INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Proponente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 2-Febrero-2012 |
Considerar como sujetos obligados de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental a los partidos políticos. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2012 |
2 Proyecto de decreto que reforma los artículos 1° y 7° de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 77 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional. Proponente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 7-Febrero-2012 |
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental: Garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de las organizaciones gremiales de trabajadores al servicio del Estado en tanto reciban y manejen recursos de carácter público. Establecer que los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar la información sobre el monto de los recursos públicos asignados a las organizaciones gremiales de trabajadores al Servicio del Estado, así como los reportes elaborados por éstas en las que se detalle el uso y destino de los mismos. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional: Incluir como obligaciones de los sindicatos rendir cuentas a la sociedad en lo relativo a los recursos que le son aportados por el Estado. |
Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 7-Febrero-2012 |
3 Proyecto de decreto que reforma el artículo 6° de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Proponente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 16-Febrero-2012 |
Incluir como tipos de violencia en contra de las mujeres a la violencia obstétrica, la cual es toda conducta, acción u omisión que ejerza el personal de salud, de manera directa o indirecta, y que afecte a las mujeres durante los procesos de embarazo, parto o puerperio. | Desechada
con fecha 25-Abril-2012 Publicación en Gaceta: 16-Febrero-2012 |
4 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil. Suscribe: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 16-Febrero-2012 |
Definir los conceptos de subsuelo, Sistema Nacional de Usuarios del Subsuelo y Comisión Reguladora del Subsuelo. Adicionar un Capítulo III Bis denominado Del Sistema Nacional de Usuarios del Subsuelo, con el objeto de establecer la coordinación de la Federación, estados, municipios y el Distrito Federal y la obligación de los poderes públicos de orientar su acción al estudio detallado de las instalaciones que se integren al subsuelo y determinar su viabilidad; así como prever las situaciones de riesgo o catástrofe. Adiciona un Capítulo III Ter denominado De la Comisión Reguladora del Subsuelo, para crear el Órgano regulador de las obras de infraestructura subterránea que estará integrado por representantes de dependencias públicas, empresas y académicos de reconocido prestigio. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 14-Febrero-2012 |
5 Proyecto de decreto que reforma los artículos 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 117 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 28-Febrero-2012 |
Establecer que en la integración de la Comisión Permanente se deberá incluir cuando menos a una legisladora o legislador de los grupos parlamentarios que cuenten con representación en alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 23-Febrero-2012 |
6 Proyecto de decreto que reforma los artículos 7° y 49 de la Ley General de Educación. Proponente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 28-Febrero-2012 |
Incluir como fines de la educación que imparte el Estado, la prevención y erradicación de la violencia escolar en cualquier tipo de sus manifestaciones, así como salvaguardar la integridad física y psicológica de los alumnos. | Desechada
con fecha 25-Abril-2012 Publicación en Gaceta: 28-Febrero-2012 |
7 Proyecto de decreto que reforma los artículos 8º, 12 y 13 de la Ley General de Educación. Proponente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 28-Febrero-2012 |
Considerar a las personas con discapacidad en la práctica de la educación física en las escuelas de enseñanza básica. Prever la capacitación y formación en deporte adaptado de maestros de educación física. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 28-Febrero-2012 |
8 Proyecto de decreto que reforma los artículos 7° y 8° de la Ley General de Educación. Proponente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 1-Marzo-2012 |
Incluir como fines de la educación que imparta el estado y sus organismos descentralizados, y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, principios de paz con perspectiva de género. Facultar al Estado para promover que las escuelas sean espacios de fomento a la equidad y a la cultura de paz. | Desechada
con fecha 25-Abril-2012 Publicación en Gaceta: 1-Marzo-2012 |
9 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Adherente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 13-Marzo-2012 |
Prever que para los mexicanos residentes en el extranjero, el IFE procederá a la incorporación al padrón electoral, a su correspondiente listado nominal de electores residentes en el extranjero, y la expedición de la credencial para votar. Establecer que los listados nominales se formularán en países donde se hayan registrado los mexicanos residentes en el extranjero. Prever que el IFE determinará el procedimiento de las campañas para la actualización el registro del padrón así como la lista nominal de los mexicanos residentes en el extranjero. Establecer que las credenciales para votar que se expidan estarán a disposición en las oficinas o módulos dentro y fuera del territorio nacional, así como en las oficinas donde hayan sido solicitadas por mexicanos residentes en el extranjero. Considerar los requisitos que contendrá la credencial de elector para los mexicanos residentes en el extranjero. Considerar como requisito para el ejercicio del voto de los ciudadanos que residan en el extranjero solicitar por conducto de las oficinas instaladas por el IFE en el extranjero su inscripción en el listado nominal. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 14-Marzo-2012 |
10 Proyecto de decreto que reforma los artículos 3° de la Ley de Aguas Nacionales y 60 Ter de la Ley General de Vida Silvestre. Proponente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 22-Marzo-2012 |
Ley General de Aguas Nacionales Establecer que los humedales incluyen las extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros. El manejo de estos ecosistemas se apegará al concepto de uso racional de los humedales. La conservación de los humedales, será en beneficio de la humanidad. Ley General de Vida Silvestre Prever la clasificación de los humedales. Modificar el concepto ¿manglar¿ por ¿humedal¿. |
Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 15-Marzo-2012 |
11 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos. Suscribe: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 22-Marzo-2012 |
Establecer que el Estado adoptará medidas de protección para los bienes culturales contra los efectos previsibles de un conflicto armado. Dichas medidas comprenderán: la realización de inventarios; la planificación de medidas de emergencia para la protección contra incendios o el derrumbamiento de estructuras; la preparación del traslado de bienes culturales muebles o el suministro de una protección adecuada in situ de esos bienes; la designación de autoridades competentes que se responsabilicen de la salvaguardia de los bienes culturales; el otorgamiento de ayuda financiera y técnica en apoyo de medidas preparatorias o de otro tipo que se hayan de adoptar en tiempo de paz para la prevención y protección de bienes culturales en caso de conflicto armado; y la autorización de ayuda financiera y técnica en relación con medidas de emergencia y medidas provisionales o de otro tipo que se hayan de adoptar con miras a la reconstrucción. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2012 |
12 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 29 Bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 22-Marzo-2012 |
Establecer que es obligatoria la rendición de cuentas públicas sobre los recursos y subvenciones que reciben los grupos parlamentarios. Para tal fin, cada Grupo Parlamentario destinará un porcentaje de la ayuda económica que le es entregada para la creación y mantenimiento de una unidad de enlace encargada de proponer los procedimientos internos que aseguren una efectiva rendición de cuentas; cada Grupo Parlamentario deberá presentar cuatrimestralmente, en forma detallada, su cuenta de gastos, a través de la cual dará a conocer: el directorio de su personal de carácter transitorio, así como las remuneraciones que reciben; las erogaciones que destina a la seguridad social; y las contrataciones o compras que hayan realizado en los rubros materiales y suministros, servicios generales, bienes muebles, inmuebles e intangibles, inversión pública e inversiones financieras y otras provisiones. En caso de que no se cumpla con dichas disposiciones, les serán retenidos las subvenciones en tanto no se subsane la falta. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2012 |
13 Proyecto de decreto que reforma el artículo 7° de la Ley General de Educación. Suscribe: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 22-Marzo-2012 |
Establecer que la educación que imparta el estado incluirá la perspectiva de los pueblos indígenas en la construcción de propuestas curriculares, a fin de que la historia, lengua, tradiciones, literatura y filosofía de los diferentes pueblos originarios de México queden plasmadas en los programas de estudio. El estado adoptará medidas eficaces para eliminar del sistema educativo toda forma de discriminación hacia los indígenas; a la vez que impulsará la formación y actualización docente para atender la diversidad cultural y lingüística del país. Establecer, como derecho de los hablantes de lenguas indígenas, recibir la educación obligatoria en su propia lengua y en español. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 15-Marzo-2012 |
14 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Proponente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 27-Marzo-2012 |
Establecer que la Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y los gobiernos de las entidades federativas, y con la colaboración de las dependencias y entidades del sector salud, formulará, propondrá, desarrollará y fortalecerá programas de educación y de nutrición para la salud, que tengan por objeto promover hábitos de alimentación adecuados para contrarrestar, prevenir y controlar la obesidad, así como disminuir los índices de prevalencia de enfermedades crónicas como la Diabetes Mellitus, a la población infantil y juvenil. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 27-Marzo-2012 |
15 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, de la Ley General de Educación y de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Proponente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 27-Marzo-2012 |
Ley del Instituto Mexicano de la Juventud: Facultar al Instituto Mexicano de la Juventud para promover toda clase de estudios e investigaciones que contribuyan a un mejor conocimiento sobre los derechos sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes y coadyuvar en la erradicación de los perjuicios nocivos para su ejercicio; y estimular la promoción de la salud sexual y reproductiva, entre otros. Ley General de Educación: Establecer que la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento tendrá que garantizar que la educación sexual sea integral y se encuentre en la curricula oficial de los programas de educación; y fomentar desde la educación básica estilos de vida saludables y el desarrollo de habilidades que les permitan a los niños, niñas y adolescentes un desarrollo pleno, en términos físicos y psicológicos propios de su edad, entre otros. Ley para la Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes: Facultar a las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales en el ámbito de sus respectivas competencias para generar programas para informar, prevenir, atender de manera oportuna y eficiente la planeación familiar, educación sexual, así como sus causas, consecuencias en el desarrollo y bienestar físico, moral, mental de las niñas, niños y adolescentes. Facultar a las autoridades federales para garantizar la introducción, en los tiempos oficiales de radio y televisión, así como de cualquier tipo de comunicación, spots y programas de sensibilización y orientación relativa a la salud sexual y reproductiva y al ejercicio responsable de la sexualidad. |
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 27-Marzo-2012 |
16 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, de la Ley General de Educación y de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Proponente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 27-Marzo-2012 |
Ley del Instituto Mexicano de la Juventud: Facultar al Instituto Mexicano de la Juventud para promover toda clase de estudios e investigaciones que contribuyan a un mejor conocimiento sobre los derechos sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes y coadyuvar en la erradicación de los perjuicios nocivos para su ejercicio; y estimular la promoción de la salud sexual y reproductiva, entre otros. Ley General de Educación: Establecer que la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento tendrá que garantizar que la educación sexual sea integral y se encuentre en la curricula oficial de los programas de educación; y fomentar desde la educación básica estilos de vida saludables y el desarrollo de habilidades que les permitan a los niños, niñas y adolescentes un desarrollo pleno, en términos físicos y psicológicos propios de su edad, entre otros. Ley para la Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes: Facultar a las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales en el ámbito de sus respectivas competencias para generar programas para informar, prevenir, atender de manera oportuna y eficiente la planeación familiar, educación sexual, así como sus causas, consecuencias en el desarrollo y bienestar físico, moral, mental de las niñas, niños y adolescentes. Facultar a las autoridades federales para garantizar la introducción, en los tiempos oficiales de radio y televisión, así como de cualquier tipo de comunicación, spots y programas de sensibilización y orientación relativa a la salud sexual y reproductiva y al ejercicio responsable de la sexualidad. |
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 27-Marzo-2012 |
17 Proyecto de decreto que reforma el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Proponente: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 29-Marzo-2012 |
Facultar al Ejecutivo Federal para nombrar, con aprobación de la Cámara de Diputados, a los directores generales de Petróleos Mexicanos y de la Comisión Federal de Electricidad. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 29-Marzo-2012 |
18 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 310 Bis al Código Penal Federal y expide la Ley General para la Prevención, Atención, Erradicación y Sanciones del Maltrato hacia Niñas, Niños y Adolescentes. Suscribe: Arizmendi Campos Laura (MOVIMIENTO CIUDADANO) |
Fecha de presentación: 25-Abril-2012 |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer la concurrencia de la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, para prevenir, atender, erradicar, y sancionar el maltrato hacía niñas, niños y adolescentes, velando en todo momento por el interés superior de la Niñez. La niñez tiene el derecho a ser protegida contra actos u omisiones que puedan afectar su salud física o mental, su normal desarrollo o que se menoscabe cualquiera de sus derechos. De manera especial se les protegerá cuando se vean afectados por: el descuido, la negligencia, el abandono, el abuso emocional, físico y sexual; la explotación, el uso de drogas y enervantes, el secuestro y la trata; y conflictos armados, en situación de calle o mendicidad, desastres naturales, situaciones de refugio o desplazamiento, y acciones de reclutamiento para que participen en conflictos armados. Prohibir todos los tipos de maltrato o castigos corporales aplicados a la niñez, que en ninguna circunstancia serán considerados como corrección disciplinaria. Crear la Comisión Nacional contra el Maltrato hacia Niñas, Niños y Adolescentes, como una unidad administrativa a cargo de la Secretaría de Gobernación, cuyo objeto será brindar atención oportuna e integral a las víctimas de maltrato hacia la niñez, en coordinación con instituciones especializadas, en términos de la normativa aplicable; coadyuvar al eficaz desempeño de las autoridades con competencia en esta materia, y diseñar y ejecutar políticas, programas y esquemas de colaboración y coordinación interinstitucional de atención a la niñez, víctimas de maltrato. La Comisión dependerá de la estructura y presupuesto del Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana, del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública de la Secretaría de Gobernación. Código Penal Federal: Imponer de doce a cuarenta y dos años de prisión, al que con motivo de maltratos hacia niñas, niños y adolescentes cause homicidio de un menor. Si lo causado fueren lesiones, la pena se aumentará hasta en dos terceras partes de la que correspondería por su comisión. Al que tenga conocimiento de la existencia de un caso de maltrato de un menor y no haga la denuncia correspondiente se le impondrá de cinco a diez años de prisión. |
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 24-Abril-2012 |