INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Osuna Millán Miguel Antonio (PAN)
Fecha de presentación: 7-Septiembre-2010

Establecer la jerarquía que tienen los ordenamientos jurídicos en el sistema mexicano, tomando como base a la Constitución Federal y tratados internacionales en materia de derechos humanos y en orden jerárquico inferior los demás tratados internacionales que sean suscritos de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y sus leyes reglamentarias y las demás leyes emanadas del Congreso de la Unión. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Mayo-2012



Publicación en Gaceta: 7-Septiembre-2010
2   Proyecto de decreto que reforma los artículos 33, 40 y 142 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.


Adherente: Osuna Millán Miguel Antonio (PAN)
Fecha de presentación: 23-Noviembre-2010

Proporcionar un haber adicional del 25% a las prestaciones que les correspondan a los integrantes de las fuerzas armadas, incapacitados en acción de armas o a consecuencia de lesiones recibidas en ella. Incrementar en un 25% el haber de grado que le hubiera correspondido a los militares fallecidos en acciones de armas o a consecuencia de lesiones recibidas en ellas. Otorgar el servicio médico a los padres del militar que fallece, previos requisitos para continuar otorgando dichos servicios después de la muerte del militar. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 23-Noviembre-2010
3   Proyecto de decreto que expide la Ley de Protección a la Salud Materna.


Adherente: Osuna Millán Miguel Antonio (PAN)
Fecha de presentación: 13-Diciembre-2010

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto la protección a la mujer embarazada, así como la promoción de la maternidad, mediante la defensa de sus derechos fundamentales y la actualización de derechos específicos, en razón de la condición de vulnerabilidad en que se encuentra la mujer a lo largo de su embarazo, parto, post-parto y puerperio. Establecer que las políticas de apoyo a la salud materna deberán darse en los ámbitos sectoriales de la Administración Pública de los tres órdenes de gobierno, en relación con los servicios sociales, de educación, salud, vivienda, transporte y empleo. Contemplar en dicha ley a las mujeres embarazadas, en estado vulnerable necesitadas de apoyo especial, a las madres menores de edad, madres con discapacidad, madres inmigrantes y reclusas. Prever los temas de adopción, aborto, entre otros. Aprobada
con fecha 9-Febrero-2012



Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2010
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo.


Proponente: Osuna Millán Miguel Antonio (PAN)
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2010

Definir el Turismo de la salud como la actividad turística generada por las personas que viajan para recibir servicios, tratamientos o intervenciones relacionadas con la salud, ya sea de tipo preventivo, curativo, de cuidados paliativos o rehabilitación. Adicionar un Capítulo IV Bis denominado Del Turismo de la Salud, con el objeto de que la Secretaría de Turismo impulse, fomente y apoye el turismo de la salud en nuestro país, en estrecha coordinación con la Secretaría de Salud y que los prestadores de servicios relacionados con el turismo de la salud se sujeten a las normas, lineamientos y disposiciones que emitan las autoridades correspondientes. Aprobada
con fecha 11-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2010
5   Proyecto de decreto que adiciona el artículo 66 Bis a la Ley General de Salud.


Proponente: Osuna Millán Miguel Antonio (PAN)
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2010

Establecer que en la prescripción, suministro y aplicación de medicamentos para la población infantil, la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal, a través de los sistemas estatales de salud, tomarán en consideración las recomendaciones, criterios y principios establecidos para tales efectos por los organismos internacionales competentes en la materia; asimismo, las autoridades de salud vigilarán que los medicamentos elaborados, comercializados y vendidos por el sector privado se ajusten a lo establecido por los organismos internacionales competentes. Aprobada
con fecha 9-Febrero-2012



Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2010