INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 9° Bis a la Ley de Coordinación Fiscal.


Adherente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 6-Septiembre-2011

Establecer que toda información relacionada con la deuda (crédito, empréstito, endeudamiento o cualquier otra) contratada por estados y municipios, sea ésta de corto, mediano o largo plazo, y sin importar su forma de garantía de pago, debe ser pública, y deberá considerar al menos el nombre o razón social del acreedor, el destino de los recursos, las fechas de suscripción y de vencimiento del crédito, los saldos de vencimiento, la tasa de interés a la que se contrató y el decreto a través del cual se autorizó el proceso de endeudamiento, así como cualquier movimiento de reestructuración que se realice y los términos en los que éste se da. Corresponderá a los Congresos de cada entidad federativa regular que el endeudamiento estatal y municipal guarde proporción con la capacidad de pago de los gobiernos y que se constituya en un instrumento de crecimiento económico y bienestar social. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 6-Septiembre-2011
2   Proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Ley para el Fomento de la Investigación Científica y Tecnológica.


Adherente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 6-Septiembre-2011

Propone establecer que con el propósito de incrementar los apoyos que el Gobierno Federal está obligado a otorgar para impulsar, fortalecer y desarrollar la investigación científica y tecnológica, en términos de la ley, la Secretaría de Hacienda otorgará recursos superiores al presupuesto del año anterior, a la investigación científica y tecnológica para los centros públicos de investigación. En lo que corresponde al Instituto Mexicano del Petróleo, el incremento no será menor a un quince por ciento con respecto al ejercicio fiscal precedente, sin afectar los ajustes al alza que tengan el resto de los centros públicos. Corresponderá a la Cámara de Diputados realizar las previsiones presupuestales y a la Secretaría de Hacienda informar, dentro de los seis meses siguientes a la aprobación del presupuesto, del destino, cumplimiento y aplicación de dichos recursos. NOTA: La Ley que se pretende reformar se encuentra ABROGADA. Desechada
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 6-Septiembre-2011
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 21 y 23 de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior.


Adherente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 6-Septiembre-2011

Facultar a la Cámara de Diputados para aprobar al inicio de cada sexenio un presupuesto plurianual para las instituciones públicas de educación superior, el cual operará como un complemento del presupuesto anual de carácter obligatorio. Facultar a la Federación para programar, presupuestar y aprobar recursos a las instituciones públicas de educación superior con carácter plurianual para el cumplimiento de sus fines, mismos que no podrán ser inferiores a los aprobados el año inmediato anterior. Adicionalmente éstas podrán llevar a cabo programas para incrementar sus recursos propios y ampliar sus fuentes de financiamiento. Asimismo para fines de transparencia y rendición de cuentas se observarán las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 6-Septiembre-2011
4   Proyecto de decreto que reforma el artículo 50 de la Ley General de Desarrollo Social.


Adherente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 8-Septiembre-2011

Facultar a la Comisión Nacional de Desarrollo Social para analizar y emitir opinión, a más tardar el 15 de febrero, respecto de las reglas de operación de los programas sociales del año fiscal en curso publicadas por el Ejecutivo Federal, que deban regir la participación social que haga la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno Federal; opinión que deberá estar fundada y motivada conforme a los criterios de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Aprobada
con fecha 23-Febrero-2012



Publicación en Gaceta: 8-Septiembre-2011
5   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Generales de Educación, y de Cultura Física y Deporte; y expide el Decreto que constituye la Escuela Nacional de Charrería.


Adherente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 14-Septiembre-2011

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer la Escuela Nacional de Charrería, como organismo de participación estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, la cual: impartirá educación teórico-práctica de alto nivel sobre actividades relacionadas con el deporte de la charrería; organizará y desarrollará actividades de investigación y enseñanza sobre equino terapia, genética de los equinos y manejo de ganado caballar, así como de equipo y vestimenta para la charrería; y preservará y difundirá la cultura mexicana. Facultar a la Escuela Nacional de Charrería para organizarse; planear y programar la enseñanza que imparta y sus actividades de investigación y la difusión de la cultura mexicana; expedir certificados, reconocimientos y premios; establecer equivalencias de estudios e investigación del mismo tipo educativo, realizados en escuelas nacionales y de asociaciones charras en el extranjero; dar licencias para que las escuelas de charrería existentes, o las que se establezcan en el futuro en lienzos charros en operación o en edificación, operen como extensión de la Escuela; y recibir donaciones, de instituciones públicas y privadas, que pueden deducirse de impuestos. Llevar a cabo el fortalecimiento de la identidad de la nacionalidad, la difusión y conmemoración amplia de las efemérides que enarbolen la identidad nacional; así como el fomento prioritario y preservación de los juegos y deportes autóctonos y tradicionales. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 13-Septiembre-2011
6   Proyecto de decreto que reforma los artículos 27 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 14-Septiembre-2011

Regular y definir el uso u ocupación del subsuelo. Crear un Sistema de usuarios del subsuelo y de la infraestructura y espacio que ocupa el subsuelo en vía pública, así como normar y definir los lineamientos técnicos y administrativos que deben cubrir los usuarios para la utilización del espacio que ocupa el subsuelo, con el objeto de diseñar, excavar, construir, operar, supervisar, dar mantenimiento y reparar la red de infraestructura subterránea. Establecer los criterios básicos de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios conurbados, con los usuarios del subsuelo y la ciudadanía; en materia de tendido de red de infraestructura subterránea en el espacio que ocupa el subsuelo de la vía pública del país. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 8-Septiembre-2011
7   Proyecto de decreto que reforma el artículo 71 de la Ley de Vivienda.


Suscribe: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 8-Noviembre-2011

Facultar a la Comisión Nacional de Vivienda para promover el uso de energías renovables a través de la instalación de sistemas de captación solar para el calentamiento de agua y sistemas fotovoltaicos para suministro de electricidad, además de las nuevas ecotecnologías aplicables a la vivienda; así como el diseño y envolventes térmicos, de acuerdo a las regiones bioclimáticas del país, utilizando equipos y sistemas normalizados en cualquiera de sus modalidades. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2011
8   Proyecto de decreto que reforma los artículos 7° y 32 de la Ley General de Educación.


Proponente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 6-Diciembre-2011

Incluir como fines de la educación que imparta el estado y sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, principios de participación ciudadana que fomenten una perspectiva de género que permita combatir la discriminación. Desechada
con fecha 25-Abril-2012



Publicación en Gaceta: 6-Diciembre-2011
9   Proyecto de decreto que expide la Ley de Seguridad Alimentaria.


Proponente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 6-Diciembre-2011

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto establecer las actividades estratégicas y prioritarias que deberá instrumentar el Estado para respetar, proteger y cumplir con el derecho humano a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad para todos los habitantes de la Republica Mexicana, a través del impulso a la producción nacional, con el fin de alcanzar y mantener la soberanía alimentaria. El Estado, a través del Gobierno Federal y en coordinación con los gobiernos de los estados y municipios, impulsará políticas, acciones y programas orientados a lograr y mantener la seguridad alimentaria y nutricional de la población, a privilegiar la producción agrícola interna, mediante la promoción y ejecución de una agricultura sostenible y sustentable, que impulse a los pequeños y medianos productores, a contrarrestar los efectos de las malas cosechas, los desastres naturales, o la incertidumbre generada por la falta de disponibilidad o por los precios internacionales de los alimentos; entre otros. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 20-Septiembre-2011
10   Proyecto de decreto que reforma los artículos 6º y 93 de la Ley General de Salud.


Proponente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO)
Fecha de presentación: 6-Diciembre-2011

Incluir como objetivo del Sistema Nacional de Salud regular, operar y generar investigación en torno a prácticas médicas alternativas y complementarias, cuya demanda se extendida entre la población para la atención de problemas físicos, emocionales y mentales. Definir el concepto de medicina alternativa y complementaria como todas aquellas actividades reconocidas por la Secretaría de Salud, que coadyuven o auxilien con el propósito de conservar la salud y el bienestar físico, emocional y/o mental de las personas, mediante procedimientos diferentes a los propios del sistema sanitario dominante. El Estado integrará esta modalidad de medicina a sus políticas sanitarias, con lo que desde la investigación y de la formulación y desarrollo de política públicas se deberá monitorear su pertinencia, seguridad y eficacia. Facultar a la Secretaría de Salud para reconocer y regular las diferentes medicinas alternativas y complementarias, así como para establecer las formas de supervisión de dichas prácticas médicas y las sanciones que se aplicarán a los prestadores de servicios que no cumplan con los estándares establecidos por la autoridad. Las secretarías de Salud y de Educación Pública generarán información sobre la eficacia terapéutica de este tipo de medicina. Desechada
con fecha 1-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 11-Octubre-2011