INICIATIVAS PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

COMUNICACIONES
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Federal de Telecomunicaciones, de la Ley Federal de Competencia Económica, de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y la de Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.


Proponente: Cinta Martínez Alberto Emiliano (PVEM)
Fecha de presentación: 1-Marzo-2011

Crear Órganos Reguladores en la Administración Pública Centralizada dotados de atribuciones y autonomía en los términos que señalen las leyes; con el mismo rango y atribuciones que las Secretarías de Estado; sin embargo éstos, contarán con autonomía técnica, operativa, de gestión, de decisión y presupuestal. Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la organización y funcionamiento de los Órganos Reguladores. Facultar al Senado, y, en sus recesos, a la Comisión Permanente para ratificar por mayoría, los nombramientos propuestos por el Presidente de la República, de los titulares de los Órganos Reguladores (uno o varios funcionarios según lo dispongan las leyes) para desempeñar su cargo por un período de siete años, renovable por única ocasión, y sólo podrán ser removidos por el titular del Ejecutivo. Establecer el procedimiento y requisitos para elegir y ser elegido; así como las causales de remoción como titular de un Órgano Regulador. Para el despacho de los asuntos de su competencia, el Órgano Regulador se auxiliará del personal profesional, técnico y administrativo necesario para la realización de sus funciones. Transformar de órganos desconcentrados a Órganos Reguladores a las Comisiones: Federal de Competencia, Federal de Telecomunicaciones, Reguladora de Energía; Nacional Bancaria y de Valores, Nacional de Seguros y Fianzas; y Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, adecuando su legislación conforme a la normatividad establecida, en cuanto a su funcionamiento, integración, atribuciones y obligaciones para los Órganos Reguladores. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
2   Proyecto de decreto que expide la Ley de la Comisión Federal de Transportes, y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Aviación Civil, de la Ley de Aeropuertos, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, de la Ley de Puertos, de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y de la Ley de Vías Generales de Comunicación.


Proponente: Juraidini Rumilla Jorge Alberto (PRI)
Fecha de presentación: 8-Noviembre-2011

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de constituir la Comisión Federal de Transportes, como órgano regulador descentralizado perteneciente a la Administración Pública Federal, con autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de gestión y de decisión, que estará integrado por cinco comisionados incluyendo a su Presidente y tendrá por objeto regular, promover, vigilar y supervisar el desarrollo eficiente del transporte federal, así como la infraestructura necesaria para la prestación de este servicio; refrendar los reglamentos, decretos y acuerdos expedidos por el Presidente de la República en los asuntos de su competencia; otorgar, modificar, prorrogar y revocar las autorizaciones, concesiones y permisos en materia de transporte federal; y llevar el registro de las sociedades que presten servicios de transporte o sus servicios auxiliares, entre otras. Facultar a la Comisión Federal de Transportes para fomentar la eficiencia en la prestación de los servicios de transporte federal mediante la promoción de plena competencia, protegerá los intereses de los usuarios, contribuirá a mantener la confiabilidad, estabilidad y seguridad en la provisión y prestación de los servicios y propiciará una adecuada cobertura nacional. Determinar que para la imposición de sanciones, la Comisión Federal de Transportes deberá considerar la gravedad de la infracción, el daño causado, los indicios e intencionalidad, la participación del infractor, la reincidencia o antecedentes del infractor, así como su capacidad económica. Establecer que la Comisión Federal de Transportes deberá hacer públicas todas sus decisiones, incluyendo los votos particulares en su caso y las actas de las sesiones del Pleno; asimismo, deberá publicar, cuando menos trimestralmente, una Gaceta para fines informativos, que contendrá una lista de los asuntos que haya resuelto en ese periodo, un resumen de cada asunto y el sentido de su decisión. Esta información deberá estar disponible de forma fácil y eficiente para la población. Prever que contra las resoluciones definitivas de la Comisión Federal de Transportes sólo podrá interponerse recurso de reconsideración dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de tales actos y resoluciones, contados a partir del día siguiente en que fueron notificados. El recurso de reconsideración tiene por objeto revocar, modificar o confirmar la resolución reclamada. Actualizar los ordenamientos jurídicos a efecto de transferir las facultades en materia de transportes de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes a la Comisión Federal de Transportes. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2011