INICIATIVAS PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

PARTICIPACIóN CIUDADANA
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma los artículos 40, 41 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y que expide la Ley de Revocación de Mandato.


Proponente: Cárdenas Gracia Jaime Fernando (PT)
Fecha de presentación: 2-Febrero-2010

Establecer que el pueblo ejercerá su soberanía a través de la democracia participativa y deliberativa, para lo cual se faculta al Instituto Federal Electoral para organizar, promover e instrumentar los mecanismos necesarios. Facultar al Congreso de la Unión para expedir las leyes que establezcan a nivel federal los procesos de plebiscito, referéndum, iniciativa legislativa ciudadana, revocación del mandato, presupuesto participativo, acciones ciudadanas de inconstitucionalidad, acciones para la protección de intereses colectivos y difusos y, demás medios e instrumentos de democracia participativa y deliberativa. Crear un ordenamiento con el objeto de regular y garantizar el ejercicio del derecho del electorado a requerir la revocatoria de mandato de funcionarios públicos electos mediante sufragio universal, libre y secreto, en el distrito o circunscripción electoral y en el territorio nacional en la elección inmediata anterior, independientemente del sistema electoral por el que fueron electos (diputados, senadores y Presidente de la República). Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, y que expide la Ley que regula el Referéndum.


Proponente: Cárdenas Gracia Jaime Fernando (PT)
Fecha de presentación: 2-Febrero-2010

Establecer que el pueblo ejercerá su soberanía a través de la democracia participativa y deliberativa, para lo cual se faculta al Instituto Federal Electoral para organizar, promover e instrumentar los mecanismos necesarios. Facultar al Congreso para expedir las leyes relativas al plebiscito, referéndum, iniciativa legislativa ciudadana, revocación del mandato, presupuesto participativo, acciones ciudadanas de inconstitucionalidad, acciones para la protección de intereses colectivos y difusos y, demás medios e instrumentos de democracia participativa y deliberativa. Facultar al Senado para que celebre tratados y convenciones internacionales que versen sobre las áreas estratégicas y prioritarias del Estado, el comercio exterior, la seguridad nacional, los recursos naturales, los derechos fundamentales y, los que disminuyan las competencias del Estado, mismos que deberán ser sometidos a referéndum para que puedan entrar en vigor. Crear un ordenamiento con el objeto de regular, instrumentar y promover el mecanismo de democracia participativa denominado referéndum. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 40, 41 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y expide la Ley que regula el Plebiscito.


Proponente: Cárdenas Gracia Jaime Fernando (PT)
Fecha de presentación: 2-Febrero-2010

Establecer que el pueblo ejercerá su soberanía a través de la democracia participativa y deliberativa, para lo cual se faculta al Instituto Federal Electoral para organizar, promover e instrumentar los mecanismos necesarios. Facultar al Congreso para expedir las leyes relativas al plebiscito, referéndum, iniciativa legislativa ciudadana, revocación del mandato, presupuesto participativo, acciones ciudadanas de inconstitucionalidad, acciones para la protección de intereses colectivos y difusos y, demás medios e instrumentos de democracia participativa y deliberativa. Expedir la Ley que regula el Plebiscito, con el objeto de promover y consolidar esta figura como mecanismo constitucional de participación democrática. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010
4   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Mecanismos de Cooperación Ciudadana en la Gestión Pública de la Administración Pública Federal.


Proponente: Hinojosa Céspedes Adriana de Lourdes (PAN)
Fecha de presentación: 24-Febrero-2011

Crear un ordenamiento jurídico que tiene por objeto establecer los principios y mecanismos de cooperación ciudadana en la gestión pública de la Administración Pública Federal; así como regular, fomentar y favorecer la coordinación en la materia, entre las dependencias y entidades. Asimismo, pretende garantizar y fortalecer el ejercicio pleno de los derechos políticos y civiles de los ciudadanos; impulsar los derechos ciudadanos mediante su cooperación en la planeación, implantación, seguimiento, control y evaluación de las políticas públicas; relacionar la opinión de los ciudadanos con el proceso de toma de decisiones en la administración pública federal, con base en sus atribuciones; promover la instrucción, las capacidades de análisis y opinión de los ciudadanos; fortalecer la cooperación ciudadana objetiva y responsable; establecer una relación corresponsable sobre las políticas públicas, entre los servidores públicos de las dependencias y entidades y los ciudadanos; combatir la corrupción; fomentar la mejora continua en la Administración Pública Federal; fortalecer la transparencia y rendición de cuentas; y contribuir a la mejora de las políticas públicas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Los servidores públicos federales, en el ámbito de sus respectivas competencias, tienen la obligación de facilitar y apoyar la cooperación ciudadana, así como el acceso a los mecanismos para ejercerla previstos en la ley. La cooperación ciudadana en la gestión pública gubernamental deberá ser ajena a las actividades político-partidistas, religiosas o electorales. Crear el Consejo Federal Cooperación Ciudadana como órgano de asesoría y consulta de la Administración Pública Federal en materia de cooperación ciudadana en la gestión pública gubernamental. La cooperación en dicho consejo será de carácter honorario, estará adscrito y presidido por la Secretaría de Gobernación, la cual proveerá los recursos necesarios para su funcionamiento y atribuciones. Establecer que el incumplimiento de las disposiciones se sancionarán en términos de lo que establece la Ley Federal de Responsabilidades de Servidores Públicos y los ciudadanos participantes de los mecanismos de cooperación podrán ser sancionados por el Consejo Federal de Cooperación Ciudadana, con apercibimiento o expulsión de él. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
5   Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública.


Proponente: Hinojosa Céspedes Adriana de Lourdes (PAN)
Fecha de presentación: 24-Febrero-2011

Crear un Título Cuarto ¿De la Participación Ciudadana en la Administración Pública Federal¿, con un Capítulo Único ¿De los Fines y Mecanismos de la Participación Ciudadana¿, en el que se prevé que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal fomentarán la participación ciudadana en las políticas públicas de su competencia, con el fin de promover que las políticas públicas incluyan la visión de los ciudadanos, combatir la corrupción, fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas, fomentar la mejora continua en la administración pública federal, entre otros. Prever los criterios y atribuciones que deberán cumplir los órganos de consulta. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
6   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y expide la Ley Federal de Participación Ciudadana.


Proponente: Sarur Torre Adriana (PVEM)
Fecha de presentación: 23-Marzo-2011

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Incluir al régimen participativo de los ciudadanos como forma de gobierno del estado mexicano. Garantizar el derecho a participar activamente en el ejercicio democrático. Facultar al Instituto Federal Electoral para organizar las consultas públicas de participación ciudadana. Incluir como prerrogativa de los ciudadanos solicitar la realización de los mecanismos de participación ciudadana. Otorgar el derecho de iniciar leyes o decretos a los ciudadanos mexicanos.
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales: Facultar al Instituto Federal Electoral, para participar en la organización de los mecanismos plebiscitarios o de referéndum.
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación: Facultar al pleno de la Suprema Corte de Justicia para conocer de los procedimientos de participación ciudadana y a la Sala Superior de los recursos de impugnación de los procesos de participación ciudadana. Incluir el Título Décimo Tercero denominado ¿De la Participación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los Procedimientos de Participación Ciudadana¿ con el objeto de regular la participación y competencia de la Corte en caso de que haya duda en cuanto a la materia de la ley, reglamento o decreto legislativo o en su caso, del acto o decisión administrativa por no ser considerada, por el órgano correspondiente, de orden público o interés social.
Crear un ordenamiento jurídico, con el objeto de fomentar, promover, regular y establecer los mecanismos que permitan la organización y funcionamiento de la participación ciudadana; serán mecanismos de participación ciudadana, el plebiscito, el referéndum y la iniciativa popular. Establecer que leyes, reglamentos, decretos, actos o decisiones administrativas serán materia de los mecanismos de participación ciudadana. Regular los procedimientos, requisitos, formas y efectos de los mecanismos de participación ciudadana.
Desechada (art. 89)
con fecha 31-Mayo-2012



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011
7   Proyecto de decreto que reforma los artículos 2° de la Ley de Planeación, 64 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles y 5° de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.


Proponente: González Hernández Sergio (PAN)
Fecha de presentación: 8-Noviembre-2011

Ley de Planeación: Incluir como uno de los principios en que se basará la planeación, la prevención del delito, para generar programas y acciones que fomenten en la sociedad valores culturales y cívicos, que induzcan el respeto a la legalidad y a la protección de las víctimas.
Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles: Entregar el Premio Nacional de Mérito Cívico, además de los supuestos ya previstos, a quienes destaquen por su trabajo, empeño y dedicación a favor de la prevención del delito.
Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil: Incluir a la prevención del delito como una de las actividades de las organizaciones de la sociedad civil sujeta a fomento.
Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2011