INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.


Proponente: Guerra Abud Juan José (PVEM)
Fecha de presentación: 22-Febrero-2011

Agregar un Capítulo I denominado De las Sanciones en materia de infracciones y un Capítulo II denominado De los delitos contra del autotransporte federal, al Título Octavo De las sanciones en materia de infracciones y delitos. Definir las sanciones que se aplicarán a quienes en caminos, carreteras, paraderos o puentes de jurisdicción federal cometan delitos en contra de los servicios de autotransporte de carga, pasajeros y turismo, sus servicios auxiliares y los servicios de paquetería y mensajería, así como al transporte privado o al que elabore o altere sin permiso de la autoridad competente una placa, el engomado, la tarjeta de circulación o los demás documentos oficiales que se expiden para identificarlos. Sancionar como delitos graves a los establecidos en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, así como calificarlos como delitos de delincuencia organizada, cuando los mismos sean cometidos por tres o más personas. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Suscribe: Guerra Abud Juan José (PVEM)
Fecha de presentación: 3-Marzo-2011

Definir el término Anexos transversales. Facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para elaborar los calendarios de presupuesto, en términos mensuales, de los anexos transversales y publicarlos en el Diario Oficial de la Federación a más tardar 15 días hábiles posteriores a la publicación del Presupuesto en el propio DOF; asimismo deberá incluir en los anteproyectos y proyectos, las acciones que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres, la erradicación de la violencia de género y cualquier forma de discriminación de género. Establecer los requisitos que deberá contener el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, así como los anexos informativos. Prever que en las adecuaciones presupuestarias no se podrán realizar reducciones a los programas presupuestarios ni a las inversiones dirigidas a la atención de la igualdad entre mujeres y hombres, al Programa de Ciencia, Tecnología e Innovación, a las erogaciones correspondientes al desarrollo integral de los pueblos indígenas y comunidades indígenas y la atención a grupos vulnerables. Aprobada
con fecha 31-Marzo-2011



Publicación en Gaceta: 3-Marzo-2011
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 23 y 39 de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia.


Suscribe: Guerra Abud Juan José (PVEM)
Fecha de presentación: 17-Marzo-2011

Establecer que cuando le sea negado al usuario un crédito o servicio en razón de una información no actualizada, tenga la posibilidad de desvirtuar esa información exhibiendo los títulos de crédito y comprobantes con los que se acredite que ya cumplió con el pago de su deuda. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
4   Proyecto de decreto que reforma el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Guerra Abud Juan José (PVEM)
Fecha de presentación: 7-Abril-2011

Establecer que, en ningún caso, un partido político podrá contar con más de 40 diputados a la Asamblea Legislativa por ambos principios, ni de un número que represente una proporción del total de la Asamblea que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación emitida, a excepción de que, por sus triunfos en distritos uninominales, un partido político obtenga un porcentaje de lugares del total de la Asamblea, superior a la suma del porcentaje de su votación emitida más el ocho por ciento. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 7-Abril-2011
5   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General de Salud.


Suscribe: Guerra Abud Juan José (PVEM)
Fecha de presentación: 12-Abril-2011

Facultar a las autoridades educativas Federal y locales, de manera concurrente, para promover programas dirigidos al rechazo a los vicios y adicciones, fomentando el conocimiento de sus causas, riesgos y consecuencias. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 12-Abril-2011
6   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y expide la Ley General de la Calidad del Aire y la Protección a la Atmósfera.


Suscribe: Guerra Abud Juan José (PVEM)
Fecha de presentación: 28-Abril-2011

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente: Facultar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para modificar, actualizar y vigilar el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas, así como para alentar el desarrollo de tecnologías limpias y líneas de investigación que tengan por objeto perfeccionar el estado del conocimiento científico y tecnológico y para fortalecer la colaboración de la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, con instituciones académicas y organismos, nacionales o internacionales, a fin de lograr una calidad del aire satisfactoria.

Ley General de la Calidad del Aire y la Protección a la Atmósfera: Crear un ordenamiento con el objeto de garantizar el derecho de toda persona a la protección a la salud y a un medio ambiente adecuado, para su desarrollo y bienestar, en materia de preservación de la calidad del aire y de protección a la atmósfera estableciendo las bases de coordinación y colaboración entre la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, así como de la concertación para la participación de los sectores social y privado. Establecer las bases para la restauración, preservación y mejoramiento de la calidad del aire; la protección de la atmósfera de los gases de efecto invernadero y las sustancias agotadoras de la capa de ozono; el aprovechamiento sustentable de la atmósfera de forma tal que sea compatible con el desarrollo de las actividades humanas y productivas; la distribución de competencias entre la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la atmósfera de los efectos de los gases de efecto invernadero y las sustancias agotadoras de la capa de ozono; la celebración de convenios de coordinación y colaboración entre la Federación y los estados, el Distrito Federal y los municipios para realizar acciones en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la atmósfera de los gases de efecto invernadero y las sustancias agotadoras de la capa de ozono; la promoción y garantía de la participación corresponsable de todos los sectores sociales en las acciones tendientes a restaurar, preservar y mejorar la calidad del aire; así como a proteger a la atmósfera de los gases de efecto invernadero y de las sustancias agotadoras de la capa de ozono, de conformidad con las disposiciones de esta ley; el fortalecimiento de la investigación y desarrollo científico, así como la innovación tecnológica, para prevenir y controlar la contaminación atmosférica y proteger a la atmósfera; y el establecimiento de las medidas de control y de seguridad para garantizar el cumplimiento y la aplicación de la ley.
Ley del Impuesto Sobre la Renta: Otorgar el derecho a los contribuyentes del impuesto sobre la renta para deducir el 100% de las inversiones en maquinaria y equipo que reduzcan las emisiones contaminantes o de gases de efecto invernadero a la atmósfera o que sustituyan el uso de sustancias agotadoras de la capa de ozono; asimismo, otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes consistente en aplicar un crédito fiscal cuando los mismos se dediquen preponderantemente al mantenimiento y reparación de la maquinaria y equipo que reduzcan las emisiones contaminantes o de gases de efecto invernadero a la atmósfera; inviertan en la conservación del uso de suelo silvícola; inviertan en investigaciones que tengan por objeto determinar el comportamiento de los contaminantes criterio, gases de efecto invernadero y sustancias agotadoras de la capa de ozono, así como otros contaminantes; e inviertan en maquinaria y equipo que fomenten las fuentes renovables de energía.
Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2011
7   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Guerra Abud Juan José (PVEM)
Fecha de presentación: 28-Abril-2011

Considerar como moneda circulante la onza de plata ¿Libertad¿, que gozará de curso legal por su valor nominal vigente en pesos. Facultar al Banco de México para determinar y modificar el valor nominal de la onza de plata ¿Libertad¿. Establecer que el valor nominal inicial de la onza de plata ¿Libertad¿ se determinará mediante la suma de los siguientes factores: el precio internacional vigente de la onza de plata, expresado en pesos, el costo de acuñación y un señoreaje no mayor del 10% calculado sobre el costo total de la moneda; el resultado de esta suma deberá ajustarse al múltiplo inmediato superior de cinco pesos; asimismo el valor nominal deberá publicarse todos los días en el Diario Oficial de la Federación. Ante la eventualidad de un incremento extraordinario en el precio de la plata, el Banco de México podrá mantener el valor nominal vigente, sin tomar en cuenta este incremento, durante un periodo máximo de 6 meses. Prever que el Banco de México acuñará cuantas onzas ¿Libertad¿ se requieran para evitar que la escasez de las mismas origine sobreprecios especulativos por encima del valor nominal establecido por el Banco de México. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 26-Abril-2011