INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Proponente: Espino Arévalo Fernando (PRI) |
Fecha de presentación: 1-Marzo-2011 |
Facultar a la Federación para establecer programas y acciones conducentes a la reducción total del consumo de bolsas de plástico que empleen los establecimientos mercantiles o que a su vez, las ofrezcan a sus clientes; sustituyéndolas por bolsas fabricadas con materiales biodegradables, con la salvedad de aquellos casos que por asepsia o conservación de alimentos, sea inviable la utilización de sustitutos del plástico. Prohibir la recolección, transportación o almacenamiento de residuos a través de bolsas o empaques fabricados con plástico salvo en aquellas situaciones que por asepsia o higiene, sea inviable la sustitución de estos productos. Establecer que el gobierno Federal, los gobiernos de las entidades federativas y los municipios, en la esfera de su competencia, impulsarán la sustitución total del uso de bolsas de plástico por bolsas biodegradables. | Aprobada
con fecha 8-Noviembre-2011 Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011 |
2 Proyecto de decreto que expide la Ley General del Seguro de Desempleo. Proponente: Espino Arévalo Fernando (PRI) |
Fecha de presentación: 9-Marzo-2011 |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer las bases generales para la planeación, aplicación, evaluación, supervisión, suspensión, financiamiento, acceso y duración del seguro de desempleo, y la distribución de las competencias que en esta materia correspondan a la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios; acelerar el proceso de ajuste del mercado laboral mediante el aseguramiento de la población afectada por el desempleo; reducir los incentivos de participación de las personas desempleadas en actividades no lícitas; fomentar la productividad de la población desempleada mediante cursos de capacitación y adiestramiento; establecer el marco de restricciones y sanciones por la utilización del seguro de desempleo; promover la capacitación de la población beneficiaria de este seguro con el fin de ampliar las posibilidades de obtener un empleo y garantizar la incorporación de las personas beneficiarias del seguro a un empleo en el sector formal del país, entre otras. El seguro constituye un sistema de protección social para las personas que de forma involuntaria, fueron separadas de su empleo formal y privadas de su salario en la actividad que venían desempeñando, con un monto de 30 días de salario mínimo general y los beneficios son de carácter personal e intransferible durante un plazo máximo de seis meses, cada dos años. Las autoridades competentes deberán incluir en sus respectivos proyectos de presupuesto de egresos, la asignación que garantice la formulación, aplicación y evaluación del seguro procurando su eficacia, selectividad y transparencia. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011 |
3 Proyecto de decreto que adiciona el artículo 73 Bis a la Ley General de Cultura Física y Deporte. Proponente: Espino Arévalo Fernando (PRI) |
Fecha de presentación: 9-Marzo-2011 |
Prever que en las asociaciones deportivas profesionales, que cuenten con reconocimiento oficial del Estado, los equipos o clubes que participen en la máxima categoría o circuito de la liga, cualquiera que sea su denominación, deberán contar, durante el desarrollo de sus juegos, con la participación de un 72% de jugadores mexicanos por nacimiento como mínimo, y con el 80% para la categoría o circuito inmediato inferior, cualquiera que sea su denominación. Prohibir la participación de jugadores que no sean mexicanos por nacimiento en el resto de las categorías o circuitos cuando se realicen con fines de lucro. | Desechada
con fecha 8-Septiembre-2011 Publicación en Gaceta: 1-Marzo-2011 |
4 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Suscribe: Espino Arévalo Fernando (PRI) |
Fecha de presentación: 10-Marzo-2011 |
Propone reformar, modernizar y actualizar diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, destacando lo siguiente: Que el principio rector de las relaciones de laborales es el del trabajo digno, adoptado a nivel internacional y que comprende remuneración adecuada, diálogo y acuerdo tripartita, prestaciones justas, normas no discriminatorias, seguridad en el empleo, formación profesional continua, fortalecimiento sindical y negociación colectiva y empleo de calidad y en cantidad suficiente. Prohíbe cualquier forma de discriminación entre los trabajadores por motivo de origen étnico, sexo, edad, capacidades diferentes, doctrina política, condición social, religión, opiniones, estado civil o cualquier otra que atente contra los derechos humanos laborales. Regular el régimen de subcontratación. Eliminar la ¿tercería¿, los patrones que utilicen en sus empresas los servicios de trabajadores proporcionados por un intermediario serán responsables solidarios en las obligaciones contraídas con ellos. Otorgar el derecho al sindicato o los trabajadores para convenir con el patrón el desarrollo de labores conexas o complementarias a su labor principal, siempre que reciban el ajuste salarial correspondiente y para modificar el horario de trabajo en que se preste la jornada del trabajo. Incluir como relación de trabajo el de temporada, de capacitación inicial y periodo de prueba. Establecer que en caso de que se indemnice a los trabajadores será con base en su salario integrado; y si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, a que se le paguen salarios vencidos hasta por el término de un año, contado a partir de la fecha del despido. Incluir en las causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador al hostigamiento sexual o por exigirles comportamientos que menoscaben o vayan contra la dignidad del trabajador; así como causa de terminación de las relaciones de trabajo, la renuncia voluntaria del trabajador. Establecer que para la fijación del salario mínimo se tomará en consideración el Índice Nacional de Precios al Consumidor; el pago del salario podrá efectuarse por medio de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias o cualquier otro medio electrónico. Los gastos o costos que originen estos medios alternativos de pago serán cubiertos por el patrón. Prohibir que a las mujeres se les solicite certificado de gravidez, para el ingreso, permanencia o ascenso, así como despedirla o coaccionarla por estar embarazada. Crear Comités Nacionales de Capacitación, Adiestramiento y Productividad como órganos auxiliares de la STPS y Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad en cada empresa, las cuales vigilarán la instrumentación y operación del sistema y de los procedimientos que se implanten para mejorar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores y sugerirán medidas tendientes a perfeccionarlos. Otorgar el derecho a las madres trabajadoras, que a solicitud expresa y previa autorización escrita del servicio de salud, a transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo. Y en el período de lactancia, hasta por el término máximo de seis meses, dos reposos extraordinarios por día, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el periodo señalado. Sancionar a toda persona moral o física que utilice servicios de menores en contravención de las normas establecidas. Definir al trabajador del campo como aquel que ejecuta habitualmente labores subordinadas propias de la agricultura, ganadería, forestal o mixta al servicio de un patrón y aquellos que tengan una permanencia continua de tres meses o más al servicio de un patrón, tienen a su favor la presunción de ser trabajadores de planta. Incluir como obligaciones del patrón la de proporcionar a los trabajadores en forma gratuita, transporte cómodo y seguro para traslados de las zonas habitacionales a los lugares de trabajo y viceversa; utilizar los servicios de intérpretes, cuando no hablen el idioma español; y proporcionar agua potable durante la jornada de trabajo. Otorgar el derecho a los trabajadores domésticos que habitan en el lugar donde prestan sus servicios, habitación cómoda e higiénica, alimentación sana y suficiente; reposos suficientes, un descanso mínimo diario nocturno de ocho horas consecutivas, ademásde un descanso mínimo de tres horas entre las actividades matutinas y vespertinas y un descanso semanal de día y medio ininterrumpido, preferiblemente en sábado y domingo. Establecer que los bienes del sindicato son los que integran su patrimonio. En caso de disolución, si no hay disposición expresa en los estatutos, aquéllos pasarán al patrimonio de la Federación a la que pertenezca, a falta de ésta, a la Confederación a la cual estén agremiados, y a falta de ambas, al Instituto Mexicano del Seguro Social. Si los estatutos determinan que los bienes se repartirán entre los agremiados, se entiende por éstos a quienes estén en activo hasta un año antes de la disolución. Establecer que celebrado un contrato colectivo de trabajo que aglutine a todas las profesiones y oficios de los trabajadores sindicalizados de las empresas o establecimientos, no podrá dividirse este en contratos colectivos para cada gremio. Para mejorar la administración de la justicia laboral, se propone que los juicios no se prolonguen más de un año. Eliminar a las Juntas Federales y Locales de Conciliación. Establecer que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y las juntas locales cuenten con un servicio profesional de carrera, para el ingreso, promoción, permanencia, evaluación de desempeño, separación y retiro de los servidores públicos. Aumentar la edad de 25 a 30 años y haber obtenido de la autoridad competente la patente de ejercicio de licenciado en derecho para ser Presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Modificar, los requisitos y obligaciones de los actuarios, secretarios, funcionarios conciliadores, secretarios auxiliares, secretarios generales de las Juntas de Conciliación y Arbitraje y Presidentes de Junta Especial. incorporar expresamente en el trámite de juicio laboral el principio de la conciliación, durante todo el procedimiento y hasta antes de dictarse el laudo, para intentar que las partes resuelvan los conflictos mediante la conciliación. Modificar la estructura de la primera audiencia en el procedimiento ordinario, para que sólo sea de: conciliación, demanda y excepciones y, una segunda audiencia, de ofrecimiento y admisión de pruebas. Regular las pruebas sobre los documentos digitales, firmas electrónicas o contraseñas y, en general, sobre elementos aportados por los avances de la ciencia. Establecer un procedimiento sumario para tramitar los conflictos suscitados con motivo del otorgamiento de prestaciones de seguridad social, aportaciones de vivienda y prestaciones derivadas del sistema de ahorro para el retiro. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 10-Marzo-2011 |
5 Proyecto de decreto que reforma los artículos 418 y 419 del Código Penal Federal. Proponente: Espino Arévalo Fernando (PRI) |
Fecha de presentación: 5-Abril-2011 |
Incrementar el rango de la pena en materia de delitos sobre biodiversidad de ¿6 meses a 9 años de prisión y de 100 a 3000 días multa¿ a ¿2 a 10 años de prisión y 500 a 5000 días multa¿. Aumentar el rango de la pena de ¿1 a 9 años de prisión y de 300 a 3000 días multa¿ a ¿3 a 10 años de prisión y de 600 a 5 mil días multa¿, a quien ilícitamente transporte, comercie, acopie, almacene o transforme madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal maderable, o tierra procedente de suelos forestales en cantidades superiores a cuatro metros cúbicos o, su equivalente en madera aserrada. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011 |
6 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General de Salud. Suscribe: Espino Arévalo Fernando (PRI) |
Fecha de presentación: 12-Abril-2011 |
Facultar a las autoridades educativas Federal y locales, de manera concurrente, para promover programas dirigidos al rechazo a los vicios y adicciones, fomentando el conocimiento de sus causas, riesgos y consecuencias. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 12-Abril-2011 |
7 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal. Suscribe: Espino Arévalo Fernando (PRI) |
Fecha de presentación: 29-Abril-2011 |
Crear el Fondo de Aportaciones para la Cohesión Social y el Impulso Productivo para la Equidad Territorial, el cual se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales por un monto equivalente al 2.0% de la recaudación federal participable. Establecer la formula por la cual el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, distribuirá el Fondo entre las entidades federativas. Establecer que las aportaciones federales que con cargo al Fondo reciban las entidades federativas, se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras orientados a la construcción, preservación y recuperación de infraestructura económica y productiva en las zonas y localidades de mayor rezago y carencia social del país. Facultar a la Secretaría de Desarrollo Social, para que en coordinación con las entidades federativas, integre el Inventario Nacional de Proyectos del Fondo; así como para emitir anualmente los lineamientos generales de operación de dicho fondo. Establecer que las entidades federativas conformarán un Comité Estatal para la Cohesión Social que establecerá la Estrategia de Desarrollo Territorial de las regiones o zonas de atención prioritaria, que contendrá la cartera de proyectos de inversión y su prioridad, el establecimiento de metas y resultados, así como el periodo de su cumplimiento. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 28-Abril-2011 |