INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal para el Rescate y Manejo de Cadáveres en Situaciones de Desastre, y reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


Proponente: Guajardo Villarreal Mary Telma (PRD)
Fecha de presentación: 24-Febrero-2011

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de facultar a la Secretaría de Gobernación para tomar las medidas necesarias, en coordinación con las demás autoridades federales y locales competentes, para rescatar, levantar apropiadamente, identificar y disponer de los cadáveres y restos humanos generados por situaciones de desastre, incluidos los desastres ocasionados en ejercicio o con motivo del trabajo. La identificación de los restos de las víctimas de catástrofes es un derecho de los familiares, de aquéllos que cuenten con un interés legítimo en la identificación y de toda la comunidad afectada. Crear el Comité Operativo de Emergencias para el Manejo de Cadáveres, el cual tendrá como función el manejo de cadáveres en situaciones de desastre. Prohibir la utilización de fosas comunes y la cremación de cadáveres no identificados. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 24-Febrero-2011
2   Proyecto de decreto que expide la Ley de Emergencia contra los Feminicidios, y reforma el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Guajardo Villarreal Mary Telma (PRD)
Fecha de presentación: 1-Marzo-2011

Crear un ordenamiento jurídico, con el objeto de prevenir, sancionar y erradicar los feminicidios. Definir el delito de feminicidio como el que priva de la vida a una mujer, en alguna o algunas de las circunstancia siguientes: mutilación, tortura, violación, abuso sexual, secuestro, desaparición forzada, lesiones graves, decapitación; y el que construya una escena denigrante y humillante, infrinja lesiones infamantes o en zonas genitales de la víctima, sea ésta menor de edad, trabajadora sexual, víctima del tráfico de personas, o haya sufrido previamente violencia familiar; sea esposa, concubina, amasia, novia, hija, hermana, alumna, trabajadora, compañera de trabajo o escuela del sujeto activo, u otras semejantes; este delito se sancionará con penas de 30 a 60 años de prisión y cuando sean dos o más personas las que cometan el feminicidio, serán sancionados, juzgados y tratados como integrantes de la delincuencia organizada. El delito de feminicidio será imprescriptible. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
3   Proyecto de decreto que reforma el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Guajardo Villarreal Mary Telma (PRD)
Fecha de presentación: 8-Marzo-2011

Calificar como delito grave los actos u omisiones que afecten gravemente el consumo y riqueza nacionales, los relacionados con artículos de consumo necesario o generalizado o con las materias primas necesarias para elaborarlos, así como con las materias primas esenciales para la actividad de la industria nacional y al que sin derecho sustraiga o altere los ductos o sus instalaciones de la industria petrolera. Aprobada
con fecha 11-Octubre-2011



Publicación en Gaceta: 8-Marzo-2011
4   Proyecto de decreto que expide el Código Federal de Procedimientos Penales.


Suscribe: Guajardo Villarreal Mary Telma (PRD)
Fecha de presentación: 29-Marzo-2011

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer, actualizar y regular los procedimientos penales que se desarrollen por los delitos que sean de la competencia de los tribunales federales, así como desarrollar los principios, derechos y garantías acordados al imputado, a la víctima y a terceros, contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el ejercicio de las potestades públicas atribuidas a los órganos de investigación, de persecución y juzgamiento. Establecer mecanismos alternativos de solución de controversias. Solicitar ante el juez el ejercicio de la acción penal sin intervención del Ministerio Público. Ampliar los derechos de la víctima, solicitar la explicación pública de las sentencias. Imponer un control judicial fortalecer los mecanismos y medidas especiales para investigar los delitos de delincuencia organizada, entre otros. Abrogar el Código Federal de Procedimientos Penales vigente. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 15-Marzo-2011
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 19 del Código Civil Federal.


Adherente: Guajardo Villarreal Mary Telma (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Prever que las controversias judiciales del orden civil deberán resolverse, a falta de ley, conforme a los principios generales de derecho o con arreglo a la analogía. En caso de laguna de principios explícitos se estará a los principios implícitos que orientan y fundamentan el ordenamiento jurídico. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 15-Marzo-2011
6   Proyecto de decreto que reforma el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Guajardo Villarreal Mary Telma (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Reducir los votos necesarios de las ¿dos terceras partes¿ a ¿mayoría simple¿ tanto en la cámara de origen, como en la cámara revisora, para confirmar el proyecto de ley o decreto devuelto y volver a turnarlo a la cámara revisora o al Ejecutivo para su promulgación, respectivamente. Explicitar que todo proyecto de ley o decreto que fuere desechado en la Cámara de su origen no podrá volver a presentarse en el mismo periodo ordinario de sesiones. Prever que las iniciativas que entrañen modificaciones jurídicas que cambien la naturaleza o el tipo de los gravámenes se discutirán primero en la Cámara de Diputados; asimismo, las iniciativa de ley o decreto deberán dictaminarse dentro de los plazos establecidos en la Ley o en los Reglamentos de cada Cámara. Incluir los supuestos en los que el Poder Ejecutivo no puede hacer observaciones a las resoluciones del Congreso o de alguna de las Cámaras. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Mayo-2012



Publicación en Gaceta: 15-Marzo-2011
7   Proyecto de decreto que reforma los artículos 75 y 78 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.


Adherente: Guajardo Villarreal Mary Telma (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Incluir como causales por las que la votación recibida en una casilla será nula: utilizar recursos provenientes de actividades ilícitas o prohibidos por la legislación electoral; utilizar recursos públicos ajenos a las prerrogativas de ley o los destinados a los programas sociales de cualquier nivel de gobierno; provocar temor en los electores o comprar, hacer proselitismo, inducir, coaccionar o inhibir el voto durante los tres días previos a la elección o durante la jornada electoral; obtener o solicitar declaración firmada del elector acerca de su intención o el sentido de su voto o la abstención del ejercicio del mismo; solicitar votos por paga, dádiva, promesa de dinero u otra recompensa durante el proceso electoral; organizar o llevar a cabo el trasporte de votantes a las casillas o sus inmediaciones; abrir o manipular sin causa justificada los paquetes electorales o retirar los sellos; rebasar los topes de gastos de campaña; contratar tiempos en radio y televisión y en otros medios de difusión en contravención a la ley electoral; iniciar anticipadamente las precampañas y las campañas; y violar cualquiera de los principios constitucionales y legales que permiten que las elecciones sean libres, auténticas y periódicas. Facultar a las salas del Tribunal Electoral para declarar la nulidad de una elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 24-Marzo-2011
8   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 264 Bis y reforma el Capítulo I del Título Décimo Quinto del Código Penal Federal.


Adherente: Guajardo Villarreal Mary Telma (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Crear el delito de ¿Compra de Servicios¿, definiéndolo como la realización de cualquier tipo de actos sexuales reales o simulados con una o varias personas a cambio del pago en efectivo, en especie o en cualquier otra forma, ya sea que el pago lo efectúe en forma directa o por medio de un tercero. Sancionar a quien cometa este delito con una pena de 6 meses a 3 años de prisión y multa de 180 días. Cuando la compra de servicios sexuales se realice con una o varias personas menores de 18 años de edad, o con una o varias personas que no tiene capacidad para comprender el significado del hecho o con una o varias personas que no tiene capacidad para resistirlo, la pena para el autor del delito será de 12 a 16 años de prisión y de 2 mil a 3 mil días de multa. Cuando la compra de servicios sexuales se realice con una o varias personas menores de doce años, el mínimo y el máximo de la pena se aumentarán hasta en una mitad. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 5-Abril-2011
9   Proyecto de decreto que reforma el artículo 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Guajardo Villarreal Mary Telma (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Establecer que en las competencias coincidentes, coexistentes y concurrentes, se observarán los principios de equilibrio, armonía y simetría entre los tres niveles de gobierno. Asimismo, establecer que las leyes generales se aprobarán por la mayoría de los presentes en ambas Cámaras y por la mayoría de las legislaturas locales. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Mayo-2012



Publicación en Gaceta: 5-Abril-2011
10   Proyecto de decreto que reforma los artículos 46, 53 y 65 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Adherente: Guajardo Villarreal Mary Telma (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Establecer las modalidades mediante las cuales se realizará la prestación del servicio de autotransporte federal de pasajeros, Directo (servicio punto a punto entre dos terminales de pasajeros, sin escalas entre la de origen y la de destino) e Intermedio (servicio punto a punto entre dos terminales de pasajeros, con escalas para ascenso y descenso de pasajeros). Explicitar que para la expedición del boleto o contrato de servicios a favor del usuario y abordaje, el permisionario deberá solicitarle a éste identificación oficial para verificar su identidad. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
11   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la Economía, y reforma el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


Suscribe: Guajardo Villarreal Mary Telma (PRD)
Fecha de presentación: 7-Abril-2011

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de reconocer, fortalecer, proteger y fomentar a las entidades y organismos de la economía social y solidaria, estableciendo las reglas de organización, promoción, fomento y fortalecimiento de este sector, como un sistema eficaz que contribuya al desarrollo social y económico, a la generación de empleo, al fortalecimiento de la democracia participativa y a la equitativa distribución del ingreso. El Estado apoyará e impulsará a las entidades y organismos del sector de la economía social y solidaria bajo criterios de equidad social, sujetándolas a las modalidades que dicte el interés público, y conforme al uso, en beneficio general, de los recursos productivos que tendrán la obligación de proteger y conservar, preservando el medio ambiente. Crear el Instituto Nacional del Sector de la Economía Social y Solidaria como una entidad de derecho público y jurisdicción nacional, adscrito a la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para Empresas de Solidaridad de la Secretaría de Economía, el cual tiene como objetivos definir e instrumentar una política nacional de fomento y desarrollo para el sector de la economía social y solidaria; el Consejo Nacional de Entidades y Organismos del Sector de la Economía Social y Solidaria, como órgano máximo de representación y apoyo del sector; el Registro Nacional del Sector de la Economía Social y Solidaria; y el Fondo de Fomento del Sector de la Economía Social y Solidaria con los recursos presupuestales asignados y/o los ingresos recibidos por otras fuentes de financiamiento, así como por convenio con aquellas entidades federativas y municipios que lo dispongan, con el objeto de dar seguridad, administrar y otorgar créditos para los proyectos de fortalecimiento y expansión de las entidades del sector. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 24-Marzo-2011
12   Proyecto de decreto que expide la Ley General para el Apoyo y el Desarrollo de las Madres Solteras Jefas de Familia.


Suscribe: Guajardo Villarreal Mary Telma (PRD)
Fecha de presentación: 29-Abril-2011

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto establecer lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a la nación hacia el mejoramiento de las condiciones de vida de las madres solteras, a fin de que puedan ofrecer a sus hijos una plena integración al desarrollo educativo, social, cultural y económico. Entre los derechos que se les otorgarán a las madres solteras jefas de familia, se propone que el Gobierno Federal deberá establecerles estancias o refugios que cuenten con los servicios psicológicos y médicos, de asesoría legal y de dormitorios para ellas y sus hijos, y además que puedan recibir entre otros: una ayuda económica mensual equivalente a 10 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal durante un período establecido, en tanto se integran a la vida productiva; para ellas y sus hijos menores de 16 años, atención médica y medicinas gratuitamente; así como hospitalización, en caso de no ser derechohabientes de alguna institución de seguridad social; educación básica y media superior obligatoria mediante el otorgamiento de becas educativas de conformidad con los programas que al efecto se establezcan; tener acceso a programas de capacitación técnica para el trabajo; beneficiarse de los servicios de guarderías y estancias infantiles gratuitas. La aplicación de la ley corresponde al Ejecutivo Federal, a través de las Secretaría de Desarrollo Social, con la participación de dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, estatales, municipales y del Distrito Federal. Desechada
con fecha 1-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 5-Abril-2011