INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2010. Adherente: Vázquez Góngora Canek (PRI) |
Fecha de presentación: 16-Febrero-2010 |
Crear la figura de Presupuesto de Gastos Fiscales, el cual será el monto anual que con un objetivo económico o social, deje de recaudar el erario federal por concepto de tasas diferenciadas en los distintos impuestos; exenciones; subsidios y créditos fiscales; condonaciones; facilidades administrativas; estímulos fiscales; deducciones autorizadas; tratamientos y regímenes especiales establecidos en las distintas leyes que en materia tributaria aplican a nivel federal y cualquier otro concepto que autorizado en alguna Ley Federal, signifique una disminución en la recaudación del erario federal, y que será aprobado junto con la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 16-Febrero-2010 |
2 Proyecto de decreto que reforma los artículos 4 y 16 de la Ley Federal de Radio y Televisión. Proponente: Vázquez Góngora Canek (PRI) |
Fecha de presentación: 25-Febrero-2010 |
Explicitar que la función de protección, que ejerce el Estado respecto de la actividad de la radio y la televisión, comprenderá la planeación del desarrollo de la radiodifusión, con la participación de concesionarios y permisionarios, y que las concesiones otorgadas para radio y televisión serán por un plazo de hasta 20 años, mismas que podrán ser prorrogadas en una o más ocasiones por el mismo periodo, previa verificación de la Comisión Federal de Telecomunicaciones. Establecer los requisitos para la procedencia de la prórroga de dicha concesión. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 25-Febrero-2010 |
3 Proyecto de decreto que reforma los artículos 108, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: Vázquez Góngora Canek (PRI) |
Fecha de presentación: 25-Febrero-2010 |
Establecer que el Presidente de la República podrá ser sujeto de Revocación del Mandato, por: actos u omisiones contrarios a la Constitución Federal y leyes federales; el manejo indebido de fondos y recursos federales; o la comisión de delitos graves. Legitimar a: cualquier ciudadano con causa fundada y motivada; la mayoría de integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión, los gobernadores y Jefe de Gobierno del Distrito Federal; o el 25% de los municipios del país, para solicitar dicha revocación. Establecer el procedimiento mediante el cual se llevará a cabo la revocación. Eliminar los supuestos por los que podrá ser acusado el Presidente ¿traición a la patria y delitos graves del orden común¿. | Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 25-Febrero-2010 |
4 Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° transitorio del decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de febrero de 2009. Proponente: Vázquez Góngora Canek (PRI) |
Fecha de presentación: 16-Marzo-2010 |
Establecer que la Comisión Federal de Telecomunicaciones, en caso de que al término del plazo establecido (1 año), no se alcanzare a cubrir el registro de al menos noventa por ciento de los usuarios de telefonía móvil, podrá extender dicho plazo hasta por 2 años, en tanto no logre alcanzarse el registro anteriormente establecido. | Aprobada
con fecha 25-Marzo-2010 Publicación en Gaceta: 16-Marzo-2010 |
5 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad. Suscribe: Vázquez Góngora Canek (PRI) |
Fecha de presentación: 28-Abril-2010 |
Definir el concepto de ajustes razonables, comunicación, discriminación por motivos de discapacidad, diseño universal y de educación inclusiva y especial. Modificar el nombre del ¿Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad¿ por el de ¿Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad¿. Facultar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo. Prever que los derechos que establece esta ley serán reconocidos a todas las personas sin discriminación jurídica o económica, apariencia física, características genéticas, diversidad sexual, embarazo, identidad o filiación política, lengua, situación migratoria. Establecer los principios de igualdad de oportunidades, el respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad, el derecho a preservar su identidad, el respeto por la diferencia, la transversalidad, la transparencia y la continuidad. Atribuir al Titular del Poder Ejecutivo Federal, garantizar la consulta y participación de las personas con discapacidad y las organizaciones, en la elaboración y aplicación de legislación, políticas y programas, incluyendo la colaboración de personas físicas o morales, públicas, privadas o sociales, así como la participación de las personas con discapacidad y las organizaciones en la elaboración de los informes que el propio Ejecutivo debe presentar a la Organización de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales, relacionados con la materia y los derechos humanos. Garantizar por parte de la Secretaría de Salud a la población con discapacidad su derecho a gozar del más alto nivel posible de salud, rehabilitación y habilitación sin discriminación por motivos de discapacidad, considerando criterios de calidad, especialización, género, gratuidad o precio asequible. Incorporar de forma gratuita al Seguro Popular a la población con discapacidad. Prohibir cualquier tipo de discriminación contra las personas con discapacidad en el otorgamiento de seguros de salud o de vida, siendo responsabilidad de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas garantizar y vigilar la debida protección y sancionar el incumplimiento de este derecho. Modificar el Capítulo II ¿Del Trabajo y la Capacitación¿, por el de ¿Trabajo y Empleo¿. Garantizar por parte de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social el derecho al trabajo y empleo de las personas con discapacidad. Incorporar en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología lineamientos que permitan la investigación y el desarrollo de bienes, servicios, equipo e instalaciones de diseño universal. Establecer que los estudiantes y profesionistas podrán cumplir con el requisito del servicio social, prestando apoyo a estudiantes o personas con discapacidad. Reconocer el sistema braille, los modos, medios y formatos de comunicación accesibles que elijan las personas con discapacidad en sus relaciones oficiales. Establecer que será responsabilidad de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros y demás autoridades competentes del sistema financiero mexicano, garantizar que las personas con discapacidad tengan acceso en igualdad de circunstancias y condiciones a los servicios que ofrecen las instituciones bancarias y demás entidades parte del sistema financiero mexicano. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes garantizará el derecho de las personas con discapacidad, sin discriminación de ningún tipo, al acceso al transporte, los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, que contribuyan a su independencia y desarrollo integral; la Secretaría de Desarrollo Social, garantizará un mayor índice de desarrollo humano para ellas y sus familias, incluyendo alimentación, vestido y vivienda adecuados y a la mejora continua de sus condiciones de vida, sin discriminación por motivos de discapacidad; el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, garantizará que el Censo Nacional de Población incluya lineamientos para la recopilación de información y estadística de la población con discapacidad; el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, garantizar el reconocimiento y el apoyo de su identidad cultural y lingüística específica, incluidas la lengua de señas mexicana y la cultura de los sordos, entre otras; la Secretaría de Turismo garantizará el derecho para acceder y disfrutar de los programas y servicios turísticos, recreativos y de esparcimiento, adaptación y accesibilidad de las instalaciones de servicios que comprenden la infraestructura para el turismo nacional. Establecer los lineamientos generales del Programa Nacional para el Desarrollo e Inclusión de las Personas con Discapacidad, sus órganos de administración y actualizar su integración. Modificar el Capítulo II ¿Del Consejo Consultivo para las Personas con Discapacidad¿ por el ¿De la Asamblea Consultiva¿ y establecer sus funciones, órganos de vigilancia y las prevenciones generales. | Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2010 Publicación en Gaceta: 28-Abril-2010 |