INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones al Código Federal de Procedimientos Civiles.


Adherente: Incháustegui Romero Teresa del Carmen (PRD)
Fecha de presentación: 9-Febrero-2010

Adicionar el Título Tercero al Libro Tercero, denominado ¿De las acciones y procedimientos colectivos¿, con el objeto de que la defensa y protección de los derechos e intereses difusos, colectivos e individuales de incidencia colectiva sea ejercida en forma colectiva ante los jueces y tribunales civiles federales. Establecer el procedimiento en materia de sentencias, medidas precautorias, de apremio, la relación entre acciones colectivas y acciones individuales, cosa juzgada y gastos y costas. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2010
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Adherente: Incháustegui Romero Teresa del Carmen (PRD)
Fecha de presentación: 16-Febrero-2010

Facultar al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados para analizar las finanzas públicas federales, mismo que coordinará los trabajos encomendados en relación a la evaluación del gasto público federal y seguimiento y análisis de las reglas de operación y de la aplicación cotidiana de éste, generando información a las Cámaras y comisiones del Congreso de la Unión de forma objetiva, imparcial y oportuna. Crear el Comité de Evaluación de la Cámara de Diputados que se integrará por los diputados integrantes de las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, así como la de Presupuesto y Cuenta Pública y funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y como secretariado técnico el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas con el objeto de brindar a las comisiones Ordinarias de la Cámara de Diputados información objetiva, oportuna e imparcial, para la discusión legislativa. Facultar a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público para establecer un sistema electrónico, en el cual se reflejarán los movimientos diarios de ejecución de gasto del Decreto de Presupuesto de Egresos vigente, así como de las disposiciones normativas que al efecto expida, para uso de la Cámara de Diputados, de las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Hacienda, así como del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas. Establecer que la información que contribuya a la comprensión del proyecto de Presupuesto de Egresos deberá ser remitida en un plazo que no excederá de quince días hábiles. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 16-Febrero-2010
3   Proyecto de decreto que reforma el artículo 44 de la Ley de Coordinación Fiscal.


Suscribe: Incháustegui Romero Teresa del Carmen (PRD)
Fecha de presentación: 25-Febrero-2010

Sustituir a la ¿Secretaría de Seguridad Pública¿ por el ¿Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública¿. Establecer que los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federa estén disponibles a partir de la firma del convenio con el Gobierno Federal y de acuerdo al contenido del mismo, lo cual implica la firma de éste en el primer mes del año y la entrega de los recursos mediante ministraciones acordadas y referidas al convenio conforme a los planes propuestos por las entidades federativas. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 25-Febrero-2010
4   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3 y 6 de la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados.


Suscribe: Incháustegui Romero Teresa del Carmen (PRD)
Fecha de presentación: 2-Marzo-2010

Facultar a la Secretaría de Seguridad Pública para celebrar convenios con las entidades federativas a fin de establecer que las hijas e hijos de internas que permanezcan con ellas, dispondrán de los espacios correspondientes para asegurar su desarrollo integral, incluyendo los servicios de alimentación, salud y educación, hasta los seis años de edad, cuando así lo determine el personal capacitado para ello, con opinión de la madre y considerando el interés superior de la infancia, así como la infraestructura, información y personal capacitado para el cuidado de sus hijas e hijos. Aprobada
con fecha 27-Abril-2010



Publicación en Gaceta: 2-Marzo-2010
5   Proyecto de decreto que reforma los artículos 115 y 212 de la Ley General de Salud, y el artículo 75 de la Ley General de Educación.


Adherente: Incháustegui Romero Teresa del Carmen (PRD)
Fecha de presentación: 16-Marzo-2010

Establecer que los restaurantes con más de 20 sucursales, deberán informar en sus menús el número de calorías por platillo y ofrecer para adultos y niños menús bajos en grasas y carbohidratos. Establecer la obligatoriedad que las etiquetas y contra etiquetas de los alimentos y bebidas no alcohólicas contengan las calorías por porción y por 100 gramos, los gramos de hidratos de carbono, grasas, proteínas y porcentaje de ingesta diaria recomendada que aporta el producto. Prohibir que en la etiqueta o contra etiqueta de un alimento o bebida no alcohólica se establezca que contiene propiedades para prevenir, aliviar, tratar o curar una enfermedad o trastorno. Infraccionar a quienes prestan servicios educativos cuando realicen o permitan que se realice publicidad de alimentos y bebidas alcohólicas con imágenes o con pintura subliminal. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 9-Marzo-2010
6   Proyecto de decreto que reforma los artículos 16 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Incháustegui Romero Teresa del Carmen (PRD)
Fecha de presentación: 8-Abril-2010

Derogar la figura del arraigo previsto en la Constitución Federal. Crear una figura equivalente a la del Habeas Corpus, con el objeto de establecer que cuando una persona se encuentre privada de su libertad, ésta, u otra persona, podrá presentar ante el juez de distrito de su jurisdicción una solicitud para obtener un mandato de presentación del detenido, y de la autoridad que haya ordenado el acto privativo de la libertad, para que éste resuelva de inmediato si el detenido debe sujetarse a un proceso legal, o bien ordenar su libertad incondicionada. Desechada (art. 89)
con fecha --



Publicación en Gaceta: 8-Abril-2010
7   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Telecomunicaciones y de Contenidos Audiovisuales, y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Vías Generales de Comunicación y de la Ley Federal del Derecho de Autor.


Adherente: Incháustegui Romero Teresa del Carmen (PRD)
Fecha de presentación: 8-Abril-2010

Crear un ordenamiento jurídico de orden público e interés social, con objeto de regular el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes de telecomunicaciones, así como la prestación de servicios de telecomunicaciones y los contenidos audiovisuales del servicio de radio y televisión. Abrogar la Ley Federal de Telecomunicaciones y la Ley Federal de Radio y Televisión vigentes.
Establecer que las telecomunicaciones son actividades prioritarias para el desarrollo nacional, y en ellas quedan comprendidas las redes y servicios de telecomunicaciones, y otros subsectores de las comunicaciones electrónicas a distancia que surjan en el futuro como producto de la evolución tecnológica. Establecer que en todo momento el Estado mantendrá el dominio del espectro radioeléctrico y las posiciones orbitales y orbitas satelitales asignadas al país. Dicho dominio es inalienable e imprescriptible, por lo que el Estado podrá permitir su uso, aprovechamiento y explotación bajo las modalidades que establece esta Ley.
Sustituir a la Comisión Federal de Telecomunicaciones con el Instituto Federal de Telecomunicaciones y Contenidos Audiovisuales, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones con autonomía técnica, operativa, de gasto y de gestión, encargado de regular, promover, vigilar y supervisar el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones, la cobertura social amplia y fomentar la competencia efectiva en la prestación de los servicios de telecomunicaciones, así como regular y vigilar los contenidos audiovisuales del servicio de radio y televisión que se transmitan por redes públicas de telecomunicaciones e integrado por siete comisionados.
Establecer la diferencia o modalidad a partir de los usos asignados a las frecuencias o bandas de frecuencias del espectro. Obligar a la autoridad a publicar un Programa Anual de Frecuencias con la disponibilidad de frecuencias o bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico que podrán ser objeto de licitación pública o asignación directa, y que contendrá, al menos, los servicios que pueden prestarse, su clasificación, modalidades de uso y coberturas geográficas. Fijar los requerimientos de las concesiones para operar frecuencias o bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico.
Regular los criterios de cesión de derechos, la terminación, revocación, cambio y rescate de concesiones, asignaciones y permisos, incorporando como falta grave, la comisión de acciones que impidan la transmisión de señales de otro operador, o bien, el incumplimiento a las obligaciones establecidas en materia electoral.
Prever que los concesionarios y permisionarios de redes públicas de telecomunicaciones y empresas comercializadoras puedan fijar libremente sus tarifas a los usuarios en términos que les permitan la prestación de los servicios en condiciones satisfactorias de calidad, competitividad, seguridad y permanencia. Las tarifas requerirán únicamente de ser registradas ante el Instituto para consulta pública.

Facultar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para velar por la adecuada provisión de servicios de telecomunicaciones en todo el territorio nacional. Facultar en el ámbito administrativo a la Procuraduría Federal del Consumidor para dirimir las controversias que se susciten entre los concesionarios, permisionarios y asignatarios con sus usuarios.
Regular los contenidos que se difundan a través de los servicios de radio y televisión que operen bajo concesión, permiso o asignación. Establecer que los prestadores del servicio de radiodifusión deberán poner a disposición del Estado, por cada canal de programación operada y en forma gratuita, 60 minutos diarios distribuidos proporcionalmente entre las 6:00 y las 24:00 horas, para la difusión de mensajes de interés público, temas educativos, culturales, de orientación social, información de interés público, fines electorales, de promoción y defensa de los derechos del consumidor. Establecer que toda persona que se considere afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas por radio o televisión cuya divulgación pueda causarle un perjuicio tiene derecho a efectuar en el mismo medio su rectificación.
Crear el Fondo para el Apoyo a la Producción Audiovisual Independiente con objeto de contribuir a elevar la calidad de los contenidos de la programación de la radio y la televisión. Crear el Registro Público de Telecomunicaciones.
Establecer las sanciones aplicables, en caso de incumplimiento de la ley. Prohibir a los partidos políticos, ministros de culto y funcionarios públicos ser titulares de concesiones para redes y servicios de telecomunicaciones de forma directa o indirecta.
Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 8-Abril-2010
8   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Incháustegui Romero Teresa del Carmen (PRD)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Facultar a la Cámara de Diputados o en su caso a la Comisión Permanente para fijar los salarios mínimos, sus incrementos y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas a propuesta del Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades, nombrar a los miembros del Cuerpo Colegiado de dicho Instituto, revisar la Cuenta Pública del año anterior, así como para integrar la terna de candidatos a Director General del Registro Público Nacional de Organizaciones Sindicales y Contratos Colectivos de Trabajo, que presentará al Ejecutivo Federal. Explicitar que será a más tardar el 15 de noviembre o hasta el 15 de diciembre para que el Ejecutivo Federal remita a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación. Establecer que los organismos de protección de los derechos humanos, podrán conocer de quejas contra actos u omisiones de naturaleza administrativa o jurisdiccional cuando se trate de asuntos laborales. Garantizar a través de las Constituciones y leyes de los estados en materia electoral que se establezca un sistema de medios de impugnación. Prohibir la discriminación de cualquier tipo. Establecer que las leyes que expida el Congreso de la Unión sobre el trabajo, deberán regir entre las personas obreras, jornaleras, artesanas y domésticas. Fijar como descanso 16 semanas durante el periodo previo y posterior al parto (mujeres embarazadas) y en partos múltiples la recuperación posnatal se incrementará en 2 semanas. Explicitar que durante la lactancia tendrán derecho a dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, por seis meses. Exceptuar de la participación en las utilidades a los trabajadores de los servicios de asistencia social, salvo en el caso en que se generen utilidades, así como los trabajadores de los municipios, de los poderes de cada una de las entidades federativas y de los poderes de la Unión. Regular el derecho de los trabajadores para obtener habitaciones baratas, en arrendamiento o venta. Modificar las expresiones ¿empresarios¿ por ¿patrones¿, ¿obreros¿ por ¿trabajadores¿ y ¿Junta de Conciliación y Arbitraje¿ por ¿Juez Laboral¿. Garantizar el Servicio Civil de Carrera. Establecer que los trabajadores, podrán integrar federaciones, confederaciones, uniones, o cualquier otra forma de asociación profesional. Prohibir la afiliación obligatoria de los trabajadores y de los empresarios, individual o colectivamente, a los partidos políticos. Definir ¿Contrato Colectivo de Trabajo¿. Establecer el derecho de huelga para los trabajadores de los municipios, de los poderes de cada una de las entidades federativas y de los poderes de la Unión. Facultar a los jueces laborales para conocer de los conflictos derivados del régimen de seguridad social. Incluir dentro de las ramas industriales, los servicios prestados a los poderes de la Unión, a las instituciones que proporcionen el servicio público de banca y crédito y el Banco de México. Facultar al Consejo de la Judicatura Federal para resolver los conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores. Suprimir el apartado B denominado ¿Entre los Poderes de la Unión, el Gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores¿, mismo que regula las relaciones laborales de éstos. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
9   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y reforma los artículos 101, 201 y 205 de la Ley del Seguro Social.


Suscribe: Incháustegui Romero Teresa del Carmen (PRD)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Facultar a la Cámara de Diputados o en su caso a la Comisión Permanente para fijar los salarios mínimos, sus incrementos y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas a propuesta del Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades, nombrar a los miembros del Cuerpo Colegiado de dicho Instituto, revisar la Cuenta Pública del año anterior, así como para integrar la terna de candidatos a Director General del Registro Público Nacional de Organizaciones Sindicales y Contratos Colectivos de Trabajo, que presentará al Ejecutivo Federal. Explicitar que será a más tardar el 15 de noviembre o hasta el 15 de diciembre para que el Ejecutivo Federal remita a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación. Establecer que los organismos de protección de los derechos humanos, podrán conocer de quejas contra actos u omisiones de naturaleza administrativa o jurisdiccional cuando se trate de asuntos laborales. Garantizar a través de las Constituciones y leyes de los estados en materia electoral que se establezca un sistema de medios de impugnación. Prohibir la discriminación de cualquier tipo. Establecer que las leyes que expida el Congreso de la Unión sobre el trabajo, deberán regir entre las personas obreras, jornaleras, artesanas y domésticas. Fijar como descanso 16 semanas durante el periodo previo y posterior al parto (mujeres embarazadas) y en partos múltiples la recuperación posnatal se incrementará en 2 semanas. Explicitar que durante la lactancia tendrán derecho a dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, por seis meses. Exceptuar de la participación en las utilidades a los trabajadores de los servicios de asistencia social, salvo en el caso en que se generen utilidades, así como los trabajadores de los municipios, de los poderes de cada una de las entidades federativas y de los poderes de la Unión. Regular el derecho de los trabajadores para obtener habitaciones baratas, en arrendamiento o venta. Modificar las expresiones ¿empresarios¿ por ¿patrones¿, ¿obreros¿ por ¿trabajadores¿ y ¿Junta de Conciliación y Arbitraje¿ por ¿Juez Laboral¿. Garantizar el Servicio Civil de Carrera. Establecer que los trabajadores, podrán integrar federaciones, confederaciones, uniones, o cualquier otra forma de asociación profesional. Prohibir la afiliación obligatoria de los trabajadores y de los empresarios, individual o colectivamente, a los partidos políticos. Definir ¿Contrato Colectivo de Trabajo¿. Establecer el derecho de huelga para los trabajadores de los municipios, de los poderes de cada una de las entidades federativas y de los poderes de la Unión. Facultar a los jueces laborales para conocer de los conflictos derivados del régimen de seguridad social. Incluir dentro de las ramas industriales, los servicios prestados a los poderes de la Unión, a las instituciones que proporcionen el servicio público de banca y crédito y el Banco de México. Facultar al Consejo de la Judicatura Federal para resolver los conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores. Suprimir el apartado B denominado ¿Entre los Poderes de la Unión, el Gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores¿, mismo que regula las relaciones laborales de éstos. Incrementar el periodo de las licencias con goce de sueldo, que por concepto de gravidez tienen las mujeres aseguradas. Incluir el derecho de las licencias por paternidad; establecer expresamente que el derecho de guardería opera para el caso de las trabajadoras y los trabajadores que gocen de seguridad social, en términos de lo dispuesto por la Ley del seguro Social. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
10   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley Federal del Trabajo.


Suscribe: Incháustegui Romero Teresa del Carmen (PRD)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Crear el Capítulo VI Bis ¿Del seguro de desempleo¿, el cual cubrirá el riesgo de la cesación involuntaria del trabajador menor de 60 años, y facilita su reinserción al empleo remunerado, preferentemente en el marco del régimen obligatorio de esta ley. Para acceder a las prestaciones de este seguro se requiere que el trabajador haya acreditado 150 cotizaciones semanales o 52 cotizaciones en el lapso de los últimos tres años. Obligar al IMSS al otorgamiento de un subsidio y de asistencia médica ante la contingencia de la cesación involuntaria del empleo. Establecer que los recursos para cubrir el subsidio se cubrirán con el 1.5% a cargo de los patrones; 1.0% a cargo del Estado y 0.5% a cargo de los trabajadores. Facultar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para proponer la celebración de convenios en materia de empleo, entre la Federación y el IMSS, ayuntamientos y demarcaciones territoriales, organizaciones de trabajadores, cámaras empresariales y cualquier organismo que coadyuve a la promoción del empleo estable y ¿suficientemente¿ remunerado. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
11   Proyecto de decreto que reforma los artículos 6, 7, 27 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Incháustegui Romero Teresa del Carmen (PRD)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Reconocer y garantizar los derechos universales a la información y a la libre expresión. Establecer que los medios de comunicación electrónica serán de servicio público. Prever que los medios de comunicación procurarán el respeto y promoción de los derechos humanos y los valores democráticos, sus contenidos deberán reflejar la pluralidad y diversidad de la República. Prohibir y sancionar toda práctica discriminatoria por parte de los medios de comunicación. Considerar al espectro radioeléctrico como propiedad de la nación, inalienable e imprescriptible, accediendo en igualdad de condiciones, a su explotación, uso o aprovechamiento las entidades públicas, educativas, privadas y comunitarias, sin que puedan concentrar más del 25% de las frecuencias. Facultar al Congreso para crear un organismo público autónomo de participación ciudadana, que administre y vigile las concesiones de la radiodifusión, televisión y telecomunicaciones por medio del citado espectro, así como para dictar leyes sobre radio, televisión, telecomunicaciones y uso del espectro radioeléctrico. Desechada (art. 89)
con fecha 26-Abril-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
12   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.


Adherente: Incháustegui Romero Teresa del Carmen (PRD)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Incluir como entes públicos federales a los cuerpos de policía de corporaciones federales y a la Fuerza Armada Permanente. Indemnizar los daños o perjuicios reclamados realizados por los cuerpos de policía o por elementos de la Fuerza Armada Permanente, sin contar con orden de autoridad o juez competente o en los casos en que se compruebe el uso indebido o desproporcionado de la fuerza pública o la violación de los derechos humanos; asimismo, aplicará para los miembros de la Fuerza Armada Permanente o los elementos que formen parte de las corporaciones policiales, que cuenten con orden judicial y dañen a terceros por error o uso de la fuerza pública. Establecer que cuando la responsabilidad sea imputable a los cuerpos de policía o a elementos de la Fuerza Armada Permanente, y la misma haya quedado probada, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cubrirá el monto de la indemnización fijada. Excluir de que el Estado repita (demande) de los servidores públicos el pago de la indemnización, a los policías federales sin mando sobre otros elementos y al personal militar de tropa y marinería que hayan actuado por orden de mandos superiores, siempre que no hubiesen incurrido en violación de la ley, uso indebido de la fuerza o en violaciones a los derechos humanos; la responsabilidad recaerá en quien dio la orden para realizar las acciones que ocasionen los perjuicios. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010