INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que expide la Ley General de Protección y Reparación Integral a Víctimas de Violaciones a Derechos Humanos Generadas por la Violencia. Suscribe: Cruz Martínez Marcos Carlos (PRD) |
Fecha de presentación: 1-Marzo-2012 |
Crear un ordenamiento jurídica con el objeto de regular y establecer un conjunto de medidas administrativas, judiciales, sociales y económicas de atención y reparación integral en beneficio de las víctimas de violaciones a derechos humanos generadas por la violencia, que permitan hacer efectivo el goce de los derechos establecidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los instrumentos internacionales de los que México forma parte, de modo que se reconozca y dignifique su condición de víctimas para hacer efectivo su derecho de acceso a la justicia, así como la recuperación de su identidad y memoria y, en su caso, la recuperación de todos sus derechos como ciudadanos. Facultar a la Procuraduría General de la República para contar con un programa integral de protección a víctimas y testigos que contemple medidas de protección. Crear la Coordinación Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, con el objeto de formular y ejecutar los planes, programas, proyectos y acciones específicas, tendientes a la atención y reparación integral de las víctimas. Crear el fondo económico para víctimas de violaciones a derechos humanos y de actos, dolosos o culposos, realizados por las fuerzas armadas y fuerzas policíacas federales o por grupos de la delincuencia organizada. Facultar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para diseñar y mantener el Registro Nacional de Víctimas. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2012 |
2 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 29 Bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Cruz Martínez Marcos Carlos (PRD) |
Fecha de presentación: 22-Marzo-2012 |
Establecer que es obligatoria la rendición de cuentas públicas sobre los recursos y subvenciones que reciben los grupos parlamentarios. Para tal fin, cada Grupo Parlamentario destinará un porcentaje de la ayuda económica que le es entregada para la creación y mantenimiento de una unidad de enlace encargada de proponer los procedimientos internos que aseguren una efectiva rendición de cuentas; cada Grupo Parlamentario deberá presentar cuatrimestralmente, en forma detallada, su cuenta de gastos, a través de la cual dará a conocer: el directorio de su personal de carácter transitorio, así como las remuneraciones que reciben; las erogaciones que destina a la seguridad social; y las contrataciones o compras que hayan realizado en los rubros materiales y suministros, servicios generales, bienes muebles, inmuebles e intangibles, inversión pública e inversiones financieras y otras provisiones. En caso de que no se cumpla con dichas disposiciones, les serán retenidos las subvenciones en tanto no se subsane la falta. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2012 |