INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 47 de la Ley General de Educación. Adherente: Jaime Correa José Luis (PRD) |
Fecha de presentación: 28-Septiembre-2010 |
Establecer que la lectura será considerada como una asignatura independiente en los planes de estudio de educación preescolar, primaria, secundaria y educación normal. | Desechada
con fecha 26-Abril-2011 Publicación en Gaceta: 28-Septiembre-2010 |
2 Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Adherente: Jaime Correa José Luis (PRD) |
Fecha de presentación: 11-Noviembre-2010 |
Crear un Organismo Público Descentralizado denominado Comisión de Electricidad del Centro, integrado por una Junta de Gobierno, integrada por los Secretarios de Hacienda y Crédito Público; de Desarrollo Social; de Economía; de Agricultura Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y de Energía, quien la presidirá. También formarán parte de la Junta de Gobierno, el director general de Petróleos Mexicanos y tres representantes de cada uno de los sindicatos titulares del contrato colectivo de trabajo que rija las relaciones laborales en cada una de las Comisiones. Establecer que la región, zonas, actividades, servicios y operaciones que le correspondían a Luz y Fuerza del Centro, le corresponderán a la Comisión de Electricidad del Centro. Crear el Sistema Federal de Electricidad, el cual estará integrado por la Comisión Federal de Electricidad y la Comisión de Electricidad del Centro. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2010 |
3 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Banco de México, de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Suscribe: Jaime Correa José Luis (PRD) |
Fecha de presentación: 8-Diciembre-2010 |
Facultar al Banco de México para recabar información de los intermediarios bancarios, a efecto de determinar el margen financiero existente entre las operaciones activas y pasivas que se realicen en territorio nacional, para lo cual se emitirán normas para la recepción de los datos informativos de las operaciones causantes de pasivo a corto, mediano y largo plazo, segmentados por importe, distinguiendo personas morales de personas físicas, así como respecto de los financiamientos al consumo, hipotecarios y al sector agropecuario. Establecer que en el mes de marzo de cada año el Banco rendirá un informe respecto de la evolución de los márgenes financieros de la banca en territorio nacional, por cada institución de crédito. Facultar a las autoridades financieras para evitar prácticas y acuerdos monopólicos que se traduzcan en condiciones usurarias en agravio del público usuario. Prohibir a las instituciones de crédito establecer condiciones en las que los márgenes diferenciales entre las operaciones activas de financiamiento se aparten de las tasas pasivas promedio que se ofrezcan al público. Sancionar a quien pretenda cobrar intereses o accesorios financieros usurarios. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 30-Noviembre-2010 |
4 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Jaime Correa José Luis (PRD) |
Fecha de presentación: 8-Diciembre-2010 |
Crear la sexta circunscripción electoral plurinominal para el ejercicio de los derechos electorales de los mexicanos en el extranjero, quienes sufragarán sobre las listas que presenten los partidos políticos nacionales. Establecer los requisitos para ser candidato a diputado de la sexta circunscripción electoral plurinominal. Establecer que los 32 senadores serán elegidos mediante el sistema de listas votadas en una circunscripción plurinominal nacional, compuesta por 28 fórmulas de candidatos y 4 fórmulas de candidatos para la circunscripción plurinominal para ciudadanos residentes en el extranjero. Los partidos nacionales que alcancen por lo menos el 2% de la votación emitida en la sexta circunscripción tendrán derecho a que se les asignen senadores según el principio de representación proporcional. Las resoluciones del Instituto Federal Electoral acerca de las elecciones de los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero, sólo podrán impugnarse, ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, únicamente cuando por los agravios se pueda modificar el resultado de la elección. Los fallos de la sala serán definitivos e inatacables. | Desechada (art. 89)
con fecha 26-Abril-2012 Publicación en Gaceta: 7-Diciembre-2010 |
5 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Comercio, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, de la Ley de Protección y Defensa a los Usuarios de Servicios Financieros, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de la Ley Federal de Protección al Consumidor y que expide la Ley Federal para Regular las Casas de Empeño Mercantiles. Adherente: Jaime Correa José Luis (PRD) |
Fecha de presentación: 13-Diciembre-2010 |
Diferenciar en el Código de Comercio, las casas de empeño mercantiles dedicadas a la búsqueda de la rentabilidad y las operaciones de mutuo con garantía prendaria que llevan a cabo las Instituciones de Asistencia Privada. Reconocer en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito las operaciones de mutuo con garantía prendaria como una operación financiera y que las empresas que las lleven a cabo deberán ser consideradas empresas del sector financiero. Establecer en la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, como entidades financieras a las Casas de Empeño Mercantiles. Incorporar en la Ley de Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, a la Comisión Nacional de Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros a la regulación y a la aplicación de sanciones contra quienes cometan abusos. Derogar el artículo 65 bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor que tiene que ver con los proveedores, personas físicas o sociedades mercantiles no regulados por leyes financieras. Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular la apertura, instalación y funcionamiento de los establecimientos, con el propósito de ofrecer servicios al público de mutuo con interés y garantía prendaria; con excepción de aquellas regidas por la legislación sobre instituciones de crédito, sociedades cooperativas, ahorro y crédito popular y las que se constituyan como instituciones de asistencia privada. Sólo podrán ofrecer servicios al público en general de mutuo con interés y garantía prendaria, las personas físicas y morales constituidas en casas de empeño mercantiles que cuenten con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 9-Diciembre-2010 |
6 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal del Trabajo, del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y General de Salud. Proponente: Jaime Correa José Luis (PRD) |
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2010 |
Establecer como de interés social prevenir, erradicar y sancionar el hostigamiento sexual, el hostigamiento moral y, en general, la violencia laboral. Definir los conceptos de hostigamiento sexual y hostigamiento moral. Prever como causa de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón cuando el trabajador incurra, durante sus labores, en violencia laboral, hostigamiento psicológico o sexual; asimismo, será causa de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador cuando el patrón, sus familiares o su personal directivo o administrativo, incurra dentro del servicio, en el mismo tipo de violencia. Obligar a los patrones a mantener un ambiente libre de violencia laboral. Prohibir a los patrones ejercer actos de violencia física, hostigamiento psicológica u hostigamiento sexual en contra de los trabajadores o permitir que la realicen sus representantes, otros trabajadores, sus clientes o proveedores. Establecer en el contrato colectivo y en el reglamento los procedimientos ágiles, imparciales y confidenciales a cargo del patrón, para tramitar las reclamaciones de las y los trabajadores por violencia laboral. Incluir como riesgos de trabajo tanto la violencia laboral como física, el hostigamiento psicológico y sexual. Crear el Sistema Nacional contra la Violencia Laboral. Considerar materia de salubridad general la prevención y erradicación de la violencia laboral. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011 Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2010 |