INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de las Leyes: del Impuesto Sobre la Renta, del Impuesto Empresarial a Tasa Única, del Servicio de Administración Tributaria, de Coordinación Fiscal, Federal de Derechos, del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y del Seguro Social.


Suscribe: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 7-Septiembre-2010

Ley del Impuesto Sobre la Renta: Propone evitar la doble tributación manteniendo el acreditamiento a 100 por ciento del ISR empresarial mediante la cuenta de utilidad fiscal neta; derogar el régimen de consolidación fiscal, los regímenes simplificados de pequeños contribuyes, intermedios y los de carácter general, a fin de que la tributación sea a tasas generales y de contribuyentes personas morales, dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y silvicultura a efecto de que las personas morales dedicados a estas actividades contribuyan con la tasa general; establecer que las entidades federativas administren 100 por ciento de la recaudación; acotar las deducciones y facilidades administrativas que otorga la autoridad fiscal a las personas morales y que no se refieren al subsidio al empleo, ni a las aportaciones de fondos de pensiones y jubilaciones; establecer que las retenciones de ISR por salarios de la función pública sean participables a 100%; aumentar la exención de siete a quince veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente en los ingresos obtenidos por concepto de prestaciones de previsión social; y elimina la exención sobre las ganancias de personas físicas por enajenación de acciones en bolsas de valores reconocidas.
Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única: Eliminar los créditos fiscales, deducciones adicionales y aquellas que no se establezcan expresamente en la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como todas las referencias a los regímenes de consolidación fiscal y simplificado. Establecer que sólo tributarán en este impuesto, las personas físicas y morales cuyos ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta sean iguales o superiores a un monto equivalente de 500 millones de pesos.
Código Fiscal de la Federación y Ley del Servicio de Administración Tributaria: establecer que se emitirán sólo dos modificaciones a las resoluciones de miscelánea fiscal al año para eliminar la inseguridad jurídica para el contribuyente; eliminar la facultad del Ejecutivo Federal para que pueda determinar o autorizar regímenes fiscales de manera individual o por grupos y que pueda conceder subsidios o estímulos fiscales sólo cuando lo disponga expresamente la Ley de Ingresos de la Federación y el Congreso de la Unión en casos de emergencia económica. Establecer que las resoluciones del jefe del Servicio de Administración Tributaria para aplicar las leyes fiscales y aduanales, no den lugar a la autorización de régimen fiscal diferente a los establecidos en las leyes. Facultar al Poder Legislativo para conocer la información fiscal (secreto fiscal).
Ley de Coordinación Fiscal: Incrementar el porcentaje del Fondo General de Participaciones desde el 20 al 25 por ciento de la recaudación federal participable, y que el Fondo de Fomento Municipal pase de 1 al 2 por ciento de la misma, con la finalidad de fortalecer las finanzas de las entidades federativas y de sus municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal. Incorporar al Distrito Federal al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS).
Ley Federal de Derechos: Establecer que el 100 por ciento de la recaudación obtenida por los derechos petroleros conformen la recaudación federal participable.
Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios: Aumentar y establecer que el impuesto a los cigarros enajenados o importados, los tabacos labrados y puros, se actualizará conforme a las disposiciones del Código Fiscal; incrementar la tasa ad valórem a que están sujetos los cigarros para que dicha tasa sea de 180% y no de 160%; gravar a las bebidas energéticas y comida chatarra.
Ley del Seguro Social: Establecer que se respete el tope de 25 salarios mínimos para el pago de las pensiones de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 7-Septiembre-2010
2   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 222 bis a la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 23-Septiembre-2010

Establecer que el patrón que contrate a personas menores de 25 años para su primer empleo, podrá deducir de sus ingresos, un monto equivalente al 100% del impuesto sobre la renta de estos trabajadores retenido y enterado conforme los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, siempre y cuando el patrón esté cumpliendo respecto de dichos trabajadores con las obligaciones contenidas la Ley del Seguro Social por lo menos durante un año. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 21-Septiembre-2010
3   Proyecto de decreto que reforma el artículo 47 de la Ley General de Educación.


Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 28-Septiembre-2010

Establecer que la lectura será considerada como una asignatura independiente en los planes de estudio de educación preescolar, primaria, secundaria y educación normal. Desechada
con fecha 26-Abril-2011



Publicación en Gaceta: 28-Septiembre-2010
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Banco de México, de la Ley para la Trasparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros y de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.


Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 6-Octubre-2010

Facultar al Banco de México, para regular los servicios que presten las instituciones de crédito, los intermediarios bursátiles, las casas de cambio, así como otros intermediarios cuando formen parte de grupos financieros, o sean filiales de las instituciones, por lo que deberán establecer el costo anual total o cualquier cargo financiero a cargo de las instituciones señaladas, el cual en ningún caso podrá ser mayor al 30 por ciento incluida la tasa de interés interbancaria de equilibrio; así como facultar a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros para llevar a cabo dicha verificación. En el caso de que la tasa de interés interbancaria de equilibrio, se fije por encima del tope establecido, se podrá incrementar un máximo adicional de 10 por ciento. Establecer un tope porcentual a las comisiones que se cobran por el uso de cajeros automáticos, de 15% o de un costo total de un 20% de un día de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, si se tratase de un cajero de otra Institución. En caso de que el cliente tenga una deuda pendiente de liquidar con la institución bancaria, ésta deberá de congelar la deuda en ese momento otorgando un plazo que deberá ir como mínimo entre los 6 y los 48 meses, dependiendo del monto, para que la misma sea liquidada y con una tasa de interés máxima de 10 puntos porcentuales adicionales a la tasa de interés interbancaria de equilibrio. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 6-Octubre-2010
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 278 de la Ley General de Salud.


Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 6-Octubre-2010

Establecer que las substancias tóxicas o peligrosas no podrán venderse a granel, siendo expedidas en envases etiquetados y tapas con sello de seguridad. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 6-Octubre-2010
6   Proyecto de decreto que reforma el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.


Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 12-Octubre-2010

Prever como principio básico para la determinación de tarifas, el fomento a la competitividad del país y sus regiones. Establecer los criterios específicos que deberán seguir las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Energía y de Economía, para la fijación de las tarifas domésticas en localidades con clima cálido extremo. Actualizar el nombre de las secretarías de Energía, Minas e Industria Paraestatal y de Comercio y Fomento Industrial, por el de Energía y de Economía, respectivamente. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 12-Octubre-2010
7   Proyecto de decreto que reforma los artículos 10 y 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.


Proponente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 28-Octubre-2010

Establecer que el interesado en presentar alguna queja o denuncia por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, tendrá legitimación activa y podrá aportar todos los elementos que coadyuven a la mejor investigación y sanción de las conductas. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 13-Octubre-2010
8   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley sobre Celebración de Tratados.


Proponente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 9-Noviembre-2010

Incluir la definición de ¿Instrumentos Internacionales¿. Establecer que en materia de derechos humanos, la aplicación de los tratados ratificados por el Estado mexicano será obligatoria para jueces y autoridades administrativas. Prever que en caso de conflicto entre el tratado o convención de derechos humanos y la ley, prevalecerá el tratado. Atender el principio de ¿pro homine¿, cuando se trate de interpretar y aplicar las disposiciones de los tratados en materia de derechos humanos. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 9-Noviembre-2010
9   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.


Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 11-Noviembre-2010

Crear un Organismo Público Descentralizado denominado Comisión de Electricidad del Centro, integrado por una Junta de Gobierno, integrada por los Secretarios de Hacienda y Crédito Público; de Desarrollo Social; de Economía; de Agricultura Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y de Energía, quien la presidirá. También formarán parte de la Junta de Gobierno, el director general de Petróleos Mexicanos y tres representantes de cada uno de los sindicatos titulares del contrato colectivo de trabajo que rija las relaciones laborales en cada una de las Comisiones. Establecer que la región, zonas, actividades, servicios y operaciones que le correspondían a Luz y Fuerza del Centro, le corresponderán a la Comisión de Electricidad del Centro. Crear el Sistema Federal de Electricidad, el cual estará integrado por la Comisión Federal de Electricidad y la Comisión de Electricidad del Centro. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2010
10   Proyecto que reforma el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 11-Noviembre-2010

Establecer que la aplicación de los instrumentos internacionales ratificados por el Estado mexicano, en materia de derechos humanos, será obligatoria para jueces y autoridades administrativas del Estado mexicano. Desechada (art. 89)
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2010
11   Proyecto de decreto reforma los artículos 26, 29 y 52 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 8-Diciembre-2010

Establecer que los recursos asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el desempeño de las actividades legislativas los Grupos Parlamentarios deberán informar trimestralmente de su ejercicio a la Junta de Coordinación Política y ésta, a su vez, lo publicará en la Gaceta Parlamentaria. Facultar al Secretario de Servicios Administrativos y Financieros para requerir la comprobación fiscal de los gastos por concepto de boletos de avión o de servicios de transporte terrestre, conforme a las normas que expida la Cámara de Diputados. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 7-Diciembre-2010
12   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Banco de México, de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.


Suscribe: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 8-Diciembre-2010

Facultar al Banco de México para recabar información de los intermediarios bancarios, a efecto de determinar el margen financiero existente entre las operaciones activas y pasivas que se realicen en territorio nacional, para lo cual se emitirán normas para la recepción de los datos informativos de las operaciones causantes de pasivo a corto, mediano y largo plazo, segmentados por importe, distinguiendo personas morales de personas físicas, así como respecto de los financiamientos al consumo, hipotecarios y al sector agropecuario. Establecer que en el mes de marzo de cada año el Banco rendirá un informe respecto de la evolución de los márgenes financieros de la banca en territorio nacional, por cada institución de crédito. Facultar a las autoridades financieras para evitar prácticas y acuerdos monopólicos que se traduzcan en condiciones usurarias en agravio del público usuario. Prohibir a las instituciones de crédito establecer condiciones en las que los márgenes diferenciales entre las operaciones activas de financiamiento se aparten de las tasas pasivas promedio que se ofrezcan al público. Sancionar a quien pretenda cobrar intereses o accesorios financieros usurarios. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 30-Noviembre-2010
13   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Comercio, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, de la Ley de Protección y Defensa a los Usuarios de Servicios Financieros, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de la Ley Federal de Protección al Consumidor y que expide la Ley Federal para Regular las Casas de Empeño Mercantiles.


Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 13-Diciembre-2010

Diferenciar en el Código de Comercio, las casas de empeño mercantiles dedicadas a la búsqueda de la rentabilidad y las operaciones de mutuo con garantía prendaria que llevan a cabo las Instituciones de Asistencia Privada. Reconocer en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito las operaciones de mutuo con garantía prendaria como una operación financiera y que las empresas que las lleven a cabo deberán ser consideradas empresas del sector financiero. Establecer en la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, como entidades financieras a las Casas de Empeño Mercantiles. Incorporar en la Ley de Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, a la Comisión Nacional de Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros a la regulación y a la aplicación de sanciones contra quienes cometan abusos. Derogar el artículo 65 bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor que tiene que ver con los proveedores, personas físicas o sociedades mercantiles no regulados por leyes financieras. Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular la apertura, instalación y funcionamiento de los establecimientos, con el propósito de ofrecer servicios al público de mutuo con interés y garantía prendaria; con excepción de aquellas regidas por la legislación sobre instituciones de crédito, sociedades cooperativas, ahorro y crédito popular y las que se constituyan como instituciones de asistencia privada. Sólo podrán ofrecer servicios al público en general de mutuo con interés y garantía prendaria, las personas físicas y morales constituidas en casas de empeño mercantiles que cuenten con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 9-Diciembre-2010
14   Proyecto de decreto que reforma los artículos 6o. de la Ley para prevenir y sancionar la Trata de Personas y 6o. de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.


Proponente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2010

Prever que el ejercicio de la acción penal y las sanciones por el delito de trata de personas serán imprescriptibles. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2010
15   Proyecto de decreto que para inscribir con Letras de Oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, el nombre del honorable mexicano ¿Demetrio Vallejo Martínez".


Suscribe: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2010

Inscribir con Letras de Oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, el nombre de ¿Demetrio Vallejo Martínez¿. Desechada
con fecha 27-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2010