MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto por el que reforma, deroga y adiciona diversos artículos de la Ley General de Sociedades Cooperativas, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 2-Febrero-2010

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010 ARTÍCULO ÚNICO.- Se desecha la minuta proyecto de decreto por el que reforma, deroga y adiciona diversos artículos de la Ley General de Sociedades Cooperativas, por razones de técnica legislativa y deficiencias jurídicas, por lo que se regresa a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, para los efectos de lo dispuesto en el inciso d) del artículo 72 Constitucional.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 23-Septiembre-2010


1. Iniciativa presentada por el Dip. Jesús Carlos Hernández Martínez (PAN), a nombre de los grupos parlamentarios del PAN y del PRI, el 28 de abril de 1997. (LVII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado el 17 de abril de 2000. Proyecto de decreto aprobado por 407 votos.

3. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LVII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2000.

5. Dictamen en sentido negativo presentado el 15 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

6. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 2 de febrero, 2010. Se turnó a la comisión de Economía.

7. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 23 de septiembre de 2010. Aprobado en votación económica.

8. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.
2  Proyecto de decreto por el que se crea la Ley Reglamentaria del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para los efectos de la fracción d) del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 2-Febrero-2010

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010 ARTÍCULO ÚNICO.- Se desecha el proyecto de decreto por el que se crea la Ley Reglamentaria del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, por razones de técnica legislativa y deficiencias jurídicas, por lo que se regresa a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, para los efectos de lo dispuesto en el inciso d) del artículo 72 Constitucional.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 12-Octubre-2010


1. Iniciativa presentada por el Dip. Gustavo Arturo Vicencio Acevedo (PAN) el 11 de diciembre de 1998. (LVII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado el 29 de abril de 1999. Proyecto de decreto aprobado por 247 votos y 231 en contra.

3. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LVII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 1999. (LVII Legislatura)

5. Dictamen en sentido negativo presentado el 15 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

6. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 02 de febrero, 2010. Se turnó a la comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.

7. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 12 de octubre de 2010. Aprobados los puntos de acuerdo.

8. Archívense los expedientes como asuntos concluidos.
3  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 2-Febrero-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010 Incluir en las atribuciones a los Gobiernos de los Municipios, el regular y vigilar la disposición final de residuos provenientes de la extracción de materias primas forestales en los términos establecidos y supervisar el uso de fuego en terrenos agropecuarios colindantes con terrenos forestales, de conformidad con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas respectivas. Establecer como requisito para que sujetos agrarios aprovechen sus recursos forestales maderables de forma colectiva, presentar documentos debidamente certificados por el Registro Agrario Nacional que acrediten la propiedad social o bien el Estatuto Comunal.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 27-Abril-2010


1. Iniciativa presentada por el Sen. Cesar Raúl Ojeda Zubieta (PRD) el 4 de abril de 2006.

2. Iniciativa enviada por el H. Congreso del Estado de Chihuahua el 14 de mayo de 2008.

3. Iniciativa presentada por los Sens. Jorge Legorreta Ordorica, Francisco Agundis Arias, Arturo Escobar y Vega, Ludivina Menchaca Castellanos, Manuel Velasco Coello y Javier Orosco Gómez (PVEM) el 25 de septiembre de 2008.

4. Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de diciembre de 2009.

5. Dictamen a discusión presentado el 15 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 75 votos.

6. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 27 de abril de 2010. Aprobado por 364 votos en pro y 1 abstención.

8. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; de Desarrollo Rural; de Recursos Hidráulicos; de Reforma Agraria; de Estudios Legislativos; y de Estudios Legislativos, Segunda.

10. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 76 votos en pro.

11. Se devolvió a la Cámara de Senadores, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.
4  Proyecto de decreto que expide la Ley Reglamentaria del párrafo octavo del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 2-Febrero-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010 Regular la cooperación del Estado Mexicano con la Corte Penal Internacional en la investigación y enjuiciamiento de los delitos de su competencia. Consigna las normas que puntualizan los términos, plazos y condiciones, que habrán de regir los procedimientos que allanen o hagan posible la ejecución de las solicitudes de cooperación que formule a nuestro país la Corte Penal Internacional conforme a su Estatuto, siempre que estén acompañadas de los documentos que las justifiquen.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal a la Cámara de Senadores el 29 de noviembre de 2006.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de diciembre de 2009.

3. Dictamen a discusión presentado el 15 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos y 2 en contra. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
5  Proyecto de decreto que adiciona la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y la Ley Federal para la Protección al Consumidor.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 2-Febrero-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010 Establecer que los instrumentos de medición del suministro de energía eléctrica, utilizados para determinar el cobro a los consumidores, podrán ser verificados por la Procuraduría Federal del Consumidor.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 12-Octubre-2010


1. Iniciativa presentada por el Sen. Tomás Torres Mercado (PRD) el 19 de noviembre de 2009.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de diciembre de 2009.

3. Dictamen a discusión presentado el 15 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 76 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 2 de febrero de 2010.

5. Dictamen en sentido negativo a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 12 de octubre de 2010. Aprobados los puntos de acuerdo.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso D del art. 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de octubre de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Energía; y de Estudios Legislativos, Segunda.
6  Proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley General de Desarrollo Social.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 2-Febrero-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010 Incluir el concepto de base de datos, a efecto de instituir el uso de los medios electrónicos para el control de la información relativa a los programas de desarrollo social en los tres órdenes de gobierno y fomentar el uso del sistema bancario nacional o de instituciones o establecimientos con presencia nacional o regional autorizados para el manejo de recursos monetarios, cuando se trate de transferencias de dinero. Establecer nuevos derechos y obligaciones para los beneficiarios de los programas sociales, así como ampliar los objetivos de la política nacional de desarrollo social. Decretar que será obligación para los tres niveles de gobierno, hacer del conocimiento de la Auditoría Superior de la Federación y de las cámaras del Congreso de la Unión, la información relativa al manejo y criterios a utilizar para la asignación de los recursos presupuestales destinados para los programas operativos de desarrollo social respectivos. Sustituir la denominación del capítulo VI del presente ordenamiento ¿De la Definición y Medición de la Pobreza¿ por ¿Del Sistema Nacional de Indicadores de Desarrollo Social¿, definiéndolo y estableciendo su objeto, así como las atribuciones que tendrá en la materia el Consejo Nacional de Evaluación. Asimismo, incluir un nuevo capítulo denominado ¿De las Infracciones¿, en el cual se establecerán las sanciones que podrán aplicarse en contra de servidores públicos por diversos actos violatorios a lo dispuesto por esta Ley.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 21-Abril-2010


1. Iniciativas tomadas en cuenta en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Sen. Graco Ramírez Garrido Abreu (PRD) el 22 de abril de 2008. (LX)

b) Iniciativa presentada por el Sen. Rogelio Rueda Sánchez (PRI) el 4 de febrero de 2009. (LX)

c) Iniciativa presentada por la Sen. María Beatriz Zavala Peniche (PAN) el 29 de septiembre de 2009.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2009. Aprobado por 78 votos en pro.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida el 2 de febrero de 2010. Se turnó a la Comisión de Desarrollo Social.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 21 de abril de 2010. Aprobado por 313 votos en pro.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de abril de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social; y de Estudios Legislativos, Primera.
7  Proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 40 Bis a la Ley de Aguas Nacionales.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 2-Febrero-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010 Establecer que los decretos por los que se instituyan, modifiquen o supriman zonas de veda, para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, deberán estar sustentados mediante estudios técnicos de disponibilidad de agua. Asimismo, precisar los lineamientos a los que habrán de sujetarse dichos estudios.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada por el Sen. Antonio Mejía Haro (PRD) el 26 de febrero de 2009. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de diciembre de 2009.

3. Dictamen a Discusión presentado el 15 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 76 votos.

4. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 02 de febrero, 2010. Se turnó a la comisión de Recursos Hidráulicos.
8  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, que devuelve para los efectos de la fracción d) del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 2-Febrero-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010 Establecer como obligación para las entidades federativas en términos de Ley, coadyuvar en el tratamiento de las aguas residuales de uso público urbano, previa a su descarga a cuerpos receptores o cauces, considerando la delimitación de éstos, así como para celebrar convenios con los municipios ó con los organismos de cuenca, para formular un desarrollo sustentable en la prestación del servicio público de agua potable, alcantarillado y saneamiento.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada por la Sen. Rosalía Peredo Aguilar (PAN) el 6 de septiembre de 2007. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 13 de diciembre de 2007. Proyecto de decreto aprobado por 101 votos.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2008. (LX Legislatura)
Dictamen en sentido negativo presentado el 19 de marzo de 2009.

5. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

6. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de marzo de 2009. (LX Legislatura)

7. Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de diciembre de 2009.

8. Dictamen a Discusión presentado el 15 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 83 votos. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

9. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 02 de febrero, 2010. Se turnó a la comisión de recursos Hidráulicos.
9  Proyecto de decreto por el que se crea la Ley que Regula el Otorgamiento de Donativos Públicos; se adiciona un inciso o) a la fracción II del artículo 41 y se reforma los artículos 41, fracción II, inciso n), 80 y 91 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 2-Febrero-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010 Regular el otorgamiento de donativos públicos con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF). Establecer que el Ejecutivo Federal al enviar el proyecto del PEF a la Cámara de Diputados, deberá incluir un apartado que contemple el detalle de los recursos que se pretendan destinar por concepto de donativos públicos. Permitir a las dependencias, entidades, a los Poderes Legislativo y Judicial, así como a los entes autónomos, otorgar donativos públicos exclusivamente cuando cuenten con recursos aprobados por la Cámara de Diputados para dichos fines en sus respectivos presupuestos. Establecer los requisitos para el otorgamiento del donativo público, alcances de los donativos y prohibiciones. Asimismo, explicitar los lineamientos de transparencia, evaluación e información, a los que deberán sujetarse las dependencias, entidades, los Poderes Legislativo y Judicial, y los entes autónomos en esta materia, así como las sanciones a las que podrán hacerse acreedores por violaciones a estas disposiciones.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada por los Sens. Minerva Hernández Ramos, René Arce Islas (PRD) y Adolfo Jesús Toledo Infanzón (PRI) el 3 de marzo de 2009. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de diciembre de 2009.

3. Dictamen a Discusión presentado el 15 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 76 votos.

4. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 2 de febrero de 2010, se turno a la comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
10  Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley de la Propiedad Industrial.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 2-Febrero-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010 Establecer que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial deberá publicar en el ejemplar de su gaceta del mes inmediato, todas las resoluciones emitidas en los procedimientos de declaración administrativa que prevé el presente ordenamiento, así como las que desahoguen peticiones que tengan por objetivo modificar las condiciones o alcance de patentes o registros concedidos. Incorporar el principio de utilidad práctica para las invenciones con posibilidad de aplicación industrial, así como precisar que cuando se pretendieren derechos adicionales de las reivindicaciones, éstas se sujetarán al examen de novedad que corresponda a la fecha de presentación contemplada en el artículo 38 Bis de esta Ley. Explicitar el procedimiento que habrá de seguirse posterior a la publicación en la gaceta de la solicitud de patente en trámite, así como establecer que la vigencia y fecha de vencimiento del titulo expedido para cada patente, estará sujeta al pago de las tarifas para mantener vigentes los derechos, en los términos señalados. Asimismo, establecer que cualquier persona podrá manifestar por escrito al instituto la existencia de causales para iniciar el procedimiento de declaración administrativa de oficio y definir el procedimiento para la aplicación de fianzas.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 13-Abril-2010


1. Iniciativa presentada por los Sens. María de los Ángeles Moreno Uriegas, Ramiro Hernández García y Carlos Lozano de la Torre (PRI) el 26 de marzo de 2008. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 8 de diciembre de 2009.

3. Dictamen a Discusión presentado el 10 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 75 votos.

4. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 2 de febrero de 2010, se turno a la comisión de Economía.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 13 de abril de 2010. Aprobado por 352 votos en pro y 4 abstenciones.

7. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicado en el D.O.F. el 18 de junio de 2010.
11  Proyecto de decreto que reforma el artículo 4 de la Ley que aprueba la adhesión de México al Convenio Constitutivo del Banco de Desarrollo del Caribe y su Ejecución.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 9-Febrero-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2010 Facultar al Ejecutivo Federal por conducto del Banco de México, para cubrir el equivalente a 3,000,000.00 (tres millones) de dólares de los Estados Unidos de América, correspondiente a la última reposición de capital del Fondo Especial para el Desarrollo del Banco de Desarrollo del Caribe, a que se refiere el artículo 8 del Convenio Constitutivo del propio Banco, a fin de que el monto total aportado por México a dicho fondo, ascienda a la cantidad de 29,333,000.00 (veintinueve millones trescientos treinta y tres mil) dólares de los Estados Unidos de América.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 23-Marzo-2011


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en la Cámara de Senadores el 19 de marzo de 2009. (LX Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado el 3 de febrero de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 91 votos y 1 abstención.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados en la sesión del 9 de febrero de 2010, se turno a la comisión de Hacienda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 23 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 314 votos en pro.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 16 de junio de 2011.
12  Proyecto de decreto que adiciona una fracción II Bis al artículo 7o. De la Ley General de Asentamientos Humanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 25-Febrero-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 25-Febrero-2010 Establecer como obligación de la federación, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, promover la implantación de sistemas o dispositivos de alta eficiencia energética en las obras públicas de infraestructura y equipamiento urbano.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 5-Octubre-2010


1. Iniciativa presentada por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón (PRI) el 2 de octubre de 2008. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 16 de febrero de 2010. (LX Legislatura)

3. Dictamen a Discusión presentado el 23 de febrero de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos y 6 abstenciones.

4. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 25 de febrero de 2010, se turno a la comsión de Desarrollo Social.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 5 de octubre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 329 votos en pro y 2 abstenciones.

7. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicado en el D.O.F. el 30 de noviembre de 2010.
13  Proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Ascensos de la Armada de México.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 4-Marzo-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 4-Marzo-2010 Precisar el proceso de ascenso dentro del instituto armado.
Eliminar las funciones del Consejo del Almirantazgo en el proceso de evaluación.
Precisar las atribuciones del Mando Supremo y del Alto Mando respecto al ascenso del personal naval.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 27-Abril-2010


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 1 de octubre de 2009.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 02 de marzo de 2010.

3. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 27 de abril de 2010. Aprobado por 358 votos en pro.

5. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

6. Publicado en el D.O.F. el 27 de agosto de 2010.
14  Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Armada de México.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 4-Marzo-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 4-Marzo-2010 Modificar el contenido orgánico y la estructura operativo-militar de la Armada de México.
Establecer una reorganización de carácter político-estratégica de los Mandos Navales en ambos litorales.
Eliminar de las atribuciones de la Armada de México la relativa a realizar acciones de salvamento y se agrega la de la posible intervención del personal naval en los órganos del fuero de guerra.
Eliminar las figuras de subsectores, apostaderos y brigadas navales.
Actualizar las definiciones de fuerzas, regiones, zonas, sectores navales, unidades de superficie de la Armada y unidades de infantería de marina.
Definir los conceptos de flotillas y escuadrillas.
Incluir los Consejos de Disciplina que resolverán y sancionarán las faltas que cometan los cadetes y alumnos de los establecimientos educativos navales.
Adicionar a las facultades de la Junta Naval la de conocer de las inconformidades de adecuaciones de grado y pase de la milicia auxiliar a la milicia permanente.
Eliminar la figura ¿Comisión Coordinadora para la Designación de Cargos¿.
Crear el Servicio de Logística Naval.
Establecer que el Recurso de Inconformidad podrá interponerse en un plazo de 15 días naturales.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 14-Septiembre-2011


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 01 de octubre de 2009.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 02 de marzo de 2010.

3. Proyecto de decreto aprobado por 96 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta presentada en la Cámara de Diputados en la sesión del 4 de marzo de 2010, se turno a la comisión de Marina.

5. Dictamen presentado a discusión en la Cámara de Diputados el 14 de septiembre de 2011. Proyecto de dereto aprobado por 369 votos en pro, 2 en contra y 5 abstenciones.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del Artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de septiembre de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Marina; y de Estudios Legislativos, Primera.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 17 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 70 votos en pro.

9. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.
15  Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 4-Marzo-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 4-Marzo-2010 Incorporar a las disposiciones generales, los principios que deberán regir las acciones de protección civil.
Actualizar las definiciones de Protección Civil, Prevención, Auxilio, Recuperación, Agentes Destructivos, Fenómeno Geológico, Fenómeno Químico-Tecnológico, Emergencia, y Damnificado.
Incorporar las figuras de Fenómeno Social, Secretaría de Gobernación, Comisión Nacional de Protección Civil, Junta de Titulares, Unidades internas, Atlas Nacional de Riesgo, Aportación, Brote epidémico, Endemia, Epidemia, Pandemia y Programas internos.
Incluir en el Presupuesto de Egresos de la Federación, el Programa de Atención a Contingencias Climatológicas, asignando su coordinación a la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (SAGARPA).
Crear la Comisión Nacional de Protección Civil, como un organismo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, en los términos de su Reglamento Interior, con atribuciones específicas para resolver sobre las materias que se señalan en la ley y demás disposiciones relativas, la cual contará con autonomía técnica y de gestión.
Establecer que el Centro Nacional de Prevención de Desastres, funcionará como área de apoyo de la Comisión Nacional con objeto de promover la aplicación de las tecnologías para la prevención y mitigación de desastres, impartir la capacitación profesional y técnica sobre la materia, así como apoyar las medidas de preparación y autoprotección de la población ante la contingencia de un desastre.
Facultar al titular del Ejecutivo Federal, para que a través de la Comisión Nacional, pueda convocar, a los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a los invitados que considere pertinente, cuando se presenten situaciones extremas de emergencia, desastre o cuando la probabilidad de afectación por un fenómeno perturbador sea muy alta.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 15-Diciembre-2011


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por senadores de diversos Grupos Parlamentarios el 9 de septiembre de 2008. (LX)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 2 de marzo de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 4 de marzo de 2010.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Diputados el 15 de Diciembre de 2011. Aprobado en votación económica en su conjunto.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 9 de febrero de 2012. Se turnó a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos.
16  Proyecto de decreto que por el que se reforma y adiciona el artículo 67 de la Ley General de Vida Silvestre.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 9-Marzo-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 9-Marzo-2010 Agregar que se podrán establecer áreas de refugio para proteger especies acuáticas para ejemplares con características específicas, de poblaciones, especies o grupos de especies nativas de la vida silvestre que se desarrollen en medio acuático, que sean afectados en forma negativa por contaminación física, química o acústica, o por colisiones con embarcaciones. Asimismo, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, podrá solicitar la opinión de las dependencias de la Administración Pública Federal competentes, previo a la expedición del acuerdo, para elaborar los estudios justificativos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 27-Abril-2010


Proceso Legislativo:
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Jorge Legorreta Ordorica (PVEM), a nombre propio y de los senadores de su Grupo Parlamentario, el 13 de diciembre de 2007. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de diciembre de 2009.
Proyecto de decreto aprobado el 04 de marzo de 2010 por 50 votos en pro y 28 en contra.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados del 9 de marzo de 2010, se turnó a la comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 27 de abril de 2010. Aprobado por 362 votos en pro y 1 abstención.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 2 de julio de 2010.
17  Proyecto de decreto por el que se reforma la Ley de Asistencia Social.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 11-Marzo-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 11-Marzo-2010 Integrar a los jóvenes como sujetos de derechos para que puedan acceder a los servicios básicos en materia de asistencia social. Indicar que se considerarán como niñas, niños, adolescentes y jóvenes a todas aquellas personas comprendidas en los rangos de edad establecidos en la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y en la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Manuel Velasco Coello (PVEM), a nombre propio y de los senadores de su Grupo Parlamentario, el 23 de septiembre de 2008. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 04 de marzo de 2010.

3. Modificación entregada por las comisiones de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos, Segunda, al artículo segundo transitorio el 04 de marzo de 2010.

4. Proyecto de decreto aprobado el 09 de marzo de 2010 por 69 votos en pro, 14 votos en contra y 2 abstenciones. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados en la sesión del 11 de marzo de 2010, se turno a la comisión de Atención de Grupos Vulnerables.
18  Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 8 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 6-Abril-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 6-Abril-2010 Establecer que en la Planeación Nacional, se incorpore la política de cultura física y deporte, para ello, se pretende que la CONADE, en coordinación con la SEP, integrará el Programa Nacional de Cultura Física y Deporte con base en un diagnóstico nacional, estatal y municipal especificando los objetivos, prioridades, alcances y limites de desarrollo del sector; así como el deber de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal con relación a la cultura física y el deporte.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 27-Abril-2011


1. Iniciativa presentada por el Sen. Javier Orozco Gómez (PVEM) el 14 de octubre de 2008. (LX)

2. Dictamen a discusión presentado el 25 de marzo de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 72 votos.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta presentada en la Cámara de Diputados en la sesión del 6 de abril de 2010, se turno a la comisión de Juventud y Deporte.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 27 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 360 votos en pro y 1 abstención.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 21 de junio de 2011.
19  Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 21 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 6-Abril-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 6-Abril-2010 Ampliar los plazos previstos para la interposición de la demanda de controversia constitucional, de 30 a 60 días cuando se trate de actos y de normas generales; y de sesenta a noventa días cuando se trate de los conflictos derivados de la ejecución de las resoluciones que emita el Senado de la República sobre conflictos de límites de las entidades federativas.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada por el Sen. Ramón Galindo Noriega (PAN) el 21 de febrero de 2008. (LX Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 24 de marzo de 2010.

3. Dictamen a discusión presentado el 25 de marzo de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 76 votos.

4. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 6 de abril de 2010, se turno a la comisión de Justicia.
20  Proyecto de decreto por el que se reforma la fracción I del artículo 31 y se adiciona un artículo 31 Bis a la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; y se adiciona un artículo 44 Bis a la Ley de Ascensos de la Armada de México.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 6-Abril-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 6-Abril-2010 Establecer el ascenso post mortem a los militares que pierdan la vida durante el servicio activo, a consecuencia de actos excepcionalmente meritorios, conducta o entrega total al cumplimiento del deber; a través de un procedimiento que iniciará con la recopilación de los elementos que acrediten el cumplimiento de alguna de las circunstancias citadas, por parte de la Comisión de Evaluación de la Promoción Superior o del Consejo del Almirantazgo y concluirá con la resolución definitiva por parte del Presidente de la República. La Secretarías de Defensa Nacional y de Marina respectivamente, deberá remitir al Senado de la República, un informe que contenga las consideraciones y valoraciones para el otorgamiento de este tipo de ascensos, dentro de los tres meses siguientes al mismo.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 27-Abril-2011


1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal, en la Cámara de Senadores el 1 de diciembre de 2009.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado el 25 de marzo de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 70 votos.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta presentada en la Cámara de Diputados en la sesión del 6 de abril de 2010, se turno a las comisiones unidas de Defensa Nacional y de Marina.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 27 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 362 votos en pro y 2 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 1 de junio de 2011.
21  Proyecto de decreto por el que se ratifica la Estrategia Nacional de Energía.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 6-Abril-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 6-Abril-2010 ARTÍCULO PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 33, fracción VI, último párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se ratifica la Estrategia Nacional de Energía.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se requiere al Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Energía y el Consejo Nacional de Energía, tome en cuenta todas y cada una de las observaciones expresadas por los legisladores en el presente dictamen, a fin de que se lleven a cabo las precisiones, ampliaciones y correcciones pertinentes en la Estrategia Nacional de Energía.
Se requiere al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Energía, para que en toda publicación y difusión que realice de la Estrategia Nacional de Energía se anexen las observaciones que haya formulado el Congreso sobre la misma.

ARTÍCULO TERCERO.- Se solicita que, en un plazo de noventa días, el Ejecutivo federal remita a esta soberanía la Estrategia Nacional de Energía modificada, dando atención a las observaciones a que se refiere el artículo anterior y las mismas sean consideradas en la Estrategia Nacional de Energía del año 2011.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 14-Abril-2010


1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal, en la Cámara de Senadores el 26 de febrero de 2010.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado el 25 de marzo de 2010.

3. Proyecto de decreto aprobado por 65 votos y 15 en contra. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 6 de abril de 2010. Se turnó a la Comisión de Energía.

5. Dictamen de primera lectura con dispensa de segunda presentado en la Cámara de Diputados el 14 de abril de 2010. Aprobado por 287 votos en pro, 58 en contra y 6 abstenciones.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 8 de septiembre de 2010.
22  Proyecto de decreto que por el que se modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remitida para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 13-Abril-2010

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 13-Abril-2010 Elevar a rango constitucional los derechos humanos con lo que se amplía su reconocimiento y protección en el país. Se incorpora el término ¿persona¿, se introducen las obligaciones que el Estado debe asumir frente a las violaciones a los derechos humanos, éstas comprenden las de prevenir, investigar y sancionar las violaciones de derechos humanos. Se incorpora el derecho de toda persona de solicitar asilo, la ley regulará su procedencia y excepciones, y dentro de las atribuciones del Ejecutivo Federal, el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos. Establecer que cuando las autoridades no acepten o cumplan las recomendaciones emitidas por los organismos de protección de los derechos humanos, deberán publicar las razones de su negativa; la Cámara de Senadores o en sus recesos la Comisión Permanente, o las legislaturas de las entidades federativas, podrán llamar a dichas autoridades para que expliquen su negativa. Asimismo las legislaturas de las entidades federativas garantizarán que los organismos para la protección de éstos cuenten con autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propio. El titular de la Comisión de Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y de los organismos de protección a los derechos humanos y sus consejeros consultivos serán elegidos a través de un procedimiento de consulta pública. Retirarle a la SCJN la facultad de investigación en caso de violación grave de las garantías individuales con que cuenta actualmente para transferirla a la CNDH.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 15-Diciembre-2010


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Eduardo Sergio De la Torre Jaramillo (Alternativa) el 21 de noviembre de 2006. (LX)

b) Iniciativa presentada por la Dip. Gloria Lavara Mejía (PVEM) el 7 de diciembre de 2006. (LX)

c) Iniciativa presentada por el Dip. Édgar Mauricio Duck Núñez (PAN) el 21 de diciembre de 2006. (LX)

d) Iniciativa presentada por el Dip. César Horacio Duarte Jáquez (PRI) a nombre propio y de la Dip. Elizabeth Morales García (PRI), el 08 de febrero de 2007. (LX)

e) Iniciativa presentada por el Dip. Pablo Leopoldo Arreola Ortega (PT) a nombre del Grupo Parlamentario del PT, 27 de febrero de 2007. (LX)

f) Iniciativa presentada por el Dip. Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (PRI) el 29 de marzo de 2007. (LX)

g) Iniciativa presentada por la Dip. Dora Alicia Martínez Valero (PAN) el 25 de abril de 2007. (LX)

h) Iniciativa presentada por la Dip. Alliet Mariana Bautista Bravo (PRD) el 25 de abril de 2007. (LX)

i) Iniciativa presentada por la Dip. Maricela Contreras Julián (PRD) a nombre del Dip. Gerardo Villanueva Albarrán (PRD) el 11 de julio de 2007. (LX)

j) Iniciativa presentada por el Dip. Gerardo Villanueva Albarrán (PRD) 25 de julio de 2007. (LX)

k) Iniciativa presentada por el Dip. José Gildardo Guerrero Torres (PAN) el 6 de septiembre de 2007. (LX)

l) Iniciativa presentada por el Dip. Francisco Fraile García (PAN) el 11 de octubre de 2007. (LX)

m) Iniciativa presentada por la Dip. Aurora Cervantes Rodríguez (PRD) el 16 de octubre de 2007. (LX)

n) Iniciativa presentada por el Dip. Juan Manuel San Martín Hernández (PRD) el 16 de octubre de 2007. (LX)

ñ) Iniciativa presentada por la Dip. Holly Matus Toledo (PRD) el 8 de noviembre de 2007. (LX)

o) Iniciativa presentada por el Dip. Obdulio Ávila Mayo (PAN) el 29 de noviembre de 2007. (LX)

p) Iniciativa presentada por el Dip. Juan Enrique Barrios Rodríguez (PAN) el 4 de diciembre de 2007. (LX)

q) Iniciativa presentada por la Dip. Patricia Obdulia de Jesús Castillo Romero (Convergencia) el 13 de diciembre de 2007. (LX)

r) Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Madrazo Limón (PAN) el 13 de diciembre de 2007. (LX)

s) Iniciativa presenta por el Dip. Pablo Leopoldo Arreola Ortega (PT) el 20 de enero de 2008. (LX)

t) Iniciativa presentada por el Dip. Adolfo Mota Hernández (PRI) el 16 de enero de 2008. (LX)

u) Iniciativa presentada por la Dip. Rosa Elva Soriano Sánchez (PRD) el 5 de febrero de 2008. (LX)

v) Iniciativa presentada por el Dip. Leonardo Magallón Arceo (PAN) el 30 de abril de 2008. (LX)

w) Iniciativa presentada por el Dip. Irene Aragón Castillo (PRD) el 30 de abril de 2008. (LX)

x) Iniciativa presentada por la Dip. Ruth Zavaleta Salgado (PRD) el 14 de mayo de 2008. (LX)

y) Cuatro iniciativas presentadas por diputados de los Grupos Parlamentarios del PRD, PRI, PT, de Convergencia, Alternativa y Nueva Alianza, el 24 de abril de 2008. (LX)

z) Iniciativa presentada por legisladores de diversos Grupos Parlamentarios el 24 de abril de 2008. (LX)

aa) Iniciativa presentada por la Dip. Adriana Díaz Contreras (PRD) el 11 de junio de 2008. (LX)

ab) Iniciativa presentada por la Dip. Beatriz Collado Lara (PAN) el 27 de agosto de 2008. (LX)

ac) Iniciativa presentada por el Dip. Alejandro Chanona Burguete (Convergencia) el 30 de julio de 2008. (LX)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 287 votos en pro y 1 en contra. (LX)

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2009. (LX)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 8 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos en pro, 1 en contra y 2 abstenciones.

6. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 13 de abril de 2010, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Derechos Humanos.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 361 votos en pro.

9. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 1 de febrero de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; y de Estudios Legislativos, con opinión de la Comisión de Reforma del Estado.

11. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 8 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 106 votos en pro. Se aprobó acuerdo proponiendo a la Cámara de Diputados turnar a las legislaturas de los estados las modificaciones aprobadas por ambas Cámaras.

12. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 y del artículo 135 de la CPEUM.

13. Minuta que incluye acuerdo recibida en la Cámara de Diputados el 10 de marzo de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Derechos Humanos.

14. Proyecto de Acuerdo de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Derechos Humanos, aprobando turnar a las legislaturas de los estados las modificaciones aprobadas por las dos Cámaras, a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 23 de marzo de 2011.

15. Acuerdo aprobado por 310 votos en pro y 3 abstenciones.

16. Se remitió el Acuerdo a la Cámara de Senadores.

17. Acuerdo recibido en la Cámara de Senadores el 24 de marzo de 2011.

18. Se remitió el Proyecto de decreto aprobado por ambas Cámaras del Congreso de la Unión a las legislaturas de los estados para los efectos del artículo 135 de la CPEUM.

19. Declaratoria de aprobación del decreto realizada en la Comisión Permanente el 1 de junio de 2011.

20. Se remitió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

21. Publicado en el D.O.F. el 10 de junio de 2011.
23  Proyecto de decreto que por el que se expide la Ley General Sobre Celebración y Aprobación de Tratados.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010 Regular los procesos de celebración y aprobación de tratados internacionales, así como la suscripción de acuerdos interinstitucionales y ejecutivos. Los tratados sólo podrán ser celebrados por el titular del Poder Ejecutivo Federal con uno o varios sujetos de derecho internacional público, de conformidad con los procedimientos establecidos por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados y demás instrumentos aplicables y podrán ser aprobados por el Senado y serán ley suprema de toda la Unión cuando estén de acuerdo con ésta.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 26-Abril-2012


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por las Sens. Adriana González Carrillo (PAN) y Rosalinda López Hernández (PRD) el 13 de diciembre de 2007. (LX)

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Tomás Torres Mercado (PRD) el 26 de marzo de 2008. (LX)

c) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Antonio Mejía Haro (PRD), a nombre propio o y de diversos senadores de su Grupo Parlamentario, el 21 de octubre de 2008. (LX)

d) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Rosario Green Macías (PRI), a nombre propio y de los Senadores integrantes de su Grupo Parlamentario, 10 de febrero de 2009. (LX)

e) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Tomás Torres Mercado (PRD) el 24 de marzo de 2009. (LX)

f) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Luis David Ortiz Salinas (PAN) el 30 de abril de 2009. (LX)

g) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Adriana González Carrillo (PAN) el 3 de diciembre de 2009.

2. Dictamen a discusión presentado el 13 de abril de 2010.Proyecto de decreto aprobado por 95 votos en pro.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 10 de abril de 2010.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 284 votos en pro, 69 en contra y 5 abstenciones.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de octubre de 2012 (LXII).

8. Se turnó a las comisiones de Relaciones Exteriores, de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos.
24  Proyecto de Decreto por el que se adiciona el artículo Tercero Transitorio al diverso que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2006.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010 Establece que la conmemoración del 20 de noviembre de 2010, a celebrarse el día 15, se celebre por excepción el día 22 de noviembre.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 18-Abril-2013


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Alejandro Zapata Perogordo (PAN)
Dictamen de Primera Lectura presentado el 13 de abril de 2010.

2. Proyecto de decreto aprobado el 15 de abril de 2010 por 84 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

3. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados del 20 de abril de 2010, se turno a la comisión de Trabajo y Previsión Social.

4. Se devuelve a la Cámara de senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2013, se turnó a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos.
25  Proyecto de decreto que adiciona el artículo 65 Bis a la Ley de Instituciones de Crédito, para los efectos de la fracción D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 22-Abril-2010

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 22-Abril-2010 PRIMERO.- Se desecha la Minuta con proyecto de Decreto que adiciona el Artículo 65 BIS a la Ley de Instituciones de Crédito, remitida por la H. Cámara de Diputados de la LX Legislatura, en fecha 21 de abril de 2009.

SEGUNDO.- Devuélvase el expediente a la Cámara de Diputados, de conformidad con lo previsto por el artículo 72, inciso d) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 12-Marzo-2015


1. Iniciativa presentada por el Dip. Luis Xavier Maawad Robert (PAN), el 11 de diciembre de 2008.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 15 de abril de 2009.

3. Proyecto de decreto aprobado el 16 de abril de 2009 por 251 votos. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 21 de abril de 2009.

5. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite aprobado el 20 de abril de 2010 por 91 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

6. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 22 de abril de 2010, se turno a la comisión de Hacienda y Crédito Público.

7. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 12 de Marzo de 2013 en votación económica.

8. Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.
26  Proyecto de decreto que el que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 22-Abril-2010

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 22-Abril-2010 Establecer que en materia de educación, las leyes promoverán las medidas necesarias para que se fomente su educación financiera a partir de la cultura del ahorro, la inversión y el consumo responsable, con el fin de promover un adecuado ejercicio de sus finanzas para la procuración de medios económicos a favor de su desarrollo.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Martha Leticia Sosa Govea (PAN) el 11 de diciembre de 2009.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 15 de abril de 2010.

3. Proyecto de decreto aprobado el 20 de abril de 2010 por 86 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 22 de abril de 2010, se turno a la comisión de Atención a Grupos Vulnerables.
27  Proyecto de decreto que adiciona el artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 22-Abril-2010

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 22-Abril-2010 Establecer que la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los municipios en el ámbito de su respectiva competencia, establecerán programas de prevención, detección, denuncia y atención a la víctima y su familia, de las conductas referidas al descuido, la negligencia, el abandono, el abuso emocional, físico y sexual; la explotación, el uso de drogas y enervantes, el secuestro y la trata; así como en caso de conflictos armados, desastres naturales, situaciones de refugio o desplazamiento, y acciones de reclutamiento para que participen en conflictos armados.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Sens. María Elena Orantes López, Mario López Valdez, Adolfo Toledo Infanzón y Alfonso Elías Serrano (PRI), el 13 de octubre de 2009.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 15 de abril de 2010.

3. Proyecto de decreto aprobado el 20 de abril de 2010 por 78 votos.

4. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados el 22 de abril de 2010, se turno a la comisión de Atención a Grupos Vulnerables.
28  Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 22-Abril-2010

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Publicación en Gaceta: 22-Abril-2010 Regular de manera específica la tramitación y resolución del juicio contencioso administrativo federal a través de la vía Sumaria. Modificar el sistema de notificaciones, simplificar el procedimiento para el otorgamiento de las medidas cautelares, así como el hecho que al emitir sus resoluciones el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, realice el estudio y análisis, no sólo de la insuficiente competencia de la autoridad, sino también, de los agravios fundados hechos valer por las partes en los procedimientos contenciosos administrativos federales. Establecer un trámite adecuado a los incidentes de incompetencia territorial y material; crea salas especializadas para regular la suplencia por ausencia de los Magistrados de Sala Regional; asimismo, se reservan las facultades de designación de los Secretarios de Acuerdos Adjuntos de Sección, a la Sección de la Sala Superior. Modificar y adicionar las facultades correspondientes tanto al Magistrado Presidente del Tribunal, como a la Junta de Gobierno y Administración.
Permitir que la parte afectada ocurra en Queja cuando haya incumplimiento de la resolución que conceda la suspensión de la ejecución del acto impugnado o de alguna otra de las medidas cautelares previstas en la Ley.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 3-Noviembre-2010


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. José Isabel Trejo Reyes (PAN) el 10 de diciembre del 2009.

2. Iniciativa presentada por senadores integrantes de los Grupos Parlamentarios del PAN, PRD y PRI el 3 de diciembre de 2009.

3. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite aprobado el 20 de abril de 2010 por 88 votos.

4. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la sesión de la Cámara de Diputados el 22 de abril de 2010, se turno a la comisión de Hacienda y Crédito Público.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 3 de noviembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 345 votos en pro, 10 en contra y 5 abstenciones.

7. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 4 de noviembre de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público; de Justicia; y de Estudios Legislativos, Segunda.

9. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 18 de noviembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos en pro y 1 abstención.

10. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicado en el D.O.F. el 10 de diciembre de 2010.
29  Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 28-Abril-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 28-Abril-2010 Implementar un procedimiento para declarar la existencia de una afectación a la seguridad interior. Dicho procedimiento iniciará con una solicitud de declaratoria de la autoridad competente al Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Seguridad Nacional, quién integrará el expediente. El expediente será sometido para su análisis y evaluación al Pleno del Consejo quien analizará y evaluará la magnitud de la afectación a la seguridad interior; y podrá consultar y requerir información, asimismo, el Secretario Ejecutivo solicitará opinión a la Comisión Bicamaral del H. Congreso de la Unión. Como resultado del análisis y evaluación, el Secretario Ejecutivo elaborará un acta circunstanciada de las deliberaciones y acuerdos del Consejo. Hecho lo anterior, el Presidente de la República emitirá la declaratoria de existencia de una afectación a la seguridad interior, la que se publicará en el Diario Oficial de la Federación. Del mismo modo, cuando desaparezca la situación que motivo la declaratoria de seguridad interior, el Ejecutivo Federal hará del conocimiento de la sociedad la conclusión de la misma, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 23 de abril de 2009.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite aprobado el 27 de abril de 2010 por 105 votos, 1 en contra y 1 abstención.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

3. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados en la sesión del 28 de abril de 2010.

4. Comunicación de la presidencia de la Mesa Directiva publicada en la Gaceta Parlamentaria el 20 de julio de 2010,por la cual informan la modificación de turno de la minuta para que las comisiones unidas de Gobernación,Justicia, Defensa Nacional y de Seguridad Pública emitan el dictamen correspondiente.

5. Comunicación de la presidencia de la Mesa Directiva publicada en la Gaceta Parlamentaria el 9 de septiembre de 2010, por la cual informan la modificación de turno de la minuta para que las comisiones unidas de Gobernación, Justicia, Defensa Nacional, Seguridad Pública y Derechos Humanos emitan el dictamen correspondiente.

6. Modificación de turno presentada en la sesión del 28 de abril de 2011, aprobada en votación económica, para quedar como sigue: comisiones unidas de Gobernación, Derechos Humanos y Defensa Nacional para que emitan el dictamen correspondiente.
30  Proyecto de decreto por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Acceso a la Información y Protección de datos personales.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 29-Abril-2010

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Publicación en Gaceta: 29-Abril-2010 Prever obligaciones por sector, de manera que se permita generar la obligación concreta de publicar información de interés en relación con materias particulares. Asimismo, la ¿transparencia focalizada¿ para publicar en los sitios de internet respectivos, la información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas. Se plantea, en relación a la inexistencia de información, que el Comité de Información y el IFAI, cuenten con facultades para instruir a que se genere un documento cuando ello se encuentre entre las obligaciones sustantivas del sujeto obligado, siempre que esto sea materialmente posible. Incluir un procedimiento denominado ¿prueba de interés público¿ para determinar la procedencia de hacer pública información sobre particulares, cuando se presuma que ésta contribuye de manera trascendente a la transparencia gubernamental y a la rendición de cuentas. Incorpora la prohibición para los sujetos obligados de invocar los secretos fiscal, bancario y fiduciario, cuando en éstos se encuentren involucrados recursos públicos federales. Amplía las facultades de verificación y regulación del IFAI, a efecto de propiciar una mejor calidad de la información que se proporciona al gobernado. Asimismo se incluye como atribución del IFAI, la de elaborar un programa que establezca las políticas en materia de transparencia para la Administración Pública Federal.
Estado Actual:
Pendiente


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Alfonso Sánchez Anaya (PRD) el 5 de febrero de 2009.

2. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Sens. Jesús Murillo Karam y Pedro Joaquín Coldwell (PRI) el 19 de noviembre de 2009.

3. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite aprobado el 28 de abril de 2010 por 88 votos.

4. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta presentada en la sesión de la Cámara de Diputados del 29 de abril de 2010, se turno a las comisiones unidas de Gobernación, Función Pública y de Justicia.

6. Comunicación de la presidencia de la Mesa Directiva presentada en la sesión del 17 de marzo de 2011 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha, por la cual informa la modificación de turno para dictamen a las comisiones unidas Gobernación, Función Pública, Justicia y de Hacienda y Crédito Público.

7. Comunicación de la presidencia de la Mesa Directiva publicada en la Gaceta Parlamentaria del 6 de junio, 2011, por la cual informa la modificación de turno para dictamen a las comisiones unidas Gobernación, Función Pública y Justicia.