INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.


Proponente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 9-Febrero-2010

Establecer que el trabajador que sea padre disfrutará de una licencia con goce de sueldo por paternidad de 10 días naturales, a partir de la fecha de nacimiento de su ¿hija o hijo¿ o antes del nacimiento. Prever que las trabajadoras y trabajadores que adopten ¿niño o niña¿, también disfrutarán del citado permiso o licencia, contados a partir de que la adopción sea acordada por sentencia definitiva. Otorgar licencia de 6 semanas al padre en caso de que la madre fallezca, a consecuencia del parto. Sancionar al patrón que viole las normas que rijen las responsabilidades familiares y el trabajo de los menores. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2010
2   Proyecto de decreto que reforma el artículo 5° de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.


Suscribe: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 9-Febrero-2010

Facultar al comité técnico del Fideicomiso para otorgar los apoyos por la cantidad de 38 mil pesos en una sola exhibición a los beneficiarios en un plazo de 180 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la publicación de la Relación de Apoyos Programados en el Diario Oficial de la Federación. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2010
3   Proyecto de decreto que reforma el artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 9-Febrero-2010

Modificar el monto diario de ingresos de 9 a 52 veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, para exentar del pago del impuesto sobre la renta, las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte. Aprobada
con fecha 6-Abril-2011



Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2010
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.


Proponente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 23-Febrero-2010

Modificar la denominación del título quinto para quedar como ¿Trabajo de las Mujeres y de las Responsabilidades Familiares¿. Establecer que las modalidades del citado título tienen entre otros propósitos, la conciliación de las responsabilidades familiares para las trabajadoras y trabajadores. Prever que las madres trabajadoras que tengan hijas o hijos cursando la educación básica, podrán acordar con el patrón horarios flexibles. Establecer como derechos de las madres trabajadoras, el obtener licencia en su trabajo para atender al hijo enfermo, sin que este hecho ponga en riesgo su estabilidad en el empleo. Establecer que no se reputarán como faltas aquellas en que la trabajadora tenga que ausentarse para atender asuntos o trámites escolares que sean justificados por la trabajadora o previamente avisados al patrón. Sancionar al patrón que viole las normas relativas al trabajo de las mujeres y responsabilidades familiares y las que regulan el trabajo de los menores. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 23-Febrero-2010
5   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado y de la Ley General de Salud.


Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 9-Marzo-2010

Incluir en el rubro de beneficiarios a la pareja del mismo sexo derivado de matrimonio o sociedades de convivencia reconocidas por la ley, o la pareja o persona, cualquiera que fuere su sexo, con quien el asegurado (a) haya tenido vida en común al menos cinco años. Explicitar los términos "asegurado", "trabajador", "pensionado", entre otros incluyendo la terminación en femenino como asegurada, trabajadora, pensionada. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 2-Marzo-2009
6   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes del Seguro Social, y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 9-Marzo-2010

Establecer como beneficiarios o familiares derechohabientes de los seguros, prestaciones y servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, respectivamente, a aquellas personas que hayan suscrito una unión civil con un asegurado, asegurada, pensionado o pensionada, con el objeto de garantizar el ejercicio de esos derechos. Democratizar el lenguaje y con ello contribuir a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Aprobada
con fecha 9-Noviembre-2010



Publicación en Gaceta: 9-Marzo-2010
7   Proyecto de decreto que reforma los artículos 8, 14 y 38 de la Ley General de Educación.


Proponente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 16-Marzo-2010

Establecer que el criterio que orientará a la educación que el Estado imparta, incluirá la integralidad de las capacidades y competencias de los educandos, a través de la implementación de horarios extendidos de permanencia en los planteles, de manera que la formación de los niños y jóvenes adquiera una dimensión humanista, y cuya estrategia es la operación del modelo (de escuelas de tiempo completo) en un mayor número de planteles y consolidando la estrategia de enseñanza integral que permita a los alumnos aprovechar efectivamente el aprendizaje y el desarrollo de habilidades. Establecer la concurrencia entre estados y Federación para la instauración progresiva de escuelas de tiempo completo de educación básica, que impulsen y favorezcan el desarrollo de competencias definidas en los planes y programas de estudio. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 16-Marzo-2010
8   Proyecto de decreto que reforma los artículos 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 81 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 18-Marzo-2010

Facultar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para dictaminar el Presupuesto de Egresos de la Federación; para lo cual, se discutirá, analizará y aprobará por ramo presupuestario conjuntamente con otras comisiones ordinarias, a efecto de que se incluyan en el dictamen de presupuesto, los acuerdos de las propuestas de modificación o adecuación que emitan las mismas en relación a los rubros del ramo correspondiente. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2010



Publicación en Gaceta: 18-Marzo-2010
9   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Telecomunicaciones y de Contenidos Audiovisuales, y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Vías Generales de Comunicación y de la Ley Federal del Derecho de Autor.


Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 8-Abril-2010

Crear un ordenamiento jurídico de orden público e interés social, con objeto de regular el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes de telecomunicaciones, así como la prestación de servicios de telecomunicaciones y los contenidos audiovisuales del servicio de radio y televisión. Abrogar la Ley Federal de Telecomunicaciones y la Ley Federal de Radio y Televisión vigentes.
Establecer que las telecomunicaciones son actividades prioritarias para el desarrollo nacional, y en ellas quedan comprendidas las redes y servicios de telecomunicaciones, y otros subsectores de las comunicaciones electrónicas a distancia que surjan en el futuro como producto de la evolución tecnológica. Establecer que en todo momento el Estado mantendrá el dominio del espectro radioeléctrico y las posiciones orbitales y orbitas satelitales asignadas al país. Dicho dominio es inalienable e imprescriptible, por lo que el Estado podrá permitir su uso, aprovechamiento y explotación bajo las modalidades que establece esta Ley.
Sustituir a la Comisión Federal de Telecomunicaciones con el Instituto Federal de Telecomunicaciones y Contenidos Audiovisuales, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones con autonomía técnica, operativa, de gasto y de gestión, encargado de regular, promover, vigilar y supervisar el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones, la cobertura social amplia y fomentar la competencia efectiva en la prestación de los servicios de telecomunicaciones, así como regular y vigilar los contenidos audiovisuales del servicio de radio y televisión que se transmitan por redes públicas de telecomunicaciones e integrado por siete comisionados.
Establecer la diferencia o modalidad a partir de los usos asignados a las frecuencias o bandas de frecuencias del espectro. Obligar a la autoridad a publicar un Programa Anual de Frecuencias con la disponibilidad de frecuencias o bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico que podrán ser objeto de licitación pública o asignación directa, y que contendrá, al menos, los servicios que pueden prestarse, su clasificación, modalidades de uso y coberturas geográficas. Fijar los requerimientos de las concesiones para operar frecuencias o bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico.
Regular los criterios de cesión de derechos, la terminación, revocación, cambio y rescate de concesiones, asignaciones y permisos, incorporando como falta grave, la comisión de acciones que impidan la transmisión de señales de otro operador, o bien, el incumplimiento a las obligaciones establecidas en materia electoral.
Prever que los concesionarios y permisionarios de redes públicas de telecomunicaciones y empresas comercializadoras puedan fijar libremente sus tarifas a los usuarios en términos que les permitan la prestación de los servicios en condiciones satisfactorias de calidad, competitividad, seguridad y permanencia. Las tarifas requerirán únicamente de ser registradas ante el Instituto para consulta pública.

Facultar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para velar por la adecuada provisión de servicios de telecomunicaciones en todo el territorio nacional. Facultar en el ámbito administrativo a la Procuraduría Federal del Consumidor para dirimir las controversias que se susciten entre los concesionarios, permisionarios y asignatarios con sus usuarios.
Regular los contenidos que se difundan a través de los servicios de radio y televisión que operen bajo concesión, permiso o asignación. Establecer que los prestadores del servicio de radiodifusión deberán poner a disposición del Estado, por cada canal de programación operada y en forma gratuita, 60 minutos diarios distribuidos proporcionalmente entre las 6:00 y las 24:00 horas, para la difusión de mensajes de interés público, temas educativos, culturales, de orientación social, información de interés público, fines electorales, de promoción y defensa de los derechos del consumidor. Establecer que toda persona que se considere afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas por radio o televisión cuya divulgación pueda causarle un perjuicio tiene derecho a efectuar en el mismo medio su rectificación.
Crear el Fondo para el Apoyo a la Producción Audiovisual Independiente con objeto de contribuir a elevar la calidad de los contenidos de la programación de la radio y la televisión. Crear el Registro Público de Telecomunicaciones.
Establecer las sanciones aplicables, en caso de incumplimiento de la ley. Prohibir a los partidos políticos, ministros de culto y funcionarios públicos ser titulares de concesiones para redes y servicios de telecomunicaciones de forma directa o indirecta.
Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 8-Abril-2010
10   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Facultar a la Cámara de Diputados o en su caso a la Comisión Permanente para fijar los salarios mínimos, sus incrementos y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas a propuesta del Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades, nombrar a los miembros del Cuerpo Colegiado de dicho Instituto, revisar la Cuenta Pública del año anterior, así como para integrar la terna de candidatos a Director General del Registro Público Nacional de Organizaciones Sindicales y Contratos Colectivos de Trabajo, que presentará al Ejecutivo Federal. Explicitar que será a más tardar el 15 de noviembre o hasta el 15 de diciembre para que el Ejecutivo Federal remita a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación. Establecer que los organismos de protección de los derechos humanos, podrán conocer de quejas contra actos u omisiones de naturaleza administrativa o jurisdiccional cuando se trate de asuntos laborales. Garantizar a través de las Constituciones y leyes de los estados en materia electoral que se establezca un sistema de medios de impugnación. Prohibir la discriminación de cualquier tipo. Establecer que las leyes que expida el Congreso de la Unión sobre el trabajo, deberán regir entre las personas obreras, jornaleras, artesanas y domésticas. Fijar como descanso 16 semanas durante el periodo previo y posterior al parto (mujeres embarazadas) y en partos múltiples la recuperación posnatal se incrementará en 2 semanas. Explicitar que durante la lactancia tendrán derecho a dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, por seis meses. Exceptuar de la participación en las utilidades a los trabajadores de los servicios de asistencia social, salvo en el caso en que se generen utilidades, así como los trabajadores de los municipios, de los poderes de cada una de las entidades federativas y de los poderes de la Unión. Regular el derecho de los trabajadores para obtener habitaciones baratas, en arrendamiento o venta. Modificar las expresiones ¿empresarios¿ por ¿patrones¿, ¿obreros¿ por ¿trabajadores¿ y ¿Junta de Conciliación y Arbitraje¿ por ¿Juez Laboral¿. Garantizar el Servicio Civil de Carrera. Establecer que los trabajadores, podrán integrar federaciones, confederaciones, uniones, o cualquier otra forma de asociación profesional. Prohibir la afiliación obligatoria de los trabajadores y de los empresarios, individual o colectivamente, a los partidos políticos. Definir ¿Contrato Colectivo de Trabajo¿. Establecer el derecho de huelga para los trabajadores de los municipios, de los poderes de cada una de las entidades federativas y de los poderes de la Unión. Facultar a los jueces laborales para conocer de los conflictos derivados del régimen de seguridad social. Incluir dentro de las ramas industriales, los servicios prestados a los poderes de la Unión, a las instituciones que proporcionen el servicio público de banca y crédito y el Banco de México. Facultar al Consejo de la Judicatura Federal para resolver los conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores. Suprimir el apartado B denominado ¿Entre los Poderes de la Unión, el Gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores¿, mismo que regula las relaciones laborales de éstos. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
11   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley Federal del Trabajo.


Suscribe: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Crear el Capítulo VI Bis ¿Del seguro de desempleo¿, el cual cubrirá el riesgo de la cesación involuntaria del trabajador menor de 60 años, y facilita su reinserción al empleo remunerado, preferentemente en el marco del régimen obligatorio de esta ley. Para acceder a las prestaciones de este seguro se requiere que el trabajador haya acreditado 150 cotizaciones semanales o 52 cotizaciones en el lapso de los últimos tres años. Obligar al IMSS al otorgamiento de un subsidio y de asistencia médica ante la contingencia de la cesación involuntaria del empleo. Establecer que los recursos para cubrir el subsidio se cubrirán con el 1.5% a cargo de los patrones; 1.0% a cargo del Estado y 0.5% a cargo de los trabajadores. Facultar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para proponer la celebración de convenios en materia de empleo, entre la Federación y el IMSS, ayuntamientos y demarcaciones territoriales, organizaciones de trabajadores, cámaras empresariales y cualquier organismo que coadyuve a la promoción del empleo estable y ¿suficientemente¿ remunerado. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
12   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y reforma los artículos 101, 201 y 205 de la Ley del Seguro Social.


Suscribe: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Facultar a la Cámara de Diputados o en su caso a la Comisión Permanente para fijar los salarios mínimos, sus incrementos y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas a propuesta del Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades, nombrar a los miembros del Cuerpo Colegiado de dicho Instituto, revisar la Cuenta Pública del año anterior, así como para integrar la terna de candidatos a Director General del Registro Público Nacional de Organizaciones Sindicales y Contratos Colectivos de Trabajo, que presentará al Ejecutivo Federal. Explicitar que será a más tardar el 15 de noviembre o hasta el 15 de diciembre para que el Ejecutivo Federal remita a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación. Establecer que los organismos de protección de los derechos humanos, podrán conocer de quejas contra actos u omisiones de naturaleza administrativa o jurisdiccional cuando se trate de asuntos laborales. Garantizar a través de las Constituciones y leyes de los estados en materia electoral que se establezca un sistema de medios de impugnación. Prohibir la discriminación de cualquier tipo. Establecer que las leyes que expida el Congreso de la Unión sobre el trabajo, deberán regir entre las personas obreras, jornaleras, artesanas y domésticas. Fijar como descanso 16 semanas durante el periodo previo y posterior al parto (mujeres embarazadas) y en partos múltiples la recuperación posnatal se incrementará en 2 semanas. Explicitar que durante la lactancia tendrán derecho a dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, por seis meses. Exceptuar de la participación en las utilidades a los trabajadores de los servicios de asistencia social, salvo en el caso en que se generen utilidades, así como los trabajadores de los municipios, de los poderes de cada una de las entidades federativas y de los poderes de la Unión. Regular el derecho de los trabajadores para obtener habitaciones baratas, en arrendamiento o venta. Modificar las expresiones ¿empresarios¿ por ¿patrones¿, ¿obreros¿ por ¿trabajadores¿ y ¿Junta de Conciliación y Arbitraje¿ por ¿Juez Laboral¿. Garantizar el Servicio Civil de Carrera. Establecer que los trabajadores, podrán integrar federaciones, confederaciones, uniones, o cualquier otra forma de asociación profesional. Prohibir la afiliación obligatoria de los trabajadores y de los empresarios, individual o colectivamente, a los partidos políticos. Definir ¿Contrato Colectivo de Trabajo¿. Establecer el derecho de huelga para los trabajadores de los municipios, de los poderes de cada una de las entidades federativas y de los poderes de la Unión. Facultar a los jueces laborales para conocer de los conflictos derivados del régimen de seguridad social. Incluir dentro de las ramas industriales, los servicios prestados a los poderes de la Unión, a las instituciones que proporcionen el servicio público de banca y crédito y el Banco de México. Facultar al Consejo de la Judicatura Federal para resolver los conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores. Suprimir el apartado B denominado ¿Entre los Poderes de la Unión, el Gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores¿, mismo que regula las relaciones laborales de éstos. Incrementar el periodo de las licencias con goce de sueldo, que por concepto de gravidez tienen las mujeres aseguradas. Incluir el derecho de las licencias por paternidad; establecer expresamente que el derecho de guardería opera para el caso de las trabajadoras y los trabajadores que gocen de seguridad social, en términos de lo dispuesto por la Ley del seguro Social. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
13   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.


Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 21-Abril-2010

Incluir a las delegaciones del Distrito Federal, en el funcionamiento de los programas y objetivos que contempla la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, con las estructuras previstas para los municipios para que participen en la toma de decisiones en los procesos productivos agropecuarios, formen parte del Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, tengan acceso al Sistema Nacional de Financiamiento Rural, a las políticas de comercialización, capacitación y asistencia técnica, entre otros. Aprobada
con fecha 5-Octubre-2010



Publicación en Gaceta: 21-Abril-2010
14   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley de Productos Orgánicos y de la Ley Federal de Protección al Consumidor.


Proponente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 22-Abril-2010

Crear un Capítulo II Bis denominado ¿Del Semáforo de la Información Nutricional de los Alimentos y Bebidas no Alcohólicas Preenvasados¿, con el objeto de establecer una codificación policromática que informe de una manera clara y sencilla el contenido nutricional de alimentos y bebidas no alcohólicas. Dicho semáforo establecerá los siguientes patrones: el color verde representará el bajo contenido de grasas, grasas saturadas, azúcares y sales; el color amarillo representará el contenido medio de grasas, grasas saturadas, azúcares y sales; y el color rojo representará el alto contenido de grasas, grasas saturadas, azúcares y sales. Desechada
con fecha 1-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 22-Abril-2010
15   Proyecto de decreto que reforma el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 2 y 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.


Proponente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 28-Abril-2010

Prohibir a nivel constitucional y en la ley secundaria que cualquier elemento de las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina participen en actividades de seguridad pública. Desechada (art. 89)
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2010
16   Proyecto de decreto que reforma los artículos 29, 30 y 32 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.


Proponente: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 29-Abril-2010

Sancionar a quien tolere o encubra la trata de personas, o la comisión de algún delito contra la libertad y la seguridad sexuales y el normal desarrollo psicosexual, al interior deasociaciones religiosas y de culto público, para lo cual la víctima u ofendido podrá presentar escrito ante la Secretaría de Gobernación, a fin de que inicie el procedimiento correspondiente. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 29-Abril-2010
17   Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.


Suscribe: Quezada Contreras Leticia (PRD)
Fecha de presentación: 29-Abril-2010

Incrementar la tasa del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios a los cigarros, puros, tabacos labrados y tabacos labrados a mano. Adicionalmente, se pagará una cuota de $0.40 por cigarro enajenado o importado. Aprobada
con fecha 19-Octubre-2010



Publicación en Gaceta: 30-Abril-2010