INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que expide la Ley de los Derechos de la Madre Tierra.


Adherente: Pérez Cuevas Carlos Alberto (PAN)
Fecha de presentación: 6-Septiembre-2011

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de reconocer los derechos de la Madre Tierra, a la vida; a la diversidad de la vida; al agua; al aire limpio; al equilibro; a la restauración; y a vivir libre de contaminación; así como las obligaciones y deberes del Estado y de la sociedad para garantizar el respeto de estos derechos. Definir a la Madre Tierra como un sistema viviente dinámico conformado por la comunidad indivisible de todos los sistemas de vida y los seres vivos, interrelacionados, interdependientes y complementarios, que comparten un destino común. Crear la Comisión de Vigilancia de los derechos de la Madre Tierra, que tendrá la naturaleza jurídica de órgano desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que se integrará con un presidente y siete comisionados, así como del personal profesional, técnico y administrativo, con el objeto de conocer e investigar a petición de parte, o de oficio, presuntas violaciones de derechos contra la Madre Tierra; promover el estudio, la enseñanza y divulgación de los derechos de la Madre Tierra en el ámbito nacional e internacional; expedir su Reglamento Interno; y elaborar y ejecutar programas preventivos en materia de derechos de la Madre Tierra, entre otros. Establecer los procedimientos ante la Comisión de Vigilancia de los Derechos de la Madre Tierra para denunciar presuntas violaciones a los derechos de la Madre Tierra. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 6-Septiembre-2011
2   Proyecto de decreto que reforma los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Pérez Cuevas Carlos Alberto (PAN)
Fecha de presentación: 6-Septiembre-2011

Modificar la fecha de inicio del segundo periodo de sesiones ordinarias del ¿1o. de febrero¿, para quedar el ¿15 de enero¿ de cada año, así como la fecha del término del mismo, del ¿30 de abril¿, para quedar al ¿15 de agosto¿ de cada año. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Mayo-2012



Publicación en Gaceta: 6-Septiembre-2011
3   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal y reforma el artículo 31 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.


Suscribe: Pérez Cuevas Carlos Alberto (PAN)
Fecha de presentación: 22-Septiembre-2011

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto establecer las medidas y procedimientos que garanticen la protección y atención de personas intervinientes en el procedimiento penal, cuando se encuentren en situación de riesgo o peligro por su participación o como resultado del mismo. Crear el Centro Federal de Protección a Personas Centro, como órgano desconcentrado y especializado de la Procuraduría General de la República; con autonomía técnica y operativa en la aplicación de las Medidas de Protección, el cual estará a cargo de un Director, nombrado y removido libremente por el Procurador; así como el Programa Federal de Protección a Personas, el cuál establecerá cuando menos los requisitos de ingreso, terminación, mecanismos de protección para la persona, así como los apoyos para solventar sus necesidades personales básicas cuando por su intervención en el Procedimiento Penal así se requiera. Podrán incorporarse al Programa a las víctimas, ofendidos, testigos, testigos, colaboradores, peritos, policías, agentes del Ministerio Público, jueces y miembros del Poder Judicial, quienes hayan colaborado eficazmente en la investigación o en el proceso o familiares de las mismas. La protección de personas se regirá por los principios de proporcionalidad y necesidad, secrecía, voluntariedad, temporalidad, autonomía, celeridad y gratuidad. Las medidas de protección serán de asistencia o de seguridad. Aprobada
con fecha 24-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 20-Septiembre-2011
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Pérez Cuevas Carlos Alberto (PAN)
Fecha de presentación: 22-Septiembre-2011

Crear la figura de Jefe de Gabinete el cual tendrá entre sus facultades y obligaciones participar en la administración general el país; expedir los actos y reglamentos que sean necesarios y aquellas que le delegue el Presidente de la República, con el refrendo del secretario de despacho; coordinar, preparar y convocar las reuniones de gabinete con los secretarios de despacho, presidiéndolas en caso de ausencia del presidente, concurrir a las sesiones del Congreso de la Unión a las que sea convocado, entre otras. Crear la figura del gobierno de coalición, misma que podrá ser adoptada por el Presidente de la República, en cuyo caso acordará las políticas públicas, iniciativas, mediante convenio en el que se especifique los objetivos del gobierno común y el número de legisladores que lo sustenten. Establecer que la ley del Congreso determinará las formas y procedimientos para la formación y disolución de coaliciones legislativas. Facultar a la Cámara de Diputados para ratificar, por mayoría absoluta, el nombramiento que haga el Presidente del Secretario de Hacienda y Crédito Público y empleados superiores de Hacienda; así como al Senado de la República para ratificar al Jefe de Gabinete y los secretarios de Despacho, en ambos casos sólo cuando hayan solicitado la formación de un gobierno de coalición al Congreso de la Unión. Prever que tanto la Cámara de Diputados como la de Senadores podrán solicitar moción de censura para dichos funcionarios siempre y cuando éstos hayan desempeñado su cargo durante seis meses y hayan sido ratificados por las Cámaras, respectivamente. Incluir como requisito para ser Presidente no haber sido Jefe de Gabinete en el periodo inmediato anterior. Facultar al Presidente para tener voz en las Cámaras del Congreso por sí o a través del Jefe de Gabinete o del Secretario de Gobernación, para presentar iniciativas, informes o responder preguntas, mediando solicitud para hacerlo o por invitación o requerimiento de alguna de las Cámaras del Congreso. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 22-Septiembre-2011
5   Proyecto de decreto que expide la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos de la Federación; y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Suscribe: Pérez Cuevas Carlos Alberto (PAN)
Fecha de presentación: 20-Octubre-2011

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto reglamentar el artículo 127 y demás disposiciones de la Constitución, en materia de remuneraciones de los servidores públicos. Establecer los principios rectores y reglas generales de las remuneraciones, manuales de remuneraciones, pago de las remuneraciones, remuneración por desempeñar dos o más puestos, remuneración cuando se desempeñen empleos, cargos o comisiones en las entidades federativas o municipios, erogaciones que no forman parte de las remuneraciones, imposición de sanciones, entre otros capítulos. Reponsabilizar a los titulares de las unidades de administración para observar y aplicar estrictamente las disposiciones en esta materia.
Código Penal: Comete el delito de uso indebido de atribuciones y facultades el servidor público que indebidamente en razón de su empleo, cargo o comisión públicos otorgue o autorice, para sí o para otros, pagos de remuneraciones, jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, liquidaciones por servicios prestados, prestamos o créditos que no estén previstos en ley, decreto legislativo, contrato colectivo, contrato ley o condiciones generales de trabajo, o que estando previstos otorgue o autorice su pago aunque no se tenga derecho a recibirlos; quien utilice los apoyos o gastos sujetos a comprobación que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales, en actividades o en conceptos ajenos al cumplimiento de su empleo, cargo o comisión públicos.
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Suprimir lo relativo al manual de percepciones de los servidores públicos de las dependencias y entidades.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 20-Octubre-2011