INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Eguía Pérez Luis Felipe (PRD)
Fecha de presentación: 15-Febrero-2011

Modificar el término ¿Estados¿, por el de ¿Entidades Federativas¿ y el termino ¿Distrito Federal¿, por el de ¿Ciudad de México¿. Desechada (art. 89)
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 15-Febrero-2011
2   Decreto por el que se declara el año 2011, como ¿Año Nacional del Cooperativismo".


Proponente: Eguía Pérez Luis Felipe (PRD)
Fecha de presentación: 1-Marzo-2011

Declarar el año 2011, como ¿Año Nacional del Cooperativismo¿. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 1-Marzo-2011
3   Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.


Suscribe: Eguía Pérez Luis Felipe (PRD)
Fecha de presentación: 1-Marzo-2011

Definir el concepto de ¿operación de manufactura o maquila¿ como el proceso industrial o de servicio destinado a la elaboración, transformación o reparación de mercancías de procedencia extranjera importadas temporalmente para su exportación o a la prestación de servicios de exportación. Otorgar un estímulo fiscal a las empresas que lleven a cabo operaciones de maquila. Para ejercer este estímulo, los contribuyentes deberán informar a las autoridades fiscales en la forma oficial o formato que para tal efecto publique el Servicio de Administración Tributaria, junto con su Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta y del Impuesto Empresarial a Tasa Única, distinguiendo las operaciones de maquila de aquellas operaciones por las actividades distintas a la de maquila. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
4   Proyecto de decreto que reforma los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 40 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Suscribe: Eguía Pérez Luis Felipe (PRD)
Fecha de presentación: 23-Marzo-2011

Excluir de las facultades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la determinación de los precios de la gasolina y el diesel, así como de las tarifas de electricidad, sujetándose a lo aprobado en la Ley de Ingresos. Establecer la obligación de que en la exposición de motivos del proyecto de Ley de Ingresos se incluya la propuesta de precios de la gasolina y el diesel, además de los niveles de las tarifas eléctricas, congruentes con las estimaciones del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios a los señalados petrolíferos, y con los ingresos estimados para la Comisión Federal de Electricidad. Incluir en el proyecto de decreto de Ley de Ingresos, los niveles promedio anual, la trayectoria mensual de los precios de la gasolina y el diesel, los niveles de las tarifas eléctricas, en congruencia con los ingresos estimados mediante el Impuesto Especial Sobre la Producción y Servicios a los señalados petrolíferos, así como con los ingresos estimados para la Comisión Federal de Electricidad. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011
5   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.


Suscribe: Eguía Pérez Luis Felipe (PRD)
Fecha de presentación: 23-Marzo-2011

Establecer que el salario del trabajador doméstico deberá ser cuando menos, el mínimo profesional del lugar en que labore y no considerar su alimentación y hospedaje en el salario integral. Otorgar el derecho a los trabajadores domésticos para prestar servicios por hora; las características de esta modalidad y el salario, serán determinadas en el contrato respectivo. Incluir en las obligaciones de los patrones, respetar los derechos humanos y los derechos laborales de los trabajadores domésticos, absteniéndose de todo maltrato, físico o emocional, de palabra o de obra, en su contra; la violación de esta obligación, se sancionará con las penas que establezca la ley; adoptar medidas de protección civil y de seguridad e higiene en el lugar donde vaya a prestar sus servicios el trabajador; capacitarle para el uso de aparatos, equipos e instalaciones de gas, electricidad, electrodomésticos, proporcionándole información sobre el uso de productos químicos de limpieza y, demás necesarios para el desempeño de su trabajo; y respetar la identidad cultural del trabajador doméstico indígena, su lengua, sus costumbres, su ropa, su participación en actividades comunitarias. Establecer que los trabajadores domésticos podrán ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio del Seguro Social, mediante su incorporación voluntaria, conforme a los convenios que celebre el patrón con el IMSS. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011
6   Proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.


Adherente: Eguía Pérez Luis Felipe (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Establecer que para promover un mayor incremento del saldo de las cuentas individuales a favor de los trabajadores, las comisiones por administración de las cuentas individuales sólo podrán cobrarse como un porcentaje sobre el valor de los rendimientos financieros obtenidos cada mes calendario, porcentaje que no podrá ser mayor del 15% de dichos rendimientos. Sí en un mes calendario no se obtuvieran rendimientos reales (iguales o mayores que el porcentaje de incremento del Índice Nacional de Precios al Consumidor del mismo período), por ese mes no se podrán cobrar comisiones. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 15-Marzo-2011
7   Proyecto de decreto que reforma el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Eguía Pérez Luis Felipe (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Incluir los principios rectores de certeza, independencia y objetividad en la función de fiscalización. Establecer que la Auditoría Superior de la Federación contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia; asimismo, contará con un Consejo General integrado por un consejero presidente, 10 consejeros y un auditor superior, quien además fungirá como secretario general del Consejo General con voz y sin voto. El consejero presidente y demás consejeros durarán en su cargo 4 años y no podrán ser reelectos; en el caso de darse la falta absoluta del consejero presidente o de cualquiera de los consejeros, el sustituto será elegido mediante el procedimiento de insaculación para concluir el periodo de la vacante. Facultar a la contraloría general para fiscalizar todos los ingresos y egresos de la Auditoría Superior de la Federación, así como los resultados de su gestión. Establecer los requisitos para ser titular de la entidad de fiscalización superior de la Federación. Facultar a las entidad de fiscalización superior de la Federación, para fiscalizar los ingresos y egresos, el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de las concesiones o cesiones parciales de bienes del dominio público; rendir cuentas públicas permanentemente de su gestión e iniciar revisiones a las entidades fiscalizadas durante el ejercicio fiscal en curso, sobre los conceptos que el consejo general o la propia entidad de fiscalización determinen. Incluir los requisitos del proyecto de informe preliminar de resultado de la revisión de la Cuenta Pública, que deberá ser sometido al Consejo General previamente, y entregado a más tardar a la Comisión dentro de los primeros 15 días de septiembre del año siguiente al de su ejercicio. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Mayo-2012



Publicación en Gaceta: 31-Marzo-2011
8   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2° de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.


Adherente: Eguía Pérez Luis Felipe (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Incluir a los delitos contra el ambiente, la gestión ambiental, la tala clandestina y el tráfico ilegal de especies como delitos que podrán ser cometidos por miembros de la delincuencia organizada. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 8-Marzo-2011
9   Proyecto de decreto que expide una nueva Ley General de Sociedades Cooperativas y abroga la actual, del 3 de agosto de 1994.


Adherente: Eguía Pérez Luis Felipe (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Decretar el mecanismo para el desarrollo de las Sociedades Cooperativas integrantes del sector de la economía social. Proporcionar el apoyo para la realización de sus funciones de promoción, difusión, formación, inspección, registro y relación preferente para toda adquisición de bienes y servicios por parte del Poder Ejecutivo. El Estado deberá contratar preferentemente con las sociedades cooperativas, la adquisición de bienes y servicios que requiera para el cumplimiento de sus funciones. Las entidades federativas y municipios que deban realizar obras públicas de interés común, como plantas de producción de energía eléctrica o sistemas de irrigación y drenaje, darán preferencia a las sociedades cooperativas. Las sociedades cooperativas, tendrán preferencia para las concesiones de explotación. Los bienes producto de la explotación o fabricación que el Estado controle, directa o indirectamente, serán distribuidos preferentemente a través de sociedades cooperativas. Prever que las bancas de desarrollo, instituciones de fondo y financieras del Estado, darán preferencia de apoyo a las sociedades cooperativas y operarán con las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, para la expansión de los servicios de programas federales. Desechada
con fecha 27-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011
10   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la Economía, y reforma el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


Proponente: Eguía Pérez Luis Felipe (PRD)
Fecha de presentación: 7-Abril-2011

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de reconocer, fortalecer, proteger y fomentar a las entidades y organismos de la economía social y solidaria, estableciendo las reglas de organización, promoción, fomento y fortalecimiento de este sector, como un sistema eficaz que contribuya al desarrollo social y económico, a la generación de empleo, al fortalecimiento de la democracia participativa y a la equitativa distribución del ingreso. El Estado apoyará e impulsará a las entidades y organismos del sector de la economía social y solidaria bajo criterios de equidad social, sujetándolas a las modalidades que dicte el interés público, y conforme al uso, en beneficio general, de los recursos productivos que tendrán la obligación de proteger y conservar, preservando el medio ambiente. Crear el Instituto Nacional del Sector de la Economía Social y Solidaria como una entidad de derecho público y jurisdicción nacional, adscrito a la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para Empresas de Solidaridad de la Secretaría de Economía, el cual tiene como objetivos definir e instrumentar una política nacional de fomento y desarrollo para el sector de la economía social y solidaria; el Consejo Nacional de Entidades y Organismos del Sector de la Economía Social y Solidaria, como órgano máximo de representación y apoyo del sector; el Registro Nacional del Sector de la Economía Social y Solidaria; y el Fondo de Fomento del Sector de la Economía Social y Solidaria con los recursos presupuestales asignados y/o los ingresos recibidos por otras fuentes de financiamiento, así como por convenio con aquellas entidades federativas y municipios que lo dispongan, con el objeto de dar seguridad, administrar y otorgar créditos para los proyectos de fortalecimiento y expansión de las entidades del sector. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 24-Marzo-2011