INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de regulación de propaganda electoral.


Suscribe: Ríos Piter Armando (PRD)
Fecha de presentación: 1-Junio-2011

Incluir en la definición de propaganda electoral a los medios impresos, radio, televisión, internet y cine. Establecer que los partidos políticos, precandidatos y candidatos a cargos de elección popular, no podrán contratar, adquirir o beneficiarse en forma directa o por terceras personas, de propaganda explícita o encubierta en cualquier modalidad de radio, televisión cine e internet. Prever que los informes anuales de labores o gestión de los servidores públicos presentados en internet deberán de retirarse de la red pública o privada una vez cumplido tal periodo. Incluir en los gastos que no podrán rebasar los topes los partidos políticos, las coaliciones y sus candidatos, en la propaganda electoral y las actividades de campaña, los gastos de producción de los mensajes para radio, televisión, internet, cine o de toda propaganda encubierta, los gastos de propaganda en inserciones pagadas en internet y los gastos de propaganda en inserciones pagadas en cine. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 6-Junio-2011
2   Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Ríos Piter Armando (PRD)
Fecha de presentación: 6-Julio-2011

Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la organización y funcionamiento de los Órganos Reguladores. Facultar al Presidente de la República para nombrar y a la Cámara de Senado para ratificar los nombramientos de los mandos unipersonales o colegiados de los Órganos Reguladores. Establecer que la administración pública centralizada contará con Órganos Reguladores dotados de las atribuciones y autonomía. Prever que todos los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de la República deberán estar firmados por el titular del Órgano Regulador. Considerar que cualquiera de las Cámaras podrá convocar a los titulares de los Órganos Reguladores, para que informen, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 11-Julio-2011
3   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Fiscal de la Federación y de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto Empresarial a Tasa Única, del Servicio de Administración Tributaria, de Coordinación Fiscal, del Seguro Social, Federal de Derechos y Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Suscribe: Ríos Piter Armando (PRD)
Fecha de presentación: 24-Agosto-2011

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Facultar al Congreso Federal para expedir leyes en materia de fiscalización y evaluación del gasto público para la federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, a fin de garantizar
la aplicación de prácticas y mecanismos armónicos y homogéneos.
Ley del Impuesto sobre la Renta:
Establecer que el Impuesto sobre Dividendos sea un pago definitivo de 35%, y no se acumule a los demás ingresos, para lo cual los dividendos que provengan de la cuenta de utilidad fiscal neta sólo paguen un 7% adicional a 28% que corresponde al ISR corporativo. Derogar el Régimen de Consolidación Fiscal, así como las deducciones inmediatas, anticipadas o aceleradas de inmuebles y activos fijos; por lo que hace al régimen simplificado como el autotransporte, se deroga de manera que sólo exista la diferencia entre pequeños contribuyentes, intermedios y los de carácter general, a fin de que la tributación sea a tasas generales. Derogar el Régimen Simplificado de Contribuyentes personas morales, dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y silvicultura. Incrementar la exención de 7 a 15 veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente en los ingresos obtenidos por concepto de prestaciones de previsión social. Eliminar en materia del Impuesto Empresarial a Tasa Única los créditos fiscales, deducciones adicionales y aquellas que no establezca expresamente la Ley del Impuesto sobre la Renta. Prever que sólo tributarán en este impuesto, las personas físicas y morales cuyos ingresos acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta sean iguales o superiores a un monto equivalente a 500 millones de pesos.
Código Fiscal de la Federación y Ley del Servicio de Administración Tributaria:
Eliminar la facultad del Ejecutivo Federal para que pueda determinar o autorizar regímenes fiscales de manera individual o por grupos y que pueda conceder subsidios o estímulos fiscales sólo cuando lo disponga expresamente la Ley de Ingresos de la Federación y el Congreso de la Unión en casos de emergencia económica; y las resoluciones del jefe del Servicio de Administración Tributaria para aplicar las leyes fiscales y aduanales, no den lugar a la autorización de régimen fiscal diferente a los establecidos en las leyes.
Ley de Coordinación Fiscal:
Incrementar el porcentaje del Fondo General de Participaciones desde el 20 al 25% de la Recaudación Federal Participable, y que el Fondo de Fomento Municipal pase de 1 al 2% de la misma. Se le adiciona el Fondo de Aportaciones para el Apoyo de la Recaudación de Contribuciones Inmobiliarias.
Ley Federal de Derechos:
Destinar el 100% de la recaudación obtenida por los derechos petroleros para conformar la Recaudación Federal Participable.
Ley del Seguro Social:
Reformar los artículos transitorios, con el objeto de que se respete el tope de 20 y 5 salarios mínimos para el pago de las pensiones de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte.
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria:
Establecer la obligatoriedad del uso de los resultados del Sistema de Evaluación del Desempeño durante la ¿dictaminación¿ del Presupuesto de Egresos de la Federación, así como la elaboración y publicación anual de un diagnóstico integral de la situación de las haciendas públicas estatales y municipales.
Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 29-Agosto-2011