INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Proponente: Escobar García Herón Agustín (PT)
Fecha de presentación: 1-Marzo-2012

Ley del Impuesto sobre la Renta.- Crear el Título VIII ¿Del Pago en Especie¿, en el que se prevé que las personas físicas residentes en el país, dedicadas a las artes plásticas en forma independiente, podrán optar por pagar el Impuesto sobre la Renta a que estén obligadas por los ingresos que obtengan por el valor de la enajenación de sus pinturas, grabados y esculturas, mediante la entrega de obras producidas por el propio artista en el año a que corresponda el pago, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. También podrán ejercer esta opción las personas físicas residentes en el extranjero que elaboren total o parcialmente obras de artes plásticas en el país por las que estén obligadas al pago de impuestos federales relacionados con la enajenación de dichas obras en México. Las instituciones propietarias de los museos deberán comprometerse a exhibir la obra, no enajenarla, así como conservarla e informar en los mismos términos en que se obliguen las pinacotecas de las Entidades Federativas. Obligar a las autoridades fiscales a mantener un registro de consulta pública de las obras recibidas por concepto de pago en especie que sean conservadas como patrimonio cultural de la Nación. Transferir por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en propiedad la tercera parte de las obras de arte que recaude, con el propósito de que las entidades federativas cuentes con una pinacoteca.
Ley del Impuesto al Valor Agregado.- Liberar del pago de este impuesto al artista que done alguna obra. Establecer que si la obra no es aceptada por las autoridades fiscales por no ser representativa de la producción del artista, el contribuyente podrá optar, hasta en dos ocasiones, por presentar otras obras o bien, dispondrá de un plazo de 30 días contados a partir de aquél en que surta efectos la notificación correspondiente, para efectuar ante la oficina autorizada el pago en efectivo de los impuestos federales actualizados a su cargo, así como los recargos correspondientes a los casos de pago diferido, término en el que se devolverán las obras no aceptadas.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 14-Febrero-2012
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Proponente: Escobar García Herón Agustín (PT)
Fecha de presentación: 8-Marzo-2012

Incorporar en los programas de capacitación o adiestramiento a las personas jubiladas y de la tercera edad con experiencia en las labores de la empresa, para la formación de trabajadores de la misma o distinta empresa y para el área en la cual se desarrolle dicha persona. Incluir como objeto de la capacitación y el adiestramiento, la mejora de condiciones emocionales del trabajador. Establecer la posibilidad de incluir como integrante de las Comisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento y de los Comités Nacionales de Capacitación y Adiestramiento a uno o más trabajadores jubilados o de la tercera edad con amplia experiencia en el ramo. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 14-Febrero-2012
3   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Adherente: Escobar García Herón Agustín (PT)
Fecha de presentación: 13-Marzo-2012

Prever que para los mexicanos residentes en el extranjero, el IFE procederá a la incorporación al padrón electoral, a su correspondiente listado nominal de electores residentes en el extranjero, y la expedición de la credencial para votar. Establecer que los listados nominales se formularán en países donde se hayan registrado los mexicanos residentes en el extranjero. Prever que el IFE determinará el procedimiento de las campañas para la actualización el registro del padrón así como la lista nominal de los mexicanos residentes en el extranjero. Establecer que las credenciales para votar que se expidan estarán a disposición en las oficinas o módulos dentro y fuera del territorio nacional, así como en las oficinas donde hayan sido solicitadas por mexicanos residentes en el extranjero. Considerar los requisitos que contendrá la credencial de elector para los mexicanos residentes en el extranjero. Considerar como requisito para el ejercicio del voto de los ciudadanos que residan en el extranjero solicitar por conducto de las oficinas instaladas por el IFE en el extranjero su inscripción en el listado nominal. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 14-Marzo-2012
4   Proyecto de decreto que expide la Ley General de Cultura.


Proponente: Escobar García Herón Agustín (PT)
Fecha de presentación: 30-Abril-2012

Crear un ordenamiento jurídico, con el objeto de fomentar y difundir la cultura. Crear un organismo denominado ¿Coordinación Nacional para la Cultura¿, que coordinará los trabajos con instituciones públicas y privadas tales como: institutos estatales de cultura, academias de arte públicas y universidades; en representación de la Federación, a través de la Secretaría de Educación Pública y del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, que se refieran a los asuntos sobre el desarrollo y la ejecución de las políticas y programas culturales. Crear el Fondo Nacional para la Cultura y las Artes (Fonca) como un órgano financiero y administrativo que deberá cumplir con sus funciones, de manera transparente, incluyente de la opinión pública referente al buen gobierno y al gasto equitativo para las acciones culturales en todo el territorio nacional, inherente a los programas de acción del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, encargado de asignar el recurso presupuestal que la Administración Federal le destine y de recibir las opiniones que el Legislativo Federal haga con relación a la aplicación de dichos recursos. Crear el Sistema de Información Cultural Nacional que representa el mecanismo por el cual la Administración Federal, a través del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, tendrá como objetivo difundir la información necesaria para que la población conozca de los bienes y servicios culturales, además de garantizar la trasparencia de procedimientos, asignación y evaluación de los apoyos, facilidades administrativas y estímulos que sean otorgados para el fomento y difusión de la cultura, sin que esto contravenga lo dispuesto a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 30-Abril-2012