INICIATIVAS PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

REFORMA AGRARIA
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma los artículos 17, 18, 19 y 79 de la Ley Agraria.


Proponente: Domínguez Arvizu María Hilaria (PRI)
Fecha de presentación: 21-Abril-2010

Explicitar que cuando un fedatario público formalice la lista de sucesión, deberá dar aviso al Registro Agrario Nacional de la Entidad correspondiente. Establecer que los titulares de derechos agrarios que tengan la obligación de dar alimentos asentarán en la lista de sucesión, que los derechos quedarán sujetos al patrimonio familiar para la protección alimentaria. Prever que cuando el titular de derechos no trabaje la tierra durante 2 años consecutivos, la cónyuge, concubina o concubinario podrán trabajarla y ejercer por sí mismos actos legales, pero no podrán solicitar actos de dominio. Establecer que cuando la cónyuge, concubina o concubinario o el sucesor designado como preferente con familia a su cargo que haya trabajado la tierra durante 5 años sin la intervención del titular o éste hubiese fallecido, podrá acudir al Tribunal Agrario para que le sean transferidos los derechos. Prever como despojo el uso que hiciere cualquier persona distinta al sucesor designado como preferente o posesionario de cualquiera de los bienes agrarios, cuando falte el titular. Si este uso indebido se realiza por un miembro del comisariado, un profesionista o por un servidor público, se considerará despojo agravado y se perseguirá de oficio. Sustituir las expresiones de ¿ejidatario¿ por ¿titular de derechos agrarios¿, ¿hijos del ejidatario¿ por ¿descendientes¿. Incluir en el orden de preferencia para designar sucesores de derechos agrarios, a cualquier otra persona que trabaje la tierra al momento del fallecimiento del titular y si no hubiera sucesores, la asamblea determinará que los derechos se le adjudiquen al núcleo agrario para fines sociales. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 21-Abril-2010
2   Proyecto de decreto que reforma los artículos 28 y 31 de la Ley Agraria.


Proponente: Mendoza Kaplan Emilio Andrés (PRI)
Fecha de presentación: 13-Diciembre-2010

Excluir la presencia del fedatario público en las asambleas de los ejidatarios, cuando se traten los asuntos de señalamiento y delimitación de las áreas necesarias para el asentamiento humano, fundo legal y parcelas con destino específico, la localización y relocalización del área de urbanización, así como de la instauración, modificación y cancelación del régimen de explotación colectiva. Desechada
con fecha 29-Marzo-2011



Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2010
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 56 y 58 de la Ley Agraria.


Proponente: González Díaz Joel (PRI)
Fecha de presentación: 17-Marzo-2011

Prohibir la asignación de parcelas en aéreas de bosques y selvas. Prever que para la inscripción de parcelas en el Registro Agrario Nacional se deberá contar con la opinión de la autoridad competente en materia de protección del ambiente. Desechada
con fecha 1-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
4   Proyecto de decreto que reforma los artículos 17 y 80 de la Ley Agraria.


Proponente: López Hernández Oralia (PAN)
Fecha de presentación: 29-Abril-2011

Otorgar el derecho al ejidatario que sea titular de dos o más parcelas, para formular una lista de sucesión para cada una de ellas, entendiéndose que hereda los derechos inherentes a su calidad de ejidatario con relación a cada parcela. Propone que además de los fedatarios públicos, el Registro Agrario Nacional pueda dar fe de la manifestación de voluntad de los ejidatarios respecto a la enajenación de sus derechos parcelarios. Desechada
con fecha 4-Octubre-2011



Publicación en Gaceta: 12-Abril-2011
5   Proyecto de decreto que reforma los artículos 17, 80 y 148 de la Ley Agraria.


Proponente: López Hernández Oralia (PAN)
Fecha de presentación: 14-Septiembre-2011

Otorgar el derecho al ejidatario que sea titular de dos o más parcelas, para formular una lista de sucesión por cada una de ellas, estableciendo con claridad a quien, de entre sus sucesores, hereda los derechos inherentes a su calidad de ejidatario. Facultar al Registro Agrario Nacional para dar fe de la manifestación de conformidad de las partes de enajenar sus derechos parcelarios. Otorgar las facultades al Registro Agrario Nacional de certificar y dar fe pública de los documentos y actos que se realicen en materia agraria. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 14-Septiembre-2011
6   Proyecto de decreto que reforma los artículos 161 y 162 de la Ley Agraria.


Proponente: Herrera Soto Ma. Dina (PRD)
Fecha de presentación: 6-Diciembre-2011

Facultar a la Secretaría de la Reforma Agraria para transferir a título gratuito, terrenos nacionales, turísticos, urbanos, industriales o de otra índole no agropecuaria que adquiera bajo cualquier modalidad, a los trabajadores agrícolas asalariados, quienes tendrán preferencia sobre otros particulares. En la asignación de terrenos bajo este esquema, tendrán prioridad los trabajadores agrícolas asalariados que hayan trabajado la tierra los últimos tres años, a titulo oneroso, y después de los anteriores la tendrán, los poseedores que hayan explotado terrenos nacionales, en los últimos tres años. Desechada
con fecha 10-Abril-2012



Publicación en Gaceta: 6-Diciembre-2011
7   Proyecto de decreto que reforma el artículo 80 de la Ley Agraria.


Proponente: Cárdenas Gracia Jaime Fernando (PT)
Fecha de presentación: 11-Enero-2012

Considerar a la Procuraduría Agraria para ratificar el documento que formaliza la enajenación de los derechos parcelarios. Establecer que quien hubiere dado testimonio de la enajenación de los derechos parcelarios deberá notificarlo al Registro Agrario Nacional en un término de 30 días posteriores a su celebración. Prever que tanto el Registro Agrario Nacional como el Comisariado Ejidal negarán el registro y la inscripción de la enajenación de los derechos parcelarios cuando se hubiere omitido la notificación correspondiente a los titulares del derecho de preferencia, debiendo notificarlo a la Procuraduría Agraria para que proceda a promover la nulidad de la operación ante el Tribunal competente. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 11-Enero-2012
8   Proyecto de decreto por el que reforma el artículo 17 de la Ley Agraria.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)
Fecha de presentación: 21-Febrero-2012

Prever que los derechos sobre la parcela son indivisibles, por lo que su titular podrá designar sucesor libremente de acuerdo con su voluntad. Establecer que en caso de que el ejidatario sea titular de dos o más parcelas, podrá formular una lista de sucesión para cada una de ellas, entendiéndose que hereda los derechos inherentes a su calidad de ejidatario con relación a cada parcela. Prever la obligación de los herederos a dar alimentos a los dependientes del fallecido. Establecer que el fedatario público dará aviso de la lista de sucesión al Registro Agrario Nacional en la entidad que corresponda dentro de los 30 días naturales siguientes. Prever que el sucesor designado como preferente que no se encuentre en posesión de la parcela deberá reclamar su derecho ante los tribunales competentes en un plazo no mayor de 3 años siguientes al fallecimiento del titular. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 21-Febrero-2012
9   Proyecto de decreto por el que reforma el artículo 10 de la Ley Agraria.


Proponente: Saldaña Morán Julio (PAN)
Fecha de presentación: 12-Abril-2012

Considerar en el reglamento interno de los ejidos, que los requisitos para admitir nuevos ejidatarios deberán contemplar la igualdad de condiciones y de acceso a oportunidades tanto para hombres como para mujeres. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 12-Abril-2012
10   Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan tres párrafos al artículo 70 de la Ley Agraria.


Proponente: Ramos Montaño Francisco (PRI)
Fecha de presentación: 9-Mayo-2012

Establecer que en cada comunidad o ejido se deberán deslindar las superficies destinadas a parcelas escolares, mismas que tendrán una extensión igual a la unidad de dotación que se fije en cada caso. Las escuelas públicas que no dispongan de parcela escolar, tendrán preferencia para que les adjudiquen las unidades de dotación que se declaren vacantes. Determinar que la parcela escolar deberá destinarse a la investigación, enseñanza y prácticas de la escuela a que pertenezca, así como explotar la enseñanza y las prácticas agrícolas y científicas que se realicen en favor de los ejidatarios. Establecer que la explotación y distribución de los productos que se obtengan de las parcelas escolares estarán a lo dispuesto en el reglamento que establezca la Secretaría de Educación Pública en coordinación con la Secretaría de la Reforma Agraria. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 16-Mayo-2012
11   Proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 17 de la Ley Agraria.


Proponente: López Hernández Oralia (PAN)
Fecha de presentación: 23-Mayo-2012

Precisar que los derechos sobre la parcela son indivisibles, por lo que su titular solamente podrá designar a una persona a quien deba sucederle en sus derechos sobre la misma. Establecer que cuando un ejidatario sea titular de dos o más parcelas, podrá formular una lista de sucesión para cada una de ellas. Se establece la obligación para los herederos de alimentar a los familiares que dependían económicamente del ejidatario fallecido, con sus respectivas particularidades. Establecer la obligación para del fedatario público de que cuando se hereden bienes agrarios ante su persona y fe pública, de aviso al Registro Agrario Nacional de la entidad federativa que corresponda dentro de los 30 días naturales siguientes. Se contempla un plazo de tres años para que el heredero que no se encuentre en posesión de la parcela reclame su derecho. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2012
12   Proyecto de decreto que adiciona dos párrafos al artículo 18, un artículo 18 bis y otro 18 ter a la Ley Agraria.


Proponente: Chaire Chavero Edgardo (PAN)
Fecha de presentación: 18-Julio-2012

Establecer que el Tribunal Agrario hará la declaración de quienes tienen derecho a heredar y concederá un término, que en ningún caso excederá de 20 días hábiles, para que designen a un interventor, quien estará a cargo de la administración de los derechos y bienes materia de la sucesión hasta que se resuelva quien será el heredero o bien, la venta de los derechos ejidales. En caso de omisión o de no llegar a un acuerdo sobre quién deba ser el interventor, se hará llamar al Consejo de Vigilancia para saber sobre quién de entre sus miembros recaerá este encargo, los cuáles no podrán rehusarse a desempeñar el mismo. Prever las obligaciones del interventor. Establecer las causales por las cuales el cargo de interventor cesará por resolución emitida por el Tribunal Agrario. Desechada
con fecha 6-Diciembre-2012



Publicación en Gaceta: 24-Julio-2012
13   Proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 4 de la Ley Agraria.


Proponente: Kahwagi Macari Jorge Antonio (NUEVA ALIANZA)
Fecha de presentación: 25-Julio-2012

Establecer que el Ejecutivo Federal deberá promover modalidades agrícolas sostenibles tomando en consideración el cambio climático. Desechada
con fecha 6-Diciembre-2012



Publicación en Gaceta: 31-Julio-2012
14   Proyecto de decreto que reforma el artículo 17 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios.


Proponente: Kahwagi Macari Jorge Antonio (NUEVA ALIANZA)
Fecha de presentación: 15-Agosto-2012

Asentar que los magistrados de los Tribunales Agrarios que hayan concluido el periodo de 6 años para el que fueron designados, puedan ser ratificados con la misma categoría por otros tres periodos de la misma duración, sin que rebasen veinticuatro años de servicio atendiendo a su eficiente desempeño en el cargo conferido Desechada
con fecha 28-Febrero-2013



Publicación en Gaceta: 20-Agosto-2012