INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma los artículos 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 117 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Ochoa Mejía Ma. Teresa Rosaura (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 28-Febrero-2012

Establecer que en la integración de la Comisión Permanente se deberá incluir cuando menos a una legisladora o legislador de los grupos parlamentarios que cuenten con representación en alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 23-Febrero-2012
2   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 29 Bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Ochoa Mejía Ma. Teresa Rosaura (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 22-Marzo-2012

Establecer que es obligatoria la rendición de cuentas públicas sobre los recursos y subvenciones que reciben los grupos parlamentarios. Para tal fin, cada Grupo Parlamentario destinará un porcentaje de la ayuda económica que le es entregada para la creación y mantenimiento de una unidad de enlace encargada de proponer los procedimientos internos que aseguren una efectiva rendición de cuentas; cada Grupo Parlamentario deberá presentar cuatrimestralmente, en forma detallada, su cuenta de gastos, a través de la cual dará a conocer: el directorio de su personal de carácter transitorio, así como las remuneraciones que reciben; las erogaciones que destina a la seguridad social; y las contrataciones o compras que hayan realizado en los rubros materiales y suministros, servicios generales, bienes muebles, inmuebles e intangibles, inversión pública e inversiones financieras y otras provisiones. En caso de que no se cumpla con dichas disposiciones, les serán retenidos las subvenciones en tanto no se subsane la falta. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2012
3   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.


Suscribe: Ochoa Mejía Ma. Teresa Rosaura (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 22-Marzo-2012

Establecer que el Estado adoptará medidas de protección para los bienes culturales contra los efectos previsibles de un conflicto armado. Dichas medidas comprenderán: la realización de inventarios; la planificación de medidas de emergencia para la protección contra incendios o el derrumbamiento de estructuras; la preparación del traslado de bienes culturales muebles o el suministro de una protección adecuada in situ de esos bienes; la designación de autoridades competentes que se responsabilicen de la salvaguardia de los bienes culturales; el otorgamiento de ayuda financiera y técnica en apoyo de medidas preparatorias o de otro tipo que se hayan de adoptar en tiempo de paz para la prevención y protección de bienes culturales en caso de conflicto armado; y la autorización de ayuda financiera y técnica en relación con medidas de emergencia y medidas provisionales o de otro tipo que se hayan de adoptar con miras a la reconstrucción. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2012
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Adherente: Ochoa Mejía Ma. Teresa Rosaura (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 27-Marzo-2012

Establecer que la Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y los gobiernos de las entidades federativas, y con la colaboración de las dependencias y entidades del sector salud, formulará, propondrá, desarrollará y fortalecerá programas de educación y de nutrición para la salud, que tengan por objeto promover hábitos de alimentación adecuados para contrarrestar, prevenir y controlar la obesidad, así como disminuir los índices de prevalencia de enfermedades crónicas como la Diabetes Mellitus, a la población infantil y juvenil. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 27-Marzo-2012
5   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, de la Ley General de Educación y de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Adherente: Ochoa Mejía Ma. Teresa Rosaura (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 27-Marzo-2012

Ley del Instituto Mexicano de la Juventud: Facultar al Instituto Mexicano de la Juventud para promover toda clase de estudios e investigaciones que contribuyan a un mejor conocimiento sobre los derechos sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes y coadyuvar en la erradicación de los perjuicios nocivos para su ejercicio; y estimular la promoción de la salud sexual y reproductiva, entre otros.
Ley General de Educación: Establecer que la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento tendrá que garantizar que la educación sexual sea integral y se encuentre en la curricula oficial de los programas de educación; y fomentar desde la educación básica estilos de vida saludables y el desarrollo de habilidades que les permitan a los niños, niñas y adolescentes un desarrollo pleno, en términos físicos y psicológicos propios de su edad, entre otros.
Ley para la Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes: Facultar a las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales en el ámbito de sus respectivas competencias para generar programas para informar, prevenir, atender de manera oportuna y eficiente la planeación familiar, educación sexual, así como sus causas, consecuencias en el desarrollo y bienestar físico, moral, mental de las niñas, niños y adolescentes. Facultar a las autoridades federales para garantizar la introducción, en los tiempos oficiales de radio y televisión, así como de cualquier tipo de comunicación, spots y programas de sensibilización y orientación relativa a la salud sexual y reproductiva y al ejercicio responsable de la sexualidad.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 27-Marzo-2012
6   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, de la Ley General de Educación y de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Suscribe: Ochoa Mejía Ma. Teresa Rosaura (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 27-Marzo-2012

Ley del Instituto Mexicano de la Juventud: Facultar al Instituto Mexicano de la Juventud para promover toda clase de estudios e investigaciones que contribuyan a un mejor conocimiento sobre los derechos sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes y coadyuvar en la erradicación de los perjuicios nocivos para su ejercicio; y estimular la promoción de la salud sexual y reproductiva, entre otros.
Ley General de Educación: Establecer que la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento tendrá que garantizar que la educación sexual sea integral y se encuentre en la curricula oficial de los programas de educación; y fomentar desde la educación básica estilos de vida saludables y el desarrollo de habilidades que les permitan a los niños, niñas y adolescentes un desarrollo pleno, en términos físicos y psicológicos propios de su edad, entre otros.
Ley para la Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes: Facultar a las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales en el ámbito de sus respectivas competencias para generar programas para informar, prevenir, atender de manera oportuna y eficiente la planeación familiar, educación sexual, así como sus causas, consecuencias en el desarrollo y bienestar físico, moral, mental de las niñas, niños y adolescentes. Facultar a las autoridades federales para garantizar la introducción, en los tiempos oficiales de radio y televisión, así como de cualquier tipo de comunicación, spots y programas de sensibilización y orientación relativa a la salud sexual y reproductiva y al ejercicio responsable de la sexualidad.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 27-Marzo-2012
7   Proyecto de decreto que reforma el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Ochoa Mejía Ma. Teresa Rosaura (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 29-Marzo-2012

Facultar al Ejecutivo Federal para nombrar, con aprobación de la Cámara de Diputados, a los directores generales de Petróleos Mexicanos y de la Comisión Federal de Electricidad. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 29-Marzo-2012