INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley de Aguas Nacionales, en materia de emergencia hídrica y falta de disponibilidad de agua.


Suscribe: Llerenas Morales Vidal (PRD)
Fecha de presentación: 18-Mayo-2011

Definir los conceptos de desastre, emergencia hídrica, fenómeno hidrometeorológico, sobreexplotación de acuíferos y de zona de desastre. Facultar al Poder Ejecutivo Federal para expedir declaratorias de emergencia hídrica, así como los decretos para su modificación o supresión por causas de utilidad pública o interés público. Facultar a la Comisión Nacional del Agua, para que en situaciones de emergencia hídrica y bajo declaratoria de la misma, resuelva la imposición de limitaciones y restricciones temporales a los derechos para la explotación de agua existentes y a los volúmenes de agua concesionados y asignados para la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales intentando garantizar el abastecimiento para el uso doméstico y público urbano. Establecer que los volúmenes de extracción de aguas concesionados o asignados podrán ser afectados bajo situación de emergencia hídrica. La declaratoria que para tal efecto emita el Ejecutivo Federal establecerá las limitaciones y reducciones a estos volúmenes por acuífero, cuenca o región hidrológica. Incluir como causal de revocación de la concesión, asignación o permiso de descarga, así como el permiso provisional, el incumplimiento de las restricciones y limitaciones establecidas en las declaratorias de emergencia hídrica. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 23-Mayo-2011
2   Proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de regulación de propaganda electoral.


Suscribe: Llerenas Morales Vidal (PRD)
Fecha de presentación: 1-Junio-2011

Incluir en la definición de propaganda electoral a los medios impresos, radio, televisión, internet y cine. Establecer que los partidos políticos, precandidatos y candidatos a cargos de elección popular, no podrán contratar, adquirir o beneficiarse en forma directa o por terceras personas, de propaganda explícita o encubierta en cualquier modalidad de radio, televisión cine e internet. Prever que los informes anuales de labores o gestión de los servidores públicos presentados en internet deberán de retirarse de la red pública o privada una vez cumplido tal periodo. Incluir en los gastos que no podrán rebasar los topes los partidos políticos, las coaliciones y sus candidatos, en la propaganda electoral y las actividades de campaña, los gastos de producción de los mensajes para radio, televisión, internet, cine o de toda propaganda encubierta, los gastos de propaganda en inserciones pagadas en internet y los gastos de propaganda en inserciones pagadas en cine. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 6-Junio-2011
3   Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Llerenas Morales Vidal (PRD)
Fecha de presentación: 6-Julio-2011

Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la organización y funcionamiento de los Órganos Reguladores. Facultar al Presidente de la República para nombrar y a la Cámara de Senado para ratificar los nombramientos de los mandos unipersonales o colegiados de los Órganos Reguladores. Establecer que la administración pública centralizada contará con Órganos Reguladores dotados de las atribuciones y autonomía. Prever que todos los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de la República deberán estar firmados por el titular del Órgano Regulador. Considerar que cualquiera de las Cámaras podrá convocar a los titulares de los Órganos Reguladores, para que informen, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 11-Julio-2011
4   Proyecto de decreto por el que se deroga el párrafo tercero de la fracción III del Artículo Segundo y la fracción III del Artículo Sexto del Decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y abrogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, publicado el 21 de diciembre de 2007 en el Diario Oficial de la Federación.


Proponente: Llerenas Morales Vidal (PRD)
Fecha de presentación: 3-Agosto-2011

Derogar que a partir del 1o. de enero de 2012, las cuotas federales aplicables a la venta final de gasolina y diesel se disminuirán en una proporción de 9/11. El remanente de 2/11 se destinará al Fondo de Compensación. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2011
5   Proyecto de decreto que expide la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Trata de Personas y Delitos Relacionados; abroga la Ley Para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas y reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Civil Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de la Policía Federal, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad.


Suscribe: Llerenas Morales Vidal (PRD)
Fecha de presentación: 3-Agosto-2011

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto tutelar la libertad y la dignidad de las personas y los demás derechos humanos reconocidos universalmente y regular las acciones del Estado Mexicano en la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos previstos en ella, así como establecer los tipos penales, las sanciones y el procedimiento penal aplicable, así como la distribución de competencias y formas de coordinación entre los distintos órdenes de gobierno. Tipificar el delito de Trata de Personas, así como los delitos que se relacionan y determinar las sanciones que deben aplicarse en cada caso, sanciones por acumulación de delitos cuando se relacionen, las hipótesis de su agravamiento y las reglas comunes a todos los casos en la interpretación y aplicación de estas disposiciones. Regular lo relativo a los derechos de las víctimas y las personas que les rodean, en lo que hace a su atención integral, sus derechos, protección y seguridad durante los procesos, el resarcimiento y reparación de los daños, los derechos de las víctimas extranjeras y las medidas para su protección en el largo plazo, cuando haya participación de delincuencia organizada. Obligar a la Procuraduría General de la República a crear un Programa de Protección a Víctimas y Testigos, las reglas básicas de su funcionamiento, así como de la instancia específica para operarlo. Redefinir la integración, organización, funcionamiento y facultades de la Comisión Intersecretarial y de los contenidos del programa Nacional en la materia, así como las responsabilidades de cada una de las dependencias que intervienen y la evaluación de los resultados. Incluir un capítulo referente a la prevención del delito, las políticas y programas para tal objetivo, la detección de zonas y grupos con mayor vulnerabilidad y las políticas para su atención prioritaria, la evaluación de los programas y la atención a rezagos. Establecer una distribución de facultades y competencias exclusivas y concurrentes de los tres órdenes de gobierno en la materia y medidas para el fortalecimiento institucional. Incluir dentro de los delitos considerados como graves, los relacionados con la trata de personas, así como de delincuencia organizada. Señalar que para el caso de la sustracción de menores, deberán implementarse sistemas de alerta y protocolos de acción inmediata para su búsqueda y localización, en el que coadyuven con los integrantes del sistema, las corporaciones de emergencia, medios de comunicación, prestadores de servicios de telecomunicaciones, organizaciones no gubernamentales y ciudadanía en general. Aprobada
con fecha 20-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2011
6   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Fiscal de la Federación y de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto Empresarial a Tasa Única, del Servicio de Administración Tributaria, de Coordinación Fiscal, del Seguro Social, Federal de Derechos y Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Proponente: Llerenas Morales Vidal (PRD)
Fecha de presentación: 24-Agosto-2011

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Facultar al Congreso Federal para expedir leyes en materia de fiscalización y evaluación del gasto público para la federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, a fin de garantizar
la aplicación de prácticas y mecanismos armónicos y homogéneos.
Ley del Impuesto sobre la Renta:
Establecer que el Impuesto sobre Dividendos sea un pago definitivo de 35%, y no se acumule a los demás ingresos, para lo cual los dividendos que provengan de la cuenta de utilidad fiscal neta sólo paguen un 7% adicional a 28% que corresponde al ISR corporativo. Derogar el Régimen de Consolidación Fiscal, así como las deducciones inmediatas, anticipadas o aceleradas de inmuebles y activos fijos; por lo que hace al régimen simplificado como el autotransporte, se deroga de manera que sólo exista la diferencia entre pequeños contribuyentes, intermedios y los de carácter general, a fin de que la tributación sea a tasas generales. Derogar el Régimen Simplificado de Contribuyentes personas morales, dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y silvicultura. Incrementar la exención de 7 a 15 veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente en los ingresos obtenidos por concepto de prestaciones de previsión social. Eliminar en materia del Impuesto Empresarial a Tasa Única los créditos fiscales, deducciones adicionales y aquellas que no establezca expresamente la Ley del Impuesto sobre la Renta. Prever que sólo tributarán en este impuesto, las personas físicas y morales cuyos ingresos acumulables para efectos del Impuesto sobre la Renta sean iguales o superiores a un monto equivalente a 500 millones de pesos.
Código Fiscal de la Federación y Ley del Servicio de Administración Tributaria:
Eliminar la facultad del Ejecutivo Federal para que pueda determinar o autorizar regímenes fiscales de manera individual o por grupos y que pueda conceder subsidios o estímulos fiscales sólo cuando lo disponga expresamente la Ley de Ingresos de la Federación y el Congreso de la Unión en casos de emergencia económica; y las resoluciones del jefe del Servicio de Administración Tributaria para aplicar las leyes fiscales y aduanales, no den lugar a la autorización de régimen fiscal diferente a los establecidos en las leyes.
Ley de Coordinación Fiscal:
Incrementar el porcentaje del Fondo General de Participaciones desde el 20 al 25% de la Recaudación Federal Participable, y que el Fondo de Fomento Municipal pase de 1 al 2% de la misma. Se le adiciona el Fondo de Aportaciones para el Apoyo de la Recaudación de Contribuciones Inmobiliarias.
Ley Federal de Derechos:
Destinar el 100% de la recaudación obtenida por los derechos petroleros para conformar la Recaudación Federal Participable.
Ley del Seguro Social:
Reformar los artículos transitorios, con el objeto de que se respete el tope de 20 y 5 salarios mínimos para el pago de las pensiones de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte.
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria:
Establecer la obligatoriedad del uso de los resultados del Sistema de Evaluación del Desempeño durante la ¿dictaminación¿ del Presupuesto de Egresos de la Federación, así como la elaboración y publicación anual de un diagnóstico integral de la situación de las haciendas públicas estatales y municipales.
Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 29-Agosto-2011