INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que expide la Ley para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud. Proponente: Martínez y Hernández Ifigenia Martha (PT) |
Fecha de presentación: 5-Octubre-2010 |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de generar condiciones adecuadas para el empleo de los jóvenes entre 14 y 29 años, como actividad prioritaria del Estado; implementar una estrategia de coordinación a nivel nacional, que contribuya a disminuir la deserción y aumentar el aprovechamiento escolar, ampliando la entrega coordinada y articulada de becas a estudiantes en edad escolar; incorporar en la educación básica, medio superior y de licenciatura programas especiales para la capacitación y el entrenamiento para el trabajo; establecer las bases generales de coordinación sectorial institucional, para la creación de nuevas unidades económicas que sean fuente de empleo; integrar a la población de jóvenes, especialmente a los que no estudian ni trabajan, en actividades productivas, mediante programas de capacitación y entrenamiento. Crear el Consejo Nacional para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud, con funciones de coordinación intersecretarial, para las tareas de planeación, definición, dirección y seguimiento de una política laboral integral, con especial atención a la población juvenil y a la que no estudia ni trabaja. Establecer un Foro Consultivo del Consejo, en el que participen autoridades gubernamentales de los tres niveles de gobierno y legisladores federales y estatales, representantes de instituciones públicas de educación superior e investigación científica, y de los sectores social y privado. Crear el Secretariado Ejecutivo del Consejo, como instancia operativa y ubicada en el área correspondiente de la dependencia responsable. Elaborar anualmente el Programa para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud, con base en el programa sectorial correspondiente del Plan Nacional de Desarrollo. Crear el Fondo Nacional para Promover la Educación, la Capacitación para el Empleo y el Trabajo de la Juventud, que sume los recursos públicos existentes para ese efecto y aquellos otros que sea posible obtener de programas de austeridad y racionalización por parte del gobierno, así como aquellos fondos internacionales que sea posible incluir en apoyo a la promoción del empleo, la capacitación para el trabajo y el entrenamiento para el autoempleo de jóvenes de entre 14 y 29 años. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 5-Octubre-2010 |
2 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Planeación, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, y de la Ley de Petróleos Mexicanos. Proponente: Martínez y Hernández Ifigenia Martha (PT) |
Fecha de presentación: 14-Octubre-2010 |
Facultar al Congreso de la Unión para aprobar el Plan Nacional de Desarrollo presentado por el Presidente de la República. Establecer que las actividades de Petróleos Mexicanos y su participación en el mercado nacional y mundial se orientarán de acuerdo con los intereses estratégicos del país, incluyendo los de soberanía y la restitución de reservas de hidrocarburos, producción de petrolíferos y petroquímicos para la incorporación del mayor valor agregado a sus productos y abastecimiento del mercado nacional, así como el mejoramiento de la productividad. Eliminar las disposiciones secundarias (reglamentos) que tengan que ver con el área estratégica del petróleo. | Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 14-Octubre-2010 |
3 Proyecto de decreto que reforma las fracciones IV y X, del artículo 3; la fracción IV del artículo 4; fracción II, del artículo 10 y el artículo 17; y adiciona la fracción XV Bis, de la Ley General de Protección Civil. Adherente: Martínez y Hernández Ifigenia Martha (PT) |
Fecha de presentación: 23-Noviembre-2010 |
Explicitar que los desastres podrán ser de origen natural o antropogénico; considerar como agente destructivo a los fenómenos de carácter delincuencial-organizativo. Definir al Fenómeno delincuencial-organizativo, como el riesgo generado a consecuencia de las actividades delictivas de la delincuencia organizada en cuanto a los enfrentamientos y fuegos cruzados que se generan, ya sea entre bandas delictivas, o entre éstas y las autoridades. Facultar a la Secretaría de Gobernación para disponer la utilización y destino de los recursos del Fondo de Desastres. Eliminar como integrante del Consejo Nacional de Protección Civil a la Secretaría de Seguridad Pública. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 23-Noviembre-2010 |