INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 222 bis a la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Adherente: Báez Pinal Armando Jesús (PRI)
Fecha de presentación: 23-Septiembre-2010

Establecer que el patrón que contrate a personas menores de 25 años para su primer empleo, podrá deducir de sus ingresos, un monto equivalente al 100% del impuesto sobre la renta de estos trabajadores retenido y enterado conforme los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, siempre y cuando el patrón esté cumpliendo respecto de dichos trabajadores con las obligaciones contenidas la Ley del Seguro Social por lo menos durante un año. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 21-Septiembre-2010
2   Proyecto de decreto que reforma el artículo 7° de la Ley General de Desarrollo Social.


Adherente: Báez Pinal Armando Jesús (PRI)
Fecha de presentación: 23-Septiembre-2010

Establecer que los beneficios de los programas de desarrollo social que tengan como población objetivo a las familias o los hogares con algún grado de pobreza serán entregados de manera preferente a las mujeres. Desechada
con fecha 8-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 21-Septiembre-2010
3   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.


Adherente: Báez Pinal Armando Jesús (PRI)
Fecha de presentación: 4-Noviembre-2010

Fomentar, por parte de las autoridades educativas, el aprendizaje y dominio de un idioma distinto al español, así como el uso de tecnologías de la información. Establecer una jornada de 8 horas diarias para la enseñanza de la educación primaria, para lo cual la Federación, entidades federativas y municipios contarán con un plazo no mayor a 6 años, para hacer las reformas en el ámbito de sus competencias, y el Ejecutivo Federal dispondrá de los recursos presupuestales necesarios para ejecutar la implantación de esta jornada y proporcionará al alumnado, al personal administrativo y docente la segunda comida del día. Aprobada
con fecha 26-Abril-2012



Publicación en Gaceta: 3-Noviembre-2010
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.


Adherente: Báez Pinal Armando Jesús (PRI)
Fecha de presentación: 25-Noviembre-2010

Establecer como fin de la educación impartida por el Estado, promover el desarrollo integral del individuo para que desarrolle sus capacidades y tenga una vida digna; asimismo, diseñar, promover y fomentar la educación rural, el desarrollo regional sobre la base de la enseñanza y fomento de las vocaciones regionales rurales, entre otros. Facultar a la autoridad educativa federal, para realizar un diagnóstico de la problemática nacional y establecer el Programa de Formación de Recursos Humanos, de acuerdo a lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo, el cual deberá diseñarse y aplicarse en coordinación con las secretarías del Trabajo y Previsión Social, Desarrollo Social y de Economía; promover y establecer parcelas escolares para conservar la biodiversidad local e incentivar el desarrollo, valoración y transferencia de procesos productivos y tecnologías que impulsen el desarrollo comunitario. Incluir en el nivel básico la educación rural. Incluir en planes y programas de estudio, asignaturas relacionadas con las actividades agropecuarias que permitan una mayor vinculación y arraigo de los alumnos que estudian en el medio rural. Promover el uso intensivo de medios electrónicos de comunicación para la actualización y capacitación a distancia, tanto de los profesores como educandos y padres de familia, incorporando el uso de Internet, teleaulas, radio y televisión. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 25-Noviembre-2010
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Báez Pinal Armando Jesús (PRI)
Fecha de presentación: 25-Noviembre-2010

Establecer que toda persona tiene derecho a la vida desde la concepción y hasta la muerte natural. El estado garantizara la protección integral de los derechos del niño no nacido desde la concepción. Desechada (art. 89)
con fecha --



Publicación en Gaceta: 25-Noviembre-2010
6   Proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Báez Pinal Armando Jesús (PRI)
Fecha de presentación: 30-Noviembre-2010

Calificar como delito grave al que ilegalmente tenga en su poder un monumento arqueológico o un monumento histórico mueble y a los traficantes de monumentos arqueológicos. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 30-Noviembre-2010
7   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Báez Pinal Armando Jesús (PRI)
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2010

Establecer que todas las personas tienen derecho a la ciudad, bajo principios de sustentabilidad, democracia, equidad y justicia social, así como el derecho a disfrutar de vivienda adecuada en superficie, localización, accesibilidad y seguridad. La planeación será participativa, integral y de largo plazo, mediante la concurrencia de los tres órdenes de gobierno y contendrá una perspectiva del desarrollo nacional y regional, que impulse el ordenamiento territorial productivo, igualitario y sustentable. Establecer que la nación tendrá el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, preservando su función social y estableciendo los derechos y deberes de su uso y aprovechamiento, para lograr el desarrollo sustentable y el ordenamiento del territorio, así como dictar medidas enfocadas al crecimiento de las regiones y zonas metropolitanas. Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia de los tres órdenes de gobierno y del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de asentamientos humanos, desarrollo metropolitano, derecho a la ciudad y vivienda; así como la concurrencia de los tres órdenes de gobierno, en materia de planeación del desarrollo nacional, regional, económico y social. Los municipios deberán formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, en estricta congruencia con los planes estatales, regionales y metropolitanos; participar, en coordinación con el Gobierno Federal y el de las entidades federativas, en la formulación y aprobación de los planes regionales y metropolitanos, conforme a los cuales se dará la ordenación y regulación del desarrollo urbano en sus jurisdicciones, así como crear de manera conjunta y coordinada organismos públicos cuyo objeto sea la planeación, financiamiento y ejecución, de planes, programas, funciones y servicios públicos para el ordenamiento territorial y el desarrollo sustentable de la zona metropolitana. Facultar a los estados para celebrar convenios entre sí o con los municipios, a efecto de incluir los elementos para planear e impulsar las inversiones, acciones, obras o servicios para la planeación y desarrollo de las regiones y de las zonas metropolitanas. Aprobada
con fecha 27-Abril-2011



Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2010
8   Proyecto de decreto que reforma los artículos 115 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Báez Pinal Armando Jesús (PRI)
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2010

Establecer que tanto los municipios como la Asamblea Legislativa, tendrán su cargo regular las funciones y servicios públicos de acceso a redes de Internet. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Mayo-2012



Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2010
9   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 184 Bis-1 a Ley General de Salud.


Adherente: Báez Pinal Armando Jesús (PRI)
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2010

Facultar al Consejo Nacional Contra las Adicciones para dar de alta a un Grupo de Alcohólicos Anónimos. Crear un padrón de instituciones, organismos y agrupaciones denominados grupos alcohólicos anónimos que realicen actividades tales como la prevención, tratamiento, atención, internamiento y reinserción social, en materia de alcoholismo. Supervisar y otorgar el registro de dichas agrupaciones. Establecer que los grupos de alcohólicos anónimos cualesquiera que sea su forma de operar o denominación deberán contar con registro de funcionamiento. Informar sobre el costo directo o indirecto y total del tratamiento, así como su duración Explicar con detalle y claridad, tanto al usuario como al familiar responsable o representante legal, las condiciones del establecimiento, días y horarios de visita; llenar una hoja de ingreso o reingreso de cada persona. Los establecimientos que no cumplan con los requisitos, se harán acreedores a las sanciones civiles y penales en que incurran. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2010