INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 41 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y expide la Ley Federal de la Pirotecnia. Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD) |
Fecha de presentación: 1-Marzo-2012 |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular la actividad artesanal e industrial de la pirotecnia, en lo correspondiente a la fabricación, producción, almacenamiento, transportación, comercialización, capacitación, protección civil, exportación, importación, sanciones administrativas y penales. Facultar a la Secretaría de Gobernación, con apoyo de la Dirección General de Protección Civil, para expedir las Normas Oficiales Mexicanas en materia de protección civil para las zonas donde se fabriquen y comercialicen artificios pirotécnicos. Establecer la clasificación de Artesanías Pirotécnicas y Sustancias Químicas. Crear el Instituto Nacional de la Pirotecnia que será un organismo público descentralizado de la Secretaría de la Defensa Nacional con personalidad jurídica y patrimonio propios, con el objeto de formular, controlar y vigilar en colaboración con la Secretaría de la Defensa Nacional las actividades para la fabricación y comercialización de pirotecnia; coordinar permanentemente la capacitación y tecnologías en materia de pirotecnia en las entidades federativas; y generar medidas de prevención y seguridad en colaboración con la Dirección General de Protección Civil en lugares donde se fabrique y comercialice pirotecnia. Derogar la regulación de la Pirotecnia en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. | Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 28-Febrero-2012 |
2 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD) |
Fecha de presentación: 1-Marzo-2012 |
Transformar al Consejo de la Judicatura Federal en un organismo público autónomo con independencia de gestión y presupuestaria, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios. Facultar al Consejo de la Judicatura Federal para resolver los conflictos o diferencias laborales entre el Tribunal Electoral y sus servidores; para designar a los magistrados electorales que integren las salas regionales, siguiendo el mismo procedimiento para el nombramiento de los magistrados de Circuito del Poder Judicial de la Federación; así como elaborar el presupuesto del Tribunal Electoral y del Ministerio Público de la Federación. Aumentar de 7 a 11 los miembros de Consejo de la Judicatura, de los cuales, 6 consejeros serán provenientes del Poder Judicial de la Federación, electos por el Colegio Electoral de Juzgadores Federales y los otros 5 consejeros serán designados 2 por el Presidente de la República y 3 por el Senado de la República. El primer día hábil de cada dos años el pleno del Consejo elegirá de entre sus miembros al Consejero Presidente. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 1-Marzo-2012 |
3 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley Federal del Trabajo. Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD) |
Fecha de presentación: 1-Marzo-2012 |
Ley General de Salud: Definir el concepto de ¿ejercicio profesional de enfermería¿. Establecer la obligación a la Secretaría de Salud, para que en coordinación con las autoridades correspondientes y los colegios, implante los planes y programas de estudios que se aplicarán en las instituciones educativas a fin de profesionalizar el ejercicio de la enfermería, así como certificar periódicamente los conocimientos profesionales de las enfermeras y de los enfermeros en su actividad profesional. Ley Federal del Trabajo: Definir el concepto de ¿enfermera y enfermero¿. Establecer que el ejercicio de la enfermería será remunerado a nivel profesional y no como carrera técnica, y podrá ejercerse en instituciones del sector público y privado, o de manera independiente; y tendrán el derecho de asociación en los colegios o federaciones que para tal efecto le convenga a fin de obtener mejoramiento, defensa, capacitación y actualización de sus derechos en el ejercicio de su profesión. |
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 23-Febrero-2012 |
4 Proyecto de decreto que expide la Ley General de Protección y Reparación Integral a Víctimas de Violaciones a Derechos Humanos Generadas por la Violencia. Suscribe: Quezada Contreras Leticia (PRD) |
Fecha de presentación: 1-Marzo-2012 |
Crear un ordenamiento jurídica con el objeto de regular y establecer un conjunto de medidas administrativas, judiciales, sociales y económicas de atención y reparación integral en beneficio de las víctimas de violaciones a derechos humanos generadas por la violencia, que permitan hacer efectivo el goce de los derechos establecidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los instrumentos internacionales de los que México forma parte, de modo que se reconozca y dignifique su condición de víctimas para hacer efectivo su derecho de acceso a la justicia, así como la recuperación de su identidad y memoria y, en su caso, la recuperación de todos sus derechos como ciudadanos. Facultar a la Procuraduría General de la República para contar con un programa integral de protección a víctimas y testigos que contemple medidas de protección. Crear la Coordinación Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, con el objeto de formular y ejecutar los planes, programas, proyectos y acciones específicas, tendientes a la atención y reparación integral de las víctimas. Crear el fondo económico para víctimas de violaciones a derechos humanos y de actos, dolosos o culposos, realizados por las fuerzas armadas y fuerzas policíacas federales o por grupos de la delincuencia organizada. Facultar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para diseñar y mantener el Registro Nacional de Víctimas. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2012 |
5 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD) |
Fecha de presentación: 1-Marzo-2012 |
Ley General de Educación Incluir un Capítulo denominado ¿De los Educandos¿ con el objeto de establecer las obligaciones de los educandos. Ley para la Protección de los Derechos De Niñas, Niños y Adolescentes Modificar el Título Segundo denominado ¿De los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes¿ para quedar ¿De los Derechos, Deberes y Obligaciones de Niñas, Niños y Adolescentes¿. Incluir un Capítulo denominado ¿De los Deberes y Obligaciones¿ con el objeto de promover en los niños y en los adolescentes una cultura del respeto y promoción de los derechos humanos, la solidaridad humana, la democracia como una forma de vida, el compañerismo y otros valores para la mejor convivencia social. |
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 14-Febrero-2012 |
6 Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD) |
Fecha de presentación: 1-Marzo-2012 |
Facultar al Instituto Mexicano de la Juventud para impulsar, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con la iniciativa privada y las organizaciones sin fines de lucro, programas para la reinserción laboral y productiva de jóvenes ex convictos. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2012 |
7 Proyecto de decreto que decreto para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre de Mártires del 68. Suscribe: Quezada Contreras Leticia (PRD) |
Fecha de presentación: 8-Marzo-2012 |
Inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda ¿Mártires del 68¿. | Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 8-Marzo-2012 |
8 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Adherente: Quezada Contreras Leticia (PRD) |
Fecha de presentación: 13-Marzo-2012 |
Prever que para los mexicanos residentes en el extranjero, el IFE procederá a la incorporación al padrón electoral, a su correspondiente listado nominal de electores residentes en el extranjero, y la expedición de la credencial para votar. Establecer que los listados nominales se formularán en países donde se hayan registrado los mexicanos residentes en el extranjero. Prever que el IFE determinará el procedimiento de las campañas para la actualización el registro del padrón así como la lista nominal de los mexicanos residentes en el extranjero. Establecer que las credenciales para votar que se expidan estarán a disposición en las oficinas o módulos dentro y fuera del territorio nacional, así como en las oficinas donde hayan sido solicitadas por mexicanos residentes en el extranjero. Considerar los requisitos que contendrá la credencial de elector para los mexicanos residentes en el extranjero. Considerar como requisito para el ejercicio del voto de los ciudadanos que residan en el extranjero solicitar por conducto de las oficinas instaladas por el IFE en el extranjero su inscripción en el listado nominal. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 14-Marzo-2012 |
9 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 29 Bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Quezada Contreras Leticia (PRD) |
Fecha de presentación: 22-Marzo-2012 |
Establecer que es obligatoria la rendición de cuentas públicas sobre los recursos y subvenciones que reciben los grupos parlamentarios. Para tal fin, cada Grupo Parlamentario destinará un porcentaje de la ayuda económica que le es entregada para la creación y mantenimiento de una unidad de enlace encargada de proponer los procedimientos internos que aseguren una efectiva rendición de cuentas; cada Grupo Parlamentario deberá presentar cuatrimestralmente, en forma detallada, su cuenta de gastos, a través de la cual dará a conocer: el directorio de su personal de carácter transitorio, así como las remuneraciones que reciben; las erogaciones que destina a la seguridad social; y las contrataciones o compras que hayan realizado en los rubros materiales y suministros, servicios generales, bienes muebles, inmuebles e intangibles, inversión pública e inversiones financieras y otras provisiones. En caso de que no se cumpla con dichas disposiciones, les serán retenidos las subvenciones en tanto no se subsane la falta. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2012 |