INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 50 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Proponente: Rétiz Gutiérrez Ezequiel (PAN) |
Fecha de presentación: 4-Noviembre-2010 |
Establecer que la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, será instalada durante el primer periodo ordinario del primer año de ejercicio e integrada de forma plural por 2 diputados de cada uno de los grupos parlamentarios y un diputado perteneciente a cada partido político distinto a aquéllos integrados de forma grupal; asimismo, por los coordinadores de los grupos parlamentarios, y quien ostente la mayoría absoluta, presidirá la comisión por la duración de la legislatura; de no darse esta condición, será presidida anualmente de forma alternada por los coordinadores de los 3 grupos parlamentarios que cuenten con el mayor número de diputados. | Desechada
con fecha 25-Abril-2012 Publicación en Gaceta: 4-Noviembre-2010 |
2 Proyecto de decreto que reforma las fracciones IV y X, del artículo 3; la fracción IV del artículo 4; fracción II, del artículo 10 y el artículo 17; y adiciona la fracción XV Bis, de la Ley General de Protección Civil. Adherente: Rétiz Gutiérrez Ezequiel (PAN) |
Fecha de presentación: 23-Noviembre-2010 |
Explicitar que los desastres podrán ser de origen natural o antropogénico; considerar como agente destructivo a los fenómenos de carácter delincuencial-organizativo. Definir al Fenómeno delincuencial-organizativo, como el riesgo generado a consecuencia de las actividades delictivas de la delincuencia organizada en cuanto a los enfrentamientos y fuegos cruzados que se generan, ya sea entre bandas delictivas, o entre éstas y las autoridades. Facultar a la Secretaría de Gobernación para disponer la utilización y destino de los recursos del Fondo de Desastres. Eliminar como integrante del Consejo Nacional de Protección Civil a la Secretaría de Seguridad Pública. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 23-Noviembre-2010 |
3 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, del Código Federal de Procedimiento Penales, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados, y abroga la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores, para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal. Proponente: Rétiz Gutiérrez Ezequiel (PAN) |
Fecha de presentación: 13-Diciembre-2010 |
Incluir a los Tribunales Especializados en Materia de Justicia para Adolescentes en la estructura del Poder Judicial de la Federación. Establecer que en los lugares en los que no existan autoridades federales especializadas, las entidades federativas serán competentes para conocer de las infracciones a las leyes penales federales cometidas por adolescentes (entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad). En tales casos, la sustanciación de los procedimientos y, en su caso, la ejecución, se regirán por las disposiciones locales respectivas, salvo en el caso de los comportamientos típicos calificados como graves para fines del internamiento, en la que se observarán las disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales. Modificar la terminología de ¿menores infractores¿ por ¿personas menores de edad en conflicto con la ley penal¿, los cuales serán internados, en instituciones diversas a los adultos, debiendo separar a los hombres de las mujeres y a quienes cumplan el internamiento impuesto como medida de tratamiento respecto de quienes lo cumplan como medida cautelar. Abrogar la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, por lo que respecta al ámbito de competencia de la Federación. | Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 9-Diciembre-2010 |
4 Proyecto de decreto que reforma los artículos 241 y 242, del Código Penal Federal. Proponente: Rétiz Gutiérrez Ezequiel (PAN) |
Fecha de presentación: 13-Diciembre-2010 |
Imponer como sanción de cuatro a nueve años de prisión y multa de cuatrocientos a dos mil pesos al que falsifique los documentos o emblemas que sirven para demostrar el cumplimiento con normas oficiales mexicanas y prisión de tres meses a tres años y multa de veinte a mil pesos al que dolosamente utilice un documento que acredita el cumplimiento con normas oficiales mexicanas, para un producto, proceso o servicio distinto para el que originalmente fue expedido. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 9-Diciembre-2010 |
5 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Rétiz Gutiérrez Ezequiel (PAN) |
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2010 |
Establecer que todas las personas tienen derecho a la ciudad, bajo principios de sustentabilidad, democracia, equidad y justicia social, así como el derecho a disfrutar de vivienda adecuada en superficie, localización, accesibilidad y seguridad. La planeación será participativa, integral y de largo plazo, mediante la concurrencia de los tres órdenes de gobierno y contendrá una perspectiva del desarrollo nacional y regional, que impulse el ordenamiento territorial productivo, igualitario y sustentable. Establecer que la nación tendrá el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, preservando su función social y estableciendo los derechos y deberes de su uso y aprovechamiento, para lograr el desarrollo sustentable y el ordenamiento del territorio, así como dictar medidas enfocadas al crecimiento de las regiones y zonas metropolitanas. Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia de los tres órdenes de gobierno y del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de asentamientos humanos, desarrollo metropolitano, derecho a la ciudad y vivienda; así como la concurrencia de los tres órdenes de gobierno, en materia de planeación del desarrollo nacional, regional, económico y social. Los municipios deberán formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, en estricta congruencia con los planes estatales, regionales y metropolitanos; participar, en coordinación con el Gobierno Federal y el de las entidades federativas, en la formulación y aprobación de los planes regionales y metropolitanos, conforme a los cuales se dará la ordenación y regulación del desarrollo urbano en sus jurisdicciones, así como crear de manera conjunta y coordinada organismos públicos cuyo objeto sea la planeación, financiamiento y ejecución, de planes, programas, funciones y servicios públicos para el ordenamiento territorial y el desarrollo sustentable de la zona metropolitana. Facultar a los estados para celebrar convenios entre sí o con los municipios, a efecto de incluir los elementos para planear e impulsar las inversiones, acciones, obras o servicios para la planeación y desarrollo de las regiones y de las zonas metropolitanas. | Aprobada
con fecha 27-Abril-2011 Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2010 |