INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma la fracción VIII del artículo 5 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Proponente: Del Mazo Maza Alejandro (PVEM) |
Fecha de presentación: 25-Mayo-2011 |
Facultar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para establecer las bases generales de regulación tarifaria, tomando en consideración la longitud del recorrido, los costos de infraestructura, mantenimiento y operativos, así como el desgaste que los vehículos automotores provocan a las carreteras, con excepción de las motocicletas que pagaran la mitad de lo que pague un vehículo con dos ejes. | Aprobada
con fecha 11-Octubre-2011 Publicación en Gaceta: 30-Mayo-2011 |
2 Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 3 y 12 de de la Ley General de Protección Civil. Proponente: Del Mazo Maza Alejandro (PVEM) |
Fecha de presentación: 15-Junio-2011 |
Definir el concepto de zona de riesgo como aquella en donde la presencia de un agente perturbador, fenómeno natural o generado por el hombre, que tenga la probabilidad de ocasionar daños a un sistema afectable tales como asentamientos humanos, infraestructura, plantas productivas y todo aquello que establezca esta ley, en un grado tal, que constituye un desastre. Facultar a la Coordinación Ejecutiva del Sistema Nacional de la Secretaría de Gobernación, para que en coordinación con las dependencias correspondientes para delimitar los derechos de vía, los cuales serán clasificados como zonas de riesgo, mismos que estarán integrados dentro del Atlas Nacional de Riesgo. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 20-Junio-2011 |
3 Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 4 y 6 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario. Proponente: Del Mazo Maza Alejandro (PVEM) |
Fecha de presentación: 15-Junio-2011 |
Incluir dentro de la jurisdicción federal, el derecho de vía como parte integral de las vías generales de comunicación, así como facultar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para verificarlo y que cumpla con las disposiciones aplicables. | Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2011 Publicación en Gaceta: 20-Junio-2011 |
4 Proyecto de decreto por el que se reforman la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Del Mazo Maza Alejandro (PVEM) |
Fecha de presentación: 6-Julio-2011 |
Establecer la prohibición a los presidentes de la República, del Congreso de la Unión y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y a los altos mandos del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para viajar de forma simultánea en la misma aeronave, embarcación o vehículo, salvo los casos que se establezcan en las leyes. Asimismo, para los gobernadores de los Estados, los Diputados presidentes de las legislaturas locales y los Magistrados presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia Locales. | Desechada (art. 89)
con fecha 27-Marzo-2012 Publicación en Gaceta: 11-Julio-2011 |
5 Proyecto de decreto que expide la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Trata de Personas y Delitos Relacionados; abroga la Ley Para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas y reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Civil Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de la Policía Federal, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad. Suscribe: Del Mazo Maza Alejandro (PVEM) |
Fecha de presentación: 3-Agosto-2011 |
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto tutelar la libertad y la dignidad de las personas y los demás derechos humanos reconocidos universalmente y regular las acciones del Estado Mexicano en la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos previstos en ella, así como establecer los tipos penales, las sanciones y el procedimiento penal aplicable, así como la distribución de competencias y formas de coordinación entre los distintos órdenes de gobierno. Tipificar el delito de Trata de Personas, así como los delitos que se relacionan y determinar las sanciones que deben aplicarse en cada caso, sanciones por acumulación de delitos cuando se relacionen, las hipótesis de su agravamiento y las reglas comunes a todos los casos en la interpretación y aplicación de estas disposiciones. Regular lo relativo a los derechos de las víctimas y las personas que les rodean, en lo que hace a su atención integral, sus derechos, protección y seguridad durante los procesos, el resarcimiento y reparación de los daños, los derechos de las víctimas extranjeras y las medidas para su protección en el largo plazo, cuando haya participación de delincuencia organizada. Obligar a la Procuraduría General de la República a crear un Programa de Protección a Víctimas y Testigos, las reglas básicas de su funcionamiento, así como de la instancia específica para operarlo. Redefinir la integración, organización, funcionamiento y facultades de la Comisión Intersecretarial y de los contenidos del programa Nacional en la materia, así como las responsabilidades de cada una de las dependencias que intervienen y la evaluación de los resultados. Incluir un capítulo referente a la prevención del delito, las políticas y programas para tal objetivo, la detección de zonas y grupos con mayor vulnerabilidad y las políticas para su atención prioritaria, la evaluación de los programas y la atención a rezagos. Establecer una distribución de facultades y competencias exclusivas y concurrentes de los tres órdenes de gobierno en la materia y medidas para el fortalecimiento institucional. Incluir dentro de los delitos considerados como graves, los relacionados con la trata de personas, así como de delincuencia organizada. Señalar que para el caso de la sustracción de menores, deberán implementarse sistemas de alerta y protocolos de acción inmediata para su búsqueda y localización, en el que coadyuven con los integrantes del sistema, las corporaciones de emergencia, medios de comunicación, prestadores de servicios de telecomunicaciones, organizaciones no gubernamentales y ciudadanía en general. | Aprobada
con fecha 20-Marzo-2012 Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2011 |