rubros de Conservación General de Bienes, Investigación; Protección Técnica y Legal; de Difusión y de Vinculación Social, así como la Zonificación de su polígono y el conjunto de disposiciones y lineamientos para su uso y visita pública. Determina las sanciones y montos por el daño que se pueda generar a bienes e inmuebles históricos; y se califican como delitos graves.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. María Rojo e Incháustegui (PRD), el 11 de septiembre de 2008. (LX Legislatura)

2. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Martha Leticia Sosa Govea (PAN) el 30 de octubre de 2008. (LX Legislatura)

3. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Gerardo Montenegro Ibarra (PRI) el 17 de noviembre de 2007. (LX Legislatura)

4. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por los Sens. Francisco Herrera León y Rogelio Humberto Rueda Sánchez (PRI) el 21 de enero de 2009. (LX Legislatura)

5. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Alejandro Moreno Cárdenas el 26 de febrero de 2009. (LX Legislatura)

6. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Sens. Fermín Trujillo Fuentes e Irma Martínez Manríquez (NA) el 11 de marzo de 2009. (LX Legislatura)

7. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Martha Leticia Rivera Cisneros (PAN) el 19 de marzo de 2009. (LX Legislatura)

8. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por congreso del estado de Tabasco el 17 de abril de 2009.

9. Dictamen de Primera Lectura presentado el 15 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

10. Dictamen a discusión presentado el 07 de febrero de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos en pro y 1 abstención. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)
22  Proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. del Decreto que autorizó al Ejecutivo Federal a firmar, en representación del Gobierno de México, el texto del Convenio sobre el Fondo Monetario Internacional.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 6-Marzo-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 6-Marzo-2012 Modificar el Decreto que autorizó al Ejecutivo Federal a firmar, en representación del Gobierno de México, el texto del Convenio Sobre el Fondo Monetario Internacional, aprobado en Bretton Woods, E.U.A., publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 1945, para que el Banco de México efectúe la aportación de los Estados Unidos Mexicanos al Fondo Monetario Internacional, hasta por la cantidad equivalente a ocho mil novecientos doce millones, setecientos mil derechos especiales de giro.
Asimismo, autorizar al Ejecutivo Federal para que:
1. - Por conducto del Banco de México, en representación de los Estados Unidos Mexicanos, actualice las aportaciones al Fondo Monetario Internacional por una cantidad de cinco mil doscientos ochenta y siete millones de derechos especiales de giro.
2.- En representación del Gobierno de México, acepte la enmienda al Convenio Constitutivo sobre el Fondo Monetario Internacional.
Ambas aprobadas por su Junta de Gobernadores conforme a la Resolución 66-2 del 15 de diciembre de 2010
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 12-Abril-2012


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores, enviada por el Ejecutivo Federal, el 15 de diciembre de 2011.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 1 de marzo de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 71 votos en pro, 10 en contra y 1 abstención.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 6 de marzo de 2012.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 12 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 221 votos en pro, 33 en contra y 16 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 14 de mayo de 2012.
23  Proyecto de decreto que reforma los artículos 2o. y 3o. de la Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 6-Marzo-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 6-Marzo-2012 Autorizar al Gobierno Federal, para que por conducto del Banco de México:
1.- Efectúe la suscripción adicional de 401,052 acciones del Banco Interamericano de Desarrollo, hasta por el equivalente a 4, 838, 063, 683 dólares de los Estados Unidos de América
2.- Efectúe aportaciones adicionales hasta por un equivalente de 17,434,076 dólares de los Estados Unidos de América, para cubrir la cuota de la contribución de los Estados Unidos Mexicanos al fondo de Operaciones Especiales a que se refiere el Artículo IV del Convenio Constitutivo de dicho Organismo.
Asimismo, facultar al Ejecutivo Federal para aceptar las enmiendas al Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo, que sean consecuencia de lo arriba señalado.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 12-Abril-2012


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores, enviada por el Ejecutivo Federal, el 18 de octubre de 2011.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 1 de marzo de 2012. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 73 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 6 de marzo de 2012.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 12 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 208 votos en pro, 47 en contra y 7 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 14 de mayo de 2012.
24  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 8-Marzo-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 8-Marzo-2012 Establecer en la Ley la responsabilidad de elaborar un manual de protección ciudadana y prevención de riesgos como política permanente, sistemática, continua y evaluable, que sea difundido en todas las instancias de gobierno y a la sociedad civil de forma periódica, que contenga las medidas mínimas necesarias que deberán conocer los ciudadanos para su seguridad.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores, por el Sen. Adrián Rivera Pérez (PAN) el 9 de septiembre de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 01 de marzo de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 06 de marzo de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 87 votos en pro. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura).
25  Proyecto de decreto que reforma las fracciones V del artículo 3o. de la Ley de Nacionalidad y IV del artículo 36 de la Ley de Migración.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 13-Marzo-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 13-Marzo-2012 Indicar que para probar la nacionalidad mexicana podrá hacerse también con la cédula de identidad personal o su equivalente.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores, por el Sen. Francisco Herrera León (PRI) el 03 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

2.Dictamen de Primera Lectura presentado el 06 de marzo de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 08 de marzo de 2012. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 85 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta presentada en la Cámara de Diputados en la sesión del 13 de marzo de 2012, turnándose a las comisiones unidas de Gobernación y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.
26  Proyecto de decreto que adiciona el Apartado C al artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 15-Marzo-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 15-Marzo-2012 Crear la Fiscalía Nacional contra la Corrupción, cuyo titular será designado por el Senado de la República con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes. El Fiscal Nacional durará en su encargo ocho años y podrá ser reelecto por una sola vez, podrá ser removido de sus funciones por el Senado con la misma mayoría requerida para su nombramiento, de conformidad con lo que establezca la ley.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores, por el Sen. Ricardo Francisco García Cervantes (PAN) el 13 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 08 de marzo de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 13 de marzo de 2012. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 95 votos.

4. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 15 de marzo de 2012.

6. Comunicación de la presidencia de la Mesa Directiva presentada en la sesión del 10 de abril, 2012 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha, por la cual comunica la modificación de turno de la minuta, para dictamen se turna a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia, con opinión de las comisiones de Función Pública y de Presupuesto y Cuenta Pública.
27  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, de la Ley General de Salud y de la Ley Para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 22-Marzo-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 22-Marzo-2012 Incluir dentro de los fines de la educación el fomentar un ambiente educativo saludable con equilibrio biológico, psicológico y social, con equidad, participación, sin discriminación y libre de violencia para los alumnos y que se desarrollen programas de apoyo para los alumnos en esta materia. Establece que la Secretaría de Salud, las instituciones de salud y los gobiernos de las entidades federativas, en coordinación con las autoridades competentes en cada materia, fomentarán y apoyarán la realización de programas orientados a la prevención del suicidio, así como para la prevención y tratamiento de trastornos mentales que puedan alterar el sano desarrollo de la población. Adiciona a los principios rectores de la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes el tener una vida saludable, tanto física como emocional y psicológica, para su sano desarrollo integral.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Martha Leticia Sosa Govea el 25 de septiembre de 2008. (LX Legislatura) Dictamen de Primera Lectura presentado el 15 de marzo de 2012. (LXI Legislatura) Dictamen a discusión presentado el 20 de marzo de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos.

2. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

3. Minuta presentada en la Cámara de Diputados en la sesión del 22 de marzo de 2012.
28  Proyecto de decreto que adiciona una fracción XI al artículo 13 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 22-Marzo-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 22-Marzo-2012 Establecer que los órganos públicos y las autoridades federales, en el ámbito de su competencia, establecerán un programa de inclusión al empleo para las personas con discapacidad, con el propósito de integrar a sus áreas progresivamente y en proporción real, a dicho sector de personas, de forma transversal y equitativa, iniciando este programa con un mínimo del 2 por ciento de la planta laboral, este programa deberá contener la normatividad relativa al ingreso, permanencia, organización, funcionamiento y desarrollo de los trabajadores.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 12-Marzo-2013


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por los Sens. Adolfo Toledo Infanzón y María del Socorro García Quiroz (PRI) el 10 de septiembre de 2009. (LX Legislatura) Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Renán Cleominio Zoreda Novelo (PRI) el 02 de septiembre de 2010. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 15 de marzo de 2012. (LXI Legislatura) Dictamen a discusión presentado el 20 de marzo de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta presentada en la Cámara de Diputados en la sesión del 22 de marzo del 2012.

5. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 12 de Marzo de 2013 en votación económica.

6. Se devuelve a la Cámara de senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de marzo de 2013, se turnó a las Comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables, de Estudios Legislativos, Primera y de Estudios LegislativosSegunda.
29  Proyecto de decreto que expide una Nueva Ley General de Sociedades Cooperativas y reforma, adiciona y deroga diversas Leyes Federales.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 27-Marzo-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 27-Marzo-2012 Crear un ordenamiento jurídico con objeto de regular la constitución, la organización, funcionamiento y extinción de las sociedades cooperativas y sus organismos cooperativos en los que libremente se agrupen, así como los derechos y obligaciones de sus socios.
El acta constitutiva de la sociedad cooperativa u organismo cooperativo de que se trate, deberá inscribirse en la oficina del registro público de comercio que corresponda a su domicilio social en un plazo no mayor a 30 días hábiles contados a partir de la fecha de su constitución.
Forman parte del sistema cooperativo las siguientes clases de sociedades cooperativas: las sociedades cooperativas de consumidores de bienes o usuarios de servicios, las sociedades cooperativas de productores de bienes o prestadores de servicios, las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, las sociedades cooperativas integradoras y los organismos cooperativos, constituidos como sociedades cooperativas de segundo, tercer o cuarto grado.
El Consejo de Administración será el órgano ejecutivo de la Asamblea General, responsable de la administración general y de los negocios de la sociedad cooperativa, y tendrá la representación y la firma social de la misma, y deberá reunirse por lo menos bimestralmente.
Reforma diversos ordenamientos para armonizarlos con la Ley, como la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Ley de Vivienda, Ley General de Educación.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 3-Abril-2012


Proceso Legislativo:
1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Dante Delgado, Luis Walton Aburto, Ericel Gómez Nucamendi, Francisco Alcibiades García Lizardi y Eugenio G. Govea Arcos (CONV), el 28 de abril de 2011. (LXI)

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por diversos Senadores integrantes de la Comisión de Fomento Económico de la H. Cámara de Senadorey de diversos grupos parlamentarios, el 14 de diciembre de 2011. (LXI)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de Marzo de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos en pro, 1 voto en contra y 2 abstenciones.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 27 de marzo de 2012.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2012. Proyecto de decreto desechado por 130 votos en pro, 147 en contra y 8 abstenciones.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de octubre de 2012 (LXII).

8. Se turnó a las comisiones unidas de Fomento Económico y de Estudios Legislativos.
30  Proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 10, el tercer párrafo del artículo 12 y el segundo párrafo del artículo 32, y adiciona un cuarto párrafo al artículo 12 de la Ley de Aviación Civil.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 27-Marzo-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 27-Marzo-2012 Obligar al titular de la concesión a remitir anualmente un informe al área respectiva de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, que se refiera a los doce meses anteriores, con datos técnicos, operativos, administrativos y estadísticos del concesionario que permitan conocer la forma en que se ha prestado y desarrollado el servicio público de transporte aéreo nacional regular, en relación con el interés público y del Estado, sin perjuicio de proporcionar, otros datos o documentos que requiera dicha dependencia.
Para el caso de la participación de la inversión extranjera en el capital de las personas morales mexicanas, la SCT deberá recabar de la Dirección General de Inversión Extranjera dictamen aprobado previamente por la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras dependiente de la Secretaría de Economía, en el que se analice y determine la legalidad de la procedencia de las aportaciones de la inversión extranjera de que se trate. Se sancionará a la persona moral mexicana con concesión que aumente la participación de inversión extranjera en su capital en un porcentaje mayor al previsto en la Ley de Inversión Extranjera, sin que cuente con resolución favorable de la Comisión citada.
La obtención del certificado de aeronavegabilidad se sujetará, además de lo ya previsto, en normas oficiales, circulares y demás disposiciones administrativas emitidas por la autoridad aeronáutica.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 4-Abril-2013


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Fernando Castro Trenti (PRI), el 13 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado el 22 de Marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 74 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados del 27 de marzo de 2012.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 04 de abril de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 386 votos y 17 abstenciones. (LXII Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de abril de 2013, se turnó a las Comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos.
31  Proyecto de decreto reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 28-Marzo-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: -- Incorporar como principio básico en las relaciones de consumo que la información, no sólo de los productos sino también de los servicios y la de los envases, empaques, envolturas, etiquetas y la publicidad sea además de adecuada, clara y certera. Asimismo, establece que la información y la publicidad de los datos de productos que se difunden, así como la información, publicidad o datos de etiquetas, envases y empaques sea veraz. Establece la obligación al proveedor de demostrar que los datos o la información de los bienes, productos y servicios que ofrece, distribuye, vende, arrienda o concede el uso o disfrute son ciertos y comprobados. Señala que cuando la Procuraduría instaure algún procedimiento administrativo relacionado con la veracidad de la información, podrá ordenar al proveedor que retire la publicidad o información que se difunda, cuando ésta no sea veraz o su veracidad no haya sido comprobada ante la autoridad competente.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 14-Marzo-2013


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Margarita Villaescua Rojo (PRI) el 14 de diciembre de 2012. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 27 de marzo de 2012. (LXI Legislatura)
Dictamen a discusión presentado el 28 de marzo de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta presentada en la Cámara de Diputados en sesión del 28 de marzo de 2012.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 14 de marzo de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 413 votos a favor.(LXII Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de marzo de 2013, se turnó a las Comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Segunda.
32  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 10-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 10-Abril-2012 Establecer medidas legales que permitan fomentar la recolección, concentración, procesamiento y reciclamiento de los neumáticos; de este modo incluye a los neumáticos usados como residuos de manejo especial; también se propone obligar a los productores, fabricantes, importadores y distribuidores de neumáticos usados, bajo los principios de valorización y responsabilidad compartida, el que formulen y ejecuten planes de manejo de los mencionados residuos. A su vez, se establece que en particular para los neumáticos usados, las entidades federativas establecerán las obligaciones de los generadores, distinguiendo grandes y pequeños, y las de los prestadores de servicios de residuos de manejo especial, y formularán los criterios y lineamientos para su manejo integral. Por otra parte, se especifica las prohibiciones en relación con la generación, manejo y disposición final de residuos sólidos urbanos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 3-Septiembre-2013


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Arturo Escobar y Vega (PVEM) el 17 de febrero de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 28 de marzo de 2012. (LXI Legislatura)
Dictamen a discusión presentado el 29 de marzo de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 75 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 11 de abiri del 2012.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 03 de septiembre de 2013. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 449 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de septiembre de 2013, se turnó a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Primera.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 29 abril de 2014. Aprobado en lo general y en lo particular por 82 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
33  Proyecto de Reglamento de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 10-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 10-Abril-2012 Regular el funcionamiento de la Comisión Permanente del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sus órganos y los procedimientos que desahoga.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por senadores de diversos Grupos Parlamentarios el 17 de agosto de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 29 de marzo de 2012. (LXI Legislatura)
Dictamen a discusión presentado el 10 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputados el 10 de abril de 2012.
34  Proyecto de decreto que adiciona y reforma diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, cuya denominación también se modifica para quedar como Ley Federal para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 12-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 12-Abril-2012 Incluir en el objeto de la Ley la erradicación de la tortura, así como la leyenda ¿otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes¿.
Cambiar el nombre a la Ley para quedar como sigue: ¿Ley Federal para prevenir, sancionar y erradicar la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes¿.
Establecer qué se entenderá como tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Indicar que la Comisión Nacional de Derechos Humanos, podrá realizar las visitas y supervisiones que considere pertinentes a fin de denunciar y evitar los actos de tortura en el sistema penitenciario y de readaptación social del país, así como en los órganos dependientes del Ejecutivo Federal encargados de la procuración de justicia.
Propone que la presunta comisión de los delitos previstos en la Ley, se investigue y persiga de oficio.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 13-Diciembre-2012


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Ricardo Monreal Ávila (PT) el 29 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

2. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores Rubén Fernando Velázquez López y José Luis Máximo García Zalvidea (PRD) el 12 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores presentado el 11 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 90 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida el 12 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

6. Dictamen aprobado en la Cámara de Diputados en sesión ordianria del 13 de dicicembre de 2012 por 443 votos a favor. 0 en contra y 0 abstenciones. (LXII Legislatura)

7. Se devuelve a la Cámara de senadores para los efectos del inciso E del artículo 72 de la CPEUM

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria del 18 de diciembre de 2012, se turnó alas comisiones unidas de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos Primera.

9. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 86 votos a favor.

10. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.
35  Proyecto de decreto que reforma el artículo 118 numeral II, inciso c y 119 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 12-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 13-Abril-2012 Cambiar la integración de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, la cual estará integrada por un Presidente, dos Vicepresidentes y cuatro Secretarios; de estos últimos, dos deberán ser diputados y dos senadores. El Presidente y los Vicepresidentes serán elegidos para el primer periodo de receso, entre los diputados, y para el segundo periodo de entre los senadores.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores el 29 de marzo de 2011, por el Sen. Ricardo Monreal Ávila (PT).

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 12 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos en pro.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 12 de abril de 2012.
36  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, del Código Federal de Procedimientos Penales y de Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 19-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 19-Abril-2012 Precisar qué se considerará cartuchos ordinarios y qué no.
Adicionar en el catálogo de armas, municiones y material para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, que quedarán prohibidas a la venta de particulares.
Sancionar al que posea sin el permiso correspondiente o, en cantidades mayores a las permitidas, cartuchos, municiones o materiales de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.
Incluir dentro de los delitos que se califican como graves, los previstos en las fracciones II y III del artículo 83 y fracciones II y III del artículo 83 Ter de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
Actualizar la sanción a miembros de delincuencia organizada, por la posesión ilícita de cartuchos, municiones o material para armas de fuego; portación o posesión ilícita de armas de fuego por varias personas; introducción ilegal de armas y municiones al país, y transporte de armas, municiones o material para armas de fuego, previstos en los artículos 83, 83 quintus, 84 y 84 bis de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos..
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 23 de abril de 2009. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 12 de Abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 17 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 59 votos en pro y 18 en contra.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputados el 19 de abril de 2012.
37  Proyecto de decreto que reforma el artículo 34 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 19-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 19-Abril-2012 Indicar que cuando la SEMARNAT reciba una manifestación de impacto ambiental, deberá llevar a cabo consulta pública. Para lo cual, la SEMARNAT publique en la sección correspondiente de la Gaceta Ecológica y en su portal electrónico, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la integración del expediente, el listado de todos los proyectos que serán sometidos al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del listado, el promovente deberá publicar un extracto del proyecto en un periódico de circulación en la localidad de que se trate. Cualquier interesado, dentro de un plazo de 35 días hábiles contados a partir de la publicación del listado, podrá proponer el establecimiento de medidas de prevención y mitigación adicionales.
Igualmente. cualquier ciudadano, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación señalada, podrá solicitar que se lleve a cabo una reunión pública de información, de la cual se generarán observaciones o conclusiones.
La SEMARNAT deberá agregar al expediente las observaciones y conclusiones derivadas de la consulta pública y de la reunión pública de información, para su consideración en el momento de resolver.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 29-Abril-2013


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Verónica Velasco Rodríguez (PVEM), el 24 de abril de 2003. (LVII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 12 de Abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 17 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 74 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Se devuelve a la Cámara de senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de septiembre de 2013, se turnó a las Comsiiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Primera.
38  Proyecto de decreto que reforma la fracción VII del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 24-Abril-2012 Establecer que serán sujetos a asistencia social, teniendo derecho a servicios especializados para su protección y su plena integración al bienestar, los dependientes de personas desaparecidas.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 19-Marzo-2013


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores, por el Sen. Ricardo Pacheco Rodríguez (PRI) el 27 de julio de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 19 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 72 votos y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida el 24 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 19 de marzo de 2013. Proyecto de decreto aprobado por431 votos en pro.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril de 2013.
39  Proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 24-Abril-2012 Señalar que son prioritarios y de interés público las campañas de control de natalidad y de prevención de embarazos en adolescentes.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 14-Febrero-2013


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores, por el Sen. Francisco Herrera León (PRI), a nombre propio y de los Sens. Adolfo Toledo Infanzón, Alejandro Moreno Cárdenas y María del Socorro García Quiroz (PRI) el 11 de febrero de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 17 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 19 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 46 votos, 29 en contra, 3 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida el 24 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

6. Declaratoria de Publicidad emitida el 12 de febrero de 2013. (LXII Legislatura)

7. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputaos el 14 de febrero de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 407 votos.

8. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de febrero de 2013, se turnó a las Comisiones unidas de Desarrollo Social y Estudios Legislativos, Primera.
40  Proyecto de decreto que adiciona un artículo 43 Ter a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 24-Abril-2012 Establecer que el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores podrá celebrar convenios con las instituciones de seguridad social para definir procedimiento de transferencia de aportaciones acumuladas en la subcuenta de vivienda de los trabajadores que por cuestiones laborales o de contratación cambien de sistema. Señalar que los trabajadores que obtengan un crédito de vivienda bajo el régimen de otros Institutos de seguridad social que tengan acumulados recursos por concepto de vivienda en su cuenta, podrán solicitar que se acumulen para aplicarse como pago inicial de su crédito. En el caso de los trabajadores que se encuentren amortizando un crédito de vivienda otorgado por algún instituto de seguridad social, y que por establecer una nueva relación laboral cambien su régimen de seguridad, deberán seguir utilizando sus aportaciones de vivienda para el pago del crédito correspondiente.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 11-Febrero-2014


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores, por el Sen. Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (PRI) y el Sen. Jaime Rafael Díaz Ochoa (PAN) el 27 de julio de 2011. (LXI Legislatura)
Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores, por el Sen. Angel Alonso díaz Caneja (PAN) el 29 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 17 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 19 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputados del 24 de abril de 2012.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 11 de febrero de 2014. Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 432 votos.

7. Pasa al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de marzo de 2014.
41  Proyecto de decreto que adiciona una fracción XII al artículo 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 24-Abril-2012 Considerar la miel de abeja como producto básico y estratégico, con las salvedades, adiciones y modalidades que determine año con año o de manera extraordinaria, la Comisión Intersecretarial, con la participación del Consejo Mexicano y los Comités de los Sistemas-Producto correspondientes.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 29-Abril-2013


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores, por los Sens. Dante Delgado, Luis Walton Aburto, Francisco Alcibíades García Lizardi, Ericel Gómez Nucamendi y Eugenio Govea Arcos (MC) el 20 de marzo de 2012. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 17 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 19 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputados del 24 de abril de 2012.

6. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 29 de Abril de 2013 en votación económica.

7.Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de septiembre de 2013, se turnó a las Comsiiones Unidas de Desarrollo Rural y de Estudios Legislativos.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de septiembre de 2013, se turnó a las Comsiiones Unidas de Desarrollo Rural y de Estudios Legislativos.
42  Proyecto de decreto que reforma el artículo 9 de la Ley Reglamentaria de la Fracción V del artículo 76 de la Constitución General de la República.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 24-Abril-2012 Establecer que solo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de los comicios, y tener 30 años cumplidos el día de la elección, o menos, si así lo establece la Constitución Política de la Entidad Federativa.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores, por el Sen. Ricardo Monreal Ávila (PT) el 8 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 17 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 19 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 76 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputados del 24 de abril de 2012.
43  Proyecto de Decreto que adiciona un segundo párrafo a la fracción VII del artículo 44, y reforma la fracción VI del inciso a) del artículo 71 de la Ley Federal de Telecomunicaciones.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 24-Abril-2012 Incluir dentro de la obligaciones de los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones, que en ningún caso se cobrarán servicios no solicitados o no aceptados expresamente por el usuario. El estado de cuenta electrónico de los servicios de telefonía no generará cobro adicional alguno y podrá ser solicitado en cualquier momento.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 15-Diciembre-2015


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores, por la Sen. María Teresa Ortuño Gurza (PAN) el 6 de octubre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 17 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 19 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputados del 24 de abril de 2012.

6. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2015, aprobado en votación económica.(LXIII Legislatura)

7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.
44  Proyecto de decreto que expide la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 25-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 25-Abril-2012 Establecer la cooperación entre la Federación y las Entidades Federativas para implementar y operar las medidas de prevención, medidas preventivas y medidas urgentes de protección que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo como consecuencia de la defensa o promoción de los derechos humanos, y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo.
Crea el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
La Junta de Gobierno es la instancia máxima del Mecanismo y principal órgano de toma de decisiones para la prevención y protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Sus resoluciones serán obligatorias para las autoridades federales, cuya intervención sea necesaria para satisfacer medidas de prevención, medidas preventivas, medidas de protección y medidas urgentes de protección previstas en esta Ley.
El Consejo Consultivo es el órgano de consulta de la Junta de Gobierno que elegirá a un presidente interino por el tiempo que dure la ausencia o hasta que culmine el periodo, se buscará un equilibrio entre personas expertas en la defensa de los derechos humanos y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo.
La Coordinación Ejecutiva Nacional es el órgano responsable de coordinar con las entidades federativas, las dependencias de la administración pública federal y con organismos autónomos el funcionamiento del Mecanismo. La Unidad de Recepción de Casos y Reacción Rápida es un órgano técnico y auxiliar de La Coordinación para la recepción de las solicitudes de incorporación al Mecanismo, la definición de aquellos casos que serán atendidos por medio del procedimiento extraordinario definido en esta Ley.
Establece que las Agresiones se configurarán cuando por acción u omisión o en aquiescencia se dañe la integridad física, psicológica, moral o económica de: persona Defensora de Derechos Humanos o Periodista; cónyuge, concubina, concubino, ascendientes, descendientes, dependientes de las Personas Defensoras de Derechos Humanos o Periodista; personas que participan en las mismas actividades desde el mismo grupo, organización, o movimiento social; los bienes de la persona, el grupo, organización, o movimiento social, y las demás personas que se determine en la evaluación de riesgo.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Abril-2012


1. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 338 votos en pro.

2. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

3. Decreto publicado en el D.O.F. el 25 de junio de 2012.
45  Proyecto de decreto que reforma los artículos 2 y 3 de la Ley del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 25-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 25-Abril-2012 Crear una zona sureste que contemple el territorio del Estado de Quintana Roo, para que se interconecte con el horario de aeropuertos internacionales.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 4-Diciembre-2014


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores Francisco Labastida Ochoa y Arturo Escobar y Vega, el 17 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 19 de Abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 24 de Abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 84 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputado del 25 de abril de 2012.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 04 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 258 votos a favor, 21 en contra y 16 abstenciones.(LXII Legislatura)

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2015.
46  Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 25-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: -- En el caso de que un plan o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico del territorio incluya obras o actividades sujetas a autorización de impacto ambiental las autoridades competentes de los Estados, el Distrito Federal o los Municipios, deberán sujetar dichos planes o programas a la SEMARNAT, con el propósito de que ésta emita la autorización en materia de impacto ambiental.
La SEMARNAT debe promover ante SAGARPA y las demás dependencias o entidades competentes la realización de estudios de impacto ambiental.
Los municipios deberán desarrollar un inventario local en materia forestal y de suelos.
Las autorizaciones de cambio de uso de suelo en terrenos forestales integrarán un programa de rescate y reubicación de las especies forestales afectadas considerando su adaptación al nuevo hábitat.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 23-Abril-2013


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Adolfo Toledo Infazón (PRI) el 06 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Alejandro Moreno Cárdenas (PRI) el 13 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida el 25 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 23 de abril de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 446 votos a favor y 4 abstenciones.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 07 de junio de 2013.
47  Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 25-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 25-Abril-2012 Incluir un glosario con los términos de uso más frecuente en la legislación.
Establecer la definición del vocablo ¿discriminación¿.
Identificar de aquellos supuestos en los que un trato diferenciado no es una conducta discriminatoria.
Reformular el actual Capítulo III para establecer un apartado de acciones para la igualdad y acciones afirmativas a favor de las mujeres, personas con discapacidad, personas adultas mayores y personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas.
Determinar las atribuciones del Consejo de cada una de las unidades administrativas.
Establecer que el CONAPRED es la autoridad encargada de aplicar e interpretar la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
Ampliar el número de integrantes de la Junta de Gobierno del CONAPRED, con representantes de instituciones de la Administración Pública Federal y de la sociedad civil expertas en el tema.
Determinar los requisitos que deberá cumplir la persona que presida el CONAPRED, cuyo nombramiento podrá ser objetado por la H. Cámara de Senadores o, en su receso, por la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión; así como la ampliación de la duración de su encargo.
Unificar el procedimiento de queja y reclamación en uno sólo, denominado de queja.
Establecer medidas reparadoras para los casos en que se compruebe la comisión de conductas discriminatorias: el restablecimiento del derecho; compensación por el daño ocasionado; amonestación pública; disculpa pública o privada y, garantía de no repetición del acto discriminatorio.
Obligar al Consejo a emitir, en un plazo de seis meses, los lineamientos que regulen la aplicación de medidas reparadoras.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 31-Octubre-2013


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Alfonso Elías Serrano (PRI) el 26 de octubre de 2010. (LXI Legislatura)

2. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Manuel Velasco Coello (PVEM) el 26 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

3. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores Rosario Ibarra de Piedra (PT), Renan Cleominio Zoreda Novelo (PRI) y José Luis Máximo García Zalvidea (PRD) el 28 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

4. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 24 de Abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos a favor.

5. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

6. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de abril de 2012. (LXII Legislatura).

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 31 de octubre de 2013. Aprobado en lo general y en lo particular por 418 votos a favor.(LXII Legislatura)

8. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de noviembre de 2013, se turnó a las comisiones unidas de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos Primera.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 06 de febrero de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 105 votos a favor. (LXII Legislatura)

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2014.
48  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 25-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 25-Abril-2012 Facultar a la Federación para promover y aplicar en colaboración con las entidades federativas y municipales, instrumentos económicos que incentiven el desarrollo, adopción y despliegue de tecnología y materiales que favorezcan la reducción, el reúso y reciclaje de residuos; así como promover, difundir y facilitar el acceso a la información a todos los sectores de la sociedad sobre los riesgos y efectos en el ambiente y la salud humana de los materiales, envases, empaques y embalajes que al desecharse se convierten en residuos, en colaboración y coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios, de otras dependencias y entidades involucradas.
Facultar a las entidades federativas para participar y aplicar en colaboración con la Federación y el gobierno estatal, instrumentos económicos que incentiven el desarrollo, adopción y despliegue de tecnología y materiales que favorezcan el manejo integral de residuos sólidos urbanos.
El Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos se basará en los principios de reducción, reutilización y reciclado de los residuos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 3-Abril-2013


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el senador Jorge Legorreta Ordorica el 21 de octubre de 2008. (LX Legislatura)

2. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por senadores de diversos Grupos Parlamentarios 02 de diciembre de 2008. (LXI Legislatura)

3. Dictamen de Primera Lectura presentado el 19 de Abril de 2012. (LXI Legislatura)

4. Dictamen a discusión presentado el 24 de Abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 90 votos.

5. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

6. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputados el 25 de abril de 2012.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 03 de abril de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 374 votos a favor y 14 abstenciones.(LXII Legislatura)

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2013.
49  Proyecto de decreto que expide la Ley General de Víctimas.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Establecer y coordinar las acciones y medidas necesarias para promover, respetar, proteger, garantizar y permitir el ejercicio efectivo de los derechos de las víctimas; así como implementar los mecanismos para que todas las autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias cumplan con sus obligaciones de prevenir, investigar, sancionar y lograr la reparación integral; así como garantizar un efectivo ejercicio del derecho de las víctimas a la justicia en estricto cumplimiento de las reglas del debido proceso; establecer los deberes y obligaciones específicos a cargo de las autoridades y de todo aquel que intervenga en los procedimientos relacionados con las víctimas; y, establecer las sanciones respecto al incumplimiento por acción o por omisión de cualquiera de sus disposiciones. Así mismo, el derecho de las víctimas a la asistencia y la atención, las cuales se garantizaran incluyendo siempre un enfoque transversal de género diferencial. Asimismo se les reconoce el derecho a un recurso judicial adecuado y efectivo y obtener una reparación integral por los daños sufridos. La obligación de las instituciones hospitalarias públicas del Gobierno Federal, de los estados, del Distrito Federal y de los municipios de brindar atención de emergencia de manera inmediata a las víctimas que lo requieran, con independencia de su capacidad socioeconómica, nacionalidad y sin exigir condición previa para su admisión.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Abril-2012


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores Felipe González González, Jaime Rafael Díaz Ochoa y Ramón Galindo Noriega (PAN) el 22 de abril de 2010.

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Tomás Torres Mercado (PRD) a nombre y con aval de su Grupo Parlamentario el 28 de diciembre de 2011.

c) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por senadores de diversos Grupos Parlamentarios el 17 de abril de 2012.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 25 de Abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 94 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2012.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 369 votos en pro.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2013.
50  Proyecto de decreto que reforma los artículos 3, 11, 21 y 43; y adiciona los artículos 7, 32, 42 Bis, 43, 45 y 48 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Establece como principio rector de la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, el de tener una vida libre de violencia y de todo aquello que afecte su sano desarrollo. La obligación de incluir en el Programa Nacional para la Atención de los Derechos de la Infancia y Adolescencia, acciones tendientes a impulsar la cultura para la paz y la legalidad en niñas, niños y adolescentes. Como obligaciones de madres, padres y de todas las personas que tengan a su cuidado niñas, niños y adolescentes, protegerlos e informarlos sobre las formas de maltrato, prejuicio, daño, agresión, abuso, trata y explotación. Que cuando niñas, niños y adolescentes se vean afectados por el descuido, la negligencia, el abandono, el abuso emocional, físico y sexual, se les protegerá entre otras medidas, con terapias médicas y psicológicas. Las autoridades federales, en el ámbito de sus competencias, procurarán verificar que las publicaciones que incluyan en su portada o contraportada contenido gráfico explícito que pueda afectar el sano desarrollo de niñas, niños y adolescentes, ostentarán en lugar visible que son aptas para adultos. En caso de que dicho material sea exhibido, tendrá que estar en empaques cerrados que impidan observar su contenido. Asimismo se estipula que los expendedores que violen los empaques y exhiban públicamente estos contenidos serán sancionados por la autoridad correspondiente.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Guillermo Tamborrel Suárez, el 23 de marzo de 2010. (LXI Legislatura)Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón, el 22 de abril de 2010. (LXI Legislatura)iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, el 8 de julio de 2010. (LXI Legislatura)Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Raúl Mejía González, el 6 de septiembre de 2010. (LXI Legislatura)Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Rosalía Peredo Aguilar, el 11 de octubre de 2011. (LXI Legislatura)Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Jorge Legorreta Ordorica, el 16 de febrero de 2011. (LXI Legislatura)Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Jorge Legorreta Ordorica, el 01 de marzo de 2012. (LXI Legislatura).

2. Dictamen a discusión presentado el 24 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 76 votos.


3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputado del 26 de abril de 2012.
51  Proyecto de decreto que reforma los artículos 3, 11, 17, 21, 28 y 52 y adiciona los artículos 3, 22, 28 y 48 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Incluye dos principios rectores de la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, el de tener una vida libre de violencia y de todo aquello que afecte su sano desarrollo, y el de tener una vida saludable, tanto física como emocional y psicológica, para su sano desarrollo integral. Establece como una obligación adicional de madres, padres y de todas las personas que tengan a su cuidado niñas, niños y adolescentes, el de protegerlos contra toda forma de maltrato, prejuicio, daño, agresión, abuso, trata, explotación y adicciones. En relación al Derecho a la no Discriminación, el dictamen establece que las medidas compensatorias que se tomen y las normas que se dicten para proteger a niñas, niños y adolescentes, que se encuentren en circunstancias especialmente difíciles por estar carentes o privados de sus derechos, no deberán entenderse como discriminatorias. Se incluyen a las adicciones como materia que deberá ser protegido por las normas debiendo la autoridad responsable establecer las formas de prever y evitar estas conductas. En materia del derecho a la identidad la reforma establece que en caso de un conflicto de reconocimiento de paternidad, niñas, niños y adolescentes podrán solicitar por su conducto o de su representante legal, ante la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia de su jurisdicción, que en el ejercicio de sus atribuciones, inicie el proceso correspondiente de reconocimiento de paternidad ante la autoridad competente.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Alfonso Elías Serrano, el 27 de marzo de 2008. (LXI Legislatura)Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por los Sens. Minerva Hernández Ramos y Graco Ramírez Garrido Abreu, el 01 de octubre de 2009. (LXI Legislatura)Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón, el 23 de febrero de 2010. (LXI Legislatura)Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Martina Rodríguez García, el 06 de abril de 2010. (LXI Legislatura)Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Guillermo Tamborrel Suárez, el 21 de julio de 2010. (LXI Legislatura)Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Manuel Velasco Coello, el 14 de octubre de 2010. (LXI Legislatura)Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Ricardo Torres Origel, el 11 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura).

2. Dictamen a discusión presentado el 24 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputado del 26 de abril de 2012.
52  Proyecto de decreto que adiciona el artículo 32 Bis y reforma la Fracción XIII del artículo 17de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Establecer que tratándose de caminos, carreteras o autopistas por cuyo tránsito se cobre cuota, tarifa o que bajo cualquier concepto implique pago alguno por parte de los usuarios de dichas vías generales de comunicación, que sean operadas por Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos o por concesionarios, deberán destinar para el mantenimiento, reparación y conservación de las mismas, cuando menos un monto anual equivalente al 15% de los ingresos generados por cuotas, tarifas y demás conceptos mencionados, que será ponderado en un periodo de tres años.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 3-Septiembre-2013


1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por diversos Senadores del Grupo Parlamentario de PRI, el 15 de abril de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de primera lectura presentado el 19 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 24 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 76 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputado del 26 de abril de 2012.

6. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 03 de Septiembre de 2013 en votación económica.

7. Se devuelve a la Cámara de senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.
53  Proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX-Q al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de atención y protección de los derechos de las víctimas del delito.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 18-Abril-2013


1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. José González Morfín (PAN) el 19 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de primera lectura presentado el 24 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputado del 26 de abril de 2012.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 18 de abril de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 439 votos a favor y 1 abstención. (LXII Legislatura)

7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores en sesión del 23 de abril de 2013.

9. Se turnó a las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.
54  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Establecer que las unidades administrativas y el Secretario Ejecutivo deberán obligatoriamente prestar apoyo al Comisionado Ponente, y se le otorga una mayor participación a éste último en el estudio y preparación de los asuntos que le sean turnados. Se establecen facultades a los comisionados y se establecen requisitos para desempeñar el cargo de Secretario Ejecutivo.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por diversos Senadores del Grupo Parlamentario de PRI, el 19 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de primera lectura presentado el 24 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 83 votos y 1 abstención.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputado del 26 de abril de 2012.
55  Proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 74 de la Ley de Aeropuertos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Establecer que los concesionarios y permisionarios de aeródromos civiles, de acuerdo a las disposiciones aplicables en materia de protección al ambiente, promoverán el uso racional, el aprovechamiento, la reutilización y el tratamiento del agua, mediante la instalación de equipos, accesorios, sistemas y tecnologías que eficienticen su consumo, asimismo, en la medida de lo posible, promoverán el diseño arquitectónico bioclimático para el aprovechamiento de las condiciones naturales del terreno en donde se encuentren sus instalaciones a efecto de elevar la eficiencia de las mismas y promoverán la baja producción y el manejo adecuado de los residuos sólidos que se generen en sus instalaciones, así como el uso eficiente y ahorro de energía eléctrica.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 3-Septiembre-2013


1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Jorge Legorreta Ordorica (PVEM), 4 de octubre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de primera lectura presentado el 24 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos.

4.Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputado del 26 de abril de 2012.

6. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 03 de Septiembre de 2013 en votación económica.

7. Se devuelve a la Cámara de senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.
56  Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Incluir dentro de las atribuciones del Consejo Nacional de Seguridad Pública el proponer y evaluar el Programa Nacional de Procuración de Justicia, el Programa Nacional de Seguridad Pública y demás instrumentos programáticos en la materia previstos en la Ley de Planeación, con base en los criterios del Programa de Planeación Democrática, eliminar de las atribuciones del Consejo, las de evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas de los programas de Seguridad Pública y el llevar a cabo la evaluación periódica de los programas de Seguridad Pública y otros relacionados. Y en sustitución se faculta al Centro Nacional de Certificación y Acreditación, ha verificar que los centros de evaluación y control de confianza de los servidores públicos de las Instituciones de Seguridad Pública; así como el evaluar y certificar los procesos de evaluación y control de confianza de instituciones de seguridad privada que auxilien a las del ámbito de Seguridad Pública en los términos de esta Ley y de otras disposiciones aplicables. Establecer como requisito a cumplir por parte del Secretario Ejecutivo y los titulares de los Centros Nacionales el de no haber sido sujeto de responsabilidad derivado de alguna recomendación emitida por organismos de derechos humanos, como consecuencia de su desempeño como servidor público. Facultar al presidente de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, para que invite a las reuniones de la misma a personas, instituciones y organizaciones civiles, representativas y plurales, especializadas en la materia. Y se incluye entre su funciones la de proponer a la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública, los mecanismos de coordinación, en materia de investigación de delitos; el establecer lineamientos para el desahogo de procedimientos de extradición de conformidad con los tratados respectivos; y el proponer a la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública, criterios homogéneos para la recopilación, sistematización y manejo de información por parte de las Instituciones Policiales, de conformidad con la normatividad aplicable. Establece como una función más de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario, la de promover, en las legislaciones aplicables, la dignificación del Sistema Penitenciario a través del trabajo comunitario para que los sentenciados cumplan su sanción en condiciones de vida digna, así como un mecanismo de reinserción social.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Rebé Arce Islas (PRD), el 22 de julio de 2009. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de primera lectura presentado el 24 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputado del 26 de abril de 2012.
57  Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Establecer que en el caso de que un plan o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico del territorio incluya obras o actividades sujetas a autorización de impacto ambiental las autoridades competentes de los Estados, el Distrito Federal o los Municipios, deberán sujetar dichos planes o programas a la SEMARNAT, con el propósito de que ésta emita la autorización en materia de impacto ambiental; asimismo la reforma al artículo 104 del mismo ordenamiento, señala que la SEMARNAT debe promover ante SAGARPA y las demás dependencias o entidades competentes la realización de estudios de impacto ambiental.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 3-Abril-2013


1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Guillermo enrique Tamborrel Suárez (PAN), el 14 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de primera lectura presentado el 24 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 72 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputado del 26 de abril de 2012.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 03 de abril de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 376 votos a favor y 5 abstenciones. (LXII Legislatura)

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013.
58  Proyecto de decreto que reforma el artículo 132 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Incluir a la Secretaría de Turismo como dependencia que en coordinación con otras competentes intervenga en la prevención y control de la contaminación del medio marino, así como en la preservación y restauración del equilibrio de sus ecosistemas, con arreglo a lo establecido en esta Ley, en la Ley de Aguas Nacionales, la Ley Federal del Mar, la Ley General de Turismo, las convenciones internacionales de las que México forma parte y las demás disposiciones aplicables.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 3-Abril-2013


1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Francisco Herrera León (PRI), el 22 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de primera lectura presentado el 24 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputado del 26 de abril de 2012.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 03 de abril de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 348 votos a favor y 2 abstenciones.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013.
59  Proyecto de decreto que adiciona un artículo 17 Ter a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Establecer que las dependencias de la Administración Pública Federal, el Poder Legislativo Federal y el Poder Judicial de la Federación, instalen en los inmuebles a su cargo, un sistema de captación de agua pluvial. Ésta se utilizará en los baños, las labores de limpieza de pisos y ventanas, el riego de jardines y árboles de ornato. La instalación del sistema de captación de agua pluvial en aquellos inmuebles a cargo de las dependencias de la Administración Pública Federal, el Poder Legislativo Federal y el Poder Judicial de la Federación, declarados monumentos artísticos e históricos en términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos se llevará a cabo bajo la rigurosa supervisión de expertos del Instituto Nacional de Antropología e Historia o del Instituto Nacional de Bellas Artes, según corresponda, con objeto de evitar afectaciones a dichos inmuebles.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 3-Abril-2013


1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Silvano Aureoles Conejo (PRD), el 29 de septiembre de 2009. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de primera lectura presentado el 24 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputado del 26 de abril de 2012.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 03 de abril de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 364 votos a favor y 2 abstenciones. (LXII Legislatura)

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2013.
60  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Incluir dentro del objeto del establecimiento de áreas naturales protegidas la preservación y el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas, sus elementos y sus funciones. Señalar que en las áreas naturales protegidas queda prohibida la introducción de especies exóticas invasoras. Pretende que para el caso de zonas núcleo que se ubiquen en zonas marinas deberá limitarse el tráfico de embarcaciones de conformidad con el programa de manejo respectivo.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 18-Abril-2013


1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Arturo Escobar y Vega (PVEM), el 28 de mayo de 2008. (LXI Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputado del 26 de abril de 2012.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida el 26 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 18 de abril de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 438 votos a favor y 2 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus Efectos Constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de mayo de 2013.
61  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Establecer que la pesca de fomento sólo podrá tener como fin el de la investigación científica, tecnológica o ambas, y estará orientada a obtener y proporcionar las bases científicas que promuevan el desarrollo sustentable de la actividad pesquera y en ningún caso podrá tratarse de operaciones comerciales.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Francisco Javier Obregón Espinoza (PT9 y por el Sen. Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez (PAN) el 6 de octubre de 2009.

2. Dictamen de primera lectura presentado el 24 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 76 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputado del 26 de abril de 2012.
62  Proyecto de decreto que reforma los artículos 3 y 25 de la Ley de Migración.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Instituir el Servicio Profesional de Carrera Migratoria, al que define como el mecanismo que garantiza la igualdad de oportunidades para el ingreso, permanencia y desarrollo de los servidores públicos con cargos de confianza del Instituto. Asimismo se establece que el personal del Servicio Profesional mencionado deberá cursar y aprobar los programas de formación, capacitación y profesionalización, incluyendo normatividad en materia migratoria y derechos humanos impartidos a través del Servicio Profesional de Carrera Migratoria, así como contar con la certificación respectiva.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 29-Abril-2013


1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por Senadores de diversos Grupos Parlamentario el 13 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de primera lectura presentado el 24 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputado del 26 de abril de 2012.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 432 votos a favor.(LXII Legislatura)

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 07 de junio de 2013.
63  Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4, 5 y 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Tutelar la protección de la dignidad humana, cumpliendo con ello con lo dispuesto en la Constitución y garantizando íntegramente el respeto de quienes se encuentren en territorio nacional. Asimismo, se establece que deberá de procurarse el goce o ejercicio en igualdad de oportunidades dentro de cualquier ámbito de la vida o bajo cualquier situación. Sustituir el término ¿limitar¿ por el de ¿menoscabar¿.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 12-Marzo-2013


1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón, el 17 de noviembre de 2009. (LXI Legislatura)Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por los Sens. Amira Gómez Tueme y Guillermo Tamborrel Suárez, el 3 de diciembre de 2009. (LXI Legislatura)Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Manuel Velasco Coello, el 18 de febrero de 2010. (LXI Legislatura)Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón, el 19 de mayo de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de primera lectura presentado el 24 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura).

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados en la sesión del 26 de abril de 2012.

6. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 12 de Marzo de 2013 en votación económica.

7. Se devuelve a la Cámara de senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de marzo de 2013, se turnó a las Comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables, de Estudios Legislativos, Primera y de Estudios LegislativosSegunda.
64  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Establecer en la definición de personas adultas mayores a aquellas que cuenten con sesenta años o más de edad y que se encuentren domiciliadas o en tránsito en el territorio nacional; quienes por su situación particular pueden ser considerados; independiente: aquella persona apta para desarrollar actividades físicas y mentales sin ayuda permanente parcial; semidependiente: aquella a la que sus condiciones físicas y mentales aún le permiten valerse por sí misma, aunque con ayuda permanente parcial; dependiente absoluto: aquella con una enfermedad crónica o degenerativa por la que requiera ayuda permanente total o canalización a alguna institución de asistencia; en situación de riesgo o desamparo: aquellas que por problemas de salud, abandono, carencia de apoyos económicos, familiares, contingencias ambientales o desastres naturales, requieren de asistencia y protección del Gobierno del Distrito Federal y de la Sociedad Organizada.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Manuel Velasco Coello (PVEM), el 15 de noviembre de 2007. (LXI Legislatura) Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Antonio Mejía Haro (PRD), el 3 de junio de 2009. (LXI Legislatura)Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Guillermo Tamborrel Suárez (PAN), el 14 de julio de 2010. (LXI Legislatura)niciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Martha Leticia Sosa Govea (PAN), el 6 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Manuel Velasco Coello (PVEM), el 11 de enero de 2012. (LXI Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados en la sesión del 26 de abril de 2012.
65  Proyecto de decreto que adiciona un cuarto párrafo al artículo 9 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012 Establecer que el Capitán de Puerto deberá ser mexicano por nacimiento, contar con título de estudios superiores náuticos debidamente registrado; comprobar una experiencia mínima de cinco años en labores vinculadas a las operaciones marítimo-portuarias y no haber sido sentenciado por autoridad judicial competente, ni estar suspendido, inhabilitado o destituido por resolución firme como servidor público.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 12-Marzo-2013


1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Sen. Sebastián Calderón Centeno (PAN), el 24 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de primera lectura presentado el 24 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 25 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados en la sesión del 26 de abril de 2012.

6. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 12 de Marzo de 2013 en votación económica.

7. Se devuelve a la Cámara de senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de marzo de 2013, se turnó a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, y de Estudios Legislativos Primera.

9. Dictamen a discusión aprobado en la Cámara de Senadores el 06 de marzo de 2014, aprobado en lo general y en lo particular por 95 votos a favor.

10. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.
66  Proyecto de decreto que establece las características de una novena moneda de plata conmemorativa del "Quinto Centenario del Encuentro de Dos Mundos".


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 27-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 27-Abril-2012 Establecen las características de la novena moneda de plata conmemorativa del ¿Quinto Centenario del Encuentro de Dos Mundos¿, con un valor nominal de cinco pesos; en forma circular, con un diámetro de 40.0 mm, con un contenido de 24.975 gramos de plata pura, ley 0.925.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 27-Abril-2012


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 24 de abril de 2012.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 68 votos en pro y 1 en contra.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 27 de abril de 2012. En votación económica se le dispensaron todos los trámites y se puso a discusión y votación.

5. Proyecto de decreto desechado por 102 votos en pro, 156 en contra y 25 abstenciones.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de octubre de 2012 (LXII).

8. Se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos.
67  Proyecto de decreto que por el que se adicionan dos párrafos al inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 30-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 30-Abril-2012 Izar a toda asta la Bandera Nacional el 13 de septiembre, en conmemoración del "Congreso de Anáhuac de 1813, Primer Constituyente de la Nación Mexicana¿, así como el 6 de noviembre en ¿Conmemoración de la promulgación del Acta Solemne de la Declaratoria de Independencia de la América Septentrional por el Primer Congreso de Anáhuac, sancionada en el Palacio de Chilpancingo, en 1813¿.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 14-Marzo-2013


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Julio César Aguirre Méndez (PRD), Valentín Guzmán Soto (PRD), Jesús Garibay García (PRD), José Luis Máximo García Zalvidea (PRD) y Antelmo Alvarado García (PRI), el 13 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por Congreso Local del Estado de Guerrero el 27 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 26 de Abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos en pro y 2 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados en la sesión del 30 de abril de 2012.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 14 de marzo de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 426 votos a favor. (LXII Legislatura)

7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de marzo de 2013, se turnó a las Comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda.

9. Aprobada en la Cámara de Senadores en votación nominal por 105 votos a favor, 0 en contra.

10. Se remitió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2013.
68  Proyecto de decreto que por el que se reforma la fracción II del artículo 46 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 30-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 30-Abril-2012 Otorgar el derecho de iniciar leyes y decretos ante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en todo lo relacionado con la organización y funcionamiento de la administración de justicia.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Noviembre-2012


Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador. Javier Orozco Gómez (PVEM) el 13 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 26 de Abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 66 votos en pro y 9 votos en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados en la sesión del 30 de abril de 2012.

Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión rodinaria del 28 de noviembre de 2012, aprobado en lo general y en lo particular por 421 votos a favor, y 8 abstenciones.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 07 de enero de 2013.
69  Proyecto de decreto por el que se reforma diversas disposiciones del Código de Comercio.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 30-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 30-Abril-2012 Incluir en la ley como actos de comercio las operaciones de suministro y de distribución, así como los contratos de franquicia de prestación de bienes o servicios.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 3-Septiembre-2013


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Jorge Ocejo Moreno presentó el 13 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 25 de Abril de 2012. (LXI Legislatura). Dictamen a discusión presentado el 26 de Abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 67 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados en la sesión del 30 de abril de 2012.

5. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 03 de Septiembre de 2013 en votación económica.

6. Se devuelve a la Cámara de senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.
70  Proyecto de decreto por el que se declara al año 2013 como ¿Año del Bicentenario del Congreso de Anáhuac y la Proclamación de los sentimientos de la Nación¿; y se autoriza la emisión de una moneda conmemorativa del Bicentenario del Congreso de Anáhuac.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 30-Abril-2012

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 30-Abril-2012 Declarar al año 2013 como "Año del Bicentenario del Congreso de Anáhuac y de la Proclamación de los ¿Sentimientos de la Nación¿.
Crear la Comisión Especial para la Conmemoración del ¿Bicentenario del Congreso de Anáhuac y de la Proclamación de los Sentimientos de la Nación¿, que será la responsable del desarrollo de un Programa de Actividades Cívicas que contenga la realización de eventos, acciones, expresiones, homenajes, conmemoraciones en el estado de Guerrero y el resto de las entidades federativas, para llevarse a cabo desde la entrada en vigor del presente Decreto y hasta el último día del año 2013.
Dicha Comisión estará integrada por el número de senadores que así lo determine la Junta de Coordinación Política y de forma proporcional a la representación de cada una de los grupos parlamentarios en el Senado de la República. Integrará a los Presidentes de las Cámaras de Diputados y Senadores, o a quien éstos designen, quienes fungirán como Secretarios de la Comisión.
Autorizar la emisión de una moneda conmemorativa a los 200 años del "Congreso de Anáhuac de 1813, Primer Constituyente de la Nación Mexicana¿.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Julio César Aguirre Méndez (PRD), Valentín Guzmán Soto (PRD), Jesús Garibay García (PRD), José Luis Máximo García Zalvidea (PRD) y Antelmo Alvarado García (PRI), el 13 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por Congreso Local del Estado de Guerrero el 27 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 26 de Abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 72 votos en pro y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados en la sesión del 30 de abril de 2012.