INICIATIVAS PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

TRANSPORTES
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que deroga diversas disposiciones de la Ley de Vías Generales de Comunicación, de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, de la Ley de Aviación Civil, de la Ley de Aeropuertos y de la Ley Federal de Telecomunicaciones.


Proponente: Vázquez González Pedro (PT)
Fecha de presentación: 8-Octubre-2009

Derogar la figura jurídica de ¿Requisa¿, establecida en la Ley de Vías Generales de Comunicación, la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, la Ley de Aviación Civil, la Ley de Aeropuertos y la Ley Federal de Telecomunicaciones, la cual tiene por objeto facultar al Gobierno a posesionarse o asegurar bienes de particulares en casos extraordinarios y urgentes. Desechada
con fecha 15-Diciembre-2010



Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2009
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley de Vías Generales de Comunicación, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Fayad Meneses Omar (PRI)
Fecha de presentación: 18-Marzo-2010

Otorgar a los municipios la posibilidad de percibir los ingresos derivados de las multas que imponen las autoridades federales con motivo de infracción a las Leyes de Vías Generales de Comunicación y Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Estos ingresos, se destinarán al municipio en donde se efectúe el pago sin importar el domicilio del infractor. La recaudación de las multas deberá realizarse por las oficinas del municipio que corresponda, obteniendo el pago voluntario del infractor o coactivamente a través del Procedimiento Administrativo de Ejecución, en los términos de la legislación fiscal aplicable. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 18-Marzo-2010
3   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.


Proponente: Aguirre Herrera Ángel (PRI)
Fecha de presentación: 7-Abril-2010

Establecer que en las concesiones que otorgue la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para construir, operar, explotar, conservar y mantener los caminos y puentes federales, el concesionario deberá garantizar la conservación, calidad, inalterabilidad y operatividad de los caminos y puentes por lo menos tres años a partir de otorgada la concesión; asimismo, responderá por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente ley, el título de concesión o las Normas Oficiales Mexicanas que emita la Secretaría. Sancionar dicho incumplimiento con multa de hasta dos mil salarios mínimos sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales a que haya lugar, equiparándose la conducta descrita en la presente fracción al fraude. Facultar a la Secretaría de la Función Pública, para inhabilitar temporalmente a los contratistas que no cumplan con sus obligaciones legales, para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 7-Abril-2010
4   Proyecto de decreto que expide la Ley General de Puertos.


Proponente: Gertz Manero Alejandro (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 13-Diciembre-2010

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular los puertos, terminales, marinas e instalaciones portuarias, su construcción, uso, aprovechamiento, explotación, operación y formas de administración, así como la prestación de los servicios portuarios; fomentar la competitividad, el fortalecimiento y el desarrollo de los puertos mexicanos, en sus instalaciones, servicios, tarifas, productividad y eficacia frente a la globalización, a los subsidios y a las prácticas monopólicas que puedan darse en los puertos con los que compitan los nacionales y en todo el sistema portuario mundial. Los puertos, terminales e instalaciones portuarias de carácter militar, destinados por el Ejecutivo Federal a la Secretaría de Marina para uso de la Armada de México, se regirán por las disposiciones aplicables en la materia. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 9-Diciembre-2010
5   Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.


Proponente: Guerra Abud Juan José (PVEM)
Fecha de presentación: 22-Febrero-2011

Agregar un Capítulo I denominado De las Sanciones en materia de infracciones y un Capítulo II denominado De los delitos contra del autotransporte federal, al Título Octavo De las sanciones en materia de infracciones y delitos. Definir las sanciones que se aplicarán a quienes en caminos, carreteras, paraderos o puentes de jurisdicción federal cometan delitos en contra de los servicios de autotransporte de carga, pasajeros y turismo, sus servicios auxiliares y los servicios de paquetería y mensajería, así como al transporte privado o al que elabore o altere sin permiso de la autoridad competente una placa, el engomado, la tarjeta de circulación o los demás documentos oficiales que se expiden para identificarlos. Sancionar como delitos graves a los establecidos en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, así como calificarlos como delitos de delincuencia organizada, cuando los mismos sean cometidos por tres o más personas. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
6   Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 3 y 12 de de la Ley General de Protección Civil.


Proponente: Del Mazo Maza Alejandro (PVEM)
Fecha de presentación: 15-Junio-2011

Definir el concepto de zona de riesgo como aquella en donde la presencia de un agente perturbador, fenómeno natural o generado por el hombre, que tenga la probabilidad de ocasionar daños a un sistema afectable tales como asentamientos humanos, infraestructura, plantas productivas y todo aquello que establezca esta ley, en un grado tal, que constituye un desastre. Facultar a la Coordinación Ejecutiva del Sistema Nacional de la Secretaría de Gobernación, para que en coordinación con las dependencias correspondientes para delimitar los derechos de vía, los cuales serán clasificados como zonas de riesgo, mismos que estarán integrados dentro del Atlas Nacional de Riesgo. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 20-Junio-2011
7   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, de la Ley Federal de Telecomunicaciones, de la Ley Federal de Radio y Televisión, de la Ley de Puertos, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, de la Ley de Aviación Civil, de la Ley de Aeropuertos y de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.


Proponente: Rodríguez Dávila Alfredo Javier (PAN)
Fecha de presentación: 20-Octubre-2011

Crear la Secretaría de Infraestructura y Transportes, y transferir las atribuciones que tiene la actual Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en materia de infraestructura y transportes, además de facultarla para formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo de la infraestructura carretera y del transporte de acuerdo a las necesidades del país; impulsar el desarrollo de la infraestructura carretera en el país; vigilar, verificar e inspeccionar que los caminos y puentes, así como los servicios de autotransporte y sus servicios auxiliares, cumplan los aspectos técnicos y normativos; y establecer las características y especificaciones técnicas de los caminos y puentes. Facultar a la Secretaría de Comunicaciones en materia de desarrollo de telecomunicaciones. Actualizar los diversos ordenamientos, a efecto de establecer en su caso la dependencia correspondiente ¿Secretaría de Infraestructura y Transportes o ¿Secretaría de Comunicaciones¿. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 20-Octubre-2011
8   Proyecto de decreto que expide la Ley de la Comisión Federal de Transportes, y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Aviación Civil, de la Ley de Aeropuertos, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, de la Ley de Puertos, de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y de la Ley de Vías Generales de Comunicación.


Proponente: Juraidini Rumilla Jorge Alberto (PRI)
Fecha de presentación: 8-Noviembre-2011

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de constituir la Comisión Federal de Transportes, como órgano regulador descentralizado perteneciente a la Administración Pública Federal, con autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de gestión y de decisión, que estará integrado por cinco comisionados incluyendo a su Presidente y tendrá por objeto regular, promover, vigilar y supervisar el desarrollo eficiente del transporte federal, así como la infraestructura necesaria para la prestación de este servicio; refrendar los reglamentos, decretos y acuerdos expedidos por el Presidente de la República en los asuntos de su competencia; otorgar, modificar, prorrogar y revocar las autorizaciones, concesiones y permisos en materia de transporte federal; y llevar el registro de las sociedades que presten servicios de transporte o sus servicios auxiliares, entre otras. Facultar a la Comisión Federal de Transportes para fomentar la eficiencia en la prestación de los servicios de transporte federal mediante la promoción de plena competencia, protegerá los intereses de los usuarios, contribuirá a mantener la confiabilidad, estabilidad y seguridad en la provisión y prestación de los servicios y propiciará una adecuada cobertura nacional. Determinar que para la imposición de sanciones, la Comisión Federal de Transportes deberá considerar la gravedad de la infracción, el daño causado, los indicios e intencionalidad, la participación del infractor, la reincidencia o antecedentes del infractor, así como su capacidad económica. Establecer que la Comisión Federal de Transportes deberá hacer públicas todas sus decisiones, incluyendo los votos particulares en su caso y las actas de las sesiones del Pleno; asimismo, deberá publicar, cuando menos trimestralmente, una Gaceta para fines informativos, que contendrá una lista de los asuntos que haya resuelto en ese periodo, un resumen de cada asunto y el sentido de su decisión. Esta información deberá estar disponible de forma fácil y eficiente para la población. Prever que contra las resoluciones definitivas de la Comisión Federal de Transportes sólo podrá interponerse recurso de reconsideración dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de tales actos y resoluciones, contados a partir del día siguiente en que fueron notificados. El recurso de reconsideración tiene por objeto revocar, modificar o confirmar la resolución reclamada. Actualizar los ordenamientos jurídicos a efecto de transferir las facultades en materia de transportes de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes a la Comisión Federal de Transportes. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2011
9   Proyecto de decreto que reforma el artículo 48 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.


Proponente: García Granados Miguel Ángel (PRI)
Fecha de presentación: 19-Abril-2012

Incluir a las embarcaciones utilizadas para la pesca, para ser sujetas a requerir un despacho de salida del puerto. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 19-Abril-2012
10   Proyecto de decreto que reforma los artículos 12 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, y 33 de la Ley General de Educación.


Proponente: Pérez de Alva Blanco Roberto (NUEVA ALIANZA)
Fecha de presentación: 30-Abril-2012

Facultar a la Secretaría de Educación Pública para celebrar con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes los convenios respectivos que garanticen a los docentes y estudiantes cuyos centros educativos se encuentren en localidades aisladas, zonas urbanas marginadas o comunidades indígenas, el derecho permanente y en todo tiempo a obtener descuentos o exenciones de pago del servicio de transporte de servicio público, previa identificación que acredite la calidad correspondiente. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012