INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.


Adherente: Pérez Domínguez Guadalupe (PRI)
Fecha de presentación: 2-Febrero-2010

Establecer que las opiniones fundadas respecto a planes y programas de estudio que emita la autoridad competente, las actualizaciones de libros de texto, los libros, materiales didácticos y los contenidos educativos, así como los requisitos académicos de los planes y programas de estudio de los particulares, sean vinculantes para las atribuciones de las autoridades educativas. Facultar al Consejo Nacional Técnico de la Educación a demandar a las autoridades educativas las modificaciones pertinentes a los contenidos de los libros de texto y materiales didácticos cuando, a su juicio, contravengan al carácter de la educación laica. Establecer que la edición de libros y materiales didácticos, distintos a los libros de texto gratuitos, que realicen las autoridades educativas federales, estatales, municipales y del Distrito Federal se preserve en todo momento el carácter de la educación laica. Obligar a la Secretaría de Educación Pública a que considere y atienda, las opiniones de las autoridades educativas locales, y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, expresadas a través del Consejo Nacional Técnico de la Educación y del Consejo Nacional de Participación Social en la Educación. Desechada
con fecha 23-Septiembre-2010



Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010
2   Proyecto de decreto que reforma el artículo 5° de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.


Suscribe: Pérez Domínguez Guadalupe (PRI)
Fecha de presentación: 9-Febrero-2010

Facultar al comité técnico del Fideicomiso para otorgar los apoyos por la cantidad de 38 mil pesos en una sola exhibición a los beneficiarios en un plazo de 180 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la publicación de la Relación de Apoyos Programados en el Diario Oficial de la Federación. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2010
3   Proyecto de decreto que expide la Ley de Apoyo Solidario para los Adultos Mayores del Campo.


Adherente: Pérez Domínguez Guadalupe (PRI)
Fecha de presentación: 16-Marzo-2010

Crear un ordenamiento de orden público, interés social y de observancia general en toda la República Mexicana, con el objeto de normar y garantizar en beneficio de los adultos mayores de setenta años residentes en centros de población del medio rural menores a los dos mil quinientos habitantes: una pensión vitalicia; servicios integrales de salud en el marco del Seguro Popular; un seguro de vida al momento del deceso del beneficiario a favor de su cónyuge; y un pago de marcha para la cobertura de gastos funerarios ante el fallecimiento del beneficiario, los cuales estarán a cargo del Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, así como la responsabilidad de la organización, administración y entrega de los apoyos solidarios, el cumplimiento, aplicación e interpretación de la Ley en el marco de sus atribuciones, en coordinación, en su caso, con los gobiernos de las entidades federativas. Aprobada
con fecha 10-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 16-Marzo-2010
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social y de la Ley General de Educación.


Adherente: Pérez Domínguez Guadalupe (PRI)
Fecha de presentación: 18-Marzo-2010

Reconocer como prioritarios y de interés público los programas y fondos públicos dirigidos a las mujeres viudas que tengan hijos menores de edad, y que no tengan acceso a una pensión. Explicitar que las autoridades educativas que desarrollan programas con perspectiva de género para otorgar becas y demás apoyos económicos a educandos, deberán elaborarlos en especial para aquéllos en condición de orfandad de padre, madre o de ambos. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 17-Marzo-2010
5   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que expide la Ley Federal de Partidos Políticos y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Adherente: Pérez Domínguez Guadalupe (PRI)
Fecha de presentación: 13-Abril-2010

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de reglamentar las normas constitucionales relativas a los partidos políticos: el derecho de asociación y afiliación; la constitución, registro, derechos y obligaciones de los partidos políticos y de los asuntos y la democracia interna; del acceso a la radio y televisión, el financiamiento y otras prerrogativas de los partidos políticos (no sujeción al pago de impuestos y derechos y el uso de las franquicias postales y telegráficas que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones); de los frentes, coaliciones y fusiones; y de la pérdida del registro. Establecer como fines de los partidos políticos el de coadyuvar en la difusión y ejercicio de los derechos político electorales de los ciudadanos; estructurar las opciones entre los candidatos durante la competencia electoral; llevar a cabo la movilización electoral; establecer la agregación de intereses específicos en las coaliciones electorales; formar sus propios cuadros; elaborar programas de gobierno; realizar una labor crítica desde la oposición; fiscalizar la actuación de los órganos del Estado; ser un vehículo de identificación política a través de tareas de socialización con los ciudadanos y apoyar al Instituto Federal Electoral en las tareas de educación cívica. Establecer que los ciudadanos afiliados a un partido político o asociaciones políticas tendrán todos los derechos inherentes a tal pertenencia y no podrán estar afiliados en más de un partido político. Establecer que una vez iniciado el proceso electoral federal, el afiliado o candidato a un cargo de elección popular que renuncie a su militancia partidista no podrá ser postulado por otro partido. Derogar todo lo relativo al marco legal de los partidos políticos contenido en el Libro Segundo del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, abarcando del artículo 22 al 103. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 13-Abril-2010
6   Proyecto de decreto que reforma el artículo 278 del Código Federal de Procedimientos Civiles.


Proponente: Pérez Domínguez Guadalupe (PRI)
Fecha de presentación: 28-Abril-2010

Estatuir que para solicitar copia certificada de documentos que obren en autos en cualquier asunto judicial, podrá realizarse por comparecencia o por escrito, requiriéndose decreto judicial; asimismo, se establecen las formalidades para solicitar copia de una parte del documento o de la totalidad del mismo. Prever que la parte interesada podrá hacer uso de cualquier instrumento científico o tecnológico que permita copiar o reproducir el contenido de las resoluciones o documentos que obren en el expediente, para lo cual bastará que solicite verbalmente al tribunal el empleo del instrumento respectivo, sin que se requiera acuerdo alguno. Para obtener copia o testimonio de cualquier documento que se encuentre en archivos o protocolos que no están a disposición del público, se requiere de decreto judicial. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2010
7   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Ley General de Salud.


Proponente: Pérez Domínguez Guadalupe (PRI)
Fecha de presentación: 29-Abril-2010

Sustituir el nombre del Capítulo IX de la Ley General de Salud denominado ¿Productos de Perfumería y Belleza¿ por el de ¿Productos Cosméticos¿. La Secretaría de Salud, mediante la emisión de normas oficiales mexicanas, establecerá las características que deberán cumplir los productos cosméticos, así como sus concentraciones máximas permitidas de tal forma que se impondrá una multa de 1,000 a 400,000 pesos a quien utilice en publicidad engañosa testimonios de usuarios, de celebridades o personas públicas, así como certificaciones expedidas por sociedades o asociaciones profesionales o dotadas de fe pública. Desechada
con fecha 8-Septiembre-2011



Publicación en Gaceta: 29-Abril-2010
8   Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4 y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Pérez Domínguez Guadalupe (PRI)
Fecha de presentación: 29-Abril-2010

Prever que el Estado garantice el acceso de toda persona a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. Aprobada
con fecha 29-Abril-2011



Publicación en Gaceta: 29-Abril-2010