INICIATIVAS PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

JUSTICIA
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Escudero Morales Pablo (PVEM)
Fecha de presentación: 23-Septiembre-2009

Establecer que el juez ordenará la prisión preventiva, oficiosamente, en el caso de abuso sexual de menores de dieciocho años de edad o de persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho. Facultar al Congreso para establecer los delitos de abuso sexual de menores de dieciocho años de edad o de personas que no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho. Modificar la edad de ¿doce¿ a ¿dieciocho¿ años y la pena de ¿dos a cinco¿ a ¿cuatro a siete¿ años de prisión, al que sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute un acto sexual en una persona menor. Aumentar la pena de prisión de ¿tres a diez¿ a ¿siete a doce¿ años de prisión a quien comete el delito de tráfico de menores. Calificar como delito grave el abuso sexual de menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no puedan resistirlo. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 23-Septiembre-2009
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Santiago Ramírez César Augusto (PRI)
Fecha de presentación: 20-Octubre-2009

Disponer que las autoridades federales, en el ámbito de su competencia, resuelvan controversias suscitadas por la interpretación de leyes federales en materia de radio y televisión, las cuales deberán de ser cumplidas por el IFE. Establecer en cada hora de transmisión de estación y canal de radio y televisión, la transmisión sin cambios en el ¿pautaje¿ que determine el IFE al menos dos minutos de mensajes de los partidos políticos, el resto de los mensajes y hasta completar tres minutos por hora, podrán ser ajustados por los permisionarios y concesionarios. Establecer que las estaciones y canales de radio y televisión de red nacional, deberán de transmitir tiempos oficiales en materia electoral, respetando los tiempos y materiales pautados en la programación de la estación o canal de origen. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 20-Octubre-2009
3   Proyecto de decreto que crea la Ley General de Paternidad Responsable, y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal.


Proponente: Díaz de Rivera Hernández Augusta Valentina (PAN)
Fecha de presentación: 4-Noviembre-2009

Crear un ordenamiento con el objeto de proteger el derecho a la filiación y la asistencia económica de los menores, así como el ejercicio de la paternidad responsable y la protección y garantía de los derechos e interés superior de las niñas y los niños para tener nombre y apellido y conocer su origen e identidad, así como a sus padres y madres, a cargo de la Federación y las entidades federativas. Establecer que la filiación de las hijas e hijos nacidos fuera de matrimonio del padre se hará entre otras, por resolución administrativa de reconocimiento de la paternidad o por resolución judicial firme que declare la paternidad. Suprimir del Código Civil Federal, lo relativo a los supuestos de filiación de los hijos nacidos fuera de matrimonio. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 4-Noviembre-2009
4   Proyecto de decreto que expide la Ley General del Secuestro, Reglamentaria del Artículo 73, fracción XXI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Pérez Cuevas Carlos Alberto (PAN)
Fecha de presentación: 4-Noviembre-2009

Crear un ordenamiento legal con el objeto de establecer los tipos penales y sus sanciones, así como la distribución de competencias y las bases de coordinación entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, en materia de secuestro. Aprobada
con fecha 7-Octubre-2010



Publicación en Gaceta: 29-Octubre-2009
5   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.


Proponente: Vizcaíno Silva Indira (PRD)
Fecha de presentación: 26-Noviembre-2009

Establecer que serán imprescriptibles los delitos y las sanciones de corrupción de menores, pornografía infantil, turismo sexual, lenocinio, homicidio, violación, ejecución de un acto sexual o trata de personas con menores de dieciocho años de edad, o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, o de personas que no tienen capacidad para resistirlo. Aprobada
con fecha 20-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 26-Noviembre-2009
6   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Proponente: Vázquez Camacho María Araceli (PRD)
Fecha de presentación: 1-Diciembre-2009

Incluir en los tipos de parentesco el civil que se da entre adoptante y adoptado. Explicitar la definición de delito de violencia familiar. Incrementar de 4 a 6 años de prisión a quien cometa el citado delito. Definir violencia física, psicológica, patrimonial, económica y sexual. Establecer los requisitos para poseer armas en el domicilio. Establecer los casos en que proceda la suspensión de licencias de portación de armas. Sancionar a quien posea armas en el domicilio sin haber hecho la manifestación respectiva a la Secretaría de la Defensa Nacional, así como a quien las utilice para ejercer violencia en el ámbito familiar. Incluir dentro de las órdenes de protección preventivas, la retención y guarda de armas de fuego de servidores públicos que las porten con motivo del desempeño de su cargo o empleo. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 1-Diciembre-2009
7   Proyecto de decreto que expide la Ley que Crea el Sistema Nacional de Alerta Temprana sobre el Secuestro o Robo de Niñas o Niños en México.


Proponente: De la Torre Valdez Yolanda (PRI)
Fecha de presentación: 1-Diciembre-2009

Crear un ordenamiento con el objeto de prevenir y sancionar el delito de secuestro o robo de niñas o niños, así como establecer: el Sistema Nacional de Alerta sobre el Secuestro o Robo de niñas y niños en México, mediante el cual las autoridades competentes, alertan a la ciudadanía y solicitan su cooperación para localizar o rescatar a algún niño o niña secuestrado o robado, en cualquier parte del territorio nacional; y las bases para la cooperación entre la federación, los estados y los municipios, las autoridades gubernamentales, los medios de comunicación y la sociedad civil. Aprobada
con fecha 7-Octubre-2010



Publicación en Gaceta: 18-Noviembre-2009
8   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y del Código Penal Federal.


Proponente: Rábago Castillo José Francisco (PRI)
Fecha de presentación: 3-Diciembre-2009

Especificar que los servidores públicos adscritos a las dependencias y entidades deberán observar las disposiciones generales que emitan las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública. Explicitar que el gasto público federal deberá comprender las erogaciones que resulten con base al calendario de presupuesto. Establecer que los ejecutores de gasto, así como los servidores públicos responsables de ejercer el presupuesto anual, están obligados a rendir cuentas por la administración de los recursos públicos, y sujetos de responsabilidad patrimonial y administrativa por el subejercicio de los recursos, por el incumplimiento de metas. Incluir en las obligaciones de todo servidor público el abstenerse de realizar acciones u omisiones que generen subejercicios e incumplimiento de los objetivos y metas anuales en sus presupuestos. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 3-Diciembre-2009
9   Proyecto de decreto que adiciona el artículo 92 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y reforma el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Pérez Reyes María Antonieta (PAN)
Fecha de presentación: 8-Diciembre-2009

Sancionar a quien porte un arma aunque ésta no cuente con proyectiles, cargador, se encuentre en mal estado, le falte alguna de sus piezas o se encuentre desarmada. Incluir en los delitos graves que establece la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos a la: portación de armas, transmisión de propiedad de armas sin permiso correspondiente, posesión de cartuchos y adquisición por comerciantes de armas, municiones y explosivos de procedencia ilegal. Aprobada
con fecha 28-Febrero-2012



Publicación en Gaceta: 8-Diciembre-2009
10   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley de la Propiedad Industrial.


Proponente: Aguirre Maldonado Ma. de Jesús (PRI)
Fecha de presentación: 8-Diciembre-2009

Establecer que a quien dolosamente produzca, reproduzca, introduzca al país, almacene, transporte, distribuya, ponga a disposición pública, venda o arriende copias de obras, fonogramas, videogramas, software, libros, ropa, calzado, medicamentos, lentes, vinos y licores, juguetes, perfumes, medicinas o cualquier otro producto protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor o la Ley de la Propiedad Industrial, se le impondrá prisión de tres a diez años y de dos mil a veinte mil días multa y en caso de reincidencia de seis a doce años de prisión y multa de treinta mil a cincuenta mil días de salario. Sancionar a quien provea, comercialice o lucre con cualquier sistema de televisión de paga sin tener la autorización para hacerlo o si el consumidor final no tuviere derecho a este servicio, con pena de prisión de seis meses a cuatro años y de trescientos a tres mil días multa. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 8-Diciembre-2009
11   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de juicio de amparo agrario y adiciona el artículo 23 a la Ley Agraria.


Proponente: Arriaga Rojas Justino Eugenio (PAN)
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2009

Modificar el plazo en que la demanda de amparo en materia agraria podrá interponerse cuando se trate de núcleos de población ejidales o comunales de ¿cualquier tiempo¿ hasta en el plazo de ocho meses contado a partir del momento en que se notifique el acto reclamado, así como para la interposición de la queja respecto del cumplimiento de la sentencia de ¿cualquier tiempo¿ hasta en el plazo de un año contado a partir de la fecha de que se declare cumplida y establecer el plazo de un año para que opere la caducidad por inactividad procesal. Aumentar el plazo para interponer la demanda de amparo de 30 a 45 días cuando se trate de derechos individuales ejidatarios o comuneros y establecer una regla de subsidiaridad para que los posibles sucesores puedan interponer la demanda ante la ausencia del titular. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 16-Diciembre-2009
12   Proyecto de decreto que expide la Ley General de Protección a las Víctimas del Delito de Secuestro.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)
Fecha de presentación: 2-Febrero-2010

Crear un ordenamiento reglamentario de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de establecer un sistema integral de protección y asistencia a las víctimas directas e indirectas del secuestro, en cualquiera de sus modalidades, en el ejercicio de sus derechos que les confiere la ley, y con el fin de procurar la preservación de la vida y la seguridad de las víctimas y sus familiares con una visión integral. Aprobada
con fecha 7-Octubre-2010



Publicación en Gaceta: 3-Febrero-2010
13   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de la Ley Federal de Extinción de Dominio y expide la Ley General de Protección a Víctimas del Delito, Reglamentaria del inciso c) del artículo 20 Constitucional.


Proponente: Benítez Treviño Víctor Humberto (PRI)
Fecha de presentación: 4-Febrero-2010

Crear un ordenamiento con el objeto de establecer los derechos a favor de la víctima y del ofendido, para lo cual se prevé la creación de Centros de Atención a Víctimas del Delito en cada Entidad Federativa (incorporados a las Comisiones de Derechos Humanos), la incorporación de derechos que van desde la victimización de la persona, hasta la reinserción de la víctima a la sociedad, la incorporación de la Conferencia Nacional de Protección a Víctimas del Delito, una Base Nacional de Datos de Víctimas del Delito y la creación del Fondo Federal para la Protección a las víctimas del Delito. Aprobada
con fecha 7-Octubre-2010



Publicación en Gaceta: 4-Febrero-2010
14   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Proponente: Santiago Ramírez César Augusto (PRI)
Fecha de presentación: 4-Marzo-2010

Establecer que las Cámaras del Congreso de la Unión recibirán del director general de la Unidad de Fiscalización del IFE, informes semestrales respecto del avance en las revisiones y auditorías que ésta realice; asimismo, recibirán del titular de la Contraloría General del mismo Instituto, informes semestrales respecto al avance de los procesos de fiscalización de los ingresos y los egresos del instituto que esa instancia realice; ambos podrán ser convocados por cualquiera de las Cámaras, para que, bajo protesta de decir verdad, informen del estado que guarda la unidad a su cargo. Facultar al IFE y al Tribunal Electoral para implantar obligaciones y las medidas de racionalidad y austeridad que se deriven de la materia fiscal, a fin de coadyuvar al cumplimiento de las normas de disciplina presupuestaria. Incluir a la Contraloría General del IFE, como órgano central del Instituto. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 2-Marzo-2010
15   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federales de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, así como del Código Penal Federal.


Proponente: Rodríguez Hernández Jesús María (PRI)
Fecha de presentación: 9-Marzo-2010

Establecer que en caso de que el país adopte medidas de austeridad, éstas deberán aplicarse de manera proporcional y equitativa a todas las dependencias y entidades de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como a los entes autónomos y demás ejecutores de gasto. Prever que el monto total de los subejercicios presupuestarios de las dependencias y entidades, deberán integrarse en un fondo para inversiones prioritarias que será ejercido dentro de los primeros 90 días naturales del siguiente año calendario, el cual se aplicará a programas existentes o nuevos a criterio y según los lineamientos que determine la Cámara de Diputados. Considerar como delito de ejercicio indebido de servicio público cuando teniendo obligación por razones de su empleo, cargo o comisión, de aplicar y devengar presupuesto durante un ejercicio fiscal no lo haga o lo haga parcialmente, sin que exista causa justificada para ello. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 9-Marzo-2010
16   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.


Proponente: Fayad Meneses Omar (PRI)
Fecha de presentación: 16-Marzo-2010

Transformar a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente en organismo público autónomo, con autonomía de gestión y presupuestal para la consecución de su objeto y de autonomía técnica para dictar sus resoluciones, que tendrá como objetivo garantizar el derecho de los contribuyentes a recibir justicia en materia fiscal en el orden Federal, mediante la asesoría, representación y defensa, recepción de quejas y emisión de resoluciones que tendrán el carácter de vinculantes para las autoridades fiscales. La Procuraduría tendrá como órgano de gobierno a un cuerpo colegiado que se integrará por el procurador y seis consejeros independientes cuyo nombramiento lo hará el Senado de la República o, en su caso, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, de entre la terna que someta a su consideración las fracciones parlamentarias de la Cámara de Diputados, los cuales durarán en su encargo cuatro años y el primero podrá ser ratificado por el Senado a solicitud de la Cámara de Diputados sólo para un segundo periodo y ambos sólo podrán ser removidos por causa grave, estando sujetos a lo dispuesto en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establecer que las atribuciones, facultades ejecutivas, de operación y requisitos para el personal que integre la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente estarán determinadas por la ley orgánica respectiva. Establecer que las resoluciones que emita la Procuraduría, tendrán el carácter de vinculantes para las autoridades fiscales y deberán ser publicadas. Facultar a la Procuraduría para ejercitar Acciones de Inconstitucionalidad en materia fiscal. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 16-Marzo-2010
17   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Proponente: Cárdenas Gracia Jaime Fernando (PT)
Fecha de presentación: 17-Marzo-2010

Establecer que para dar mayor legitimidad a las resoluciones del Poder Judicial, ya sea de oficio o a petición de parte, podrán formarse grupos de consejeros ciudadanos oficiosos. Obligar al Poder Judicial a recibir escritos del ¿amicus curiae¿ (amigo de la Corte), consistentes en que cualquier persona o institución ajena a algún litigio presente razonamientos jurídicos o consideraciones jurídicas sobre la materia de cualquier proceso. Prever la forma en que habrá de presentarse un escrito en calidad de ¿amicus curiae¿. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 17-Marzo-2010
18   Proyecto de decreto que reforma el artículo 77 bis de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.


Proponente: Madrigal Ceja Israel (PRD)
Fecha de presentación: 23-Marzo-2010

Adicionar como causales de nulidad de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, cuando se acredite la intervención del Presidente de la República o se utilicen recursos públicos o programas sociales con fines electorales proveniente de cualquier orden de gobierno en favor de un precandidato, candidato, partido político o coalición en cualquier etapa del proceso electoral; cuando se rebasen los topes de precampaña o campaña autorizados legalmente de acuerdo con el dictamen que al efecto rinda la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Federal Electoral a la Sala Superior del Tribunal Electoral, como parte de la sustanciación de los juicios de inconformidad; y cuando se utilicen fondos con recursos de procedencia ilícita o del extranjero para el apoyo de un precandidato o candidato a la Presidencia de la República o a favor de un partido político o coalición que lo postule. Desechada
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2010
19   Proyecto de decreto que reforma los artículos 35 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 62 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Articulo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Cárdenas Gracia Jaime Fernando (PT)
Fecha de presentación: 25-Marzo-2010

Reconocer como prerrogativa del ciudadano, presentar demandas de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Considerar como parte demandante al ciudadano mexicano que presente una demanda de inconstitucionalidad en contra de normas generales. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 25-Marzo-2010
20   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: De la Torre Valdez Yolanda (PRI)
Fecha de presentación: 6-Abril-2010

Responsabilizar al Estado de asegurar a niñas, niños y adolescentes, la tutela, observancia y el respeto de los derechos fundamentales reconocidos en los tratados internacionales suscritos por México y ratificados por el Senado de la República. Establecer como principios rectores de la protección los derechos de niñas, niños y adolescentes, la responsabilidad del Estado de asegurar que los padres, cumplan de manera íntegra, oportuna y constante con sus obligaciones legales y que los hijos de un mismo padre y los de una misma madre tienen, entre ellos, los mismos derechos, aunque sean de diversa madre o padre. Explicitar que a falta de disposición expresa en la Constitución, prevalecerá el criterio de equidad y justicia que definan los jueces de lo familiar, en su calidad de autoridad en materia de protección a los citados derechos. Facultar al Poder Judicial y al Ministerio Público para adoptar las medidas necesarias, a fin de garantizar a niños, niñas y adolescentes, la protección y goce de sus derechos. Obligar a padres y madres al reconocimiento y registro de los hijos que procreen; debiendo las madres identificar al padre de su hijo y a referirlo en el acta de nacimiento, y, en su caso, sancionar la negativa u omisión, de la madre o del padre a reconocer un hijo. Prever que en caso de duda, o negativa del padre, se deberá solicitar al juez de lo familiar la práctica obligatoria de los análisis de paternidad. Obligar a quien tenga la guarda o custodia a hacer efectivo el derecho a obtener alimentos. Crear el Registro Público Nacional de Deudores Alimentarios Morosos, con el objeto de que se encargue de inscribir y difundir la información de padres, madres, tutores y otros obligados, que incumplan con sus obligaciones de suministrar alimentos a sus hijos, descendientes, ascendientes y otras personas que estén obligados a proporcionarlos. Establecer que el Registro Civil de cada estado de la República y del Distrito Federal, deberán garantizar que todos los niños reciban su acta de nacimiento dentro de las 24 horas siguientes al nacimiento. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 6-Abril-2010
21   Proyecto de decreto que reforma los artículos 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 76 de la Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 Constitucionales.


Proponente: Norberto Sánchez Nazario (PRD)
Fecha de presentación: 7-Abril-2010

Establecer que tratándose de juicios de amparo contra leyes y reglamentos, la Ley Reglamentaria determinará los lineamientos para dar inicio a los procedimientos que deben seguirse con el objeto de adecuar, reformar, derogar o abrogar las leyes y reglamentos declarados inconstitucionales por la jurisprudencia. Establecer que una vez que la Suprema Corte de Justicia de la Nación o los Tribunales Colegiados de Circuito emitan jurisprudencia en la que se declare la inconstitucionalidad de alguna ley o reglamento, el presidente de la Suprema Corte, deberá emitir un comunicado al órgano emisor de la ley o reglamento, para dar inicio al proceso de reforma, derogación o abrogación, en el caso de los Poderes Legislativos, y al de adecuación a las normas constitucionales de los reglamentos en el caso del Poder Ejecutivo. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 7-Abril-2010
22   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.


Proponente: García Ayala Marco Antonio (PRI)
Fecha de presentación: 8-Abril-2010

Considerar como delito grave y sancionar con uno a nueve años de prisión y multa equivalente de cien a mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate, a quien por si o a través de otro expenda, venda o de cualquier forma distribuya bebidas alcohólicas adulteradas, contaminadas o alteradas, así como la introducción ilegal de las mismas al país. Aprobada
con fecha 22-Septiembre-2011



Publicación en Gaceta: 8-Abril-2010
23   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.


Proponente: Arana Arana Jorge (PRI)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Sancionar con pena de prisión de 5 a 40 años y multa hasta de 80 mil pesos, al funcionario o empleado de los gobiernos Federal, estatal, o municipal, de organismos públicos descentralizados, de empresas de participación estatal o de servicios públicos, federales o locales que, aprovechándose de su cargo, sustraiga información reservada y confidencial o privada, y la proporcione a personas ajenas no autorizadas, a bandas delictivas, a grupos armados, a otros servidores públicos mexicanos no autorizados, a particulares no autorizados y a gobiernos extranjeros, en cuyo caso el infractor no será beneficiado con el indulto. Incluir como miembros de la delincuencia organizada, el espionaje y sustracción de información reservada y confidencial. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
24   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.


Proponente: Navarrete Prida Jesús Alfonso (PRI)
Fecha de presentación: 21-Abril-2010

Establecer que la Sala Superior conocerá del recurso de reconsideración, cuando en la sentencia de fondo, la Sala Regional omita decidir sobre los planteamientos de constitucionalidad y se hagan valer en los agravios; asimismo, bastará que en la demanda se haga por el demandante un planteamiento de la no aplicación de una ley electoral y que en la sentencia se haga el pronunciamiento, al caso concreto, sobre la constitucionalidad de la norma aplicada, o bien, la no aplicación por considerarla contraria a la Constitución. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
25   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.


Proponente: Cirigo Vasquez Víctor Hugo (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 21-Abril-2010

Regular el Uso Terapéutico de la Cannabis Sativa, Índica y Americana o Marihuana, su Resina, Preparados, Sustancias Activas y Semillas y sus Productos Derivados, mediante la adición de un Capítulo XI, el cual faculta al Gobierno Federal para emitir el Reglamento para Uso Terapéutico de la Cannabis, que regulará la siembra, cultivo, cosecha, procesamiento, acondicionamiento, adquisición, posesión, comercialización, transporte en cualquier forma, suministro, venta, uso y consumo, de cannabis sativa índica y americana o marihuana, su resina, preparados, sustancias activas, semillas y sus productos derivados. Establecer que para la utilización de la cannabis y sus derivados con fines terapéuticos se deberá contar con la autorización respectiva o con receta médica. Prohibir la portación de más de 25 gramos para consumo personal; consumir en la vía pública; comerciar en establecimientos no autorizados; e importar y exportar. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 21-Abril-2010
26   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Justicia para Adolescentes y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y de la Ley Federal de Defensoría Pública.


Proponente: Arce Paniagua Óscar Martín (PAN)
Fecha de presentación: 27-Abril-2010

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de crear el Sistema Federal de Justicia para Adolescentes; reconocer y garantizar el respeto de los derechos fundamentales de los adolescentes sujetos al sistema de justicia penal; garantizar la observancia de los principios rectores del sistema de justicia para adolescentes; crear y delimitar las atribuciones de las instituciones y las autoridades del sistema de justicia para adolescentes; y establecer los procedimientos y mecanismos para determinar la responsabilidad penal y las medidas sancionadoras que recaen en los adolescentes por la realización de un comportamiento tipificado como delito en las leyes federales. Esta ley será aplicable al menor de edad o adolescente (las personas, de entre 8 y menos de 12 años y entre 12 y menos de 18 años). Crear las figuras de: Ministerio Público para Adolescentes; Defensor Público de Adolescentes; Juez de Garantías para Adolescentes; Juez de juicio oral para Adolescentes; Juez de Ejecución para Adolescentes; y Magistrado para Adolescentes. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 27-Abril-2010
27   Proyecto de decreto que reforma los artículos 40, 148 y 232 ya adiciona los artículos 40 Bis, 40 Ter y una fracción III Bis al artículo 231 de la Ley Federal del Derecho de Autor.


Proponente: Báez Pinal Armando Jesús (PRI)
Fecha de presentación: 27-Abril-2010

Prever que el fabricante en territorio nacional o el importador de equipos, aparatos, soportes, instrumentos técnicos, o cualquier otro medio sonoro, visual, audiovisual, que sean idóneos para almacenar, compactar, duplicar, reproducir o copiar cualquier tipo de obras literarias, artísticas, interpretaciones, ejecuciones, fonogramas, videogramas, producciones y/o transmisiones, protegidas, deberán pagar la tarifa establecida por concepto de licencia para la copia privada. Determinar las tarifas para el pago de regalía por la licencia de copia privada. Las regalías generadas por copia privada, se distribuirán conforme a las modalidades y medios de reproducción. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 27-Abril-2010
28   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: García Coronado Lizbeth (PRD)
Fecha de presentación: 28-Abril-2010

Considerar como juegos prohibidos todos aquellos que no se contemplan en el artículo 2o. de la Ley Federal de Juegos y Sorteos (ajedrez, damas, dominó, dados, boliche, bolos, billar; pelota en todas sus formas y denominaciones; carreras de personas, de vehículos de animales, y en general toda clase de deportes y sorteos). Sancionar a quienes practiquen juegos prohibidos, así como a los empresarios, gerentes, administradores, encargados y agentes de loterías que no cuenten con autorización legal. Eximir de sanción a los que hagan rifas sólo entre amigos y parientes. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2010
29   Proyecto de decreto que reforma los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 122 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Proponente: Velázquez Esquivel Emiliano (PRD)
Fecha de presentación: 29-Abril-2010

Considerar que en el recurso de revisión administrativa, el interesado podrá impugnar la constitucionalidad de leyes o normas de carácter general, de legalidad, o ambas. Desechada (art. 89)
con fecha 26-Abril-2012



Publicación en Gaceta: 29-Abril-2010
30   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Ejecución de Sanciones Penales; se adicionan la fracción IV al artículo 50 y el artículo 50 quáter de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; se reforma el artículo 30 Bis, fracción XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y se abroga la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.


Proponente: Ovando Patrón José Luis (PAN)
Fecha de presentación: 23-Junio-2010

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular la ejecución de las sanciones penales, sanciones privativas de la libertad, de las no privativas de libertad y de las medidas de seguridad, impuestas por juez o tribunal de juicio oral del fuero común. Establecer que el sistema penitenciario se organizará sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley. Considerar en la designación del personal penitenciario su vocación, aptitudes, preparación académica, antecedentes penales y la convocatoria de las autoridades penales, así como sujetarlos a la obligación del personal penitenciario a tomar cursos de formación y actualización y los exámenes de selección. Crear en cada reclusorio un Consejo Técnico interdisciplinario, con funciones consultivas necesarias para la aplicación individual del sistema progresivo, la ejecución de medidas preliberacionales, la concesión de la remisión y reducción de la sanción, de la libertad preparatoria, y la aplicación de la retención. Regular lo relativo a la conmutación, la reducción de sanción o el sobreseimiento. Establecer los derechos y obligaciones de los internos durante el tiempo de la ejecución de la sanción. Facultar al Ejecutivo Federal para expedir el Reglamento de la Ley Federal de Ejecución de Sanciones Penales y de los Centros Federales de Reinserción Social. Abrogar la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 19 de mayo de 1971. Aprobada
con fecha 17-Abril-2012



Publicación en Gaceta: 25-Junio-2010
31   Proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, del Código Federal de Procedimientos Civiles, del Código Federal de Procedimientos Penales y del Código de Comercio.


Proponente: Arce Paniagua Óscar Martín (PAN)
Fecha de presentación: 21-Julio-2010

Establecer que todos los juicios serán ¿uniinstanciales¿. Suprimir el recurso de apelación, con el objeto de que solo procedan las impugnaciones mediante el juicio de amparo. Suprimir la facultad a los Tribunales Unitarios de Circuito de conocer acerca de juicios de amparo. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Mayo-2012



Publicación en Gaceta: 23-Julio-2010
32   Proyecto de decreto que expide la Ley Reglamentaria del párrafo tercero del artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Corral Jurado Javier (PAN)
Fecha de presentación: 4-Agosto-2010

Crear una ley reglamentaria que tenga por objeto regular las acciones colectivas y la tutela de intereses difusos, determinar las materias de aplicación, los procedimientos judiciales y los mecanismos de reparación del daño. Admitir todo tipo de acciones colectivas que protejan los derechos del grupo y sus miembros, la acción tendrá por objeto pretensiones de carácter declarativo, constitutivo, de cumplimiento de una obligación de hacer o no hacer o de condena y podrá promoverse por el Presidente de la República o el Procurador General de la República, gobernadores de los estados, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, los presidentes municipales, personas físicas o morales en lo individual, etc. Definir el concepto de ¿acciones de intereses difusos¿, ¿acciones colectivas¿, ¿pretensión de clase¿, entre otras. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 6-Agosto-2010
33   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Nazares Jerónimo Dolores de los Ángeles (PRD)
Fecha de presentación: 5-Octubre-2010

Certificar a los peritos y al cuerpo técnico de control de la Procuraduría General de la República por parte del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Crear el Programa Federal de Protección de Personas y Colaboradores, en el que sólo mediante autorización judicial se podrá incluir a una persona como colaborador y la información y documentación relacionada con las personas protegidas por este Programa se mantendrá en estricta confidencialidad. Establecer que las víctimas u ofendidos por la comisión de un delito, tendrán derecho en la averiguación previa o en el proceso a que el Ministerio Público, sus auxiliares y el juez, a mantener en reserva sus datos personales. Incluir un Título Quinto ¿De los colaboradores en la Investigación y Persecución de la Delincuencia Organizada¿. Definir como información confidencial la proporcionada al Ministerio Público dentro del Programa. Imponer de 5 a 10 años de prisión y de 300 a 500 días multa al colaborador de una investigación en delincuencia organizada que faltare a la verdad; si el colaborador fuere servidor público se le incrementará la pena hasta en una tercera parte e inhabilitación de 8 a 12 años. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 28-Septiembre-2010
34   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; del Código Federal de Procedimientos Civiles y de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Mendoza Arellano Eduardo (PRD)
Fecha de presentación: 12-Octubre-2010

Establecer en materia de amparo que cuando en el acto que se reclame, se involucren derechos colectivos o acciones colectivas (reparación del daño), las resoluciones que emitan los tribunales federales concediendo el amparo y protección de la justicia federal, serán necesariamente de aplicación general, contemplando a cualquier núcleo de población al que le afecte la ley, el decreto, el reglamento o el acto de autoridad reclamados, aun y cuando no se hubiere promovido en lo particular el juicio de amparo; que las autoridades que conozcan del juicio de amparo, deberán suplir la deficiencia de los conceptos de violación de la demanda, así como la de los agravios formulados cuando estando demostrado el acto, la autoridad responsable niegue el acto reclamado en cualquiera de sus informes previo o justificado. Desechada (art. 89)
con fecha 26-Abril-2012



Publicación en Gaceta: 6-Octubre-2010
35   Proyecto de decreto por el que se reforman la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.


Proponente: García Granados Miguel Ángel (PRI)
Fecha de presentación: 13-Octubre-2010

Ampliar las atribuciones del Procurador General de la República y otorgarle tareas de coordinación en materia de seguridad, con facultades para reunir, aglutinar, encabezar, diseñar y coordinar la política de combate al crimen, que abarca desde la prevención del delito, hasta la ejecución de las penas; el mando de la Policía Federal; la articulación de los esfuerzos federales, estatales, del Distrito Federal y municipales en torno a la seguridad pública, a través del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los términos que apruebe el Congreso de la Unión; las unidades especializadas en el combate al narcotráfico y el lavado de dinero relacionado con éste, la investigación policial de campo de los delitos contra la salud y otros igualmente graves relacionados con éstos; el Sistema de Inteligencia Civil, responsable de identificar los riegos y amenazas a la seguridad nacional; el Sistema Penitenciario Federal con la política penitenciaria de la Federación; organizar y dirigir los servicios de inspección aduanera; la coordinación de las acciones en materia de protección civil; y las atribuciones de inspección y vigilancia en materia de pesca furtiva y delitos contra el ambiente. Suprimir a la Secretaría de Seguridad Pública, otorgándole al Procurador General de la República el despacho de los asuntos de la misma, y adoptando así un modelo de seguridad pública sustentado en la unidad de mando. Fusionar a las secretarías de la Defensa Nacional, y la de Marina, Armada de México, en una secretaría denominada: Secretaría de Defensa y Marina. Eliminar de las atribuciones de la Secretaría de Gobernación, aquellas vinculadas con funciones operativas de seguridad pública. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 13-Octubre-2010
36   Proyecto de Decreto que reforma los artículos 464 de la Ley General de Salud y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: García Almanza María Guadalupe (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 19-Octubre-2010

Establecer que quien introduzca en el país, elabore, fabrique, expenda, venda o distribuya bebidas alcohólicas alteradas o adulteradas, se le impondrá de 3 a 12 años de prisión y multa de 300 a 5000 días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate, sin perjuicio de los delitos o infracciones administrativas que puedan configurarse. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 19-Octubre-2010
37   Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Civil Federal y se adicionan los párrafos séptimo y octavo recorriendose en su orden, al artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Uranga Muñoz Enoé Margarita (PRD)
Fecha de presentación: 4-Noviembre-2010

Definir el interés superior de la niñez como todas las medidas concernientes a las niñas y los niños, para erradicar su protección irregular que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos. Establecer que el Estado cuidará que las adopciones que se realicen en todo el país, se otorguen a las personas unidas en matrimonio, concubinato o uniones civiles cuando ambos estén conformes y se acredite que la adopción es benéfica para el menor y que los interesados en obtenerla no realicen conductas que violen los principios previstos en la Constitución Federal y los Tratados Internacionales donde el Estado sea parte, particularmente en materia de Derechos Humanos, como la pena de muerte, y el principio de no discriminación, no hayan sido sancionados por delitos patrimoniales contra el Estado o particulares, y no estén sujetos a procesos, en el país o en el extranjero, por pederastia, complicidad o encubrimiento. El menor o la persona con incapacidad que haya sido adoptado por adopción simple, podrá impugnar derechos y obligaciones que tengan los padres y madres respecto de la persona y bienes de los hijos. El o la adoptante dará nombre y sus apellidos al adoptado o adoptada, salvo que por circunstancias específicas, en el caso de la adopción simple, no se estime conveniente. Incluir los términos ¿mexicanas¿, ¿extranjeras¿ y ¿ciudadanas¿. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 5-Noviembre-2010
38   Proyecto de decreto que reforma los artículos 420 del Código Penal Federal y 62 de la Ley General de Vida Silvestre.


Proponente: Vázquez Aguilar Jaime Arturo (Dip. sin Partido)
Fecha de presentación: 4-Noviembre-2010

Establecer sanciones penales más severas a personas que capturen, dañen, priven, acopien o comercialicen especies o subespecies identificadas en riesgo de extinción. Facultar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para desarrollar un Banco de Datos Nacional que incluya el ADN de especies y subespecies mexicanas en peligro de extinción, amenazadas y sujetas a protección especial, el cual estará a disposición de instituciones, académicos y demás personas interesadas en la investigación de la reproducción asistida y supervivencia de la fauna en riesgo. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 4-Noviembre-2010
39   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Defensoría Pública y de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.


Proponente: Bautista Concepción Sabino (PRI)
Fecha de presentación: 4-Noviembre-2010

Establecer que los servicios de defensoría pública, ante el Ministerio Público de la Federación, Juzgados y Tribunales Federales comprende cuando el inculpado sea indígena la asignación de un intérprete ó defensor público hablante de su lengua, desde la averiguación previa hasta la ejecución de la pena. Facultar al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, para formar y acreditar intérpretes y traductores que auxilien a las autoridades responsables de la Procuración y Administración de justicia en coordinación con el Instituto Federal de Defensoría Pública, así como para garantizar la procuración y administración de justicia para los indígenas. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 4-Noviembre-2010
40   Proyecto de decreto que reforma los artículos 89, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público y 182-R del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Vázquez Aguilar Jaime Arturo (Dip. sin Partido)
Fecha de presentación: 9-Noviembre-2010

Establecer que los recursos que obtenga el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes por la enajenación de los bienes decomisados en los procesos penales, así como por la enajenación de sus frutos y productos, serán entregados en partes iguales al Poder Judicial de la Federación, a la Procuraduría General de la República, a la Secretaría de Salud y a la Secretaría de Educación Pública, a fin de que fortalezcan y difundan los programas institucionales relacionados con la prevención del delito, el combate a las adicciones y la cultura de la legalidad. Desechada
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 9-Noviembre-2010
41   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


Proponente: Nazares Jerónimo Dolores de los Ángeles (PRD)
Fecha de presentación: 23-Noviembre-2010

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de: Garantizar la reinserción social de los internos; regular la ejecución de las sanciones penales dictadas por los Jueces de Juicio Oral; establecer y regular las acciones, programas y las bases para la prevención y reinserción social a través del Tratamiento Penitenciario; aplicar las sanciones penales que hayan sido impuestas por órganos jurisdiccionales del fuero común de cada una de las entidades federativas y del Distrito Federal; aplicar las medidas de liberación anticipada de los internos; establecer las bases normativas y de coordinación entre autoridades judiciales y administrativas, en materia de ejecución y vigilancia de las medidas cautelares decretadas y aquellas condiciones por cumplir que deriven de la celebración de la suspensión del proceso a prueba en los procedimientos penales, así como de las penas y medidas de seguridad impuestas mediante sentencia que haya causado ejecutoria; formular los lineamientos generales para el desarrollo de las relaciones entre internos y autoridades penitenciarias; establecer los parámetros generales para la prevención especial, a través del tratamiento derivado del sistema progresivo, técnico e individualizado, con aportación de las diversas ciencias y disciplinas pertinentes para la reinserción social del interno, considerando sus circunstancias personales, sus usos y costumbres tratándose de internos indígenas, entre otros. Actualizar las leyes Orgánica del Poder Judicial de la Federación y Orgánica de la Administración Pública Federal, por lo que hace a la ejecución de penas y medidas de seguridad. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2010
42   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.


Proponente: Aguilar Armendáriz Velia Idalia (PAN)
Fecha de presentación: 23-Noviembre-2010

Aumentar las penas y sanciones establecidas en la Ley General de Salud y el Código Penal Federal a quien posee algún narcótico o sin autorización los comercie o suministre, aún gratuitamente. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 23-Noviembre-2010
43   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y del Código Penal Federal.


Proponente: Natale López Juan Carlos (PVEM)
Fecha de presentación: 30-Noviembre-2010

Establecer que los servidores públicos adscritos a las dependencias y entidades, deberán observar las disposiciones generales que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y que el gasto público federal comprenderá las erogaciones que resulten con base al calendario de presupuesto correspondiente. Prever que los servidores públicos responsables de ejercer el presupuesto anual autorizado serán sujetos de responsabilidad patrimonial y administrativa por el subejercicio de los recursos programados, y por el incumplimiento de metas contenidas en los planes y programas presupuestados, con o sin compromiso formal de ejecución. Obligar a todo servidor público a abstenerse de realizar acciones u omisiones que generen subejercicios e incumplimiento de los objetivos y metas anuales en sus presupuestos. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 30-Noviembre-2010
44   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal para Prevenir, Atender y Eliminar la Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes.


Proponente: Carabias Icaza Alejandro (PVEM)
Fecha de presentación: 8-Diciembre-2010

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de prevenir y eliminar la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, así como la protección, atención y asistencia a las víctimas de estas conductas con la finalidad de garantizarles el respeto al libre desarrollo de la personalidad y sus derechos fundamentales. Crear un Programa Integral para prevenir, atender y eliminar la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, con el objeto de fomentar el respeto a los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes, proporcionar orientación jurídica a las víctimas de explotación sexual, garantizar asistencia material, médica y psicológica, a los menores de edad víctimas del delito. Crear una Comisión Intersecretarial para Prevenir, Atender y Erradicar la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes, con el objeto de formular y someter a consideración del Presidente de la República las políticas y estrategia nacional para prevenir, atender y eliminar la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes y coordinar su implantación en los respectivos ámbitos de competencia de las dependencias y entidades federales, elaborar el Programa Integral y evaluar su ejecución, expedir su Reglamento Interno. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 2-Diciembre-2010
45   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y de la Ley General del Sistema de Seguridad Pública.


Proponente: Benítez Treviño Víctor Humberto (PRI)
Fecha de presentación: 8-Diciembre-2010

Crear y administrar, a cargo de la Procuraduría General de la República, el Programa Nacional de Protección a Testigos y Colaboradores contra la Delincuencia Organizada, cuyos principios, criterios, procedimientos y normas de operación garantizarán la seguridad física, patrimonial, psicológica y familiar, los documentos de identidad, datos personales de los testigos protegidos. Crear y definir las figuras de testigo: ofendido, incidental y colaborador. La admisión, sujeción temporal o definitiva de una persona al Programa dependerá del nivel de riesgo o amenaza en su integridad; tratándose de la sujeción temporal, será por el tiempo que dure el proceso o de acuerdo con la naturaleza del riesgo. Deberá practicarse una valoración especializada a cualquier persona que desee ingresar al Programa, salvo en casos urgentes, en los que el nivel y la inmediatez de la amenaza lo justifiquen, los testigos deberán recibir protección provisional. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 7-Diciembre-2010
46   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, del Código Federal de Procedimiento Penales, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados, y abroga la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores, para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal.


Proponente: Rétiz Gutiérrez Ezequiel (PAN)
Fecha de presentación: 13-Diciembre-2010

Incluir a los Tribunales Especializados en Materia de Justicia para Adolescentes en la estructura del Poder Judicial de la Federación. Establecer que en los lugares en los que no existan autoridades federales especializadas, las entidades federativas serán competentes para conocer de las infracciones a las leyes penales federales cometidas por adolescentes (entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad). En tales casos, la sustanciación de los procedimientos y, en su caso, la ejecución, se regirán por las disposiciones locales respectivas, salvo en el caso de los comportamientos típicos calificados como graves para fines del internamiento, en la que se observarán las disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales. Modificar la terminología de ¿menores infractores¿ por ¿personas menores de edad en conflicto con la ley penal¿, los cuales serán internados, en instituciones diversas a los adultos, debiendo separar a los hombres de las mujeres y a quienes cumplan el internamiento impuesto como medida de tratamiento respecto de quienes lo cumplan como medida cautelar. Abrogar la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, por lo que respecta al ámbito de competencia de la Federación. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 9-Diciembre-2010
47   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional y del Código Civil Federal.


Proponente: Lara Lagunas Rodolfo (PRD)
Fecha de presentación: 13-Diciembre-2010

Adicionar un Capítulo XIII Bis denominado De los Servicios Profesionales al Título Sexto de Trabajos Especiales, con el objeto de regular la existencia de la relación de trabajo con el patrón o patrones a que preste sus servicios, a aquellos trabajadores sujetos a un contrato de servicios profesionales y que su pago no exceda de 25 salarios mínimos generales vigentes en el Distrito Federal (SMGVDF). Establecer que el trabajador tendrá derecho a que se le incremente su salario por lo menos en la misma proporción en que se incremente el SMGVDF; acceso a todas las prestaciones y derechos individuales y colectivos; conservar sus derechos de autor sobre los trabajos que realice; a que el tiempo diario de servicio no exceda de la jornada legal; y a la atención médica y protección de retiro. Para determinar la antigüedad del trabajador, se sumarán, en su caso, los contratos eventuales continuos o discontinuos que celebren con el patrón. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 9-Diciembre-2010
48   Proyecto de decreto que reforma los artículos 6o. de la Ley para prevenir y sancionar la Trata de Personas y 6o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.


Proponente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2010

Prever que el ejercicio de la acción penal y las sanciones por el delito de trata de personas serán imprescriptibles. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2010
49   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Civil Federal, Federal de Procedimientos Civiles, y Penal Federal, así como de las Leyes Federal del Trabajo, y para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2010

Crear el Registro Público Federal de Deudores Alimentistas, con el objeto de registrar y hacer públicos, los datos de los deudores alimentistas que proporcionen los cónyuges, concubinos, particulares, los acreedores alimenticios, los que tienen derecho de pedir el aseguramiento de los alimentos, así como todas aquellas personas que sepan del incumplimiento de tal obligación, para lo cual se coordinará con las entidades federativas y del Distrito Federal, Juzgados Familiares, dependencias públicas, privadas e informales del comercio, así como con los lugares donde se presuma se encuentren laborando dichos deudores, con el propósito de tener los datos de solvencia económica para que el deudor alimenticio cumpla con su obligación. Establecer que cuando el acreedor alimentista, el tutor o representante legal del acreedor o acreedora proporcionen informes de mala fe, perderán su derecho a intentar que el deudor cumpla con la obligación de dar alimentos, obligándose a responder por la reparación del daño causado. Facultar al juez de lo familiar de las entidades federativas o del Distrito Federal, para intervenir de oficio en los asuntos que afecten a la familia, especialmente, tratándose de menores, de alimentos y de cuestiones relacionadas con violencia familiar. Sancionar a quien sin motivo justificado incumpla con la obligación de dar alimentos imponiéndole de uno a seis años de prisión o de mil a dos mil días multa, los cuales, serán para el acreedor alimentario, además, de la privación de los derechos de familia. Obligar a los trabajadores a informar de las deudas o incumplimiento de obligaciones alimenticias, a efecto, de que éstos, informen a la autoridad o lo inscriban al Registro Público Federal de Deudores Alimentistas, la omisión de tal acto, lo hará acreedor a un despido justificado sin responsabilidad para el patrón y éste, a su vez, entregará todo o parte de su liquidación al acreedor alimentista. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: --
50   Proyecto de decreto que reforma los artículos 9° de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, y 4° de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.


Proponente: Saénz Vargas Caritina (PVEM)
Fecha de presentación: 21-Diciembre-2010

Destinar los recursos decomisados de la delincuencia organizada, en un 25%, al Poder Judicial para fortalecer los programas de rehabilitación contra las adicciones dentro de los sistemas penitenciarios, así como para el Fondo de Apoyo de la Administración de Justicia; 25% a la Procuraduría General de la República, a través del Fondo para la Atención de Víctimas del Secuestro; 25% a la Secretaría de Educación Pública, para becas educativas para los hijos de las familias víctimas de la delincuencia organizada., y 25% para al sector salud para equipo e infraestructura e inversión en el personal capacitado de los Centros de Apoyo y Rehabilitación para la Prevención, Atención y Rehabilitación de las Adicciones. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 21-Diciembre-2010
51   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo.


Proponente: Diputados integrantes del PVEM (PVEM)
Fecha de presentación: 12-Enero-2011

Establecer que no se aplicará el derecho extranjero cuando las disposiciones causen daños y perjuicios a los bienes nacionales. Incluir en la formulación y conducción de la política ambiental y la expedición de normas oficiales mexicanas ¿es interés de la nación vigilar que las actividades que se lleven a cabo fuera del territorio nacional, no afecten el equilibrio ecológico de la nación y, en caso de una afectación, exigir la reparación del daño¿. Establecer que tendrán la obligación las personas que resulten responsables de daños al medio ambiente o al equilibrio ecológico de la Nación, a causa de obras, operaciones o accidentes, relacionados con actividades de la industria petrolera realizadas fuera del territorio nacional, de ejecutar las acciones de prevención y de reparación de daños al medio ambiente o al equilibrio ecológico y están obligados a sufragar sus costos. Desechada
con fecha 8-Septiembre-2011



Publicación en Gaceta: 12-Enero-2011
52   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; y del Código Penal Federal.


Proponente: Sánchez Vélez Jaime (PRI)
Fecha de presentación: 17-Febrero-2011

Crear un órgano colegiado dependiente del Instituto Federal Electoral e integrado por ciudadanos mexicanos, sin filiación partidista, a propuesta del IFE y aprobado por la Cámara de Diputados, el cual tendrá la facultad de recopilar la información necesaria para emitir su opinión y evaluación sobre el desempeño que, como representantes populares, hubieren tenido los diputados federales o senadores durante el cargo que desempeñen, así como facultarlo para establecer las sanciones de uno a cinco años de prisión y de seis a nueve años de suspensión de sus derechos políticos y ciudadanos, al funcionario público federal que ocupe una responsabilidad por elección popular y que a la conclusión del período por el que fue electo, a quienes hayan incumplido con sus compromisos y responsabilidades. Esta información será analizada y comparada con las plataformas electorales del partido político o coalición que lo postuló y con sus compromisos de campaña inscritos en el proceso electoral. Asimismo, las entidades federativas integrarán dichos órganos colegiados propuestos por las autoridades electorales locales y aprobados por las legislaturas estatales, para emitir su opinión y evaluación sobre el desempeño que hubieren tenido los presidentes municipales, diputados locales o gobernadores. Desechada (art. 89)
con fecha --



Publicación en Gaceta: 10-Febrero-2011
53   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y del Código Civil Federal.


Proponente: Gómez Caro Clara (PRI)
Fecha de presentación: 22-Febrero-2011

Establecer que los enajenantes de viviendas que sean adquiridas por trabajadores que paguen su precio total o parcialmente con crédito otorgado por el INFONAVIT o por el Fondo de la Vivienda, responderán de los defectos que resultaran en las mismas, de los vicios ocultos y de cualesquiera otra responsabilidad en que hubieran incurrido, en los términos de las disposiciones aplicables. Las acciones que nacen de lo anterior, se extinguirán a los dos años, contados desde la fecha de la entrega de la vivienda enajenada. Aumentar el plazo por el cual se podrán ejercer las acciones respectivas, respecto a los conflictos que surgen por defectos o vicios ocultos de las cosas objeto de contrato de compraventa, a 2 años para inmuebles y de 6 meses para muebles. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 10-Febrero-2011
54   Proyecto de decreto que reforma los artículos 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Proponente: Izaguirre Francos María del Carmen (PRI)
Fecha de presentación: 22-Febrero-2011

Establecer un plazo improrrogable de 30 días a partir de que surja la vacante para que el Presidente de la República envíe al Senado la terna para nombrar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia. Facultar al Consejo de la Judicatura Federal para establecer los criterios, lineamientos y procedimiento para la aplicación de exámenes de conocimientos, honestidad y confiabilidad. Desechada (art. 89)
con fecha 19-Abril-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
55   Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.


Proponente: Guerra Abud Juan José (PVEM)
Fecha de presentación: 22-Febrero-2011

Agregar un Capítulo I denominado De las Sanciones en materia de infracciones y un Capítulo II denominado De los delitos contra del autotransporte federal, al Título Octavo De las sanciones en materia de infracciones y delitos. Definir las sanciones que se aplicarán a quienes en caminos, carreteras, paraderos o puentes de jurisdicción federal cometan delitos en contra de los servicios de autotransporte de carga, pasajeros y turismo, sus servicios auxiliares y los servicios de paquetería y mensajería, así como al transporte privado o al que elabore o altere sin permiso de la autoridad competente una placa, el engomado, la tarjeta de circulación o los demás documentos oficiales que se expiden para identificarlos. Sancionar como delitos graves a los establecidos en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, así como calificarlos como delitos de delincuencia organizada, cuando los mismos sean cometidos por tres o más personas. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
56   Proyecto de decreto que reforma los artículos 1o. y 2o. de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, y 253 Bis del Código Penal Federal.


Proponente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 22-Febrero-2011

Prohibir respecto de las razas, variedades y parientes silvestres de maíz la liberación experimental, en programa piloto y comercial, así como la comercialización y la importación de maíz genéticamente modificado en el país, quienes contravengan esta disposición, serán sancionados en los términos que disponga la legislación penal. Sancionar con prisión de quince a veinte años y con quinientos a cinco mil días multa, a quien de manera dolosa realice en territorio nacional actividades de utilización confinada, liberación experimental, en programa piloto y comercial, comercialización, importación y exportación de maíz genéticamente modificado; así como a los funcionarios o empleados de cualquier entidad o dependencia pública que autoricen o permitan por la vía de los hechos cualesquiera de las actividades referidas, se les impondrán de diez a trece años de prisión y con trescientos a tres mil días de multa. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
57   Proyecto de decreto que reforma los artículos 25 del Código Penal Federal, y 10 y 11 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro.


Proponente: Ovando Patrón José Luis (PAN)
Fecha de presentación: 24-Febrero-2011

Imponer prisión vitalicia sólo en los casos en que la ley penal federal expresamente lo autorice. Modificar la pena máxima de 50 años a prisión vitalicia para el que prive de la libertad a otro, así como la pena máxima de 70 años a prisión vitalicia, si la víctima de los delitos es privada de la vida por los autores o partícipes de los mismos. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
58   Proyecto de decreto que reforma los artículos 83 Quat de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Gama Dufour Sergio (PAN)
Fecha de presentación: 24-Febrero-2011

Incrementar la sanción a quien posea cartuchos en cantidades mayores a las permitidas y calificarlos como delitos graves. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
59   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Civil Federal y de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Novoa Mossberger María Joann (PAN)
Fecha de presentación: 24-Febrero-2011

Obligar a los ascendientes, tutores y custodios a respetar el derecho a la identidad registrando el nacimiento de forma inmediata y cumpliendo con sus deberes establecidos en la ley. El derecho a la identidad será universal, gratuito y oportuno, ningún niño puede ser privado de su nombre e identidad familiar o cultural. A fin de que niñas, niños y adolescentes puedan ejercer plenamente el derecho a su identidad, las normas de cada entidad federativa deberán: garantizar la gratuidad del registro de nacimiento y la expedición de acta de nacimiento por primera vez; disponer lo necesario para que de forma inmediata al nacimiento la madre y el padre registren a sus hijos sin distinción en virtud de las circunstancias de nacimiento; prohibir cualquier tipo de registro o anotación en las actas de nacimiento que sean discriminatorias, atenten contra la dignidad del menor o no le permitan ejercer plenamente sus derechos; establecer campañas permanentes de registro; contar con personal capacitado en lenguas y dialectos indígenas y para que brinden atención a las personas que tengan discapacidad auditiva o visual. Desechada (art. 89)
con fecha 26-Abril-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
60   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.


Proponente: Cárdenas Gracia Jaime Fernando (PT)
Fecha de presentación: 1-Marzo-2011

Otorgar el derecho a los ciudadanos en lo individual o colectivamente para promover la presentación de los medios de impugnación (el juicio de inconformidad, el recurso de reconsideración y el juicio de revisión constitucional); asimismo, los ciudadanos son garantes del cumplimiento de los principios constitucionales en materia electoral y promoverán que éstos se satisfagan, principalmente respecto a la calidad y validez de las elecciones. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
61   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, de la Ley Federal de Extinción de Dominio, del Código Federal de Procedimientos Penales y del Código Penal Federal; y expide la Ley Federal para la Atención y Protección a Víctimas y Ofendidos por el Delito.


Proponente: Herrera Rivera Bonifacio (PAN)
Fecha de presentación: 9-Marzo-2011

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de garantizar los derechos establecidos por el artículo 20, Apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo a los derechos de las víctimas y ofendidos, así como regular las medidas de atención y protección a favor de las víctimas que han sufrido la comisión de un delito. Las medidas de atención y protección serán realizadas en los distintos ámbitos de competencia, por conducto de la Procuraduría General de la República y de los Tribunales; así como por las demás autoridades federales que en razón de sus atribuciones deban contribuir directa o indirectamente.
Ley de Amparo: Otorgar el derecho a la víctima o el ofendido de promover juicio de amparo contra lo actos o resoluciones del Ministerio Público o de la autoridad judicial que violen los derechos establecidos por el artículo 20, Apartado C, constitucional, relativos a los derechos de la víctima o del ofendido durante el proceso penal.
Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público: Incluir en la ley la regulación, administración y destino de los bienes objeto de la acción de extinción de dominio.
Ley Federal de Extinción de Dominio: Derogar el Fondo establecido y destinado a brindar apoyo económico a las Víctimas y Ofendidos por el Delito, para que sólo exista el Fondo creado por la nueva Ley Federal de Atención y Protección a las Víctimas y Ofendidos por el Delito.
Código Federal de Procedimientos Penales: Incluir en las etapas del procedimiento penal, que la declaración de la persona menor de edad tiene preferencia en el orden de desahogo de las pruebas que obran en la causa penal; así como que en las audiencias en que participen menores de edad se videograbarán, previa certificación del Secretario de Acuerdos correspondiente, y los medios de almacenamiento quedarán bajo resguardo del responsable de la Agencia del Ministerio Público y posteriormente del Juez.
Código Penal Federal: Incluir como delito a quien simule un acto jurídico, un acto o escrito judicial, su victimización o altere elementos de prueba y los presente en juicio, en el procedimiento que corresponda para dirimir un conflicto, controversia o reclamación, o realice cualquier otro acto tendiente a inducir a error a la autoridad judicial o administrativa, con el fin de obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley, imponiéndole una sanción de seis meses a seis años de prisión y de cincuenta a doscientos cincuenta días multa. El delito se perseguirá de oficio.
Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
62   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal para tipificar el feminicidio, así como del Código de Procedimientos Penales y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)
Fecha de presentación: 9-Marzo-2011

Código Penal Federal: Adicionar un Titulo Decimonoveno Bis, denominado Delitos contra la Igualdad de Género con un Capítulo Único del Feminicidio, con el objeto de sancionar a quien por razones de género, prive de la vida a una mujer, ¿feminicidio¿, imponiendo una sanción de 40 a 60 años de prisión.
Código Federal de Procedimientos Penales: Establecer que el Ministerio Público en la averiguación previa proveerá de información a las víctimas sobre los avances en la investigación y darles pleno acceso a los expedientes; evitar incorporar en la investigación elementos de discriminación; y canalizar a las víctimas a los servicios de atención a víctimas del delito. Incorporar los elementos mínimos que deberán contener las autopsias; el procedimiento que deberá realizar la autoridad para preservar los cuerpos no identificados, la obligación de integrar en una base la información genética de los cuerpos no identificados, así como el manejo que deberá realizar la autoridad de estos cuerpos.
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: Facultar a la Secretaría de Seguridad Pública a realizar una página de internet en la cual se encuentren los datos generales de las mujeres y niñas que sean reportadas como desaparecidas para permitir que la población en general pueda aportar información sobre el paradero de las mujeres y niñas desaparecidas. Facultar a la Procuraduría General de la República para especializar a los agentes del Ministerio Público; crear un registro público de los delitos contra mujeres, que concentre la información de todo el país; elaborar y aplicar protocolos especializados con perspectiva de género para la búsqueda inmediata de mujeres y niñas desaparecidas, la investigación de feminicidios y violencia sexual; crear el Banco Nacional de datos genéticos de mujeres y niñas, que contenga la información genética de las familias de mujeres y niñas desaparecidas y aquellos cuerpos registrados como ¿no identificados¿ o ¿desconocidos¿. Corresponderá a las entidades federativas especializar a los agentes del Ministerio Público; crear un registro público sistemático de los delitos cometidos en contra de mujeres; y elaborar y aplicar protocolos especializadas con perspectiva de género.
Aprobada
con fecha 13-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 9-Marzo-2011
63   Proyecto de decreto que reforma el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Guajardo Villarreal Mary Telma (PRD)
Fecha de presentación: 17-Marzo-2011

Prever que si al inicio del año no estuviere aprobada la Ley de Ingresos de la Federación y el Presupuesto de Egresos de la Federación, continuarán vigentes los aprobados para el año anterior, en tanto el Congreso de la Unión apruebe los del año correspondiente; asimismo, en caso que la Comisión Permanente se encuentre sesionando deberá convocar a un periodo extraordinario de sesiones al Congreso, o en su caso a la Cámara de Diputados, y dará inicio el día 2 de enero, a efecto de que se aprueben la Ley y el Presupuesto. Facultar a la Cámara de Diputados para aprobar programas y proyectos de inversión en infraestructura que comprendan varios ejercicios fiscales; las asignaciones correspondientes deberán incluirse en los subsecuentes Presupuestos de Egresos. Dichas autorizaciones, así como la modificación o cancelación de programas y proyectos de inversión, se llevarán a cabo conforme a lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Mayo-2012



Publicación en Gaceta: 17-Marzo-2011
64   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y expide la Ley Federal de Participación Ciudadana.


Proponente: Sarur Torre Adriana (PVEM)
Fecha de presentación: 23-Marzo-2011

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Incluir al régimen participativo de los ciudadanos como forma de gobierno del estado mexicano. Garantizar el derecho a participar activamente en el ejercicio democrático. Facultar al Instituto Federal Electoral para organizar las consultas públicas de participación ciudadana. Incluir como prerrogativa de los ciudadanos solicitar la realización de los mecanismos de participación ciudadana. Otorgar el derecho de iniciar leyes o decretos a los ciudadanos mexicanos.
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales: Facultar al Instituto Federal Electoral, para participar en la organización de los mecanismos plebiscitarios o de referéndum.
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación: Facultar al pleno de la Suprema Corte de Justicia para conocer de los procedimientos de participación ciudadana y a la Sala Superior de los recursos de impugnación de los procesos de participación ciudadana. Incluir el Título Décimo Tercero denominado ¿De la Participación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los Procedimientos de Participación Ciudadana¿ con el objeto de regular la participación y competencia de la Corte en caso de que haya duda en cuanto a la materia de la ley, reglamento o decreto legislativo o en su caso, del acto o decisión administrativa por no ser considerada, por el órgano correspondiente, de orden público o interés social.
Crear un ordenamiento jurídico, con el objeto de fomentar, promover, regular y establecer los mecanismos que permitan la organización y funcionamiento de la participación ciudadana; serán mecanismos de participación ciudadana, el plebiscito, el referéndum y la iniciativa popular. Establecer que leyes, reglamentos, decretos, actos o decisiones administrativas serán materia de los mecanismos de participación ciudadana. Regular los procedimientos, requisitos, formas y efectos de los mecanismos de participación ciudadana.
Desechada (art. 89)
con fecha 31-Mayo-2012



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011
65   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y adiciona la fracción XVIII al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)
Fecha de presentación: 23-Marzo-2011

Adicionar un Capítulo VII denominado ¿Del delito de feminicidio¿, con el objeto de establecer, definir y regular el delito de feminicidio, calificándolo como grave. Sancionar el delito de feminicidio con prisión de 20 a 30 años y de mil a cinco mil días multa; con 25 a 30 años de prisión y de dos mil a seis mil días multa, cuando la conducta sea cometida por un hombre con quien la mujer tenía o tuvo una relación de convivencia, noviazgo, amistad, relaciones laborales o de vecindad; con 35 a 45 años de prisión y de tres mil a siete mil días multa, cuando sea cometido por el cónyuge o concubinario; con 40 a 50 años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa, cuando el que lo comete sea descendiente o ascendiente en línea recta o colateral hasta el cuarto grado, adoptado o adoptante; y aumentar las penas cuando se acredite que la mujer fue lesionada, torturada o violada o haya mediado premeditación, ventaja o alevosía, así como sancionar al servidor público que con motivo de sus funciones y atribuciones conozca del delito y omita o realice alguna conducta. Aprobada
con fecha 13-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 17-Marzo-2011
66   Proyecto de decreto que reforma los artículos 75 y 78 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.


Proponente: Cárdenas Gracia Jaime Fernando (PT)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Incluir como causales por las que la votación recibida en una casilla será nula: utilizar recursos provenientes de actividades ilícitas o prohibidos por la legislación electoral; utilizar recursos públicos ajenos a las prerrogativas de ley o los destinados a los programas sociales de cualquier nivel de gobierno; provocar temor en los electores o comprar, hacer proselitismo, inducir, coaccionar o inhibir el voto durante los tres días previos a la elección o durante la jornada electoral; obtener o solicitar declaración firmada del elector acerca de su intención o el sentido de su voto o la abstención del ejercicio del mismo; solicitar votos por paga, dádiva, promesa de dinero u otra recompensa durante el proceso electoral; organizar o llevar a cabo el trasporte de votantes a las casillas o sus inmediaciones; abrir o manipular sin causa justificada los paquetes electorales o retirar los sellos; rebasar los topes de gastos de campaña; contratar tiempos en radio y televisión y en otros medios de difusión en contravención a la ley electoral; iniciar anticipadamente las precampañas y las campañas; y violar cualquiera de los principios constitucionales y legales que permiten que las elecciones sean libres, auténticas y periódicas. Facultar a las salas del Tribunal Electoral para declarar la nulidad de una elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 24-Marzo-2011
67   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3° y 45 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.


Proponente: Cuevas Barron Gabriela (PAN)
Fecha de presentación: 7-Abril-2011

Investigar los delitos del orden común, las conductas tipificadas como delitos en las leyes penales atribuidas a los adolescentes, cuando exista competencia concurrente. Prever en el Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, las unidades administrativas que se encargarán de investigar y perseguir la posesión, el comercio y el suministro de narcóticos en los términos de la Ley General de Salud. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 7-Abril-2011
68   Proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal del Sistema Penitenciario y de Ejecución de Sanciones, y se reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. (ejecución de sanciones)


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)
Fecha de presentación: 14-Abril-2011

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer las bases legales del Sistema Penitenciario Federal, la administración de la prisión preventiva, punitiva, así como las medidas de vigilancia especial. La ejecución de las penas privativas y restrictivas de la libertad corresponde al Poder Ejecutivo Federal y la modificación y duración de las penas corresponde al Poder Judicial de la Federación. Establece las disposiciones que en materia de seguridad, administración y operación, regularán los complejos, centros e instalaciones penitenciarias. Prevé las reglas para determinar y efectuar los traslados nacionales e internacionales de internos. Establece como parte del Sistema Penitenciario Federal, los servicios de salud y medicina penitenciaria que se brinden a los internos. Establece las obligaciones y derechos de los internos procesados, sentenciados y preliberados, su régimen de disciplina interno, así como las sanciones por infracción al régimen de disciplina. Se establece el sistema de reinserción a que se sujetará el sistema, a través de programas y tratamientos. Regula los centros especiales y las medidas de vigilancia especial, así como las medidas de seguridad en internamiento a inimputables y enfermos mentales. Se norman los procedimientos para la ejecución de las sanciones penales, los sustitutivos y la condena condicional, así como los beneficios preliberacionales y modificación de la naturaleza y duración de las penas. Establece las normas que regirán la carrera penitenciaria, los esquemas de profesionalización, la certificación y el régimen disciplinario del personal penitenciario. Aprobada
con fecha 17-Abril-2012



Publicación en Gaceta: 14-Abril-2011
69   Proyecto de decreto que adiciona el artículo 115 al Código Federal de Procedimientos Penales y reforma el 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: González Soto Diana Patricia (PRI)
Fecha de presentación: 26-Abril-2011

Prever que cuando la parte ofendida sea menor de edad o tratándose de incapaces, la querella la podrán presentar sus educadores o autoridades educativas. Considerar la violencia escolar para atender de manera especial los casos de infantes y adolescentes en los servicios de salud. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 26-Abril-2011
70   Proyecto de decreto que reforma los artículos 165 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, 419 del Código Penal Federal y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Torres Ibarrola Agustín (PAN)
Fecha de presentación: 29-Abril-2011

Aumentar los montos de las infracciones en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable de 40 a 1,000 para quedar de 120 a 3,000 y de 100 a 20,000 para quedar de 300 a 60,000 veces de salario mínimo. Imponer la pena de 1 a 9 años de prisión y de trescientos a tres mil días multa a quien ilícitamente transporte madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal maderable, o tierra procedente de suelos forestales en cantidades superiores a dos metros cúbicos o, en su caso, a su equivalente en madera aserrada; asimismo, al que ilícitamente comercie, acopie, almacene o transforme cualquiera de los objetos antes mencionados, y en cantidades superiores a cuatro metros cúbicos, o, en su caso, a su equivalente en madera aserrada, se sancionará con pena de 3 a 12 años de prisión y de mil a veinte mil días multa. Se aumentarán una tercera parte de las penas cuando los recursos forestales maderables provengan de un área natural protegida. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 12-Abril-2011
71   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de venta de menores.


Proponente: Aguirre Maldonado Ma. de Jesús (PRI)
Fecha de presentación: 29-Abril-2011

Crear un Capítulo VI denominado ¿Venta de Personas Menores de Dieciocho Años de Edad o de Personas que no tienen Capacidad para comprender el Significado del Hecho o de Personas que no tienen Capacidad para Resistirlo¿. Comete este delito quien realice cualquier acto o transacción en virtud del cual el menor es transferido a otra persona o grupo de personas a cambio de remuneración económica o de cualquier otra retribución y se le impondrá de 9 a 12 años de prisión y de 500 a 1000 días multa; además de estas sanciones, se privará de los derechos de patria potestad, tutela o custodia a quienes, en su caso, teniendo el ejercicio de estos derechos, cometan este delito. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 29-Abril-2011
72   Proyecto de decreto por el que se adiciona un sexto párrafo a la fracción IV del artículo 74 y se reforman los artículos 75 y 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; se reforman las fracciones II y XIII del artículo 2; el inciso c) de la fracción I, el inciso c) de la fracción II y el inciso c) de la fracción III del artículo 5; el artículo 19; los párrafos segundo y tercero del artículo 47; el artículo 57; el primer párrafo del artículo 58 y el primer párrafo del artículo 67; se derogan los artículos 20; el párrafo cuarto del artículo 47; el párrafo quinto del artículo 54; los párrafos último, penúltimo y antepenúltimo del artículo 58; el artículo 59; el artículo 60; la facción VII del artículo 65, todos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y se adiciona el artículo 223 bis del Código Penal Federal.


Proponente: Santiago Ramírez César Augusto (PRI)
Fecha de presentación: 25-Mayo-2011

Constitución Federal: Establecer que una vez aprobado el presupuesto de egresos y mientras éste tenga vigencia, la Cámara de Diputados podrá reformarlo por iniciativa del Ejecutivo Federal, a efecto de ampliarlo, disminuirlo o reorientarlo conforme a las necesidades de la Federación y de la economía nacional. Sólo en caso de que la reforma exceda los ingresos contemplados para el mismo, conjuntamente con ésta, se deberá aprobar la reforma a la Ley de Ingresos correspondiente y enviarla, para su discusión, a la Cámara de Senadores. El Poder Judicial de la Federación y las entidades públicas legitimadas, podrán proponer al Ejecutivo Federal proyectos de iniciativa de reforma al Presupuesto de Egresos de la Federación; el Presidente de la República resolverá sobre su presentación o no ante la Cámara de Diputados. Asimismo, no podrá realizarse ningún pago ni asignarse a persona alguna un empleo de nueva creación en la Federación que no esté contemplado en el Presupuesto de Egresos o sus reformas.
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Eliminar la facultad que permite a los Podres de la Unión y a los órganos autónomos a realizar pagos sin la aprobación de la Cámara de Diputados. Establecer que la Cámara de Diputados podrá reformar el Presupuesto de Egresos, solo cuando existan excedentes que resulten de los ingresos autorizados en la Ley de Ingresos y en los casos en que existan sobrantes de ahorros presupuestarios de las entidades, ahorros presupuestarios y economías; dichos excedentes se destinarán para cubrir inversiones petroleras, FONDEN y a los estados.
Código Penal Federal: Crear un tipo penal equiparado al peculado, con el fin de castigar con pena de prisión e inhabilitación y reparación del daño ocasionado, al servidor público que desvíe recursos públicos.
Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 30-Mayo-2011
73   Proyecto de decreto por el que se adiciona un sexto párrafo a la fracción IV del artículo 74 y se reforman los artículos 75 y 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; se reforman las fracciones II y XIII del artículo 2º; el inciso c) de la fracción I, el inciso c) de la fracción II y el inciso c) de la fracción III, todos del artículo 5º; el artículo 19 en su totalidad; los párrafos segundo y tercero del artículo 47; el único párrafo del artículo 57; el primer párrafo del artículo 58; y, el primer párrafo del artículo 67; así como se derogan los artículos 20; el párrafo cuarto del artículo 47; el párrafo quinto del artículo 54; los párrafos último, penúltimo y antepenúltimo del artículo 58; el artículo 59; y, el artículo 60; la fracción VII del artículo 65; todos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y se adiciona el artículo 223 Bis del Código Penal Federal.


Proponente: Santiago Ramírez César Augusto (PRI)
Fecha de presentación: 8-Junio-2011

Constitución Federal: Establecer que una vez aprobado el presupuesto de egresos y mientras éste tenga vigencia, la Cámara de Diputados podrá reformarlo por iniciativa del Ejecutivo Federal, a efecto de ampliarlo, disminuirlo o reorientarlo conforme a las necesidades de la Federación y de la economía nacional. Sólo en caso de que la reforma exceda los ingresos contemplados para el mismo, conjuntamente con ésta, se deberá aprobar la reforma a la Ley de Ingresos correspondiente y enviarla, para su discusión, a la Cámara de Senadores. El Poder Judicial de la Federación y las entidades públicas legitimadas, podrán proponer al Ejecutivo Federal proyectos de iniciativa de reforma al Presupuesto de Egresos de la Federación; el Presidente de la República resolverá sobre su presentación o no ante la Cámara de Diputados. Asimismo, no podrá realizarse ningún pago ni asignarse a persona alguna un empleo de nueva creación en la Federación que no esté contemplado en el Presupuesto de Egresos o sus reformas.

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Eliminar la facultad que permite a los Podres de la Unión y a los órganos autónomos a realizar pagos sin la aprobación de la Cámara de Diputados. Establecer que la Cámara de Diputados podrá reformar el Presupuesto de Egresos, solo cuando existan excedentes que resulten de los ingresos autorizados en la Ley de Ingresos y en los casos en que existan sobrantes de ahorros presupuestarios de las entidades, ahorros presupuestarios y economías; dichos excedentes se destinarán para cubrir inversiones petroleras, FONDEN y a los estados.

Código Penal Federal: Crear un tipo penal equiparado al peculado, con el fin de castigar con pena de prisión e inhabilitación y reparación del daño ocasionado, al servidor público que desvíe recursos públicos.
Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 13-Junio-2011
74   Proyecto de decreto que expide la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Trata de Personas y Delitos Relacionados; abroga la Ley Para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas y reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Civil Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de la Policía Federal, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)
Fecha de presentación: 3-Agosto-2011

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto tutelar la libertad y la dignidad de las personas y los demás derechos humanos reconocidos universalmente y regular las acciones del Estado Mexicano en la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos previstos en ella, así como establecer los tipos penales, las sanciones y el procedimiento penal aplicable, así como la distribución de competencias y formas de coordinación entre los distintos órdenes de gobierno. Tipificar el delito de Trata de Personas, así como los delitos que se relacionan y determinar las sanciones que deben aplicarse en cada caso, sanciones por acumulación de delitos cuando se relacionen, las hipótesis de su agravamiento y las reglas comunes a todos los casos en la interpretación y aplicación de estas disposiciones. Regular lo relativo a los derechos de las víctimas y las personas que les rodean, en lo que hace a su atención integral, sus derechos, protección y seguridad durante los procesos, el resarcimiento y reparación de los daños, los derechos de las víctimas extranjeras y las medidas para su protección en el largo plazo, cuando haya participación de delincuencia organizada. Obligar a la Procuraduría General de la República a crear un Programa de Protección a Víctimas y Testigos, las reglas básicas de su funcionamiento, así como de la instancia específica para operarlo. Redefinir la integración, organización, funcionamiento y facultades de la Comisión Intersecretarial y de los contenidos del programa Nacional en la materia, así como las responsabilidades de cada una de las dependencias que intervienen y la evaluación de los resultados. Incluir un capítulo referente a la prevención del delito, las políticas y programas para tal objetivo, la detección de zonas y grupos con mayor vulnerabilidad y las políticas para su atención prioritaria, la evaluación de los programas y la atención a rezagos. Establecer una distribución de facultades y competencias exclusivas y concurrentes de los tres órdenes de gobierno en la materia y medidas para el fortalecimiento institucional. Incluir dentro de los delitos considerados como graves, los relacionados con la trata de personas, así como de delincuencia organizada. Señalar que para el caso de la sustracción de menores, deberán implementarse sistemas de alerta y protocolos de acción inmediata para su búsqueda y localización, en el que coadyuven con los integrantes del sistema, las corporaciones de emergencia, medios de comunicación, prestadores de servicios de telecomunicaciones, organizaciones no gubernamentales y ciudadanía en general. Aprobada
con fecha 20-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2011
75   Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 36 fracción I, 37 fracción I y 39 fracción I de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.


Proponente: Cuevas Barron Gabriela (PAN)
Fecha de presentación: 10-Agosto-2011

Incluir el término ¿ciudadano¿ en cuanto a los requisitos para ingresar y permanecer como Agente del Ministerio Público dentro del Servicio Profesional de Carrera, así como para ingresar y permanecer como Agente de la Policía de Investigación. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 15-Agosto-2011
76   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, de la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México y del Código de Justicia Militar.


Proponente: Reyes Sahagún Teresa Guadalupe (PT)
Fecha de presentación: 6-Septiembre-2011

Considerar como delitos del orden federal los previstos en el Código de Justicia Militar. Los militares que hayan sido sentenciados a pena privativa de libertad, percibirán al menos el 50% de sus haberes hasta en tanto recobren su libertad y se reintegren plenamente al servicio en cuyo caso percibirán la totalidad de los haberes. En ningún caso, bajo el principio de presunción de inocencia, se descontarán haberes a los militares sujetos a proceso hasta que sean sentenciados. Derogar el Capítulo II denominado ¿Del Supremo Tribunal Militar¿. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 6-Septiembre-2011
77   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y del Código Penal Federal.


Proponente: Aguirre Maldonado Ma. de Jesús (PRI)
Fecha de presentación: 6-Septiembre-2011

Establecer que las autorizaciones y los reconocimientos de validez oficial de estudios se otorgarán cuando los solicitantes cuenten con un reglamento de orden interno que establezca las normas mínimas de conducta de los integrantes del plantel educativo, el cual deberá garantizar su integridad física y psicológica, así como el procedimiento en caso de que se contemplen sanciones; el incumplimiento de este precepto, será motivo de infracción. Modificar el Título Vigésimo ¿Delitos Contra el Honor¿ por ¿Delitos contra la Integridad Psicológica y Moral¿, delitos que serán castigados con pena de prisión de 6 meses a 2 años. Al que en el ámbito de cualquier relación laboral, funcional o escolar y aprovechando su relación de superioridad, realice contra otro de forma reiterada actos de trato degradante, se le impondrá de 1 a 3 años de prisión. Derogar los capítulos I Golpes y otras violencias físicas simples, II Injurias y difamación, III Calumnia y IV Disposiciones comunes para los capítulos precedentes. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 6-Septiembre-2011
78   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.


Proponente: García Granados Miguel Ángel (PRI)
Fecha de presentación: 20-Septiembre-2011

Imponer pena de 1 a 9 años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, a quien ilícitamente de manera dolosa capture, transforme, acopie, transporte, destruya o comercie con las especies acuáticas denominadas camarón, erizo y pepino de mar. Facultar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para incluir programas de generación de empleos temporales para las comunidades afectadas por las vedas. Establecer que los permisos de pesca comercial puedan ser transferidos a terceros, vendidos, rentados o enajenados, según resulte conveniente tanto al beneficiario como al manejo sustentable del recurso pesquero. Prever que en los casos en que se determine la existencia de excedentes por especies en la zona económica exclusiva, se pueda permitir con carácter de excepción en las capturas, la participación de embarcaciones extranjeras, siempre y cuando se acredite que el recurso pesquero de que se trate fue sometido a concurso entre concesionarios y/o permisionarios mexicanos. Facultar al Instituto Nacional de la Pesca para permitir la pesca de fomento, en el caso de científicos, técnicos e instituciones de investigación extranjeros, debiéndose dar preferencia a aquellas solicitudes que se realicen en embarcaciones de bandera mexicana. Los resultados derivados de la pesca de fomento, deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 20-Septiembre-2011
79   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal y reforma el artículo 31 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)
Fecha de presentación: 22-Septiembre-2011

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto establecer las medidas y procedimientos que garanticen la protección y atención de personas intervinientes en el procedimiento penal, cuando se encuentren en situación de riesgo o peligro por su participación o como resultado del mismo. Crear el Centro Federal de Protección a Personas Centro, como órgano desconcentrado y especializado de la Procuraduría General de la República; con autonomía técnica y operativa en la aplicación de las Medidas de Protección, el cual estará a cargo de un Director, nombrado y removido libremente por el Procurador; así como el Programa Federal de Protección a Personas, el cuál establecerá cuando menos los requisitos de ingreso, terminación, mecanismos de protección para la persona, así como los apoyos para solventar sus necesidades personales básicas cuando por su intervención en el Procedimiento Penal así se requiera. Podrán incorporarse al Programa a las víctimas, ofendidos, testigos, testigos, colaboradores, peritos, policías, agentes del Ministerio Público, jueces y miembros del Poder Judicial, quienes hayan colaborado eficazmente en la investigación o en el proceso o familiares de las mismas. La protección de personas se regirá por los principios de proporcionalidad y necesidad, secrecía, voluntariedad, temporalidad, autonomía, celeridad y gratuidad. Las medidas de protección serán de asistencia o de seguridad. Aprobada
con fecha 24-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 20-Septiembre-2011
80   Proyecto de decreto que expide la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos de la Federación; y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Proponente: Ramírez Acuña Francisco Javier (PAN)
Fecha de presentación: 20-Octubre-2011

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto reglamentar el artículo 127 y demás disposiciones de la Constitución, en materia de remuneraciones de los servidores públicos. Establecer los principios rectores y reglas generales de las remuneraciones, manuales de remuneraciones, pago de las remuneraciones, remuneración por desempeñar dos o más puestos, remuneración cuando se desempeñen empleos, cargos o comisiones en las entidades federativas o municipios, erogaciones que no forman parte de las remuneraciones, imposición de sanciones, entre otros capítulos. Reponsabilizar a los titulares de las unidades de administración para observar y aplicar estrictamente las disposiciones en esta materia.
Código Penal: Comete el delito de uso indebido de atribuciones y facultades el servidor público que indebidamente en razón de su empleo, cargo o comisión públicos otorgue o autorice, para sí o para otros, pagos de remuneraciones, jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, liquidaciones por servicios prestados, prestamos o créditos que no estén previstos en ley, decreto legislativo, contrato colectivo, contrato ley o condiciones generales de trabajo, o que estando previstos otorgue o autorice su pago aunque no se tenga derecho a recibirlos; quien utilice los apoyos o gastos sujetos a comprobación que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales, en actividades o en conceptos ajenos al cumplimiento de su empleo, cargo o comisión públicos.
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Suprimir lo relativo al manual de percepciones de los servidores públicos de las dependencias y entidades.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 20-Octubre-2011
81   Proyecto de decreto que expide el Código para la Protección Integral de los Derechos de la Infancia.


Proponente: Chuayffet Chemor Emilio (PRI)
Fecha de presentación: 8-Noviembre-2011

Crear un ordenamiento jurídico reglamentario del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de garantizar la protección integral de los derechos de los infantes, en los términos que consagra la Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño y los otros tratados internacionales sobre la materia, ratificados por el Estado Mexicano, a fin de propiciar el desarrollo integral físico, mental y social de los infantes, en condiciones de libertad y dignidad, que garanticen la adquisición cabal de ciudadanía y participación equitativa en las actividades sociales, productivas, culturales y deportivas que se organizan en sociedad. Se entiende por infante a toda persona menor de 18 años de edad. Establecen los derechos, obligaciones, responsabilidades y trabajo de los infantes, las obligaciones de los padres, la adopción de los infantes, las obligaciones y responsabilidades del Estado, así como las sanciones aplicables a los servidores públicos y/o padres. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2011
82   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de las Leyes Federal de Juegos y Sorteos; de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de Instituciones de Crédito.


Proponente: Congreso del Estado de Nuevo León (Congresos Locales)
Fecha de presentación: 8-Noviembre-2011

Ley Federal de Juegos y Sorteos: Establecer que para la expedición de permisos, la Secretaría de Gobernación como requisito de procedibilidad deberá de recabar previamente la opinión favorable tanto del Ejecutivo Estatal como la del ayuntamiento de que se trate. La negativa de cualquiera de las dos autoridades locales será determinante para considerar no cumplidos satisfactoriamente todos los requisitos del trámite por parte del solicitante. Prever que los permisionarios, operadores y beneficiarios, están obligados a responder solidariamente por los daños y perjuicios que se causen a cualquier persona en los establecimientos respectivos, aun en casos de que fueren causados por acción de terceros.
Ley de Amparo, Reglamentaría de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Incluir como supuestos por los que se considerarán que se siguen en perjuicio al interés social o se contravienen las disposiciones de orden público, cuando de concederse la suspensión, se continúe el funcionamiento de de casinos, centros de apuestas, salas de sorteos, casas de juego y similares, o se impida o dificulte su inspección, control y vigilancia por las autoridades en materia de protección civil u otras competentes, y cuando se impida la ejecución de medidas para combatir la ludopatía y el tabaquismo.
Ley de Instituciones de Crédito: Incluir como obligación de las instituciones de crédito a dar las noticias o información al Secretario de Gobernación o el servidor público a quien delegue facultades para requerir información, en ejercicio de funciones de inspección, control, y vigilancia de casinos, centros de apuestas, salas de sorteos, casas de juego y establecimientos similares.
Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2011
83   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, y de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.


Proponente: Congreso del Estado de Chihuahua (Congresos Locales)
Fecha de presentación: 8-Noviembre-2011

Aumentar las sanciones y penas de prisión a quién sin permiso correspondiente porte o posea un arma de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea o hiciere acopio de armas o posea cartuchos en cantidades mayores a las permitidas, así como establecer que se les aplicarán las reglas del concurso real y no se les concederá la libertad preparatoria. Establecer como delito grave el transporte de armas para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea. Sancionar con cinco a diez años de prisión y de trescientos cincuenta a mil días multa al que, se oponga a que la autoridad pública o sus agentes ejerzan alguna de sus funciones o resista al cumplimiento de un mandato legítimo ejecutado en forma legal, mediante disparos realizados con arma de fuego. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2011
84   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.


Proponente: Kahwagi Macari Jorge Antonio (NUEVA ALIANZA)
Fecha de presentación: 8-Noviembre-2011

Derogar el tipo penal de ¿lenocinio¿ y considerarlo como una figura constitutiva del delito de trata de personas. Explicitar la definición del delito de trata de personas: quien capte, reclute, enganche, transporte, promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una o varias personas , por medio de cualquier tipo de violencia o a través del engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad con fines de explotación sexual, explotación laboral, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, venta de personas, matrimonio forzado o servil o la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes. Desechada (art. 89)
con fecha 20-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2011
85   Proyecto de decreto que reforma los artículos 5° de la Ley de Vías Generales de Comunicación y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Zamora Jiménez Arturo (PRI)
Fecha de presentación: 8-Noviembre-2011

Aclarar que los delitos que se intenten o se consuman sobre bienes, mercancías y valores transportados por ferrocarril son de competencia exclusiva de la Federación. Calificar como delito grave los delitos de ataques a las vías de comunicación. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2011
86   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.


Proponente: Espino Arévalo Fernando (PRI)
Fecha de presentación: 29-Noviembre-2011

Ley General de Salud: Explicitar que en ningún caso y de ninguna forma se podrán expender o suministrar bebidas alcohólicas a menores de 21 años de edad. Los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal coadyuvarán, en los términos de los acuerdos de coordinación que celebren con la Secretaría de Salud, en el establecimiento de los criterios y mecanismos necesarios para la organización e implementación de campañas masivas de información.
Código Penal Federal: No se concederá la libertad preparatoria a los sentenciados por corrupción de personas menores de veintiún años de edad.
Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 29-Noviembre-2011
87   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley de Asistencia Social y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.


Proponente: Kahwagi Macari Jorge Antonio (NUEVA ALIANZA)
Fecha de presentación: 6-Diciembre-2011

Código Penal Federal: Sancionar con pena de prisión de cuatro a ocho años, al particular que prive a otro de su libertad se realice con violencia; cuando la víctima sea menor de dieciséis o mayor de sesenta años de edad; o cuando por cualquier circunstancia, la víctima esté en situación de inferioridad física o mental respecto de quien la ejecuta; asimismo, la pena de prisión aumentará de cuatro a diez años cuando la víctima sea menor de doce años.
Código Federal de Procedimientos Penales: Establecer el procedimiento que el deberá llevar a cabo el Ministerio Público (MP) cuando reciba una denuncia derivada de la desaparición de un menor o menores de edad. Incluir como derecho de la víctima o el ofendido por algún delito, que en el caso de que la denuncia verse sobre la desaparición de menores de edad, los ofendidos, podrán ocurrir en queja inmediatamente ante el Procurador General de la República cuando el Agente del MP deje de actuar con la prontitud y rapidez que el caso lo requiere. El titular del MP de la Federación oyendo a las partes impondrá los correctivos disciplinarios que el caso amerite o en su caso ejercerá la acción penal correspondiente.
Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes: Facultar a las instituciones que establezcan la Federación, el Distrito Federal, los estados y municipios en la procuración de la defensa y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, para promover que en el ámbito de su jurisdicción, se establezcan convenios con las sociedades mercantiles, centros y plazas comerciales, predios u oficinas públicas, edificios, bienes inmuebles y lotes para implementar protocolos de seguridad que contendrán un procedimiento para la localización y búsqueda inmediata cuando exista reporte de extravío o desaparición de una niña o niño o adolescente dentro de sus instalaciones. Estas normas serán registradas ante el Organismo Público del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, y los Sistemas Estatales, del Distrito, y Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia.
Ley de Asistencia Social: Facultar al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, para promover la actuación inmediata de las autoridades policiales, ministeriales, policiales, y Administrativas, en el caso de que exista reporte de un menor desaparecido, para lo cual urgirá a las autoridades referidas, para que en el ámbito de su competencia, se avoquen inmediatamente a la ubicación y localización del niño o adolescente desaparecido. Establecer el procedimiento para la búsqueda y localización de menores desaparecidos.
Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República: Facultar al Ministerio Público para realizar todas las gestiones necesarias ante los gobiernos extranjeros cuando tenga información de que un menor reportado como desaparecido se encuentra en otro país; lo anterior para hacer posible su traslado a territorio nacional.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 6-Diciembre-2011
88   Proyecto de decreto que reforma el artículo 92 del Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Pérez Esquer Marcos (PAN)
Fecha de presentación: 6-Diciembre-2011

Establecer que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en ningún caso podrá pedir el sobreseimiento de los procesos penales, cuando el procesado no tenga derecho a obtener su libertad provisional bajo caución, por tratarse de delitos fiscales graves. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2011
89   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud; y de los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Lastiri Quirós Juan Carlos (PRI)
Fecha de presentación: 21-Diciembre-2011

Ley General de Salud: Establecer que para efectos de fijar los precios máximos de venta de los medicamentos e insumos esenciales que conforman el cuadro básico de insumos así como el catálogo de insumos de segundo y tercer nivel de atención médica, y que sean producidos, distribuidos, destinados o, en su caso, comercializados al sector público, social y privado, la Secretaría de Economía evaluará con base en análisis y criterios técnicos, económicos y sociales desde la minimización de costos, de costo-efectividad, de costo-utilidad, de costo-beneficio, precios unitarios y de volumen, y demás criterios que le sean suficientes para determinar, en su caso, el precio de un nuevo producto así como el costo incremental en el precio final de incorporación al mercado.
Código Penal Federal: Incluir el delito específico de venta con inmoderado lucro respecto a los medicamentos o materiales de curación susceptibles de comercio para los sectores público, social y privado, así como sancionar penalmente la conducta relativa a incitar posturas o la abstención en las licitaciones, concursos, subastas o almonedas públicas entre los agentes económicos competidores; e incrementar la sanción que corresponda en una mitad cuando el delito perjudique al sector salud en la adquisición de medicamentos y demás insumos indispensables para su operación.
Código Federal de Procedimientos Penales: Sancionar como delito grave con prisión de cuatro a doce años y con trescientos a mil doscientos días multa, la venta con inmoderado lucro de medicamentos o materiales de curación, sólo en el caso que sobrepase el cincuenta por ciento de lo fijado como precio máximo oficial de venta al público por la autoridad competente.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 21-Diciembre-2011
90   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y del Código Penal Federal.


Proponente: Flores Ramírez Juan Gerardo (PVEM)
Fecha de presentación: 11-Enero-2012

Ley General de Educación.- Explicitar que cualquier persona física o moral podrá realizar donaciones destinadas a beneficiar la educación que imparta el Estado mexicano. Las donaciones, contribuciones o cuotas que realicen quienes ejercen la patria potestad o la tutela, destinadas a la educación que se imparta en las escuelas en las que cursen estudios sus hijos o tutelados, serán siempre voluntarias y se guardará en todo momento secrecía del aportante y monto de la donación; el Estado garantizará este derecho en beneficio de quienes ejercen la patria potestad o tutela y los educandos. En ningún caso las donaciones que realicen quienes ejercen la patria potestad o tutela, o personas físicas o morales se entenderán como contraprestaciones del servicio educativo, tanto en el ámbito público como en el privado.
Código Penal Federal.- Incluir como delito de abuso de autoridad el hecho de que los servidores públicos condicionen la prestación del servicio público y gratuito de la educación o se viole el derecho a realizar cuotas de forma voluntaria o en absoluta secrecía.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 11-Enero-2012
91   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Sesiones Públicas.


Proponente: Orozco Torres Norma Leticia (PVEM)
Fecha de presentación: 9-Febrero-2012

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de proveer lo necesario para que todo individuo pueda tener acceso a las sesiones donde se tomen decisiones gubernamentales o que influyan en la vida pública del Estado; transparentar la toma de decisiones de la administración pública mediante la presencia de la ciudadanía; favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos, de manera que puedan valorar el desempeño de los sujetos obligados; y contribuir a la democratización de la sociedad mexicana y la plena vigencia del Estado de Derecho. Establecer los derechos de los ciudadanos para presenciar las sesiones públicas de los organismos de gobierno. Prever los requerimientos para llevar a cabo las reuniones de cuerpos colegiados de gobierno; así como los motivos por los que una entidad pública podrá realizar sesiones cerradas y las sanciones de realizar una reunión cerrada sin las justificaciones necesarias. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 7-Febrero-2012
92   Proyecto de decreto que reforma los artículos 9, 10, 11 y 12 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Vidal Aguilar Liborio (PVEM)
Fecha de presentación: 16-Febrero-2012

Sancionar con prisión vitalicia el delito de secuestro. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 16-Febrero-2012
93   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Civil Federal y de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Novoa Mossberger María Joann (PAN)
Fecha de presentación: 16-Febrero-2012

Establecer que los ascendientes, tutores y custodios estarán obligados a respetar el derecho a la identidad registrando su nacimiento de forma inmediata y cumpliendo con sus deberes establecidos en la ley. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos. El derecho a la identidad será universal, gratuito y oportuno, ningún niño puede ser privado de su nombre e identidad familiar o cultural. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 14-Febrero-2012
94   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Rojo Montoya Adolfo (PAN)
Fecha de presentación: 28-Febrero-2012

Establecer que si concedido el amparo la autoridad responsable insistiere en la repetición del acto reclamado o tratare de eludir la sentencia de la autoridad federal, y la Suprema Corte de Justicia de la Nación estima que es inexcusable el incumplimiento, dicha autoridad será inmediatamente separada de su cargo y consignada al juez de distrito que corresponda. Si fuere excusable, previa declaración de incumplimiento o repetición, la SCJN requerirá a la responsable y le otorgará un plazo prudente para que ejecute la sentencia. Si la autoridad no ejecuta la sentencia en el término concedido, la Suprema Corte de Justicia de la Nación procederá en los términos primeramente señalados. Para determinar la excusabilidad del cumplimiento, la SCJN valorará circunstancias como el acto reclamado, el tipo de autoridad responsable, su nivel jerárquico y las circunstancias particulares de hecho y de derecho que le impiden cumplir con la sentencia. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 28-Febrero-2012
95   Proyecto de decreto que expide la Ley General de Protección y Reparación Integral a Víctimas de Violaciones a Derechos Humanos Generadas por la Violencia.


Proponente: Incháustegui Romero Teresa del Carmen (PRD)
Fecha de presentación: 1-Marzo-2012

Crear un ordenamiento jurídica con el objeto de regular y establecer un conjunto de medidas administrativas, judiciales, sociales y económicas de atención y reparación integral en beneficio de las víctimas de violaciones a derechos humanos generadas por la violencia, que permitan hacer efectivo el goce de los derechos establecidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los instrumentos internacionales de los que México forma parte, de modo que se reconozca y dignifique su condición de víctimas para hacer efectivo su derecho de acceso a la justicia, así como la recuperación de su identidad y memoria y, en su caso, la recuperación de todos sus derechos como ciudadanos. Facultar a la Procuraduría General de la República para contar con un programa integral de protección a víctimas y testigos que contemple medidas de protección. Crear la Coordinación Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, con el objeto de formular y ejecutar los planes, programas, proyectos y acciones específicas, tendientes a la atención y reparación integral de las víctimas. Crear el fondo económico para víctimas de violaciones a derechos humanos y de actos, dolosos o culposos, realizados por las fuerzas armadas y fuerzas policíacas federales o por grupos de la delincuencia organizada. Facultar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para diseñar y mantener el Registro Nacional de Víctimas. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2012
96   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, del Código de Justicia Militar, de la Ley Orgánica de la Armada de México y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.


Proponente: Vázquez González Pedro (PT)
Fecha de presentación: 1-Marzo-2012

Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos: Establecer que los uniformes, equipo, pertrechos y material diverso, en el Ejército y Fuerza Aérea no podrán ser utilizados por personas, Corporaciones o Dependencias que les sean ajenas. Facultar a la Comandancia de la Fuerza Aérea, las Direcciones Generales y los Departamentos de la Secretaría de la Defensa Nacional, a través de la Secretaría de la Defensa Nacional, para coordinar acciones concernientes al aseguramiento de uniformes, divisas, equipo, pertrechos, material diverso, oficiales o apócrifos, de representación nacional y de dependencias extranjeras, que sean usados para su venta y distribución en locales comerciales, tiendas de autoservicio, tiendas de equipamiento deportivo, mercados y tianguis sobre ruedas, así como entre particulares.
Código de Justicia Militar: Sancionar con pena de tres a seis años de prisión al que lleve públicamente uniforme, insignias, distintivos o condecoraciones militares, equipo, pertrechos, material diverso, oficiales o apócrifos y de dependencias extranjeras, que no esté legítimamente autorizado para usar, o se atribuya grados o empleos del ejército, de la armada y la Fuerza Aérea.
Ley Orgánica de la Armada de México: Establecer que las Juntas Navales, el Estado Mayor General de la Armada, la Subsecretaría, las Direcciones Generales, Fuerzas, Regiones, así como las Zonas y los Sectores Navales, a través del titular de la Secretaría de Marina, tendrán a su cargo fijar, en su caso, las bases técnicas para la adquisición de los recursos materiales que deban utilizarse, pero además tendrán las facultades, para coordinar acciones concernientes al aseguramiento de uniformes, divisas, equipo, pertrechos, material diverso, oficiales o apócrifos, de representación nacional y de dependencias extranjeras, que sean usados para su venta y distribución en locales comerciales, tiendas de autoservicio, tiendas de equipamiento deportivo, mercados y tianguis sobre ruedas, así como entre particulares. Sancionar a las personas, Corporaciones o Dependencias ajenas a la Aramada de México, que utilicen los uniformes y divisas.
Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República: Establecer que toda persona que desempeñe un cargo, comisión o empleo de cualquier naturaleza, que utilice los uniformes, equipo, pertrechos y material diverso de uso o con características de la Procuraduría General de la República, aduciendo proceder por instrucciones u orden oficial, ser coordinados por esta dependencia y que no esté legítimamente autorizado para actuar o usarlo, será puesto de inmediato a disposición del Ministerio Público de la Federación y será sujeto a investigación y en su caso proceso penal.
Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 28-Febrero-2012
97   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y del Código Penal Federal.


Proponente: Herrera Martínez Jorge (PVEM)
Fecha de presentación: 8-Marzo-2012

Ley General de Educación: Establecer que cualquier persona física o moral podrá realizar donaciones destinadas a beneficiar la educación que imparta el Estado mexicano. Las donaciones, contribuciones o cuotas que realicen quienes ejercen la patria potestad o la tutela, destinadas a la educación que se imparta en las escuelas en las que cursen estudios sus hijos o tutelados, serán siempre voluntarias y se guardará en todo momento secrecía del aportante y monto de la donación. El estado garantizará este derecho en beneficio de quienes ejercen la patria potestad o tutela y los educandos.
Código Penal Federal: Sancionar con el delito de abuso de autoridad a los servidores públicos que condicionen la prestación del servicio público y gratuito de la educación o se viole el derecho a realizar cuotas de forma voluntaria o en absoluta secrecía.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 6-Marzo-2012
98   Proyecto de decreto que reforma los artículos 363 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y 11 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.


Proponente: Cárdenas Gracia Jaime Fernando (PT)
Fecha de presentación: 27-Marzo-2012

Suprimir la figura procesal del desistimiento en materia electoral. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 22-Marzo-2012
99   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3° del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y 2° de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.


Proponente: Cárdenas Gracia Jaime Fernando (PT)
Fecha de presentación: 27-Marzo-2012

Establecer que las normas del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se interpretarán de conformidad con la Constitución y con los tratados internacionales en materia de derechos humanos y, en la atribución de significados normativos, se favorecerá en todo tiempo a las personas con la protección más amplia. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 15-Marzo-2012
100   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal; del Código Federal de Procedimientos Penales; de la Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.


Proponente: Cárdenas Gracia Jaime Fernando (PT)
Fecha de presentación: 27-Marzo-2012

Código Penal Federal: Crear un Fondo de Apoyo a Víctimas y Ofendidos del Delito, que será administrado por un fideicomiso público, al que deberán destinarse en su totalidad los recursos derivados de las multas, de la enajenación de los bienes decomisados que la autoridad judicial estime procedentes y de los bienes abandonados.
Código Federal de Procedimientos Penales: Prever que los recursos que se obtengan por la enajenación de bienes abandonados así como de aquellos cuyo dominio haya sido declarado extinto en sentencia firme se destinen, en partes iguales, al Fondo de Apoyo a Víctimas y Ofendidos del Delito y a la Secretaría de Salud.
la Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del Artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Establecer que podrán acceder a los recursos obtenidos las víctimas u ofendidos que cuenten con sentencia ejecutoriada en la que se indique el daño que sufrió como consecuencia del delito que se penaliza.
Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Integrar al Fondo de Apoyo para las Víctimas y Ofendidos, los recursos que provengan de la enajenación de bienes abandonados, decomisados o cuyo dominio haya sido declarado extinto, así como de las fianzas o garantías que se hagan efectivas, relacionados con la comisión del delito de secuestro. Eliminar los recursos adicionales obtenidos por los bienes que causen abandono, del Fondo de Apoyo para las Víctimas y Ofendidos.
Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público: Considerar los bienes abandonados y aquellos cuyo dominio haya sido declarado extinto en sentencia firme como sujetos a la regulación de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 15-Marzo-2012
101   Proyecto de decreto por el que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.


Proponente: Arana Arana Jorge (PRI)
Fecha de presentación: 12-Abril-2012

Incrementar los rangos de la penalidad y de las sanciones, a quienes realicen actividades ilícitas que atenten contra los recursos forestales que provengan de áreas naturales protegidas. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 12-Abril-2012
102   Proyecto de decreto que reforma el artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y deroga el 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Proponente: Cárdenas Gracia Jaime Fernando (PT)
Fecha de presentación: 17-Abril-2012

Eliminar el ¿haber de retiro¿ al que tienen derecho los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al concluir el periodo al que fueron designados. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 28-Marzo-2012
103   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley de la Policía Federal.


Proponente: Herrera Rivera Bonifacio (PAN)
Fecha de presentación: 25-Abril-2012

Código Penal Federal: Prever la competencia del Ministerio Público Federal y sus auxiliares respecto a los delitos informáticos y en general los relativos a dispositivos electrónicos. Considerar como delito la posesión de pornografía infantil.
Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada: Tipificar los delitos informáticos en la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.
Código Federal de Procedimientos Penales: Establecer el procedimiento para la obtención de la información de dispositivos electrónicos en las prácticas de cateo. Prever que con el propósito de garantizar el valor probatorio del indicio electrónico, el Ministerio Público, los servicios periciales y las unidades de policías facultadas llevaran a cabo el procedimiento de cadena de custodia específico para la evidencia electrónica, que al efecto determine el procurador general de la república mediante acuerdo, conforme los protocolos universalmente aceptados en la materia.
Ley Federal de Telecomunicaciones: Prever la obligación de los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones para conservar un registro y control de comunicaciones que se realicen desde cualquier tipo de conexión, ya sea de Internet, o líneas de telefonía fija o móvil que utilice protocolos de Internet (IP). Facultar al Ministerio Público para que tenga acceso a los historiales de comunicación por Internet con relación a cualquier delito.
Ley de la Policía Federal: Facultar a la Policía Federal para llevar el registro de los protocolos de investigación y desarrollo sobre software y hardware utilizados para la comisión de delitos informáticos.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 24-Abril-2012
104   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)
Fecha de presentación: 25-Abril-2012

Código Penal Federal: Establecer los delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos. Sancionar al servidor público que en ejercicio o con motivo de sus funciones prive de la vida a otro se le impondrá la pena de 30 a 60 años de prisión, así como con la destitución y/o inhabilitación de 8 a 20 años del empleo cargo o comisión.
Código Federal de Procedimientos Penales: Prever la garantía de no revictimización y garantías para declaración o identificación. Considerar como delitos graves, los delitos contra la administración de justicia.
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos: Considerar como obligación del servidor público, promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.
Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado: Considerar como finalidad de Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, fijar las bases y procedimientos para reconocer el derecho a la reparación de daño a quienes, sin obligación jurídica de soportarlo, sufran daños en cualquiera de sus bienes y derechos como consecuencia de la actividad administrativa irregular del Estado.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 24-Abril-2012
105   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 310 Bis al Código Penal Federal y expide la Ley General para la Prevención, Atención, Erradicación y Sanciones del Maltrato hacia Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)
Fecha de presentación: 25-Abril-2012

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer la concurrencia de la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, para prevenir, atender, erradicar, y sancionar el maltrato hacía niñas, niños y adolescentes, velando en todo momento por el interés superior de la Niñez. La niñez tiene el derecho a ser protegida contra actos u omisiones que puedan afectar su salud física o mental, su normal desarrollo o que se menoscabe cualquiera de sus derechos. De manera especial se les protegerá cuando se vean afectados por: el descuido, la negligencia, el abandono, el abuso emocional, físico y sexual; la explotación, el uso de drogas y enervantes, el secuestro y la trata; y conflictos armados, en situación de calle o mendicidad, desastres naturales, situaciones de refugio o desplazamiento, y acciones de reclutamiento para que participen en conflictos armados. Prohibir todos los tipos de maltrato o castigos corporales aplicados a la niñez, que en ninguna circunstancia serán considerados como corrección disciplinaria. Crear la Comisión Nacional contra el Maltrato hacia Niñas, Niños y Adolescentes, como una unidad administrativa a cargo de la Secretaría de Gobernación, cuyo objeto será brindar atención oportuna e integral a las víctimas de maltrato hacia la niñez, en coordinación con instituciones especializadas, en términos de la normativa aplicable; coadyuvar al eficaz desempeño de las autoridades con competencia en esta materia, y diseñar y ejecutar políticas, programas y esquemas de colaboración y coordinación interinstitucional de atención a la niñez, víctimas de maltrato. La Comisión dependerá de la estructura y presupuesto del Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana, del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública de la Secretaría de Gobernación.
Código Penal Federal: Imponer de doce a cuarenta y dos años de prisión, al que con motivo de maltratos hacia niñas, niños y adolescentes cause homicidio de un menor. Si lo causado fueren lesiones, la pena se aumentará hasta en dos terceras partes de la que correspondería por su comisión. Al que tenga conocimiento de la existencia de un caso de maltrato de un menor y no haga la denuncia correspondiente se le impondrá de cinco a diez años de prisión.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 24-Abril-2012
106   Proyecto de decreto que expide la Ley General de Atención y Protección de los Derechos de las Víctimas del Delito.


Proponente: Arce Paniagua Óscar Martín (PAN)
Fecha de presentación: 30-Abril-2012

Crear un ordenamiento de orden público, interés social y de observancia en todo el territorio nacional que obliga, en el ámbito de sus respectivas competencias, a las autoridades de los tres órdenes de gobierno con atribuciones en materia de atención a víctimas, así como a las instituciones públicas, sociales o privadas con quienes hayan celebrado algún convenio que tenga como fin brindar atención a las víctimas en los términos y condiciones establecidas en el presente ordenamiento. Tiene por objeto establecer los derechos y obligaciones de las víctimas de delito, los servicios de atención y las medidas de protección que deben brindárseles, la constitución y operación de fondos de apoyo a las víctimas para financiar las mismas, la distribución de competencias y las bases de coordinación entre la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 26-Abril-2012